Artículo 445 del Código del Trabajo
Qué dice el artículo
Art. 445. En toda resolución que ponga término a la causa o resuelva un incidente, el juez deberá pronunciarse sobre el pago de las costas del procedimiento, tasando las procesales y regulando las personales, según proceda.
Cuando el trabajador ha litigado con privilegio de pobreza, las costas personales a cuyo pago sea condenada la contraparte pertenecerán a la respectiva Corporación de Asistencia Judicial, al abogado de turno, o a quien la ley señale.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 6 de julio de 1987 · promulgación: 27 de mayo de 1987 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 16 de enero de 2003 · Última modificación: 23 de julio de 2026.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
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Daño moral por lesiones en accidente del trabajo se prueba por presunciones
Acoge la unificación del demandante: el daño moral derivado de lesiones corporales puede acreditarse por presunciones judiciales; declara que la sentencia de base, que otorgó $20.000.000, no es nula.
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Desafuero de trabajadora embarazada pedido por la Municipalidad de Limache
Rechaza el desafuero: la causal del número 4 del artículo 159 del Código del Trabajo no basta para desaforar a una mujer embarazada; ordena pagar remuneraciones hasta el 21 de noviembre de 2023, base $420.000.
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Contrato a honorarios con el Ministerio de Obras Públicas y relación laboral
Rechaza la unificación del demandante: la sentencia impugnada desechó la nulidad por deficiente fundamentación, sin juicio de fondo, y lo que dijo a mayor abundamiento no influyó en lo dispositivo.
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Desafuero por vencimiento del plazo de profesora de la Fundación Educacional Proeduca
Rechaza el desafuero: el vencimiento del plazo no basta para desaforar a una mujer embarazada y el fuero se extendió hasta el 11 de enero de 2020; ordena pagar remuneraciones hasta esa fecha, base $419.647.
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Desafuero de trabajadora embarazada con contrato a plazo fijo pedido por CDA Ingeniería
Rechaza el desafuero: la empleadora solo invocó el plazo fijo y no justificó su decisión, por lo que la labor se tiene por permanente y continua; no condena en costas por motivo plausible para litigar.
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Desafuero de trabajadora embarazada contratada a plazo fijo
Rechaza el desafuero: la empleadora no justificó el término y solo invocó que el contrato era a plazo fijo, por lo que la labor se tiene por permanente y continua.
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Subcontratación entre Enex y el distribuidor de una estación de servicio en Puerto Varas
Acoge la unificación de los demandantes: si Enex encarga a otra parte de su proceso productivo hay subcontratación del artículo 183-A del Código del Trabajo, sin importar el nombre del contrato.
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Responsabilidad solidaria de Enex como empresa principal de una estación de servicio
Acoge la unificación de los demandantes: el contrato de distribución y subarrendamiento con Enex externaliza parte de su proceso productivo y configura subcontratación del artículo 183-A del Código del Trabajo.
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Desafuero de profesora embarazada con contrato a plazo fijo en labor permanente
Rechaza el desafuero pedido por el Instituto Educacional San Jorge S.A. y acoge la tutela reconvencional, porque la labor era permanente y lo motivó el embarazo; condena a once meses de remuneración.
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Despido por no depositar la recaudación diaria en la caja de seguridad antes de un asalto
Revoca y declara justificado el despido por incumplimiento grave del artículo 160 número 7 del Código del Trabajo, porque no guardar la recaudación agravó el perjuicio del robo; rechaza indemnizaciones y feriado.
Lo que dice la Corte sobre el art. 445 «[…] La actora no concurrió a estrados por lo que por resolución de fojas 57y según lo que dispone el artículo 445 del Código del Trabajo, se presumen efectivos los hechos categóricamente afirmados en el pliego. […]»
Cita textual · Corte Suprema, Rol 8099-2011
«[…] La actora no concurrió a estrados por lo que por resolución de fojas 57y según lo que dispone el artículo 445 del Código del Trabajo, se presumen efectivos los hechos categóricamente afirmados en el pliego. […]» (Corte Suprema, Rol 8099-2011, 31 de mayo de 2012). «[…] La actora no concurrió a estrados por lo que por resolución de fojas 57y según lo que dispone el artículo 445 del Código del Trabajo, se presumen efectivos los hechos categóricamente afirmados en el pliego. […]» (Corte Suprema, Rol 8099-2011, 31 de mayo de 2012). Disponible en: https://folium.cl/ley/codigo-del-trabajo/articulo-445#corte-1860923
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