Protección a la Maternidad y Sala Cuna
Los pronunciamientos de la Dirección del Trabajo sobre Protección a la Maternidad y Sala Cuna, del más reciente al más antiguo. Página 8.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Protección a la Maternidad y Sala Cuna, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Protección a la Maternidad y Sala CunaTemas de Protección a la Maternidad y Sala Cuna
Pronunciamientos
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ORD. N°943 Fuero maternal; Pago remuneraciones; Terminación contrato de trabajo; La trabajadora que goza de fuero maternal corresponda que perciba el total de sus remuneraciones durante el lapso que comprende el referido fuero, no pudiendo el empleador poner término a su contrato de trabajo, sin que medie la autorización judicial pertinente, al tenor de lo informado en el presente informe.
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ORD. N°863 Emergencia sanitaria Covid- 19 Bono compensatorio Sala Cuna La madre trabajadora que preste servicios y se encuentre dentro de los presupuestos del artículo 203 del Código del Trabajo, en el marco de la presente emergencia sanitaria, mantiene el derecho a que el empleador provea de la respectiva sala cuna, lo que no siendo posible de cumplir bajo las alternativas referidas en el presente informe, habilita a las partes a acordar el pago de un bono compensatorio, considerando el caráct
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ORD. N°800 Sala Cuna; Bono compensatorio; Emergencia Sanitaria Covid-19; Resulta jurídicamente procedente autorizar el pago de un bono en compensación del beneficio de sala cuna en caso que indica.
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ORD. N°681 Estatuto de Salud; Termino Relación Laboral; Fuero Maternal; 1.- Sólo con autorización previa del juez competente se puede poner término al contrato de trabajo de una funcionaria regida por la Ley N°19.378 contratada a plazo fijo. 2.- No resulta procedente que la Dirección del Trabajo se pronuncie respecto de las consideraciones de fondo que sirven de base a los puntajes obtenidos por una funcionaria regida por la Ley N°19.378 en el respectivo proceso calificatorio, correspondiendo a
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ORD. N°629 Derecho alimentación; Ejercicio de manera acumulada; Sistema excepcional de jornada y descansos; No resulta a justado a derecho modificar los ciclos de trabajo y descansos establecidos en una resolución que autoriza un sistema excepcional de jornada, toda vez que, para proceder en los términos indicados, el empleador deberá solicitar a la Dirección Regional correspondiente a su domicilio, el cambio de ciclo de trabajo y descanso acordado con la o las trabajadoras que se encuentran en
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ORD. N°436 Sala Cuna; Bono Compensatorio; Efecto retroactivo; No resulta jurídicamente procedente autorizar el pago de un bono en compensación del beneficio de sala cuna de forma retroactiva, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio.
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ORD. N°437 Sala Cuna; Bono compensatorio; Emergencia Sanitaria Covid-19; No resulta jurídicamente procedente acoger su solicitud toda vez que en la especie no se dan los presupuestos que autorizan el otorgamiento de un bono compensatorio del beneficio de sala cuna, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio.
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ORD. N°343 Sala Cuna; Bono compensatorio; sin autorización de pago; Atiende presentación del Colegio Santa Cruz; Rio Bueno, sobre pago bono compensatorio del beneficio de sala cuna, al tenor de las razones indicadas en el presente informe.
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ORD. N°351 Salud y Seguridad en el trabajo; Trabajadora Embarazada; Riesgo grave o inminente; 1.- En el caso de una trabajadora embarazada que sigue prestando servicios en su lugar de trabajo, el empleador puede adoptar alguna de las medidas alternativas de cumplimiento de las obligaciones laborales indicadas en el dictamen N°1239/5 de 19.03.2020. 2.- En la medida que su empleador no cumpla con la obligación de adoptar las medidas necesarias para proteger eficazmente su vida y salud, considerand
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ORD. N°356 Sala Cuna; Teletrabajo; Emergencia Sanitaria Covid-19; La posibilidad de que una trabajadora regida por el Código del Trabajo pueda prestar servicios bajo la modalidad de teletrabajo depende de las circunstancias expuestas en el presente oficio. La madre trabajadora que preste servicios y se encuentre dentro de los presupuestos del artículo 203 del Código del Trabajo, en el marco de la presente emergencia sanitaria, mantiene el derecho a que el empleador provea la respectiva sala cuna
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ORD. N°284 Sala cuna; Bono compensatorio; Autorización Junji; Atiende presentación de Empresa Correos de Chile, sobre pago bono compensatorio del beneficio de sala cuna.
