Protección a la Maternidad y Sala Cuna
Los pronunciamientos de la Dirección del Trabajo sobre Protección a la Maternidad y Sala Cuna, del más reciente al más antiguo. Página 7.
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Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Protección a la Maternidad y Sala CunaTemas de Protección a la Maternidad y Sala Cuna
Pronunciamientos
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ORD. N°1427 Sala cuna; Bono compensatorio; Monto insuficiente; Estando la empresa obligada a entregar el beneficio de la sala cuna, el empleador debe satisfacerla según las alternativas señaladas en el cuerpo del presente informe. El monto ofrecido por el empleador a modo de compensación, no satisface los gastos que supone la atención de un menor en una sala cuna.
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ORD. N°1423 Protección a la Maternidad; Tiempo de traslado; 1) A la trabajadora que mantiene a su hijo o hija menor de dos años en su hogar, y ejerce el derecho de alimentación postergando el inicio o anticipando el término de su jornada en una o media hora, no le asiste el derecho a acceder a los derechos del inciso 5° del artículo 206 del Código del Trabajo, esto es, tiempo adicional para el traslado y pago de pasajes. No obstante, en caso de que el derecho de alimentación se ejerza en cualqui
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ORD. N°1264 Docentes; Feriado Anual; Establecimiento Educacional particular subvencionado; Permiso de Matrimonio; Permiso Unión Civil; No procede la suspensión del feriado de los docentes que se desempeñan en establecimientos educacionales particulares subvencionados para hacer uso del permiso por matrimonio o unión civil, de acuerdo con lo establecido en el cuerpo del presente informe.
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ORD. N°1246 Sala cuna; Bono compensatorio; Certificado Médico; El certificado expedido por un facultativo competente, que prescriba que la asistencia de un menor a establecimientos de sala cuna no resulta recomendable atendida sus condiciones de salud, constituye un antecedente suficiente, para que las partes puedan acordar el otorgamiento de un bono compensatorio del beneficio de sala cuna, de acuerdo con lo señalado en el cuerpo del presente informe.
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ORD. N°1231 Sala cuna; Bono compensatorio; Excepcionalmente el derecho a sala cuna podrá compensarse con un bono acordado por el empleador y la trabajadora cuando las condiciones de su salud del menor aconsejen no enviarlo a sala cuna.
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ORD. N°1221 Sala cuna; Bono compensatorio; Para obtener una autorización de pago de bono compensatorio de sala cuna el recurrente debe acompañar los antecedentes en que funda su petición, lo anterior, a efectos de revisar que el pacto se ajuste a las hipótesis consideradas y cumpla los requisitos establecidos por al jurisprudencia administrativa.
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ORD. N°1222 Sala cuna; Bono compensatorio; Monto; Cantidad Insuficiente; El monto que propondría su empleador a pagar por concepto de sala cuna, no representa una suma de dinero equivalente a compensatoria de los gastos que irroga la atención del menor en un establecimiento de tal naturaleza, situación que deriva en que entidad empleadora no estaría dando cumplimiento, por equivalencia, a la obligación de otorgar el beneficio de sala cuna que le impone la ley.
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ORD. N°1179 Sala cuna; Bono compensatorio; El certificado médico que prescribe que el niño de iniciales J.A.G.R. no debe asistir a sala cuna convencional, es suficiente para el pacto de otorgamiento de un bono compensatorio por el beneficio de sala cuna entre la trabajadora y su empleador, no siendo necesario un análisis ulterior de esta Dirección de un pacto en tal sentido, sin perjuicio de las facultades fiscalizadora de este Servicio.
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ORD. N°1064 Sala cuna; Bono compensatorio; Monto; Cantidad Insuficiente; El monto que se propone pagar por concepto de sala cuna, de $120.000 (ciento veinte mil pesos), por parte del empleador, no representa una suma de dinero equivalente o compensatorio de los gastos que irroga la atención de menores en un establecimiento de tal naturaleza, situación que deriva en que la empresa CONSTRUMART S.A., no estaría dando cumplimiento por equivalencia , a la obligación de otorgar sala cuna a la madre tr
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ORD. N°997 Asistentes de la Educación; Ley N°21.109; Feriado; Permisos con goce de remuneraciones; Es una prerrogativa del empleador dentro de sus facultades de organizar, administrar y dirigir el establecimiento educacional, el convocar a los asistentes de la educación a prestar servicios cinco días antes del inicio del año escolar. Los miembros de la organización sindical sólo gozan de los días de permiso con goce de remuneraciones previstos en el convenio colectivo si este se encuentra vigen
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ORD. N°976 Derecho de alimentación; amamantamiento libre, tiempo extracción y almacenamiento leche materna; La doctrina institucional vigente, acerca del ejercicio del derecho a extracción y almacenamiento de leche materna en el lugar de trabajo, analizada en el cuerpo del presente oficio, se encuentra contenida en el Dictamen N°5947/036 de 31.12.2019, cuya copia se acompaña.
