Artículo 24 del Código de Comercio
Qué dice el artículo
Art. 24. Las escrituras sociales y los poderes de que no se hubiere tomado razón, no producirán efecto alguno entre los socios, ni entre el mandante y mandatario; pero los actos ejecutados o contratos celebrados por los socios o mandatarios surtirán pleno efecto respecto de terceros.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Promulgación: 23 de noviembre de 1865 · Última modificación: 23 de septiembre de 2023.
Sentencias destacadas
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Pagaré llenado por mandato de un contrato de factoring y excepción de falsedad del título
Rechaza la casación en la forma y en el fondo de la ejecutada: el fallo está fundado, el recurso de fondo no explica el error y la falsedad del título exige alteración o suplantación.
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Excepción de falta de personería no opuesta en la ejecución y planteada en casación
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la ejecutada: alega falta de personería, excepción del numeral 2 del artículo 464 que no opuso, pues solo opuso las de los numerales 11 y 14.
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Falta de representación de Termas y Aguas de Panimávida por mandato terminado
Rechaza la casación de la demandante contra el fallo que acogió la excepción de falta de representación: no denunció los artículos 2116 y 2163 del Código Civil ni 303 número 2 del Código de Procedimiento Civil.
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Reivindicación de lotes del Fundo El Melado tras renunciar a la acción resolutoria
Rechaza la casación de la inmobiliaria: pretende alterar el hecho asentado de su renuncia a la acción resolutoria sobre esos lotes sin denunciar leyes reguladoras de la prueba, y va contra sus propios actos.
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Personería del banco ejecutante y firma notarial del pagaré en juicio ejecutivo
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación del ejecutado: el mandato acreditaba la personería y bastaba que a la notaria le constara la identidad del suscriptor.
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Nulidad de facturas cedidas a factoring por un mandatario con poder revocado
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de CBP: sin voluntad, objeto ni causa, la nulidad era la única sanción, y no denunció el artículo 22 número 5 del Código de Comercio.
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Cosa juzgada sobre la renuncia al mandato de administrar Agrícola y Forestal Los Lirios
Rechaza la casación de la demandante: aun si hubiera error sobre la cosa juzgada, no denunció las normas sobre extinción del mandato, representación social y sus formalidades, por lo que no influiría.
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Excepción de falta de personería contra el mandato judicial del Banco Santander
Rechaza la casación del ejecutado: el mandato judicial por escritura pública con firma electrónica avanzada acredita la representación, y el ejecutado no probó la falta de personería que alegó.
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Ejecución de pagaré del Banco del Estado: excepción de falta de personería
Rechaza la casación del ejecutado: no denunció infringido el artículo 464 número 2 del Código de Procedimiento Civil, precepto que contempla la excepción que pretendía que se acogiera.
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Carga de probar la falta de personería del ejecutante en la ejecución de Banco Chile
Rechaza la casación de la ejecutada: era ella quien debía probar la falta de personería del ejecutante que alegó, y no denunció infracción de leyes reguladoras de la prueba.
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