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ORD. N°183 Sala Cuna; Bono Compensatorio; Efecto Retroactivo; Atiende presentación, sobre pago bono compensatorio del beneficio de sala cuna, con efecto retroactivo.
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ORD. N°96 Estatuto de Salud; Contrato de Trabajo a Honorario; Fuero Maternal; Las personas contratadas a honorarios por una corporación municipal, en el sector de la atención primaria de salud municipal, no se encuentran amparadas por fuero maternal sin perjuicio de lo señalado en el presente oficio.
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ORD. N°78 Sala Cuna; Cuarentena; Emergencia sanitaria Covid-19; En el caso de concurrir los supuestos contemplados en el artículo 203 del Código del Trabajo que obligan a otorgar sala cuna, para los efectos de la obligación de prestar servicios de la madre trabajadora de un menos de dos años, en el marco de la emergencia sanitaria producto del covid-19, cabe distinguir si se trata de una empresa que puede seguir funcionando o no. En el evento, que la empresa pueda seguir funcionando y lo haga co
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ORD. N°3183 Sala Cuna; Bono compensatorio; Sin Autorización Junji; Autoriza otorgamiento de bono compensatorio, al no haber salas cunas particulares empadronadas por la Junta Nacional de Jardines Infantiles en la Comuna de Río Bueno; Región de Los Lagos.
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ORD. N°3188 Sala Cuna; Bono compensatorio; Trabajo nocturno; Autoriza otorgamiento de bono compensatorio, al tener pactada la madre trabajadora horario laboral nocturno.
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ORD. N°3153 Sala Cuna; Teletrabajo; Derecho de Sala Cuna para dependientes que prestan servicios bajo la modalidad de teletrabajo.
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ORD. N°2467 Trabajadoras Jardines Infantiles VTF; Corporación Municipal; Derecho Feriado; Ley 20.994; Al personal que se desempaña en establecimientos de educación parvularia financiados mediante transferencia de fondos de la Junta Nacional de Jardines Infantiles que, durante el período de receso o suspensión de actividades establecidas en la Ley N°20.994, ha hecho uso de sus descansos maternales y/o permiso postnatal parental no le asiste el derecho a impetrar el beneficio del feriado en otra
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ORD. N°2468 Trabajadoras Jardines Infantiles VTF; Feriado; Ley N°20.994; Al personal que se desempeña en establecimientos de educación parvularia financiados mediante transferencia de fondos de la Junta Nacional de Jardines Infantiles que, durante el período de receso o suspensión de actividades establecido en la Ley N° 20.994, ha hecho uso de sus descansos maternales y/o permiso postnatal parental no le asiste el derecho a impetrar el beneficio del feriado en otra época del año.
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ORD. N°2259 Permiso por matrimonio o por acuerdo de unión civil; Permiso prenatal; Coincidencia; Género; El permiso especial por matrimonio o pacto de unión civil que coincide con el permiso otorgado por una licencia maternal prenatal queda subsumido en este último permiso.
