Artículo 14 del Código de Procedimiento Civil (CPC)
Qué dice el artículo
Art. 14 (15). Una vez hecho por las partes o por el tribunal el nombramiento de procurador común, podrá revocarse por acuerdo unánime de las mismas partes, o por el tribunal a petición de alguna de ellas, si en este caso hay motivos que justifiquen la revocación.
Los procedimientos a que dé lugar esta medida se seguirán en cuaderno separado y no suspenderán el curso del juicio.
Sea que se acuerde por las partes o que se decrete por el tribunal, la revocación no comenzará a producir sus efectos mientras no quede constituido el nuevo procurador.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 30 de agosto de 1902 · promulgación: 28 de agosto de 1902 · Última modificación: 30 de junio de 2022.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
-
Reclamo del monto de expropiación de un inmueble en Temuco frente al Serviu
Rechaza las casaciones de ambas partes por manifiesta falta de fundamento: discuten la valoración de los peritajes, que escapa al control de casación, sin precisar qué reglas de la sana crítica se infringieron.
-
Patente municipal cobrada por Osorno a quien alega actividad agrícola exenta
Rechaza la casación de la ejecutada: no denunció las normas decisoria litis, como el artículo 47 del Decreto Ley 3063, y pretende alterar los hechos fijados sin invocar normas reguladoras de la prueba.
-
Patente municipal cobrada por Viña del Mar a una sociedad de inversión
Rechaza la casación de Inversiones del Mar S.A.: su amplio objeto social comprende actividad terciaria gravada, no acreditó con balances la falta de actividad y no denunció las normas decisoria litis.
-
Compraventa anotada en el repertorio antes de notificarse un embargo: prioridad registral
Acoge, con un voto en contra, la casación de la reclamante contra el Conservador de Vallenar: la anotación presuntiva en el repertorio prefiere al embargo inscrito después y la inscripción rige desde la anotación.
-
Vitacura cobra patente a sociedad de inversión sin haber determinado si estaba afecta
Rechaza la casación de la Municipalidad de Vitacura: la prueba omitida era un vicio de forma y sin influencia, y el recurso busca alterar los hechos sin invocar normas reguladoras de la prueba.
-
Abandono del procedimiento ejecutivo pese a gestiones para notificar el auto de prueba
Acoge la casación de la ejecutante e invalida el fallo: sus reiteradas gestiones ante el receptor para notificar el auto de prueba descartan la negligencia que sanciona el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil.
-
Vitacura cobra patente a sociedad de inversión sin acreditar que ejerce actividad gravada
Rechaza la casación de la Municipalidad de Vitacura: no denunció el artículo 1698 del Código Civil ni otras normas reguladoras de la prueba, y los hechos fijados sostienen la decisión.
-
Terminación de contrato de arrendamiento en juicio contestado en rebeldía
Rechaza la casación de la demandada por falta de fundamento: se fijó la existencia del arriendo y sus alegaciones no fueron discutidas, pues la demanda se tuvo por contestada en rebeldía.
-
Interrupción de la prescripción de pagarés frente a fiadores y codeudores solidarios
Rechaza ambas casaciones: el artículo 100 de la Ley 18.092 no rige a quienes se obligaron solidariamente por escritura aparte, y la demanda al deudor principal les interrumpió la prescripción.
-
Ejecución de la Tesorería: excepciones opuestas ante el juez en la etapa de remate
Rechaza la casación del ejecutado por manifiesta falta de fundamento: debía oponerse ante la Tesorería Comunal en diez días según el artículo 176 del Código Tributario, y lo hizo fuera de plazo.
Se muestran los 10 más recientes de 13 fallos.
Crea tu cuenta de prueba para leer los fallos completos, su análisis y recibir los nuevos que citen este artículo.
Crear cuenta de pruebaArtículos que se citan junto a este
- Art. 464 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 434 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 1698 · Código Civil
- Art. 471 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 7 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 170 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 254 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 160 · Código de Procedimiento Civil