Contraloría General de la República
Control de la Contraloría
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Control de la Contraloría, del más reciente al más antiguo. Página 25.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Control de la Contraloría, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Control de la ContraloríaTemas de Control de la Contraloría
Pronunciamientos
-
La Contraloría toma razón del documento que autoriza la contratación por trato directo por urgencia y aprueba los términos de referencia y contrato de la obra en el Estadio Fiscal de Talca, precisando que las imputaciones del resuelvo N° 8 corresponden al Código Bip 40065697-0, omitido en el acto.
-
La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la modificación del contrato de asesoría a la inspección fiscal del Hospital del Salvador e Instituto Nacional de Geriatría, tras subsanarse la observación previa, con el alcance de que las funciones del asesor de autorización sanitaria terminan en el mes 37.
-
La Contraloría toma razón del documento que otorga a Interlink SpA una concesión de servicio público de telecomunicaciones, con el alcance de que la repartición debe emitir sus actos oportunamente, lo que no ocurrió aquí.
-
La Contraloría toma razón de la resolución que regulariza y aprueba un convenio ad-referéndum para una obra de emergencia en Til Til, disponiendo que el servicio exija a la contratista adecuar sus garantías al plazo del contrato más 24 meses.
-
La Contraloría no da curso al instrumento que adjudica la asesoría a la inspección fiscal de la Zona Norte 2, porque no se acredita que los contratos vigentes de esa zona hayan terminado o sido modificados, y pide una explicación detallada con respaldo.
-
La Contraloría no dio curso al documento que adjudica la licitación "Conservación Mayor Aeródromo Teniente Marsh" porque falta la documentación que acredita que la empresa cumple la especialidad y categoría exigidas.
-
La Contraloría no da curso a la resolución que renueva un contrato de trato directo para patologías agudas vía GRD, porque el plazo de doce meses excede el máximo de seis permitido en la cláusula séptima del contrato original.
-
La Contraloría toma razón del documento del Instituto Nacional de Deportes que aprueba el contrato de seguridad del Parque Estadio Nacional, con alcances: el pago se cuenta desde la recepción conforme de la factura, no desde la aprobación del contrato, y debe restituirse el excedente si se ejecuta la garantía por multas.
-
La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final y reajustes del contrato de reposición de la Ruta M-50, por faltar antecedentes de respaldo (certificados de laboratorio de multas y anexos incompletos).
-
La Contraloría toma razón del documento que aprueba los estatutos de la Fundación para el Modelamiento Matemático, con alcances: aclara el sentido de la finalidad de innovación asociativa y recuerda el deber de abstención de las autoridades universitarias en los directorios.
-
La Contraloría toma razón de la resolución que ordena devolver a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A. la suma indicada por impuesto a la renta del periodo 2016, por estar ajustada a derecho, con el alcance de que se archiva el informe de fiscalización N° 448, de 2024.
-
La Contraloría instruye el uso obligatorio de la plataforma SIAD para que los organismos fiscalizados informen el estado de los procedimientos disciplinarios y carguen los actos administrativos respectivos. Concluye que las entidades deben designar contrapartes y usar el módulo externo para asegurar el seguimiento oportuno.
-
La Contraloría toma razón del documento del Ministerio que dispone una transferencia de recursos, con el alcance de que en lo sucesivo deberá considerar el uso obligatorio del Sistema de Rendición Electrónica de Cuentas (SISREC).
-
La Contraloría toma razón del documento del Ministerio que dispone una transferencia de recursos, con el alcance de que en lo sucesivo deberá considerar el uso obligatorio del Sistema de Rendición Electrónica de Cuentas (SISREC).
-
La Contraloría toma razón del decreto que autoriza la contratación directa y aprueba el contrato de subsidio al transporte público de Punta Arenas, con alcances: el servicio debe planificar con antelación sus futuros concursos y evitar el retraso detectado en la dictación y tramitación oportuna de sus actos.
-
La Contraloría toma razón del documento que modifica la cláusula octava de los convenios de transferencia del Programa Prestaciones Institucionales de FONASA, con alcances por errores en las fechas de las resoluciones aprobatorias, la imputación presupuestaria y la norma del trámite de toma de razón.
