Artículo 500 del Código de Procedimiento Civil (CPC)
Qué dice el artículo
Art. 500. (522). Si puestos a remate los bienes embargados por los dos tercios del nuevo avalúo, hecho de conformidad al número 2° del artículo anterior, tampoco se presentan postores, podrá el acreedor pedir cualquiera de estas tres cosas, a su elección:
1a. Que se le adjudiquen los bienes por los dichos dos tercios;
2a. Que se pongan por tercera vez a remate, por el precio que el tribunal designe; y
3a. Que se le entreguen en prenda pretoria.
Si la ejecución fuere en moneda extranjera, para hacer uso del derecho que confiere el número 1° del artículo anterior e igual número del presente artículo, el ejecutante deberá hacer liquidar su crédito en moneda nacional, al tipo medio de cambio libre que certifique un Banco de la plaza.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 30 de agosto de 1902 · promulgación: 28 de agosto de 1902 · Última modificación: 30 de junio de 2022.
Sentencias destacadas
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Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Secuestros calificados en Aculeo en 1973: rebaja de indemnizaciones sin fundamentos
Acoge la casación en la forma de los demandantes civiles y rechaza las de los condenados, porque la Corte de Apelaciones de San Miguel rebajó las indemnizaciones sin expresar sus razones.
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Secuestro calificado y homicidio de detenidos de La Moneda trasladados a Peldehue
Acoge la casación del Programa de Derechos Humanos e invalida la absolución de tres acusados por secuestro calificado, que trasladaron y custodiaron a los detenidos; anula también la rebaja del daño moral.
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Desaparición de un militante del MIR en 1975: indemnización rebajada sin fundamentos
Acoge la casación en la forma de los demandantes y anula la parte civil, porque la Corte de San Miguel rebajó la indemnización a $20.000.000 por demandante sin explicar las razones de esa rebaja.
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Tercería de prelación del Fisco contra el banco con garantía general hipotecaria
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de Tesorería: cobrar el crédito con garantía general hipotecaria basta para hacerla valer y el Fisco no probó insuficiencia de otros bienes.
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Tercería del Fisco contra el Banco Santander: el cobro ejecutivo comprende la hipoteca
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación del Servicio de Tesorería: la acción ejecutiva del banco comprende la hipotecaria y el Fisco no probó que los otros bienes del deudor fueran insuficientes.
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Cuarto remate de inmueble hipotecado en juicio ejecutivo de desposeimiento
Rechaza la casación de la parte ejecutada, que estima inadmisible pero analiza en el fondo, porque los artículos 499 a 502 del Código de Procedimiento Civil no prohíben remates posteriores al tercero.
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Absolución por malversación y estafa contra la caja de previsión municipal de Valparaíso
Rechaza la casación en la forma y en el fondo del Fisco: el fallo absolutorio sí razonó por qué no hubo delito, las normas invocadas no regulan la prueba y, sin delito, no nace el deber de indemnizar.
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Absolución del encubridor de apropiación indebida en perjuicio de Dimac Limitada
Rechaza la casación en la forma y en el fondo de Dimac Limitada: el fallo sí ponderó la prueba y el recurso parte de hechos distintos de los fijados, sin invocar leyes reguladoras de la prueba.
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- Art. 499 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 186 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 19 · Constitución Política de la República
- Art. 170 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 486 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 434 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 203 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 188 · Código de Procedimiento Civil