Contraloría General de la República
Compras Públicas (Ley 19.886)
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Compras Públicas (Ley 19.886), del más reciente al más antiguo. Página 3.
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Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Compras Públicas (Ley 19.886)Temas de Compras Públicas (Ley 19.886)
Pronunciamientos
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el aumento de un contrato de prestaciones, con alcances: solo se pagará lo efectivamente prestado y sin superar el monto máximo fijado, y el servicio deberá mejorar sus estimaciones e igualdad de trato en futuras modificaciones.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el aumento del contrato con el Hospital Parroquial de San Bernardo, con alcances: solo se pagará por prestaciones efectivamente otorgadas y sin superar el monto máximo fijado.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la contratación de prestaciones de salud vía GRD, pese a que la licitación se adjudicó en algunos casos a empresas del mismo grupo empresarial, por estar ya en ejecución el contrato. Instruye que las derivaciones no se hagan a prestadores del mismo grupo, salvo excepción fundamentada.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la contratación de prestaciones de salud vía GRD, pese a que la licitación se adjudicó en algunos casos a empresas del mismo grupo empresarial, por estar ya en ejecución el contrato. Instruye que las derivaciones no se hagan a prestadores del mismo grupo o relacionados, salvo petición fundamentada de la autoridad.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la contratación de prestaciones de salud vía GRD, pese a que algunas licitaciones se adjudicaron a empresas del mismo grupo, por estar ya en ejecución el contrato. Instruye que las derivaciones no se hagan a prestadores del mismo grupo empresarial, salvo fundamentación.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el aumento de un contrato de prestaciones, con alcances: solo se pagará por prestaciones efectivamente otorgadas, sin superar el monto máximo fijado, y deberán considerarse los principios de sujeción a las bases e igualdad de trato.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la contratación de prestaciones de salud vía GRD, pese a que la licitación se adjudicó en algunos casos a empresas del mismo grupo, por estar ya en ejecución. Instruye que las derivaciones no se hagan a prestadores del mismo grupo, salvo excepción fundamentada.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases para el servicio de atención en violencia de género, con alcances: el SernamEG debe aclarar en el sistema de compras varios puntos de las bases (requisitos, garantías, causal de cobro, puntaje, readjudicación y plazo de contrato).
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el aumento de un contrato de prestaciones de salud, con alcances: solo se pagará por prestaciones efectivamente otorgadas, sin superar el monto máximo, y deberán mejorarse los informes técnicos económicos futuros.
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La Contraloría toma razón de la resolución que adjudica la licitación del medicamento Pembrolizumab, con el alcance de que la imputación presupuestaria del resuelvo 5° es solo referencial y debe hacerse en la resolución que apruebe el contrato.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el aumento de contrato con la Corporación de Beneficencia Osorno, con alcances: solo se pagará por prestaciones efectivamente otorgadas y sin superar el monto máximo fijado.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases de licitación de suministro de combustible de aviación, con alcances por errores de remisión, redacción y correlación en dichas bases y en el modelo de contrato.
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La Contraloría no dio curso al documento que aprobaba una segunda prórroga de seis meses de una renovación de contrato, porque esa medida procede por una sola vez y las renovaciones sucesivas afectan la libre concurrencia.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la contratación de prestaciones de salud vía GRD, pese a que la licitación se adjudicó en algunos casos a empresas del mismo grupo, por estar ya en ejecución. Como alcance, prohíbe derivar pacientes a prestadores del mismo grupo o relacionados, salvo petición fundamentada de la autoridad.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la contratación de prestaciones de salud vía GRD, pese a que algunas licitaciones se adjudicaron a empresas del mismo grupo, por los servicios ya en ejecución y el riesgo de una nueva licitación. Instruye que las derivaciones no se hagan a prestadores del mismo grupo o relacionados, salvo excepción fundamentada.
