Contraloría General de la República
Finanzas Públicas y Bienes del Estado
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Finanzas Públicas y Bienes del Estado, del más reciente al más antiguo. Página 16.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Finanzas Públicas y Bienes del Estado, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Finanzas Públicas y Bienes del EstadoTemas de Finanzas Públicas y Bienes del Estado
Pronunciamientos
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La Contraloría toma razón del documento que autoriza la contratación directa y aprueba el contrato de subsidio para buses eléctricos Til Til–Colina–Santiago, haciendo presente que el tramo a Santiago solo busca acceder a terminales fuera de la vía pública, no prestar servicios en esas vías.
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La Contraloría instruye a las municipalidades sobre el registro contable y el envío de informes presupuestarios y contables del año 2024, incluyendo saldos de apertura y ajustes, a través de la plataforma SICOGEN. Concluye fijando plazos y formatos específicos, y advirtiendo que los incumplimientos podrán ser observados.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el convenio de administración o explotación de infraestructura costera y otorga subsidio en Magallanes, aunque observa que faltó la visación previa de Hacienda y ordena contar con ella antes de suscribir convenios futuros.
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La Contraloría toma razón del decreto que autoriza la contratación directa y aprueba el contrato de subsidio al transporte bimodal en Palena, aunque instruye al servicio a convocar los procedimientos concursales con la debida antelación en lo sucesivo.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el convenio de transferencia de recursos al INE para la ENUSC 2024, por ajustarse a derecho, con alcances: los recursos se transferirán en una cuota y el reintegro se regirá por las normas legales vigentes al momento de producirse los excedentes.
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La Contraloría toma razón de la resolución que ordena devolver a NORGES BANK el impuesto adicional de mayo de 2019, por estar ajustada a derecho, con alcances sobre la fecha de conversión a dólares y las UTM consideradas.
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La Contraloría toma razón del documento que ordena devolver a NORGES BANK el impuesto adicional de mayo de 2020, por estar ajustado a derecho, con el alcance de que debe considerarse la fecha correcta para el valor de la UTM y del dólar.
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La Contraloría imparte instrucciones a las municipalidades para el cierre del ejercicio contable 2024, fijando plazos y criterios de contabilización. Concluye que los decretos de modificación presupuestaria solo tendrán efecto legal si se dictan hasta el 31 de diciembre de 2024.
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La Contraloría imparte instrucciones para el cierre del ejercicio contable 2024 a varios organismos autónomos, fijando plazos y criterios de valorización, provisión y presentación de información. Concluye exigiendo remitir el balance de diciembre de 2024 antes del 8 de enero de 2025 y los anexos requeridos antes del 22 de enero de 2025.
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La Contraloría imparte instrucciones para el cierre del ejercicio contable 2024 del Sector Público, fijando plazos y procedimientos para modificaciones presupuestarias, registros contables, reportes y envío de información complementaria. Concluye exigiendo a los servicios cumplir cabalmente estas instrucciones dentro de los plazos señalados.
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La Contraloría imparte al Servicio de Tesorerías las instrucciones para el cierre del ejercicio contable 2024, fijando plazos para tramitar decretos presupuestarios, registrar movimientos de cierre y remitir el balance y anexos. Concluye exigiendo cumplir cabalmente estas instrucciones dentro de los plazos señalados.
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La Contraloría toma razón del documento que autoriza la transferencia gratuita de un inmueble fiscal en Atacama a la Municipalidad de Alto del Carmen, por ajustarse a derecho, con el alcance de que el municipio queda sujeto a la normativa ambiental aplicable, omitida en la parte dispositiva.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba las bases del concurso para el subsidio de buses eléctricos en Ovalle, entendiendo que la transferencia puede hacerse a personas jurídicas o naturales, y ordena al servicio cumplir el artículo 24 de la ley de Presupuestos 2024 cuando proceda.
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La Contraloría toma razón del documento que modifica el presupuesto de inversión regional del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago para 2024, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la reducción del subtítulo 24 es de Miles $7.701.226 y no la indicada en el acto.
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La Contraloría toma razón del documento que modifica el contrato de operación de buses eléctricos y el subsidio en Antofagasta, entendiendo que también modifica el monto del subsidio fijado en la resolución N° 20, de 2022, que adjudicó el concurso.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el convenio de transferencia con la FIA, por ajustarse a derecho, con alcances: no se autorizó la subcontratación de actividades ajenas al objeto principal y se advierten errores de referencia en el convenio.