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ORD. N°2211 Sala cuna; Bono compensatorio; Distancia geográfica; 1) No resulta jurídicamente procedente autorizar el pago de un bono en compensación del beneficio de sala cuna en la situación planteada, toda vez que no se ha acreditado que exista un impedimento absoluto de otorgar dicho beneficio a las trabajadoras por quienes se consulta. 2) La empresa que decide pagar directamente los gastos de sala cuna al establecimiento al que la madre trabajadora lleva a sus hijos menores de 2 años, cumple
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ORD. N°2217 Sala cuna; Bono compensatorio; Pacto en instrumento colectivo; Extensión de beneficios; 1) La cláusula del contrato colectivo que establece el otorgamiento de un bono compensatorio de sala cuna, atendidas las condiciones de salud del menor, no impide que la madre trabajadora no afecta a dicho instrumento colectivo y que se encuentra en dicha situación pueda acceder a este beneficio, por constituir a su respecto un derecho irrenunciable. 2) En aquellos casos en que exista un certific
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ORD. N°2068 Sala Cuna; Teletrabajo; Derecho sala cuna en el marco de la presentación de servicios bajo modalidad de teletrabajo.
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ORD. N°2071 Sala Cuna; Bono compensatorio; Autorización Junji; Autoriza otorgamiento de bono compensatorio, al no haber sala cunas particulares autorizadas por la Junta Nacional de Jardines Infantiles, en la ciudad de Chañaral.
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ORD. N°1983 Sala Cuna; Empleador paga gastos directamente establecimiento; De conformidad a la doctrina contenida entre otros, en el Ordinario N°3843, de 30.07.2015, de este Servicio; en el evento que el empleador haya optado por cumplir su obligación pagando los gastos de sala cuna directamente al establecimiento al que la trabajadora lleve a sus hijos menores de dos años, la elección de dicho establecimiento corresponderá al empleador, debiendo optar por aquellos que cuenten actualmente con la
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ORD. N°1986 Sala cuna; Bono compensatorio; Autorización Junji; Resulta jurídicamente procedente acoger su solicitud toda vez que en la especie existe un impedimento para otorgar el beneficio de sala cuna sin perjuicio de la prevención que se formula en cuanto al monto del mismo.
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ORD. N°1861 Sala cuna; Bono compensatorio; Salud del menor; A partir de la emisión del dictamen N°6758/86, de 24.12.2015, la existencia de una prescripción médica que determine que por razones de salud resulta inconveniente la asistencia de un menor a un establecimiento de sala cuna, habilita a las partes de la relación laboral para pactar, en forma excepcional, un bono compensatorio por tal concepto, sin que sea necesario para tal efecto la autorización de esta Dirección.
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ORD. N°1864 Sala cuna; Bono compensatorio; Salud del menor; Atiende presentación relativa a la procedencia de pactar un bono compensatorio del beneficio de sala cuna a favor de la trabajadora que se individualiza, atendidas las condiciones de salud de su hija menor de dos años, que impide su asistencia a alguno de dichos establecimientos.
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ORD. Nº1869 Negociación colectiva; Instrumento colectivo; Interpretación de cláusula; Bono sala cuna; Requisitos; De acuerdo al tenor del pacto del beneficio contemplado en el N°7 del artículo 6° del contrato colectivo vigente, se desprende que al trabajador señor Juan Carlos Ulloa no le asiste el derecho a impetrarlo, por no reunir los requisitos exigidos en la misma cláusula, en atención a que su cónyuge no tendría con su respectivo empleador el derecho al beneficio de sala cuna, pues éste no
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ORD. N°1874 Sala cuna; Bono compensatorio; Distancia geográfica; No resulta procedente autorizar el acuerdo de pago de un bono compensatorio de sala cuna al no haberse acreditado la configuración de alguna de las causales que permiten acceder al otorgamiento del referido beneficio.
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ORD. N°1877 Sala cuna; Bono compensatorio; No resulta jurídicamente procedente acoger la solicitud de autorización de un bono compensatorio de sala cuna en favor de las trabajadoras que se indican, toda vez que, en la especie, no se cumplirían los presupuestos para que este Servicio conceda la autorización conforme a la jurisprudencia administrativa indicada. Lo anterior es sin perjuicio del pacto que puedan alcanzar las partes sobre el particular.
