Dirección del Trabajo · Negociación Colectiva y Organizaciones Sindicales
Huelga y Servicios Mínimos
Los pronunciamientos de la Dirección del Trabajo sobre Huelga y Servicios Mínimos, del más reciente al más antiguo.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Negociación Colectiva y Organizaciones Sindicales, que incluye Huelga y Servicios Mínimos, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Negociación Colectiva y Organizaciones SindicalesPronunciamientos
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La norma establece que los sostenedores de colegios subvencionados no deben pagar la bonificación proporcional a docentes en huelga, salvo acuerdo voluntario entre las partes.
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La norma establece que los servicios mínimos y equipos de emergencia deben estar calificados antes de iniciar la negociación colectiva, incluso si el sindicato se constituye recién, reconsiderando la doctrina anterior.
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ORD.N°837 Estatuto Docente; Remuneraciones; Asignación por Tramo de Desarrollo Profesional; Huelga; 1) El sostenedor de un establecimiento educacional particular subvencionado no está obligado a pagar la Asignación por Tramo de Desarrollo Profesional durante el período en que los docentes ejerzan su derecho a huelga, salvo que, en virtud del principio de la autonomía de la voluntad, exista acuerdo entre las partes en un sentido diverso al expresado. 2) Esta Dirección deberá abstenerse de emiti
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ORD.N°211 Negociación Colectiva Reglada; Organizaciones Sindicales; Instrumento Colectivo; Huelga; Efectos; 1.- Para determinar la antigüedad del trabajador, y el correspondiente pago de los bonos y beneficios contenidos en el instrumento colectivo resultante de la negociación folio 1323/2024/61 que digan relación con aquella, deberá estarse al periodo que media entre el inicio de la relación laboral del trabajador con la empresa, hasta la fecha fijada para su otorgamiento en la cláusula respect
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ORD. N°912 Servicios mínimos y equipos de emergencia; Calificación; Revisión, suspensión del inicio de la negociación colectiva; Fusión de sindicato; 1.- Conforme a la doctrina vigente de este Servicio la revisión de la calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia no suspende el inicio de la negociación colectiva. 2.- La calificación de servicios mínimos vigente en una empresa no se ve alterada por la fusión de organizaciones sindicales que han concurrido en su suscripción, siendo
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ORD. N°341 Establecimiento Educacional Particular Subvencionado; Huelga; Recuperación de clases; Si el sostenedor en ejercicio de sus facultades de administración y dirección solicitó ante la autoridad educacional competente la modificación del calendario escolar, los profesionales de la educación y asistentes de la educación se encontraron obligados a continuar prestando sus servicios en los términos acordados por sus respectivos contratos de trabajo por todo el período de extensión establecido
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ORD. N°444 Negociación colectiva; Huelga; Pago de Beneficios; La huelga en tanto perdure solo produce el efecto de suspender el pago de los beneficios o estipendios que indican en el cumplimiento de plazos o eventos y cuya exigibilidad había quedado determinada en el contrato colectivo con anterioridad a su inicio.
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ORD. N°16 Huelga; Pago de remuneraciones durante la huelga; Descuento de remuneraciones; Durante la huelga se suspenden los efectos del contrato, en consecuencia, el empleador no se encuentra obligado a pagar en dicho período las remuneraciones y demás prestaciones del contrato, independiente de la distribución de la jornada, pues ella se encuentra mensualizada, de acuerdo a lo señalado en el cuerpo del presente informe.
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ORD. N°2227 Calendario escolar; Huelga; Aplica doctrina contenida en Dictamen N°4294/46 de 06.11.2013 por encontrarse vigente.
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ORD. N°1997 Negociación colectiva; Suspensión negociación colectiva reglada; Declaración judicial de único empleador; Computo para el ejercicio del derecho a huelga; El inciso 1° del artículo 348 del Código del Trabajo, establece que, el existir instrumento colectivo vigente, la huelga deberá ser votada dentro de los últimos cinco días de vigencia del respectivo contrato colectivo, plazo que en el caso concreto corresponde a los días 23, 24, 25, 26 y 27 de noviembre del presente año.
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ORD. N°1177 Gente de Mar o Personal embarcado; Negociación colectiva; 1. Se reitera la doctrina contenida en el Dictamen N°1561/017 de 31.05.2021 y en Ord. N°1659 de 15.06.2021 emitidos por este Servicio, respecto de las votaciones que se lleven a efecto a bordo de una nave, incluyendo la votación de la huelga o última oferta, en un proceso de negociación colectiva iniciado por una organización sindical constituida iniciado por una organización sindical constituida por trabajadores embarcados.