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La Contraloría concluye que la circular N° 65 de JUNJI no es irregular, pues las tareas asignadas a la Oficina de Prevención de Riesgos se limitan a su rol de asesoría técnica como unidad requirente, sin desplazar las etapas administrativas de compras.
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La Contraloría toma razón del acto que aprueba las bases y anexos de la licitación de alimentación y cafetería de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores, con el alcance de que en la etapa de aclaraciones se precise la hora de apertura técnica y económica cuando el cierre caiga en día sábado, domingo o feriado.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato por trato directo con BFF SpA, con el alcance de que podrá ponerse término anticipado por las causales legales, no solo por la cláusula decimoprimera.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato con Striker Corporation Chile y Compañía Limitada, con el alcance de que el plazo de la cláusula undécima solo se refiere a la vigencia de la garantía técnica ofertada.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la renovación y enmienda de un contrato de mantenimiento con la Empresa Nacional de Aeronáutica, con el alcance de que se omitió transcribir la fecha de firma del convenio (1 de junio).
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La Contraloría toma razón del acto que aprueba el contrato adjudicado por el Servicio Médico Legal para el servicio de datacenter en outsourcing, con el alcance de que deberá ponerse término anticipado si se impone al proveedor la pena de inhabilitación para contratar con el Estado.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato de servicios de datos, telefonía y asociados, con alcances: corrige el número de la boleta de garantía y el del decreto citado en la cláusula de prórroga.
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La Contraloría toma razón de la resolución que adjudica la licitación de aseo para la DGAC, con el alcance de que en lo sucesivo el certificado presupuestario debe ajustarse estrictamente al formato del Anexo único del Instructivo IN4, de 2026.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la contratación de prestaciones de salud vía GRD, pese a que la licitación se adjudicó en algunos casos a empresas del mismo grupo empresarial, por los servicios ya en ejecución y el riesgo de una nueva licitación.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la contratación de prestaciones de salud vía GRD, pese a que la licitación se adjudicó en algunos casos a empresas del mismo grupo empresarial, por los servicios ya en ejecución y el riesgo de afectar precios y condiciones.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la contratación de prestaciones de salud vía GRD, pese a que la licitación se adjudicó en algunos casos a empresas del mismo grupo, por los servicios ya en ejecución. Instruye que las derivaciones no se hagan a prestadores del mismo grupo o relacionados, salvo fundamentación.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el incremento contractual entre el FONASA y la Unión Temporal de Proveedores Lircay, con alcances: solo se pagan prestaciones efectivamente otorgadas y sin superar el monto máximo de la contratación.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la contratación de prestaciones de salud vía GRD, pese a que la licitación se adjudicó en algunos casos a empresas del mismo grupo empresarial, por los servicios ya en ejecución y el riesgo de afectar precios y condiciones.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la contratación de prestaciones de salud vía GRD, pese a que la licitación se adjudicó en algunos casos a empresas del mismo grupo, por estar ya en ejecución el contrato. Con alcances: prohíbe derivar pacientes a prestadores del mismo grupo o relacionados salvo excepción fundada, y exige renovar la garantía de fiel cumplimiento.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba las bases de la licitación de peritajes clínicos y tratamientos de salud mental, con alcances: el Instituto de Seguridad Laboral deberá aclarar en la etapa de aclaraciones la garantía de seriedad, el cálculo de la garantía de fiel cumplimiento en adjudicación múltiple, el plazo de pago y la inadmisibilidad de ofertas, ajustando la interpretación de las bases a criterios objetivos.
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La Contraloría toma razón del documento del Fondo Nacional de Salud que aprueba un contrato por trato directo, con el alcance de que en lo sucesivo los acuerdos deben aprobarse oportunamente, pues aquí se celebró en enero y se aprobó en junio, lo que puede generar responsabilidades administrativas.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato por trato directo con Clínica Vespucio SpA, con el alcance de que la personería del representante consta en la escritura pública individualizada y no como se señala en la cláusula vigésimo octava del contrato.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases de la licitación, con alcances: la Subsecretaría debe aclarar en el Sistema de Compras varios puntos de las bases (puntajes, vigencia de la unión temporal, descuentos, documentos y orden de compra).