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ORD. Nº1826 Sala Cuna; Bono compensatorio; Autorización Junji; Autoriza otorgamiento de bono compensatorio, al no haber en Quintero sala cuna particular autorizada por la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
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ORD. N°1827 Sala cuna; Bono compensatorio; Jornada Parcial, Sábado y domingo; Atiende presentación sobre autorización de entrega de un bono compensatorio , para efectos de dar cumplimiento a la obligación del empleador de proporcionar el beneficio de sala cuna, atendido la jornada de trabajo parcial de la trabajadora que incluye sábado y domingos.
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ORD. N°1833 Sala cuna; Obligación de otorgamiento; Bono compensatorio de sala cuna; Carácter excepcional; No resulta procedente otorgar autorización para el pago de un bono compensatorio del beneficio de sala cuna a las trabajadoras por quienes se consulta, toda vez que el fundamento de su petición no se condice con ninguna de las causales contenidas en la doctrina de este Servicio.
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ORD. N°1696 Sala Cuna; Bono compensatorio; Monto; En la especie, resultaría jurídicamente procedente que la empresa Agroservicios MVC Ltda. y la trabajadora Sra. Edith Soledad Díaz Díaz acuerden el otorgamiento de un bono compensatorio del beneficio de sala cuna haciendo la prevención que éste debe ser de un monto apropiado para financiar el cuidado de su hija menor de dos años Noemí Amaral Guerrero Díaz en su domicilio , mientras no se haga uso de dicho derecho por medio de una de las alterna
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ORD. N°1698 Sala cuna; Bono compensatorio; Establecimiento Sin autorización Junji; Resulta jurídicamente procedente acoger su solicitud toda vez que en la especie existe un impedimento para otorgar el beneficio de sala cuna.
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ORD. N°1713 Sala cuna; Bono Compensatorio; Establecimiento sin autorización Junji; Resulta jurídicamente procedente que se pacte bono compensatorio de sala cuna que indica.
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ORD. N°1518 Sala cuna; Bono compensatorio; Turnos nocturnos; Monto insuficiente; El monto que la empresa Agroservicios MCV Ltda. propone pagar por concepto de bono compensatorio de sala cuna, no constituye una suma de dinero equivalente o compensatoria de los gastos que irrogaría la atención del menor en un establecimiento de tal naturaleza, situación que deriva en que dicha empleadora no estaría dando cumplimiento, por equivalencia, a la obligación de otorgar el beneficio de sala cuna que le im
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ORD. N°1390 Sala Cuna; Bono Compensatorio; Sin autorización Junji; Resulta procedente que la empresa Corporación Municipal de Quinchao otorgue un bono compensatorio de los gastos que irrogaría la atención de su hija menor de dos años Catalina Paz Mardones Unquén en una sala cuna a la trabajadora Sra. Erica Zulema Unquén Coñuecar, hasta que la misma cumpla dos años y mientras subsistan las circunstancias que ameritan el pago de este bono.
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ORD. N°1030 Sala cuna; Bono compensatorio; Autorización Junji; No resulta jurídicamente procedente acoger su solicitud toda vez que no se ha acreditado que exista un impedimento absoluto para otorgar el beneficio de sala cuna.
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ORD. N°1033 Sala cuna; Bono compensatorio; Ubicación Geográfica; No resulta jurídicamente procedente acoger su solicitud toda vez que no se ha acreditado que exista un impedimento absoluto para otorgar el beneficio de sala cuna. Sin perjuicio de lo anterior se hace presente que la empresa tiene la obligación de cumplir con el beneficio de sala cuna eligiendo una cuya ubicación corresponda a la misma área geográfica en que la madre trabajadora reside o cumple sus funciones.
