Artículo 460 del Código de Procedimiento Civil (CPC)
Qué dice el artículo
Art. 460. (482). Si el requerimiento se hace en territorio jurisdiccional de otro tribunal de la República, la oposición podrá presentarse ante el el tribunal que haya ordenado cumplir el exhorto del que conoce en el juicio o ante este último tribunal. En el primer caso, los plazos serán los mismos que establece el artículo anterior. En el segundo, el ejecutado deberá formular su oposición en el plazo fatal de ocho días, más el aumento del término de emplazamiento en conformidad a la tabla de que trata el artículo 259.
El tribunal exhortado se limitará a remitir la solicitud de oposición al exhortante para que éste provea sobre ella lo que sea de derecho.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 30 de agosto de 1902 · promulgación: 28 de agosto de 1902 · Última modificación: 30 de junio de 2022.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Plazo para oponer excepciones en el cobro ejecutivo de una sentencia penal
Rechaza la casación del ejecutado, que alegaba un plazo común entre codemandados y de ocho días, porque no denunció infringidos los artículos 459, 460 y 462 del Código de Procedimiento Civil, que decidían el caso.
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Excepciones extemporáneas tras requerimiento de pago tenido por hecho en resolución firme
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la ejecutada, porque la resolución firme que la tuvo por requerida de pago fijó el inicio del plazo y opuso excepciones cuatro meses después.
Lo que dice la Corte sobre el art. 460 «[…] Que como puede observarse la oposición de excepciones del ejecutado se efectuó con fecha 12 de mayo de 2018, de tal suerte que cualquiera sea el plazo que se considere, sea el del artículo 459 o aquel del artículo 460 del Código de Procedimiento Civil, su oposición de excepciones -después de 4 meses de notificado por el estado diario de la demanda ejecutiva y requerido de pago de la misma forma- resultó extemporánea. […]»
Cita textual · Corte Suprema, Rol 16430-2018
«[…] Que como puede observarse la oposición de excepciones del ejecutado se efectuó con fecha 12 de mayo de 2018, de tal suerte que cualquiera sea el plazo que se considere, sea el del artículo 459 o aquel del artículo 460 del Código de Procedimiento Civil, su oposición de excepciones -después de 4 meses de notificado por el estado diario de la demanda ejecutiva y requerido de pago de la misma forma- resultó extemporánea. […]» (Corte Suprema, Rol 16430-2018, 3 de octubre de 2018). «[…] Que como puede observarse la oposición de excepciones del ejecutado se efectuó con fecha 12 de mayo de 2018, de tal suerte que cualquiera sea el plazo que se considere, sea el del artículo 459 o aquel del artículo 460 del Código de Procedimiento Civil, su oposición de excepciones -después de 4 meses de notificado por el estado diario de la demanda ejecutiva y requerido de pago de la misma forma- resultó extemporánea. […]» (Corte Suprema, Rol 16430-2018, 3 de octubre de 2018). Disponible en: https://folium.cl/ley/codigo-de-procedimiento-civil/articulo-460#corte-328600 -
Plazo de excepciones si el requerimiento de pago comenzó fuera de la comuna del tribunal
Acoge la casación en el fondo del ejecutado: el requerimiento de pago es un acto complejo que empezó en otra comuna, por lo que el plazo era de 8 días y sus excepciones no eran extemporáneas.
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Plazo de excepciones con notificación en Huechuraba y requerimiento de pago en Santiago
Acoge la casación del ejecutado: el requerimiento de pago se inició con la notificación en Huechuraba, fuera de la comuna asiento del tribunal, por lo que tenía 8 días y no 4 para oponer excepciones.
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Plazo individual de cada ejecutado para oponer excepciones en el juicio ejecutivo
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandada, porque el plazo para oponerse en el juicio ejecutivo es individual y corre para cada ejecutado desde su requerimiento de pago.
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Cobro de facturas a Telefónica Empresas Chile: plazo de 8 días para oponer excepciones
Acoge sin costas la casación de la ejecutada: el requerimiento empezó con la notificación en Providencia, fuera de la comuna asiento, y sus excepciones al séptimo día hábil fueron oportunas.
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Pagaré: plazo de excepciones con notificación en Maipú y requerimiento en Santiago
Acoge la casación de la ejecutada: el requerimiento se inició con la notificación en Maipú y rige el inciso segundo del artículo 459, por lo que sus excepciones al séptimo día hábil no eran extemporáneas.
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Cobro ejecutivo de facturas: se discute su emisión legal y su recepción por la deudora
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación del ejecutado: no hubo infracción a las leyes reguladoras de la prueba y el recurso busca alterar hechos fijados, inamovibles conforme al artículo 785.
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Excepciones extemporáneas en cobro de pagaré del Banco de Crédito e Inversiones
Rechaza la casación de la ejecutada: los jueces se fundaron en el artículo 460 y el recurso no lo denunció infringido, por lo que el error alegado carecería de influencia en lo resuelto.
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Plazo de excepciones con notificación en La Cruz y requerimiento de pago en Valparaíso
Acoge la casación de las ejecutadas: el requerimiento se inició con la notificación en La Cruz, fuera de la comuna asiento, por lo que sus excepciones al octavo día hábil fueron oportunas.
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- Art. 464 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 434 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 471 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 170 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 1698 · Código Civil
- Art. 459 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 160 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 470 · Código de Procedimiento Civil