Saltar al contenido
Folium

Artículo 498 del Código del Trabajo

Qué dice el artículo

Artículo 498.- En caso que el reclamante no se presentare al comparendo, estando legalmente citado, se pondrá término a dicha instancia, archivándose los antecedentes.

Sin perjuicio de lo señalado en el inciso anterior, el trabajador podrá accionar judicialmente conforme a las reglas del procedimiento de aplicación general regulado en el Párrafo 3° del presente Título.

Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 6 de julio de 1987 · promulgación: 27 de mayo de 1987 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 16 de enero de 2003 · Última modificación: 23 de julio de 2026.

Sentencias destacadas

Actualizado el .

  • Rol 41731-20262026-10-28Cuarta Sala(Laboral) QuejaACOGIDO RECURSO DE QUEJA

    Ver fallo completo

  • Rol 44595-20252026-05-22Cuarta Sala(Laboral) Queja

    Despido indirecto de baja cuantía sin reclamo previo ante la Inspección del Trabajo

    Acoge la queja de la demandante y ordena tramitar su demanda en procedimiento de aplicación general: el artículo 498 permite accionar así a quien no concurrió a la instancia administrativa.

    Lo que dice la Corte sobre el art. 498
    «[…] el inciso segundo del artículo 498 del Código del Trabajo dispone que “sin perjuicio de lo señalado en el inciso anterior, el trabajador podrá accionar judicialmente conforme a las reglas del procedimiento de aplicación general regulado en el Párrafo 3° del presente Título”. Este tribunal entiende que la hipótesis de autos no difiere fundamentalmente de lo previsto en dicho artículo […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 44595-2025

    Ver la ficha del fallo

  • Rol 6895-20262026-04-28Cuarta Sala(Laboral) Queja

    Demanda de relación laboral de baja cuantía sin reclamo ante la Inspección del Trabajo

    Acoge la queja de la demandante, con un voto en contra, y ordena dar curso a su demanda en procedimiento ordinario: el artículo 498 reserva esa vía a quien no concurre a la instancia administrativa.

    Lo que dice la Corte sobre el art. 498
    «[…] el inciso segundo del artículo 498 del Código del Trabajo dispone que “sin perjuicio de lo señalado en el inciso anterior, el trabajador podrá accionar judicialmente conforme a las reglas del procedimiento de aplicación general regulado en el Párrafo 3° del presente Título”. Este tribunal entiende que la hipótesis de autos no difiere fundamentalmente de lo previsto en dicho artículo […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 6895-2026

    Ver la ficha del fallo

  • Rol 613-20262026-04-01Cuarta Sala(Laboral) Queja

    Despido injustificado de baja cuantía sin reclamo previo ante la Inspección del Trabajo

    Acoge la queja del demandante, con un voto en contra, y ordena dar curso a su demanda en procedimiento ordinario: negarle ambas vías por la cuantía y la falta de reclamo lo deja sin recurso judicial.

    Lo que dice la Corte sobre el art. 498
    «[…] el inciso segundo del artículo 498 del Código del Trabajo dispone que “sin perjuicio de lo señalado en el inciso anterior, el trabajador podrá accionar judicialmente conforme a las reglas del procedimiento de aplicación general regulado en el Párrafo 3° del presente Título”. Este tribunal entiende que la hipótesis de autos no difiere fundamentalmente de lo previsto en dicho artículo […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 613-2026

    Ver la ficha del fallo

  • Rol 58236-20252026-03-19Cuarta Sala(Laboral) Queja

    Despido injustificado bajo quince ingresos mínimos y sin reclamo ante la Inspección

    Acoge la queja del demandante, con un voto en contra, y ordena tramitar su demanda en procedimiento ordinario: excluirlo por no reclamar ante la Inspección no tiene justificación racional.

    Ver la ficha del fallo

  • Rol 40605-20252026-02-19Cuarta Sala(Laboral) Queja

    Demanda laboral contra la Municipalidad de Cerrillos sin reclamo administrativo previo

    Acoge la queja del demandante y ordena tramitar su demanda por el procedimiento ordinario, porque negarle curso por la cuantía y por no reclamar ante la Inspección lo deja sin recurso judicial.

    Lo que dice la Corte sobre el art. 498
    «[…] Que, para resolver, se debe tener en consideración que el inciso segundo del artículo 498 del Código del Trabajo dispone que “sin perjuicio de lo señalado en el inciso anterior, el trabajador podrá accionar judicialmente conforme a las reglas del procedimiento de aplicación general regulado en el Párrafo 3° del presente Título”. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 40605-2025

    Ver la ficha del fallo

  • Rol 40416-20252026-02-18Cuarta Sala(Laboral) Queja

    Demanda por despido contra Administradora General de Fondos Sura sin reclamo previo

    Acoge la queja del demandante y ordena tramitar su demanda por el procedimiento de aplicación general, porque el inciso segundo del artículo 498 del Código del Trabajo le reserva esa vía.

    Ver la ficha del fallo

  • Rol 41244-20252026-02-04Cuarta Sala(Laboral) Queja

    Demanda por despido contra COPESA de menor cuantía sin reclamo ante la Inspección

    Acoge la queja de la demandante y ordena reingresar y tramitar su demanda por el procedimiento ordinario: no ir a la Inspección solo impide el juicio monitorio, no el acceso a la justicia.

    Lo que dice la Corte sobre el art. 498
    «[…] Que, por lo razonado, acierta el recurrente cuando acusa una falta o abuso en la decisión de la judicatura que confirmó lo resuelto en primera instancia, porque soslayó la correcta interpretación del artículo 498 inciso segundo del Código del Trabajo, impidiendo a la actora ejercer su derecho a acceder a la justicia y obtener una efectiva tutela judicial que, además, se pronunciara sobre el fondo del asunto, razones suficientes para dar lugar al presente arbitrio. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 41244-2025

    Ver la ficha del fallo

  • Rol 40946-20252026-01-28Cuarta Sala(Laboral) Queja

    Demanda por despido contra Scotiabank sin reclamo previo ante la Inspección del Trabajo

    Acoge la queja de la demandante y ordena tramitar su demanda por el procedimiento de aplicación general, porque negarle curso por la cuantía y por no reclamar ante la Inspección la deja sin recurso judicial.

    Ver la ficha del fallo

  • Rol 35436-20252025-12-17Cuarta Sala(Laboral) Queja

    Demanda por despido contra Clínica Las Condes de menor cuantía sin reclamo previo

    Acoge la queja de la demandante y ordena reingresar y tramitar su demanda por el procedimiento ordinario, porque el artículo 498 inciso segundo del Código del Trabajo mantiene esa vía.

    Lo que dice la Corte sobre el art. 498
    «[…] Que, por lo razonado, acierta la recurrente cuando acusa una falta o abuso en la decisión de la judicatura que confirmó lo resuelto en primera instancia, porque soslayó la correcta interpretación del artículo 498 inciso segundo del Código del Trabajo, impidiendo a la actora ejercer su derecho a acceder a la justicia y obtener una efectiva tutela judicial que, además, se pronunciara sobre el fondo del asunto, razones suficientes para dar lugar al presente arbitrio. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 35436-2025

    Ver la ficha del fallo

Se muestran los 10 más recientes de 44 fallos.

Lo que dijo la administración sobre este artículo

Con tu cuenta buscas todos los dictámenes, oficios y circulares que citan este artículo.

Crea tu cuenta de prueba para leer los fallos completos, su análisis y recibir los nuevos que citen este artículo.

Crear cuenta de prueba

Artículos que se citan junto a este

Más de Folium