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ORD. N°1034 Sala cuna; Bono compensatorio; A partir de la emisión del dictamen N°6758/86, de 24.12.2015, la existencia de una prescripción médica que determine que por razones de salud resulta inconveniente la asistencia de un menor a un establecimiento de sala cuna, habilita a las partes de la relación laboral para pactar, en forma excepcional, un bono compensatorio por tal concepto, sin que sea necesario para tal efecto la autorización de esta Dirección.
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ORD. N°1035 Sala cuna; Bono compensatorio; Salud del menor; A partir de la emisión del dictamen N°6758/86, de 24.12.2015, la existencia de una prescripción médica que determine que por razones de salud resulta inconveniente la asistencia de un menor a un establecimiento de sala cuna, habilita a las partes de la relación laboral para pactar, en forma excepcional, un bono compensatorio por tal concepto, sin que sea necesario para tal efecto la autorización de esta Dirección.
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ORD. N°1038 Sala cuna; Bono compensatorio; Monto; No resulta procedente acoger solicitud por no acreditar que el monto acordado sea compensatorio del costo del beneficio de sala cuna.
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ORD. N°1047 Sala cuna; Bono compensatorio; Salud del menor; A partir de la emisión del dictamen N°6758/86, de 24.12.2015, la existencia de una prescripción médica que determine que por razones de salud resulta inconveniente la asistencia de un menor a un establecimiento de sala cuna, habilita a las partes de la relación laboral para pactar, en forma excepcional, un bono compensatorio por tal concepto, sin que sea necesario para tal efecto la autorización de esta Dirección.
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ORD. N°1048 Competencia Dirección del Trabajo; Sala Cuna; Pago gastos por parte del empleador; 1) La Dirección del Trabajo debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, por carecer de antecedentes suficientes para ello, sin perjuicio de lo expuesto en el cuerpo del presente informe. 2) Si el empleador acepta que la trabajadora pueda optar por llevar a su hijo a una sala cuna distinta de la designada deberá pagar íntegramente los gastos que involucra la sala cuna respectiva, no siendo
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ORD. N°1049 Sala cuna; Bono compensatorio; La Corporación Educacional de la Sociedad Nacional de Agricultura se encuentra obligada, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 203 del Código del Trabajo, a otorgar el beneficio de sala cuna a la madre trabajadora Sra. Catalina Andrea Egaña Osses, respecto de su hijo menor de dos años Silvestre Tristán Mansilla Egaña, no resultando jurídicamente procedente otorgar para dicho efecto un bono compensatorio de los gastos que irrogaría la atención
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ORD. N°882 Dirigente; Permiso Sindical; Descanso Colación; Facultad Empleador; ) Por expresa disposición legal, el período de colación no se considera tiempo trabajado, salvo las partes acuerden lo contrario. 2) Si la trabajadora se presentó a las 13:00 horas por el hecho de haber destinado parte de su jornada a horas de trabajo sindical, corresponderá que haga uso de su descanso de colación en los términos que las partes lo hubieren acordado. 3) El empleador en el ejercicio de sus facultades
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ORD. Nº420 Sala cuna; Bono Compensatorio; Establecimiento que no funciona los días sábados y domingo; Resulta jurídicamente procedente que la empresa Inmobiliaria PY S.A y la trabajadora Sra. Vasty Vásquez González convengan el otorgamiento de un bono en dinero en compensación del beneficio de sala cuna para financiar el cuidado de la menor Eliette Amelie Olivares Vásquez, de diez meses de edad, hija de la mencionada trabajadora, en su domicilio, mientras no se haga uso de dicho derecho por medi
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ORD. N°421 Sala cuna; Bono compensatorio; Atiende presentación relativa a la procedencia de pactar un bono compensatorio del beneficio de sala cuna a favor de la trabajadora que se individualiza, atendidas las condiciones de salud de su hija menor de dos años, que impide su asistencia a alguno de dichos establecimientos. ANT.: 1) Revisión de 14.01.2020, de Jefe Departamento Jurídico y Fiscal.