Artículo 268 del Código de Aguas
Qué dice el artículo
ARTICULO 268°- El total de los derechos de aprovechamiento constituidos en junta de vigilancia, se entenderá dividido en acciones que se distribuirán entre los interesados, en proporción a sus derechos.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 29 de octubre de 1981 · promulgación: 13 de agosto de 1981 · Última modificación: 9 de octubre de 2026.
Sentencias destacadas
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Extracción no autorizada desde un canal artificial: compete a la asociación de canalistas
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la Asociación de Canalistas Cato y Ñuble: la policía interna del canal corresponde a su Directorio, no a la Dirección General de Aguas.
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Reivindicación de aguas servidas tratadas de Copiapó contra Aguas Chañar S.A.
Rechaza la casación en la forma y en el fondo de la demandante: no hubo ultrapetita y las normas del Código de Aguas invocadas no permiten establecer la singularidad de la cosa reivindicada.
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Perfeccionamiento de derechos de aguas inscritos como acciones en una comunidad de aguas
Rechaza la casación de la Dirección General de Aguas: la inscripción de la comunidad detalla las 6,66 acciones del actor, y el recurso solo discute la valoración de la prueba.
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Codelco no puede perfeccionar como consuntivo un derecho con punto de restitución
Rechaza la casación de Codelco Chile División El Teniente: si el título fija un punto de restitución el derecho se presume no consuntivo, y su uso consuntivo por cinco años va a regularización.
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Perfeccionamiento de un derecho de agua del río Cachapoal: caudal de 45 litros por segundo
Acoge en parte la demanda en reemplazo: fija las características del derecho y solo 45 litros por segundo, pues no se probó un caudal mayor al reconocido por la Dirección General de Aguas.
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Junta de Vigilancia del Río Huasco cambia sin autorización un punto de captación
Rechaza la casación en el fondo de la Junta de Vigilancia: trasladar el punto de captación exige autorización de la Dirección General de Aguas, y hacerlo de hecho es falta grave que permite fiscalizar.
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Asociación de Canalistas del Canal Zañartu: perfeccionar derechos sin probar el caudal
Rechaza la casación de la Asociación de Canalistas del Canal Zañartu: no acreditó su vigencia, la titularidad de sus asociados ni la existencia del caudal que pedía perfeccionar.
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Entrega de aguas a accionistas de la Asociación de Canalistas Pedro Aguirre Cerda
Rechaza la casación en el fondo de la Asociación de Canalistas: el carácter del título es alegación nueva, el artículo 7 del Código de Aguas no sanciona omitir el caudal y un decreto supremo no es ley.
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Auxilio de la fuerza pública pedido por la Junta de Vigilancia del Río Huatulame
Rechaza la casación de la Asociación de Canalistas del Embalse Cogoti: el artículo 242 del Código de Aguas permite que la medida afecte a no comuneros sin oírlos, y eso no vulnera el debido proceso.
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Reforma de estatutos y matrícula de canales de la Junta de Vigilancia del Río Maule
Rechaza el recurso de la reclamante Comunidad de Aguas Canal Cerda por no explicar cómo se infringieron las normas y porque registrar la reforma de estatutos no afecta los derechos de aprovechamiento.
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