Contraloría General de la República · Control de la Contraloría
Toma de Razón y Actos Exentos
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Toma de Razón y Actos Exentos, del más reciente al más antiguo. Página 53.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Control de la Contraloría, que incluye Toma de Razón y Actos Exentos, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Control de la ContraloríaPronunciamientos
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba la transferencia de recursos 2023 a la Corporación de Asistencia Judicial de la Región Metropolitana, con el alcance de que debe consignarse expresamente que el traspaso se paga en una sola cuota, una vez totalmente tramitado el acto.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases, contrato y anexos de una licitación privada, por ajustarse a derecho, aunque hace presente que no se advierte el sentido de ciertas regulaciones sobre personas naturales y uniones temporales que no serán invitadas.
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La Contraloría toma razón del instrumento que adjudica la asesoría a la inspección fiscal de esa obra, con el alcance de que su duración será la que corresponda por su carácter accesorio a la obra, según el criterio de los oficios citados.
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La Contraloría no revisó previamente los indultos porque no están sujetos a toma de razón, y se abstiene de pronunciarse sobre su legalidad por estar sometidos al Tribunal Constitucional, aplicando la excepción del artículo 6° de la ley N° 10.336.
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La Contraloría toma razón del documento que modifica las bases de licitación para concesionar establecimientos de revisión técnica, por ajustarse a derecho, aunque hace presente que se omitió citar el decreto N° 60, de 2021, sobre vidrios polarizados, y ordena comunicar individualmente la resolución a quienes compraron las bases.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el convenio de transferencia de fondos 2023 entre la Subsecretaría de Agricultura y la Fundación para la Innovación Agraria, con alcances sobre la resolución citada en los vistos, el reintegro de saldos y la identificación del anexo N° 1.
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La Contraloría toma razón del documento que deja sin efecto el aumento de tarifas del transporte público de Santiago, Puente Alto y San Bernardo, aunque con el alcance de que se omitió consignar la glosa N° 03 de la partida 19 de la ley N° 21.516.
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La Contraloría toma razón del decreto que amplía concesiones sanitarias en el sector Río de Los Ciervos, Punta Arenas, con alcances: corrige el año de dos oficios y precisa que el decreto N° 21 de 2021 está exento de toma de razón.
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La Contraloría toma razón del decreto que amplía concesiones de agua potable y aguas servidas en Punta Arenas, precisando que el decreto N° 21 de 2021 del Ministerio de Economía es un acto exento de toma de razón, omisión que se corrige.
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La Contraloría toma razón de la resolución que distribuye el presupuesto de inversión del Gobierno Regional de O'Higgins para 2023, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la asignación N° 100 del subtítulo 24, ítem 03, debe denominarse "Aplicación Numeral 3.1 Glosa 03 Común para los Gobiernos Regionales".
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La Contraloría toma razón del decreto que amplía concesiones de agua potable y aguas servidas para "Villa Pudeto II", en Punta Arenas, precisando que el decreto Nº 21 de 2021 del Ministerio de Economía es un acto exento de toma de razón, omisión que se corrige.
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La Contraloría toma razón de la resolución que determina el monto a distribuir entre municipalidades por compensación de predios exentos, por ajustarse a derecho, con el alcance de que el traspaso de caudales debe sujetarse a la resolución N° 30, de 2015, sobre rendición de cuentas.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de obra, teniendo presente las correcciones efectuadas, y precisa dos errores de referencia en los resuelvos III y VI.
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La Contraloría toma razón del decreto que transfiere fondos a la cuenta bancaria seis del sistema de transporte público de Santiago, aunque hace presente que la instrucción del Ministerio de Transportes al administrador financiero debe considerar los descuentos del artículo 3° de la ley N° 20.378.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba la modificación del convenio de transferencia de recursos con la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la asignación presupuestaria es el "Aporte Institucional Universidades Estatales Ley 21.094".
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La Contraloría toma razón del decreto que modifica el convenio con la Universidad Católica del Maule, pero con el alcance de que la Subsecretaría debe exigir la renovación de la garantía de fiel cumplimiento conforme al nuevo plazo pactado.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la modificación de un convenio de transferencia de recursos entre la Subsecretaría de Agricultura y la Dirección General de Promoción de Exportaciones, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la aprobación del programa de caja consta en el oficio Nº 3.277, de 2022, y no como se indica en los vistos.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de obras de emergencia en Curimón y Llay Llay, por faltar antecedentes esenciales y por no fundamentarse la distinción de plazos en su modificación N° 1.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato, pues la minuta y antecedentes no subsanan todas las observaciones: faltan acreditaciones laborales y previsionales, explicación de una no conformidad crítica y una página de la resolución.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba las normas sobre modificaciones presupuestarias para 2023, con alcances: los ingresos o saldos iniciales incorporados deben destinarse a gastos de capital transitorios o proyectos de inversión, salvo destino legal especial.
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La Contraloría no da curso al instrumento que deja sin efecto una resolución y aprueba la liquidación final de una consultoría vial, pues la minuta y antecedentes adjuntos no superan todas las observaciones del oficio N° E266666, de 2022.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de mejoramiento de la ruta D-805, pues la documentación acompañada no permite superar todas las observaciones formuladas.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el Plan Nacional de Derechos Humanos 2022-2025, con alcances: los recursos dependerán de los presupuestos anuales y la participación de organismos autónomos requiere acuerdo previo.