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ORD. N°296 Huelga; Docentes; Reconocimiento profesional; Subvención por desempeño de Excelencia; 1.- La doctrina contenida en el Dictamen N°2571/029 se encuentra vigente, por lo tanto, los docentes que han estado en huelga, tienen derecho a recibir la Bonificación de Reconocimiento Profesional y el pago de la Subvención por Desempeño de Excelencia, de acuerdo a lo señalado en el presente informe. 2.- Mientras los establecimientos educacionales donde prestan servicios los asistentes de la educa
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ORD. N°1615 Huelga; Servicios Esenciales; Emergencia Sanitaria Covid-19; Competencia Dirección del Trabajo; Esta Dirección carece de competencia respecto de la materia consultada, por tratarse de materia de exclusiva competencia legal.
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ORD. N°3265 Negociación Colectiva; Huelga; Nueva Oferta Empleador; Intervención Dirección del Trabajo; Procedencia; 1. Esta Dirección carece de facultades para determinar si la nueva oferta presentada por la comisión negociadora de empresa durante la huelga cumple o no con los requisitos exigidos por la ley. 2. La competencia para conocer de las cuestiones a que dé origen la aplicación Libro IV de la negociación colectiva, del Código del Trabajo, está radicada en el Juzgado de Letras del Trabajo
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ORD. N°1843 Mediación obligatoria y voluntaria; facultades de la comisión negociadora y nuevas ofertas del empleador; 1. La presentación de nuevas ofertas sólo puede tener lugar una vez iniciada la huelga, lo que descarta la hipótesis que durante el desarrollo de la mediación obligatoria la comisión negociadora sindical alcance un acuerdo basado en una nueva oferta del empleador. 2. La representación que detenta la comisión negociadora sindical no la faculta para alcanzar un acuerdo basado en un
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ORD. N°1411 Negociación colectiva; Reemplazo de trabajadores en huelga; Trabajadores con vínculo a honorarios; 1) La Dirección del Trabajo no tiene competencia para calificar si una determinada conducta es constitutiva de práctica antisindical o desleal, por tratarse de una materia que la ley ha atribuido en forma exclusiva a los Tribunales de Justicia, sin perjuicio de la intervención de la Inspección del Trabajo respectiva, la que deberá denunciar al tribunal competente los hechos de que tome
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ORD. N°5892 Servicios Mínimos y Equipos de Emergencia; Conformación; La determinación de los trabajadores que deben conformar los Equipos de Emergencia deberá considerar las circunstancias especificas y actuales de las partes de la negociación colectiva, disponiendo para estos efectos del procedimiento establecido en el artículo 361 del Código del Trabajo.
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ORD. N°4149 Negociación Colectiva; Derecho a Huelga; Suspensión de la relación laboral; Durante la huelga el contrato de trabajo se entiende legalmente suspendido respecto de las partes involucradas en el proceso de negociación colectiva, no operando las contraprestaciones recíprocas inherentes al contrato, esto es, la prestación de los servicios por parte del trabajador, por una parte y, por la otra, el pago de remuneraciones, beneficios y regalías derivados de la relación laboral, por el emple
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ORD. N°3994 Negociación Colectiva; Huelga; Reincorporación de trabajadores en huelga; ) No corresponde a este Servicio disponer un procedimiento administrativo referido a la reincorporación individual de los trabajadores que participaron de la negociación colectiva. 2) Con la expresión “idénticas estipulaciones” se persigue que la última oferta del empleador sea, sustancial y accidentalmente idéntica a las estipulaciones del contrato, convenio o fallo arbitral en vigor.
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ORD. N°2194 Ley N°20.940; Vinculación con el instrumento colectivo; Cambio de afiliación; Prórroga del Instrumento colectivo; Calificación de los Servicios Mínimos y Equipos de Emergencia; Atiende consulta relativa a la prórroga del instrumento colectivo vigente, en virtud del proceso de calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia.
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ORD. N°577 Empresas que no pueden ejercer el Derecho a huelga; Competencia Dirección del Trabajo; Ministerio de Economía Fomento y Turismo; Atiende presentación que indica respecto del procedimiento para la determinación de las empresas en las que no se podrá ejercer el derecho a huelga.