-
La Contraloría toma razón del documento del Ministerio que dispone una transferencia de recursos, con el alcance de que en lo sucesivo deberá considerar el uso obligatorio del Sistema de Rendición Electrónica de Cuentas (SISREC).
-
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la renovación de ese contrato de servicios, con el alcance de que las estipulaciones del acuerdo no tienen el debido orden correlativo de numeración.
-
La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el convenio entre la Subsecretaría de Economía y SERCOTEC, con alcances: los convenios con Agentes Operadores deben detallar actividades y gastos, y sus modificaciones requieren acto administrativo afecto a toma de razón.
-
La Contraloría toma razón del decreto que modifica el Reglamento de Ceremonial Público y Protocolo de Estado, con alcances: donde dice "Ministerio del Interior" debe entenderse "Ministro del Interior", y en el numeral 2 debe decir "Subsecretarios de Estado".
-
La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el convenio entre la Subsecretaría de Economía e IFOP, con alcances: las rendiciones anticipadas rigen desde el 1 de enero de 2025 y las modificaciones deben sancionarse por acto administrativo sometido a toma de razón.
-
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la modificación y renovación de un contrato de servicios de salud, con el alcance de que deberá ponerse término anticipado si se configura la situación del artículo 33 de la ley N° 21.595 o se impone la pena de inhabilitación para contratar con el Estado.
-
La Contraloría toma razón de la resolución de FONASA que aprueba un incremento contractual con la Clínica Ciudad del Mar, con alcances: debe sancionar oportunamente estos instrumentos, pagar solo prestaciones efectivamente otorgadas sin superar el monto máximo, mejorar su informe técnico económico y respetar la estricta sujeción a las bases e igualdad de trato.
-
La Contraloría toma razón del documento que otorga la concesión de telecomunicaciones a Net Play SpA, precisando que la solicitud se complementó con el Ingreso SUBTEL N° 5774, de 16 de enero, y no como señala su considerando a).
-
La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba el convenio entre la Subsecretaría de Pesca y el Instituto de Fomento Pesquero, por ajustarse a derecho, con el alcance de que debe renovarse la garantía de fiel cumplimiento antes de su vencimiento.
-
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases de una licitación privada, con alcances: ordena precisar en las aclaraciones que quien oferte individualmente y en unión temporal será inadmisible en ambas propuestas, y aclarar la entrega de los bienes y otras referencias de las bases.
-
La Contraloría toma razón del documento que otorga la concesión de telecomunicaciones a Mevatel Limitada, aunque instruye al ministerio para que emita oportunamente sus actos administrativos, pues la solicitud no fue atendida en plazo.
-
La Contraloría toma razón del documento del Instituto de Previsión Social que aprueba el contrato de aseo con Asekorp, con el alcance de que deberá ponerse término anticipado si se impone al contratista la inhabilitación para contratar con el Estado.
-
La Contraloría toma razón del acto que aprueba el contrato con SONDA y PROINFO para servicios del FONASA, con alcances sobre la vigencia de la boleta de garantía, la demora en el control preventivo y un error formal en una cita.
-
La Contraloría toma razón del documento del Fondo Nacional de Salud que aprueba la modificación y renovación de un contrato de compra de servicios de salud, con el alcance de que deberá ponerse término anticipado a ese contrato si se configura la situación del artículo 33 de la ley N° 21.595 o si se impone al proveedor la pena de inhabilitación para contratar con el Estado.
-
La Contraloría toma razón del documento del FONASA que aprueba la prórroga y modificación del convenio de fertilización asistida con la Universidad de Chile, con alcances: el reajuste rige desde enero de 2026, no de 2025, y hay un error de correlativo de cláusulas que no impide su inteligencia.
-
La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el Plan General de Administración del Parque Marino Nazca-Desventuradas, con alcances: corrige la fecha del oficio de consulta al Consejo Zonal de Pesca y observa que la tabla 5 omite indicar que comprende indicadores de gestión e impacto.
-
La Contraloría no dio curso al decreto que transfiere recursos a Viña Bus S.A. (ID 502), pues no se advierte el fundamento para pagar a las personas del listado en vez del prestador, ni constan las rendiciones de cuentas en el Sistema de Rendición Electrónica.