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ORD. N°785 Sala Cuna; Bono Compensatorio; Licencia Médica; Efecto retroactivo; La madre trabajadora que tiene un hijo menor de dos años, tiene derecho a gozar del beneficio de sala cuna previsto en el artículo 203 del Código del Trabajo, aun cuando se encuentre haciendo uso de licencia médica o en cualquier otro evento que le impida cuidar adecuadamente a su hijo menor de dos años. Asimismo, en los casos en que la madre trabajadora perciba un bono compensatorio del beneficio de sala cuna para f
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ORD. N°726 Sala cuna; Bono compensatorio; Condición de Salud del Menor; El certificado médico expedido por facultativo competente, que prescriba que la asistencia de un menor a establecimientos de sala cuna no resulta recomendable atendidas sus condiciones de salud, constituye un antecedente suficiente, para que las partes si así lo consideran, acuerden el otorgamiento de un bono compensatorio de beneficio de sala cuna, el que deberá constar por escrito.
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ORD. N°622 Trabajo a distancia; Teletrabajo; Sala Cuna; Bono Compensatorio; Remite copia del Dictamen N°678/5 de 26.02.2021.
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ORD. N°615 Cuerpo de Bomberos; Voluntarios; Jornada de Trabajo; Ausencia; Concurrir a Emergencias; 1.- Los efectos de la ausencia en la jornada de trabajo del dependiente voluntario del Cuerpo de Bomberos por causa de acudir a un emergencia ante accidentes, incendios u otros siniestros, deben ser previstos por el empleador, en tanto es quien organiza y estructura a la empresa para que cumpla con su finalidad. 2.- Los efectos que la situación anterior puede producir en la ejecución de trabajos c
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ORD. N°535 Protección a la Maternidad; Sala Cuna; Irrenunciabilidad; Obligación; Cumplimiento; Infracción; El beneficio de sala cuna, al igual que todos aquellos derechos establecidos por las leyes laborales son, por aplicación del artículo 5° del Código del Trabajo, de carácter irrenunciables, por consiguiente, no pueden ser objeto de desistimiento por parte de la mujer trabajadora ni ser cambiado por otro. En el evento que el empleador haya optado por cumplir su obligación pagando los gastos
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ORD. N°487 Contrato individual de Trabajo; Contrato plazo fijo; Duración; Renovación; Protección a la Maternidad; Fuero maternal; Termino de contrato de trabajo; La circunstancia de que la trabajadora continúe presentando servicios después de expirado el plazo del contrato, con conocimiento del empleador, lo transforma en uno de duración indefinida, igual efecto produce la segunda renovación de un contrato de plazo fijo. Toda modificación del contrato de trabajo, como la relativa a la forma de
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ORD. N°424 Sala Cuna; Bono Compensatorio; Efecto Retroactivo; Atiende presentación, sobre pago bono compensatorio del beneficio de sala cuna, con efecto retroactivo.
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ORD. N°343 Sala cuna; Bono compensatorio; Bono compensatorio. Atiende presentación de Fundación Educacional San Pablo, sobre pago bono compensatorio del beneficio de sala cuna.
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ORD. N°277 Sala Cuna; Bono compensatorio; Autorización Junji; Antecedentes acompañados insuficientes; No resulta procedente autorizar el acuerdo de pago de un bono compensatorio de sala cuna que los antecedentes acompañados por el empleador resultan insuficientes para dar por cumplida la obligación que le impone el artículo 203 el Código del Trabajo.
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ORD. N°287 Sala Cuna; Bono compensatorio; Instrumento Colectivo; Deducción en las remuneraciones; Cotizaciones de seguridad social; 1.- La regulación contractual acordada por las partes no se ajusta a cuanto el "bono de atención y cuidado del hijo o hija menor de 2 años" no es equivalente en su totalidad a los gastos que irrogaría la atención del menor en una sala cuna ni tampoco permite en su totalidad solventar los gastos de atención y cuidado del menor en su propio domicilio. 2.- El bono com
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ORD. N°303 Sala cuna; autorización Junta Nacional de Jardines Infantiles; No resulta jurídicamente procedente que el empleador, con la finalidad de proporcionar el beneficio de sala cuna a sus trabajadores, celebre convenios con entidades que no cuenten con la autorización de funcionamiento o reconocimiento oficial del Ministerio de Educación.
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ORD. N°147 Protección a la Maternidad; Trabajador Transgénero masculino embarazado; Género; El trabajador transgénero masculino en estado de embarazo tiene derecho a las garantías que otorgan todas las normas protectoras de la maternidad, paternidad y vida familiar reguladas en el Título II del Libro Ii del Código del Trabajo, resultado por tanto obligatorio para el empleador en el caso concreto proveer el mismo trato conferido a las trabajadoras mujeres en dicho estado.