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ORD. N°4950 Estatuto Docente; Huelga; Pago de remuneraciones; Recuperación de clases; Calendario escolar; Modificación consensual; No resulta jurídicamente procedente que el empleador pague remuneraciones por los días de inasistencia en que un docente ha incurrido como consecuencia de la paralización de actividades, por lo que, de haber sido pagadas éstas, corresponde proceder al descuento de las mismas. Lo anterior es sin perjuicio de la obligación del empleador de remunerar como sobresueldo el
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ORD. N°4605 Ley N°20.940; Huelga; Reincorporación; Condiciones de reincorporación; Negociación colectiva. Huelga. Reincorporación de trabajadores.
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ORD. N°4436 Feriado; Otorgamiento antes y durante la huelga; Suspensión de la relación laboral; Atiende consultas que indica.
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ORD. N°3966 Ley N°20.940; Trabajadores con extensión de beneficios; Valor de cuota sindical; Contrato de servicios transitorios; Licencia médica; Huelga; Reemplazo; Reintegro individual; Condiciones; Extinción del instrumento colectivo; Atiende consultas relativas a vinculación con el instrumento colectivo y extensión de beneficios, bajo el imperio de la Ley N°20.940
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ORD. N°3828 Huelga; Votación secreta; Práctica antisindical; Tribunales de Justicia; Atiende consulta sobre proceso de votación de huelga.
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ORD. N°3126 Ley N°20.940; Negociación colectiva de trabajadores por obra o faena; Afiliación; Libertad sindical; Derecho a huelga; Obligación de negociar; Obra o faena superior a 12 meses; 1. La tutela de la libertad sindical impone, entre otros deberes, el respeto al derecho de afiliación y actividad sindical, lo que conduce a sostener que la afiliación de un trabajador a una organización sindical determinada no puede ser objeto de ningún acto que menoscabe dicho derecho. 2. Reviste el carácter
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ORD. N°3107 Ley N°20.940; Calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia; Propuesta; La falta de respuesta por parte del Sindicato frente a la propuesta de calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia formulada por el empleador, no impide que las partes continúen la negociación directa sobre la materia, dentro del plazo fijado por la Ley.
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ORD. N°3112 Ley N°20.940; Calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia; Propuesta; Atiende diversas consultas referidas al procedimiento de calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia
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ORD. N°2369 Ley N°20.940; Calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia; Ejecutoriedad de la resolución; Notificación; Inicio de la negociación colectiva; Informa doctrina del Servicio acerca de la ejecutoriedad de la resolución que califica los servicios minimos y equipos de emergencia.
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ORD. N°1427 Ley N°20.940; Suspensión del proceso de negociación colectiva; Periodo de interrupción de las actividades escolares; Prórroga del instrumento colectivo; Cómputo del plazo de respuesta; Votación de huelga; Última oferta; Plazo; Cómputo; 1) No resulta jurídicamente procedente que el empleador proceda a notificar a la comisión negociadora sindical su respuesta al proyecto de contrato colectivo atendido que el proceso de negociación colectiva reglada se encontraba suspendido por el per
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ORD. N°1207 Ley N°20.940; Conformación de equipos de emergencia; Propuesta; Calificación de servicios mínimos; Finalidad; 1. La propuesta para conformar los equipos de emergencia debe ajustarse a los términos de la calificación de servicios mínimos, máxime si se considera que la propuesta se debe limitar a señalar los trabajadores, que, estando afiliados al sindicato y habiendo participado en el proceso de negociación, atenderán dichos servicios, previamente calificados. 2. La finalidad de los
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ORD. N°1029 Ley N°20.940; Calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia; Régimen transitorio; Propuesta del empleador; Práctica antisindical; Atiende solicitud que indica.
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ORD. N°572 Ley N°20.940; Calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia; Propuesta; Notificación a todos los sindicatos; La comunicación de la propuesta de calificación de servicios mínimos debe ser informada a todos los sindicatos de la empresa, en los términos expresados en este informe
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ORD. N°392 Estatuto Docente; Establecimiento educacional particular; Feriado legal; Negociación colectiva; Suspensión; Huelga; Suspensión; Pago de remuneraciones; 1) El procedimiento de negociación colectiva que se lleve a efecto en un establecimiento educacional particular pagado se suspende por todo el período en que los docentes y no docentes involucrados en el mismo hagan uso de su feriado. 2) Durante el período de suspensión del procedimiento de negociación colectiva debido al feriado de lo
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ORD. N°5934 Huelga; Reemplazo de trabajadores; Legalidad; Atiende presentación acerca de la procedencia de contratar empresas externas durante la negociación colectiva para que realice tareas de cobranza y repactación en caso de huelga.