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La Contraloría concluye que la Universidad Católica del Norte es una entidad privada para efectos presupuestarios, por lo que las transferencias que le haga el Gobierno Regional de Antofagasta deben cumplir la normativa sobre transferencias a instituciones privadas de la Ley de Presupuestos 2024.
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La Contraloría toma razón del documento que modifica el presupuesto del Gobierno Regional Metropolitano, entendiendo que la transferencia a Metro S.A. para la obra Baquedano forma parte del proyecto BIP N° 40054843-0.
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El ISP puede cobrar aranceles por modificar registros sanitarios de medicamentos cuando cambian las condiciones de aprobación, como ocurrió con el brote de Burkholderia cepacia, pues la ley lo autoriza expresamente. Contraloría concluye que el cobro es regular.
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La Contraloría toma razón del decreto que autoriza la transferencia gratuita de un inmueble fiscal al Servicio de Vivienda y Urbanización de Antofagasta, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la dirección correcta del inmueble es calle Sierra Nevada N° 10382-103, y no la indicada en el decreto.
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La Contraloría no dio curso al documento que regulariza el transporte lacustre en el Lago General Carrera y autoriza un pago, porque los pagos no están suficientemente fundamentados ni respaldados y no hubo convenio previo. Ordena determinar eventuales responsabilidades administrativas.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el convenio de atención de salud con la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, por ajustarse a derecho, aunque con el alcance de que tales acuerdos deben suscribirse y aprobarse oportunamente, evitando demoras como la ocurrida.
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La Contraloría toma razón de la resolución que ordena devolver a Flores y Compañía S.A. el IVA pagado en exceso, por ajustarse a derecho, con el alcance de que debe tenerse presente el informe de fiscalización N° 233, de 2024, que no fue citado en el acto.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el convenio de transferencia con la Agencia Chilena de Eficiencia Energética, con alcances: los gastos de operación se vinculan a los programas de su cláusula segunda y el convenio rige solo tras la total tramitación del acto aprobatorio.
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La Contraloría toma razón del documento del Ministerio de Educación que aprueba el convenio que entrega la administración del Liceo Industrial Ernesto Pinto Lagarrigue a la Corporación de Capacitación y Empleo de la Sociedad de Fomento Fabril, por ajustarse a derecho, haciendo presente una posible discrepancia en el deslinde poniente del inmueble.
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La Contraloría toma razón de la resolución que ordena devolver a Claro Chile SpA $4.063.694.913 por Impuesto Adicional, por ajustarse a derecho, aunque precisa que no se pronuncia sobre las materias exentas (devoluciones de abril y noviembre de 2019) y advierte un error de transcripción en la razón social del contribuyente.
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La Contraloría concluye que no procede financiar con fondos de la transferencia la indemnización por años de servicio si se recontrata inmediatamente al mismo personal, pues ello desnaturaliza el gasto público. Instruye a JUNJI prohibir expresamente esa práctica y recuperar los fondos.
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Los pequeños productores agrícolas, campesinos y sus familias beneficiarios del INDAP pueden constituirse como microempresa familiar si cumplen los requisitos legales, sin que su calidad de beneficiarios sea un obstáculo. La Contraloría concluye que no existe inconveniente, correspondiendo a la Administración verificar dichos requisitos.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el convenio de colaboración y transferencia de recursos con el Servicio de Salud Arica y Parinacota, por ajustarse a derecho, con alcances sobre la armonía de los plazos de pago y el certificado presupuestario.
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La Contraloría concluye que el municipio puede vender departamentos bajo el avalúo fiscal porque el concejo lo autorizó y se cumplió la normativa, pero debe evitar perjuicios patrimoniales; sobre la lesión enorme, se abstiene por ser materia de tribunales.
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La Contraloría concluye que la irregularidad en la urbanización del sector persiste, pues el municipio y la SEREMI solo han iniciado coordinaciones preliminares, por lo que les instruye informar mensualmente sus avances; además, no tiene competencia para suspender el subsidio solicitado.
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La Contraloría toma razón de la resolución que ordena devolver a Abastible Internacional SpA. un pago en exceso de Impuesto a la Renta, por estar ajustada a derecho, con el alcance de que la imputación del gasto debe corresponder a la asignación 50-01-01-01-09-004 y no a la señalada en la resolución.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba modificaciones al contrato de transporte para el censo 2024, con alcances: debe indicarse el ítem presupuestario en actos futuros y corregirse una referencia errónea a cláusulas del contrato original.