-
La Contraloría devuelve sin tramitar la resolución que aprobaba una modificación de contrato porque ingresó a toma de razón cuando el contrato ya estaba extinguido, lo que impide aplicar el control preventivo de juridicidad.
-
La Contraloría se abstiene de dar curso al documento del Servicio, porque no está afecto al trámite de toma de razón según la resolución N° 7, de 2019, y lo remite adjunto.
-
La Contraloría restituye el acto que regulariza y aprueba la modificación de contrato con Ingeniería e Inversiones Fernández Limitada, pues se ingresó a toma de razón tras extinguirse la relación contractual, lo que no se aviene con la naturaleza preventiva de ese trámite.
-
La Contraloría no da curso al decreto que transfiere recursos a Buses del Gran Valparaíso S.A. Unidad 6, porque no se advierte el fundamento para pagar a las personas del listado en vez del prestador, ni constan las rendiciones de cuentas en el sistema obligatorio.
-
La Contraloría toma razón del documento de ProChile que aprueba el contrato de servicios de eventos con Servicio y Gestión Creativa Ltda., con el alcance de que, si se ejecuta la garantía por multas impagas, debe restituirse el excedente y exigirse nueva caución.
-
La Contraloría no da curso al instrumento que deja sin efecto la Resolución N° 22, de 2025, y aprueba la liquidación del contrato, por faltar copias íntegras de las garantías y pólizas exigidas; si no se cuenta con ellas, deberá explicitarse tal situación y las gestiones realizadas.
-
La Contraloría toma razón del documento que aprueba el reglamento de objeción de conciencia del Código Sanitario, con el alcance de que, entre su vigencia y la disponibilidad de nuevos formularios, la autoridad debe ofrecer un medio oficial para manifestar la objeción en casos no previstos.
-
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la modificación del contrato de operador logístico para becas TIC, con el alcance de que la garantía de fiel cumplimiento fue emitida por una entidad distinta a la señalada en la cláusula cuarta del convenio.
-
La Contraloría toma razón de la resolución que adjudica la licitación de servicios de oficinas para la TNE 2025-2027, con el alcance de que la imputación presupuestaria del artículo quinto es solo referencial y debe efectuarse al aprobar la contratación.
-
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato de bodegaje y mudanza internacional para la PDI, con alcances: las bases de licitación debieron someterse a toma de razón y faltó consignar la condición de disponibilidad presupuestaria futura.
-
La Contraloría se abstiene de tomar razón de la resolución que aprueba la liquidación final del contrato de asesoría a la inspección fiscal, porque esa materia está exenta del trámite de toma de razón según el artículo 13.6 de la resolución N° 36, de 2024.
-
La Contraloría no da curso a la resolución que devuelve el impuesto único sustitutivo del FUT a Invercap S.A., por falta de antecedentes y errores formales en sus vistos y considerandos, representando el acto.
-
La Contraloría se abstiene de tomar razón de la resolución que aprueba la adenda N°1 al convenio de aporte, pues su materia está exenta del trámite de toma de razón según las resoluciones N°36 de 2024 y N°8 de 2025.
-
La Contraloría toma razón del documento de la Subsecretaría de Educación que aprueba el contrato con la Universidad de Santiago, con el alcance de que, si se ejecuta la garantía de cumplimiento, será la Subsecretaría quien restituya el remanente y no la Universidad.
-
La Contraloría no dio curso al instrumento que adjudica el contrato de asesoría a la inspección fiscal del nuevo establecimiento penitenciario de Talca, porque faltan antecedentes que acrediten los recursos para financiar el gasto de 2025.
-
La Contraloría toma razón del documento que aprueba las bases y anexos de la licitación de arriendo de 35 camionetas, con alcances: en aclaraciones debe precisarse el inicio del plazo de ejecución y los supuestos de incumplimiento grave.
-
La Contraloría toma razón del instrumento que enmienda el Plan Regulador Metropolitano de Santiago en el Sector Vicente Reyes, Maipú, disminuyendo los usos permitidos para actividades productivas. Lo hace con alcances sobre el plano, la publicación y el archivo de copias.