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ORD. N°5530 Ley N°20.940; Calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia; Suspensión en el inicio de la negociación; Prórroga del instrumento colectivo vigente; La prórroga del instrumento colectivo vigente, como consecuencia del estado en trámite del procedimiento de calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia, resulta, igualmente aplicable, a la situación del artículo 360 del Código del Trabajo.
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ORD. N°3324 Ley N°20.940; Calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia; Suspensión del inicio de la negociación colectiva; Presentación extemporánea del proyecto; Cómputo de plazos; Fuero; Atiende presentación de Clínica de la Mujer Sanatorio Alemán S.A. referida a la incidencia del procedimiento de calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia en el proceso de negociación colectiva que indica.
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ORD. N°3300 Ley N°20.940; Calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia; Empresas con aporte mayoritario del Estado; Negociación por establecimiento; Ficción legal; Resulta jurídicamente procedente que los establecimientos incorporados al Decreto Nº434 de 1979, sean considerados empresa para los efectos de la calificación de los servicios mínimos y equipos de emergencia.
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ORD. N°3198 Ley N°20.940; Calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia; Empresas adjudicatarias de servicios alimenticios en establecimientos educacionales; Situación particular; Atiende consultas relativas a la calificación de los servicios mínimos, en virtud de las modificaciones introducidas por la Ley N°20.940 al Código del Trabajo.
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ORD. N°2374 Ley N°20.940; Servicios mínimos y equipos de emergencia; Falta de calificación; Efectos; Precisa alcance de dictamen N°1451/36, de 03.04.17; Atiende consultas sobre la calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia efectuadas al amparo del artículo tercero transitorio de la ley N°20.940.
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ORD. N°1689 Remuneraciones; Cumplimiento de metas; Huelga; Efectos; Suspensión de la relación laboral; Atiende presentación.
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ORD. N°1659 Huelga; Año escolar; Recuperación de clases; Remuneración; Convenio colectivo parcial; Extensión de beneficios; Práctica antisindical; Calificación; Tribunales de Justicia; 1. El personal docente y asistente de la educación de los Colegios San Juan Diego y Santa María de Guadalupe, se encontró obligado a continuar prestando servicios en los términos acordados en sus respectivos contratos de trabajo, por todo el período autorizado por el Departamento Provincial de Educación Santiago N
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ORD. N°1562 Huelga; Suspensión de la relación laboral; Descuento de remuneraciones; Atiende presentación sobre consulta relacionada a determinar la posibilidad de compensar los días que los trabajadores de la Corporación Cultural de Antofagasta no prestaron sus servicios, a consecuencia de una huelga.
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ORD. N°1452 Huelga; Descuento de remuneraciones; Descuento por horas; Docentes La remuneración de los docentes por quienes se consulta ha sido pactada de manera mensual, de modo tal que el descuento de remuneraciones deberá determinarse necesariamente en base a los días no trabajados. La conclusion anterior resulta aplicable sólo en el evento que las partes, al convenir la distribución de la jornada de trabajo, hayan determinado laborar un número igual de horas durante todos los días de la sema
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ORD. N°1396 Ley N°20.940; Fecha de presentación del proyecto; Legislación aplicable; Comunicación del artículo 320; Efectos; Cómputo de plazos; Atiende consultas que indica sobre vigencia de la Ley N° 20.940.
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ORD. N°1359 Ley N°20.940; Declaración de empresas excluidas del ejercicio del derecho a huelga; Vigencia de la resolución; Se pronuncia sobre la entrada en vigor de la Ley 20.940 y su incidencia en la vigencia de la Resolución Ex. 134 de 29.07.2016 que califica empresas o establecimientos que se encuentran en alguna de las situaciones previstas por el artículo 384 del Código del Trabajo.
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ORD. N°1328 Ley N°20.940; Servicio Mínimos y equipos de emergencia; Oportunidad para calificar; Atiende consultas referidas al procedimiento para la calificación de los Servicios Mínimos y Equipos de Emergencia.
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ORD. N°1224 Ley N°20.940; Servicios Mínimos; Propuesta; Oportunidad; Efectos; Atiende consultas referidas al procedimiento para la calificación de los Servicios Mínimos y Equipos de Emergencia
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ORD. N°22 Huelga; Quorum para hacerla efectiva; Trabajadores que prestan servicio fuera de las dependencias de la empresa; Informa sobre los medios idóneos para acreditar la circunstancia de haberse hecho efectiva la huelga por las trabajadoras que indica.