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La Contraloría toma razón del decreto que modifica el presupuesto del Sector Público para 2024, por ajustarse a derecho, con el alcance de que en lo sucesivo ese organismo remita oportunamente al trámite de toma de razón instrumentos como el de la especie.
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La Contraloría revisa un dictamen previo y concluye que el pago del subsidio a "Administradora Marga Marga SpA" fue válido, pues actuó como mandataria de la propietaria del bus, por lo que no se configuró subcontratación ni infracción a la ley N° 19.862.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el convenio entre el Ministerio de Educación y la Universidad de Chile para transferir recursos destinados a actividades de interés nacional en 2024, por ajustarse a derecho, con el alcance de que debe usarse el Sistema de Rendición Electrónica (SISREC).
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La Municipalidad de Providencia celebró dos contratos de arriendo con opción de compra sin la autorización previa del Ministerio de Hacienda que exige el artículo 14 de la ley N° 20.128. Contraloría concluye que debió solicitarla, pero como los contratos ya terminaron, solo debe adoptar medidas para cumplirla en lo sucesivo.
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La Contraloría toma razón de la resolución que regulariza y aprueba el contrato de transporte para el Censo, con alcances: prevalece el precio en números, debe indicarse el ítem presupuestario y se completa una cláusula incompleta.
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El Tema principal es la solicitud de condonación del saldo del Préstamo Solidario del Estado. Contraloría concluye que no procede aún, porque la condonación solo opera tras pagar las cuatro cuotas anuales, y la última vence en 2025.
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Las corporaciones y fundaciones creadas por los gobiernos regionales pueden realizar todas las acciones propias de su objeto social, no solo estudios, sin desarrollar actividades empresariales. El límite de 50% de financiamiento regional rige solo para programas y proyectos, no para estudios.
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La Contraloría concluye que es inoficioso pronunciarse sobre el financiamiento solicitado por Carabineros, pues SENAPRED ya contrató y presupuestó el arriendo de equipos P25 y firmó un convenio de uso de la red, instando a las entidades a coordinarse y evitar reiterar esta situación.
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La entrega en comodato del equipo de cirugía robótica “Da Vinci” al Hospital DIPRECA es pertinente porque cumple los fines del Fondo para Hospitales de Carabineros, beneficiando a su personal y cargas familiares (aplica criterio del dictamen N° 12.145, de 2019).
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La Contraloría concluye que la singularización administrativa de terrenos fiscales provenientes de inscripciones globales no constituye una división del suelo regida por la LGUC, por lo que su transferencia no exige certificado de urbanización ni garantías, aplicando la excepción del artículo 14 inciso segundo del decreto ley N° 1.939.
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La Contraloría concluye que las multas pagadas por la concesionaria de la Zona Franca de Punta Arenas desde 2009 deben traspasarse al Gobierno Regional de Magallanes, aplicando la excepción del artículo 35 del DFL N° 2, y no quedarse en el fisco.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el reglamento del Programa de Financiamiento Estructural I+D+i Universitario, por ajustarse a derecho, con el alcance de que los convenios de transferencia solo podrán celebrarse si se crean las asignaciones presupuestarias correspondientes.
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La Contraloría concluye que el Ministerio de Bienes Nacionales actuó conforme a derecho al no perseverar en las ventas directas de sitios fiscales sin decreto autorizatorio, manteniendo su facultad discrecional para decidir la enajenación.
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La instrucción de exigir abandonar el Programa de Inversión en la Comunidad a quienes sumen pensiones superiores al ingreso mínimo es conforme a la normativa. Respecto del recurrente, al no acreditarse el monto total de sus pensiones, la Delegación debe informar a Contraloría en 20 días hábiles.
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Los funcionarios de los tribunales ambientales con uso permanente de vehículos estatales y conducción habitual deben rendir la caución del artículo 7° del decreto ley N° 799, aunque puede constituirse en cualquier aseguradora autorizada, no solo en el Instituto de Seguros del Estado.
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La Contraloría concluye que las normas sobre transferencias de la Ley de Presupuestos 2024 no se aplican a los traspasos del MINEDUC al PNUD, por ser este un organismo internacional con privilegios e inmunidades, sin perjuicio de que el MINEDUC debe cautelar el correcto uso de esos recursos.
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La Contraloría toma razón del decreto que transfiere fondos a seis cuentas del sistema de transporte público de Santiago, precisando que la rendición de cuentas del Administrador Financiero de Transantiago S.A. se refiere solo a los recursos transferidos mediante el decreto N° 59, de 2024, y no al período que allí se consigna.