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La Contraloría toma razón del instrumento que declara el término anticipado con cargo del contrato de reposición de la ruta 1, sector Tocopilla–Caleta Urco, y añade que, en lo sucesivo, los actos que dispongan término anticipado deben detallar claramente las circunstancias precisas de la causal aplicada.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación de la consultoría sobre el Embalse Pocuro, tras haber sido representado, teniendo presentes las observaciones y lo señalado en la minuta de diciembre de 2022.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de la Expo Dubái 2020, por faltar documentación esencial (resoluciones, garantías y listado de obligaciones), y observa que se mencionan dos certificados pero solo se transcribe uno.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de asesoría a la inspección fiscal, dejando sin efecto las observaciones previas tras considerar la respuesta de la Dirección de Vialidad.
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La Contraloría toma razón del decreto que renueva una concesión de radiodifusión sonora en FM para Santiago, aunque observa un error en el orden correlativo de sus numerales, que deberá evitarse en lo sucesivo.
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La Contraloría toma razón del decreto que modifica el que crea el Panel de Expertos de la Encuesta Casen 2022, con el alcance de que las obligaciones para la persona que se integra solo se harán efectivas una vez que manifieste su voluntad de participar.
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La Contraloría toma razón del instrumento que fija la estructura, nivel y mecanismo de indexación de las tarifas de VTR Comunicaciones SpA, con el alcance de que la referencia al punto 4 en su numeral IV debe entenderse hecha al punto 3 del numeral I.
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La Contraloría toma razón del documento que ejecuta el acuerdo del Directorio de ENAP, por estar ajustado a derecho, con alcances: se tuvo a la vista la autorización del Ministerio de Hacienda y la sesión citada fue extraordinaria, no ordinaria.
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La Contraloría toma razón del instrumento que regulariza lo obrado y aprueba el convenio modificatorio N° 1 del estudio de factibilidad para el abastecimiento de agua potable rural en Petorca, teniendo presentes las observaciones previas y la minuta del inspector fiscal.
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La Contraloría se abstiene de dar curso al documento porque la transferencia de recursos no supera las 20.000 UTM y, por tanto, no está afecta a toma de razón; debe aprobarse mediante acto administrativo exento.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la modificación de contrato de la asesoría a la inspección fiscal del Túnel El Melón, con alcances: se dictó con retraso, hay un error formal en la numeración de un ítem y se omitió señalar que el saldo se pagará con cargo a futuros presupuestos.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la modificación del contrato de asesoría a la inspección fiscal, con alcances: el documento se dictó con retraso y el convenio implica aumentos y disminuciones de recursos, no solo disminuciones.
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La Contraloría toma razón del decreto que modifica el convenio "Mi Abogado" con la Corporación de Asistencia Judicial del Biobío, por ajustarse a derecho, con el alcance de que solo puede entrar en vigencia una vez totalmente tramitado el decreto aprobatorio.
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La Contraloría toma razón del decreto que modifica el convenio de transferencia del programa "Mi Abogado", por ajustarse a derecho, con el alcance de que solo puede entrar en vigencia una vez totalmente tramitado el decreto aprobatorio.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el convenio de transferencia entre la Policía de Investigaciones y el Ministerio del Interior, por estar ajustado a derecho, con el alcance de que dicha policía se relacionará con las secretarías de Estado por intermedio de la Subsecretaría del Interior.
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La Contraloría toma razón del decreto que modifica el convenio de transferencia de recursos con la Corporación de Asistencia Judicial del Biobío, al estar ajustado a derecho, con el alcance de que solo puede entrar en vigencia una vez totalmente tramitado.
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La Contraloría toma razón del decreto que modifica el convenio de transferencia de recursos del programa "Mi Abogado", por ajustarse a derecho, con el alcance de que solo puede entrar en vigencia una vez totalmente tramitado el decreto que lo aprueba.
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La Contraloría toma razón del instrumento que adjudica la licitación de la obra de regadío Cuncumén etapa 3, en San Antonio, tras las observaciones previas y la respuesta del servicio.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final de la consultoría, por observaciones sobre informes faltantes, multas no aplicadas, anexos omitidos y errores formales.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de conservación vial, por faltar antecedentes esenciales y requerir explicación del retraso en liquidar.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba el convenio de administración de infraestructura costera y otorga subsidio en Los Lagos, aunque observa que se emitió con evidente retraso y sin la visación previa de Hacienda exigida por ley.
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La Contraloría no da curso a la resolución N° 5.250, de 2022, del Hospital Clínico de la Fuerza Aérea, que aprueba un contrato con la Fundación Dr. Jorge Pérez Rifo, por existir un conflicto de intereses potencial, no ajustarse su objeto al contrato y faltar acreditación de idoneidad.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato del puente La Posada, porque las obras se ejecutaron según un proyecto alternativo sin actualización sísmica acreditada y persisten observaciones técnicas no superadas.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el convenio de transferencia con el Servicio de Gobierno Interior, por estar ajustado a derecho, con el alcance de que la transferencia debe sujetarse al programa de caja previo de la Dirección de Presupuestos.
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La Contraloría se abstiene de dar curso al instrumento que aprueba un convenio de colaboración entre el Ministerio de Salud y el Servicio de Salud Arica, porque no se acompañaron los antecedentes necesarios para su estudio de legalidad, pese a haber sido requeridos.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la modificación del contrato de asesoría a la inspección fiscal, pero observa que fue dictada con evidente retraso respecto del convenio que aprueba, e instruye al servicio emitir oportunamente sus actos administrativos.
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La Contraloría se abstiene de dar curso a la resolución que aprueba la segunda modificación del convenio de transferencia de recursos para el proyecto "Televigilancia Móvil", porque dicho acto no está afecto a toma de razón al no superar las 20.000 UTM, por lo que debe aprobarse mediante un acto administrativo exento.