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la contratación de prestaciones de salud vía GRD, pese a que la licitación se adjudicó en algunos casos a empresas del mismo grupo empresarial, por estar ya en ejecución el contrato. Instruye que las derivaciones no se hagan a prestadores del mismo grupo o relacionados, salvo fundamentación.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la contratación de prestaciones de salud vía GRD, pese a que la licitación se adjudicó a empresas del mismo grupo empresarial, por los servicios ya en ejecución y el riesgo de afectar precios y condiciones.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el aumento del contrato con la Clínica de Puerto Varas SPA, con alcances: solo se pagará por prestaciones efectivamente otorgadas y respaldadas, sin superar el monto máximo fijado en la cláusula cuarta de la modificación.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba por trato directo la compra de servicios indicada, con el alcance de que el objeto del contrato es el de la cláusula tercera del instrumento y no el del considerando vigésimo de la resolución.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el aumento de un contrato de prestaciones con la Clínica BUPA Santiago, con alcances: solo se pagará por prestaciones efectivamente otorgadas y sin superar el monto máximo fijado.
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La Contraloría concluye que la inadmisibilidad de la oferta fue correcta, pues el vehículo ofertado excedía la cilindrada máxima exigida en las bases y la comisión evaluadora no estaba obligada a pedir aclaraciones. Desestima el reclamo.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato de adquisición de vehículos, con alcances: las causales de término anticipado son solo las precisas del artículo 130 N°3, el pago se cuenta desde la factura y no desde la recepción conforme, y se paga con la cuenta 214-05.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el contrato de servicios informáticos y sus dos modificaciones, con el alcance de que el pago solo procede una vez tramitado totalmente el acto que sanciona el acuerdo, y no como indica la cláusula tercera, numeral II, del Addendum N° 1.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el aumento del contrato con la Clínica Colonial S.A., con alcances: solo se pagará por prestaciones efectivamente otorgadas, sin superar el monto máximo fijado, y deberán ajustarse a las bases e igualdad de trato.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba una modificación contractual, con el alcance de que su cláusula segunda, N° 1, modifica la cláusula quinta del contrato original y no la décima, como allí se señala.
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La Contraloría toma razón del acto que aprueba las bases de licitación para planes de tratamiento de consumo de drogas y alcohol, con alcances: la entidad debe precisar en el sistema que las amonestaciones se aplicarán solo por las causales de las letras a) y b) del N° 10.1, no por la genérica letra c).
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el segundo aumento de contrato para servicios de salud GES, con alcances: solo se pagará lo efectivamente otorgado, sin superar el monto máximo, y deberán justificarse mejor futuras estimaciones.
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La Contraloría toma razón del acto que aprueba las bases de licitación para planes de tratamiento de consumo problemático de drogas y alcohol, con alcances: el servicio debe aclarar en el Sistema de Compras las remisiones normativas indicadas y corregir la mención al artículo 4° de la ley N° 19.886.
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La Contraloría concluye que el CNTV actuó conforme a las bases al declarar "No Viable" el proyecto del recurrente por no entregar los documentos exigidos y obtener menos del 80% de cumplimiento, desestimando el reclamo al no advertir irregularidades.
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La Contraloría toma razón del acto que aprueba las bases para el servicio Vacaciones Tercera Edad, Lote 2, con alcances: precisa las modificaciones "presupuestarias", el programa de integridad, el período de cada temporada y la aplicación de sanciones.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la contratación directa del servicio de hospitalización con el Sanatorio Marítimo San Juan de Dios, con el alcance de que el plazo de pago se cuenta desde la recepción conforme de los servicios, no de la factura.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato con la Unidad Central de Certificación de Origen S.A., con el alcance de que en lo sucesivo esa entidad debe indicar el monto imputado al presupuesto del año en curso.