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ORD. N°147 Protección a la Maternidad; Trabajador Transgénero masculino embarazado; Género; El trabajador transgénero masculino en estado de embarazo tiene derecho a las garantías que otorgan todas las normas protectoras de la maternidad, paternidad y vida familiar regulada en el Título II del Libro II del Código del Trabajo, resultado por tanto obligatorio para el empleador en el caso concreto proveer el mismo trato conferido a las trabajadoras mujeres en dicho estado.
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ORD. N°2947 Sala cuna; Bono compensatorio; Excepcionalmente el derecho de sala cuna podrá compensarse con un bono acordado por empleador y dependiente en los siguientes casos: 1) en localidades donde no existe establecimiento autorizado por la Junta Nacional de Jardines Infantiles; 2) dependientes que laboren en faenas mineras apartadas de centros urbanos y que vivan separadas de sus hijos; 3) prestación de servicios en horarios nocturnos; 4) en fin, cuando las condiciones de salud del o la meno
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ORD. N°2891 Cláusula Tácita; El beneficio que se confiere a la recurrente mediante el anexo de contrato de trabajo examinado, se limita a un actual y específico estado de embarazo, por tanto, no otorga derecho adquirido por cláusula tácita.
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ORD. N°2852 Protección a la Maternidad; Fuero Maternal; Reincorporación; El empleador no puede poner término al contrato de trabajo de la mujer embarazada sin autorización judicial previa, y en caso de haber operado el despido por ignorancia de éste, la trabajadora debe ser reincorporada y pagadas sus remuneraciones devengadas durante el tiempo que permaneció indebidamente separada.
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ORD. N°2784 Sala Cuna; Bono compensatorio; Establecimiento Fundación Integra y Junta Nacional de Jardines Infantiles; Autorización Junta Nacional de Jardines Infantiles; Bono Compensatorio de Sala Cuna. Atiende presentación de Corporación Educacional Colegio Santa Teresa de Illapel, sobre pago bono compensatorio del beneficio de sala cuna.
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ORD. N°2796 Estatuto de Salud; Contrato de reemplazo; Derechos; Competencia Dirección del Trabajo; 1.- En el sistema de salud municipal las personas contratadas como reemplazantes tienen derecho a licencia médica, fuero maternal, asignación familiar, cobertura por accidente de trabajo o enfermedad profesional y a percibir el pago de las horas extraordinarias laboradas. 2.- El contrato de reemplazo establecido por la Ley N°19.378 presenta características propias básicamente por su transitorieda
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ORD. N°2483 Sala cuna; Trabajadores extranjeros; Empresa Servicios Transitorios; Empresa Usuaria;
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ORD. N°2352 Sala cuna; Bono compensatorio; Emergencia Sanitaria Covid-19; 1. Resulta suficiente para el pago de un bono compensatorio por el beneficio de sala cuna, la recomendación realizada por el médico en el certificado toda vez que contiene la indicación de no llevar al menos a la sala cuna por riesgo de contagio de patologías infectocontagiosas. 2. Para determinar el monto del bono compensatorio, las partes pueden acordarlo de común acuerdo considerando los gastos que generalmente irrogan
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ORD. N°2292 Sala Cuna; Bono compensatorio; Naturaleza Jurídica; Fiscalización; Sala Cuna. Bono compensatorio. Naturaleza Jurídica. Fiscalización.
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ORD. N°1924 Sala cuna; Bono compensatorio; Para la autorización formal que se requiere, deberá acompañarse el respectivo contrato de trabajo de la madre trabajadora, el pacto sobre bono compensatorio y el certificado de nacimiento del menor. Sin perjuicio de lo anterior, el Colegio de Adultos Fritz Escalada de Viña del Mar, deberá continuar pagando el bono compensatorio de sala cuna pactado con la dependiente Camila Castillo Laurie, ascendente a $100.000 mensual, otorgado y percibido desde marzo
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ORD. N°1893 Sala Cuna; Bono compensatorio; Emergencia sanitaria Covid-19; No resulta jurídicamente procedente autorizar el pago de un bono compensatorio del beneficio de sala cuna de forma retroactiva, sin perjuicio de la expuesto en el presente oficio.
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ORD. N°1889 Elecciones Primarias; Vocales de mesa; Trabajadores Designados; Informa lo que indica.
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ORD. N°1834 Sala Cuna; Bono Compensatorio; Establecimiento sin autorización Junji; Resulta jurídicamente procedente que las partes pacten el otorgamiento de un bono compensatorio de sala cuna atendido que en la localidad de Isla de Pascua no existe establecimiento autorizado.
