Artículo 1725 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 1725. El haber de la sociedad conyugal se compone:
1º. De los salarios y emolumentos de todo género de empleos y oficios, devengados durante el matrimonio;
2º. De todos los frutos, réditos, pensiones, intereses y lucros de cualquiera naturaleza, que provengan, sea de los bienes sociales, sea de los bienes propios de cada uno de los cónyuges, y que se devenguen durante el matrimonio;
3º. Del dinero que cualquiera de los cónyuges aportare al matrimonio, o durante él adquiriere; obligándose la sociedad a pagar la correspondiente recompensa;
4º. De las cosas fungibles y especies muebles que cualquiera de los cónyuges aportare al matrimonio, o durante él adquiriere; quedando obligada la sociedad a pagar la correspondiente recompensa.
Pero podrán los cónyuges eximir de la comunión cualquiera parte de sus especies muebles, designándolas en las capitulaciones matrimoniales;
5º. De todos los bienes que cualquiera de los cónyuges adquiera durante el matrimonio a título oneroso.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Vivienda comprada con subsidio por la mujer casada no ingresa a la sociedad conyugal
Rechaza la casación del demandante porque el artículo 41 de la Ley N° 18.196 presume de derecho separada de bienes a la mujer que compra con subsidio, y no hay bienes que liquidar.
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Reclamo contra el Conservador de Santiago por un inmueble de la sociedad conyugal
Rechaza el recurso del reclamante: las normas del haber absoluto de la sociedad conyugal son de orden público y una declaración posterior no suple la subrogación exigida al adquirir el inmueble.
Lo que dice la Corte sobre el art. 1725 «[…] Lo que la parte recurrente denuncia no configura el quebrantamiento que se invoca, pues, en definitiva, se postula por una ponderación diversa de los antecedentes y una disconformidad con lo concluido correctamente por la sentencia impugnada respecto al tenor de los artículos 1725 N°5, 1726 y 1733 del Código Civil […]»
Cita textual · Corte Suprema, Rol 26544-2024
«[…] Lo que la parte recurrente denuncia no configura el quebrantamiento que se invoca, pues, en definitiva, se postula por una ponderación diversa de los antecedentes y una disconformidad con lo concluido correctamente por la sentencia impugnada respecto al tenor de los artículos 1725 N°5, 1726 y 1733 del Código Civil […]» (Corte Suprema, Rol 26544-2024, 29 de mayo de 2026). «[…] Lo que la parte recurrente denuncia no configura el quebrantamiento que se invoca, pues, en definitiva, se postula por una ponderación diversa de los antecedentes y una disconformidad con lo concluido correctamente por la sentencia impugnada respecto al tenor de los artículos 1725 N°5, 1726 y 1733 del Código Civil […]» (Corte Suprema, Rol 26544-2024, 29 de mayo de 2026). Disponible en: https://folium.cl/ley/codigo-civil/articulo-1725#corte-1341630 -
Declaración de dominio exclusivo de inmueble alegado como patrimonio reservado
Rechaza la casación de la demandante por manifiesta falta de fundamento: omitió denunciar normas decisorias de la litis, entre ellas los artículos 1725, 1726 y 2492 del Código Civil.
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Nulidad de compraventa de inmueble en San Vicente de Tagua Tagua y su restitución
Rechaza la casación de la demandada contra el fallo que anuló la compraventa y ordenó restituir el inmueble, porque omitió denunciar normas decisorias de la litis, como los artículos 1681, 1682 y 1793 del Código Civil.
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Reivindicación de cuota de un inmueble y nulidad absoluta de la hipoteca
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de Banco Scotiabank: no extendió la infracción a normas decisorias de la litis, como los artículos 682, 700, 889 y 2407 del Código Civil.
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Nulidad del remate de un inmueble social tras la disolución de la sociedad conyugal
Rechaza la casación de la demandante por omitir normas decisorias de la litis, denunciar en forma genérica las normas siguientes a un artículo y plantear como nueva la alegación de comunidad sobre el inmueble.
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Declaración de patrimonio reservado de mujer casada sobre la casa en que vive
Rechaza la casación de la demandante porque busca establecer hechos no acreditados, ya que no probó haber adquirido el inmueble con su trabajo separado del marido, y no denunció leyes reguladoras de la prueba.
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Negativa del Conservador de Quillota a cancelar una inscripción ordenada por sentencia
Rechaza la casación del solicitante porque el Conservador actuó conforme a los artículos 13 y 14 del Reglamento, ya que cancelar la inscripción significaba dejar sin efecto una sentencia firme y ejecutoriada.
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Legitimación del marido para demandar al Fisco por el accidente de tránsito de su cónyuge
Rechaza la casación del demandante porque, aunque el marido administra la sociedad conyugal, no es quien sufrió los perjuicios demandados ni compareció como administrador del haber social.
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Petición de herencia contra hermanas que compraron el inmueble al padre
Rechaza la casación de la demandante porque las demandadas poseen el inmueble por compraventa y no como herederas, y la simulación alegada en la réplica era una cuestión nueva; con voto en contra.
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