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ORD. N°1750 Sala cuna; Bono compensatorio; Protección a la Maternidad; Teletrabajo o Trabajo a Distancia; Emergencia Sanitaria Covid-19; Las partes se encuentran habilitadas para acordar, en el marco de la emergencia sanitaria y mientras esta se mantenga, el pago de un bono compensatorio de sala cuna cuyo monto debe cubrir la totalidad del costo en que incurra la madre trabajadora para efectos del cuidado de su hijo menor de 2 años, toda vez el carácter irrenunciable del derecho a sala cuna y la
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ORD. N°1563 Consulta Genérica; Permiso Alimentación menor 2 años; Medidas Sanitaria Covid- 19; Jornada de Trabajo; La facultad del empleador de establecer medidas de protección, mediante su potestad de mando, no puede jamas implicar la renuncia o el desconocimiento de un derecho concedido por nuestra legislación al trabajador, como lo es el derecho de alimentación contenido en el artículo 206 inciso 1 del Código del Trabajo.
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ORD. N°1566 Estatuto de Salud; Contrato a honorario; Fuero maternal; Las personas contratadas a honorarios por una corporación municipal, en el sector de la atención primaria de salud municipal, no se encuentran amparadas por fuero maternal sin perjuicio de lo señalado en el presente oficio.
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ORD. N°1538 Protección a la Maternidad; Permiso; Nacimiento hijo; Procedencia; Jornada parcial; A los dependientes contratados a tiempo parcial les resulta aplicable la norma contenida en el inciso 2° del artículo 195 del Código del Trabajo, sobre descanso paternal, de manera que los mismos, al igual que aquellos contratados con jornada completa, tienen derecho a cinco día de permiso pagado en caso de nacimiento de hijo, los que deben hacerse efectivos exclusivamente en aquellos días en que se e
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ORD. N°1504 Sala Cuna; Bono compensatorio; Efecto retroactivo; Bono compensatorio de sala cuna. Efecto retroactivo.
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ORD. N°1508 Sala Cuna; Bono compensatorio; Emergencia Sanitaria Covid-19; Bono compensatorio de sala cuna. Emergencia sanitaria Covid-19.
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ORD. N°1509 Sala cuna; Bono compensatorio; Naturaleza jurídica; Emergencia Sanitaria Covid-19; Sala cuna, Bono compensatorio. Naturaleza jurídica. Emergencia Sanitaria Covid-19.
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ORD. N°1513 Derecho de alimentación; Imposibilidad ejercicio diario; Acumulación; En virtud de la doctrina vigente de esta Dirección, contenida en Dictamen N°3149/45 de 23.06.2015, resultaría jurídicamente procedente acumular el derecho de alimentación cuando la madre se encuentra impedida de ejercer diariamente el mismo, atendido que las faenas en donde presta sus servicios se encuentran ubicadas en lugares apartados de centros urbanos. Asimismo, cuando la madre se encuentra impedida de ejercer
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ORD. N°1294 Sala Cuna; Bono compensatorio; Establecimiento sin autorización Junji; Autoriza otorgamiento de bono compensatorio, al no haber salas cunas particulares empadronadas por la Junta Nacional de Jardines Infantiles en la localidad de Calbuco.
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ORD. N°1281 Sala Cuna; Madre Trabajadora; Feriado Legal; El beneficio de sala cuna se suspende durante el período en que la madre trabajadora hace uso de feriado legal.
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ORD. N°1259 Derecho a la discriminación; Derecho de Alimentación; Madre Trabajadora; Reajuste Metas; Remuneración variable; 1.- No se ajusta a derecho, que el empleador no respete el derecho a no ser discriminado en el ámbito laboral, otorgando un tratamiento alejado de la perspectiva de género a las trabajadoras madres que se desempeñan como Ejecutivas Comerciales y Ejecutivas de Centros de Servicios, al no reajustar sus metas mensuales "Concurso de Resultados" proporcionalmente al menor tiempo
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ORD. Nº959 Sala cuna; Bono compensatorio; Autoriza otorgamiento de bono compensatorio, al no haber salas cunas particulares empadronadas por la Junta Nacional de Jardines Infantiles en la ciudad de Río Bueno.
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ORD. N°962 Competencia Dirección del Trabajo; Protección a la Maternidad, paternidad y vida familiar; Este Servicio carece de competencia para pronunciarse sobre el asunto planteado, de acuerdo a lo señalado en el cuerpo del presente oficio.
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ORD. N°964 Licencia Médica Maternal; Suspensión Relación Laboral; Remuneraciones; No corresponde al empleador pagar, a una profesional de la educación que se desempeña en un establecimiento particular subvencionado, las remuneraciones durante el período en que esta haga uso de descanso maternal, sin perjuicio de lo que las partes hayan convenido, en virtud de la autonomía de la voluntad.