Contraloría General de la República
Control de la Contraloría
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Control de la Contraloría, del más reciente al más antiguo. Página 24.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Control de la Contraloría, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Control de la ContraloríaTemas de Control de la Contraloría
Pronunciamientos
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato de adquisición de reactivos, con alcances sobre el cómputo de plazos, referencias de precios, término anticipado, restitución de garantía y errores formales.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación del contrato "CO-CLL-04 Construcción Ducto Huape", dejando a salvo las observaciones formuladas, atendidas las minutas y antecedentes acompañados.
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La Contraloría toma razón del documento que regulariza la autorización de trato directo y la aprobación del contrato de arriendo de maquinaria por la emergencia de crecidas de agosto 2023, precisando que la causal aplicable es la del artículo 8° letra c) de la ley N°19.886, y no la indicada en el resuelvo N°1.
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La Contraloría toma razón del instrumento que deja sin efecto la resolución N°17, de 2024, y aprueba la liquidación del contrato de normalización del Aeropuerto Carriel Sur, Etapa 2, teniendo presente lo expuesto en la Minuta de Reingreso de 22 de mayo de 2025.
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La Contraloría toma razón del instrumento que adjudica la licitación 2025 del servicio de financiamiento y administración de créditos para estudios superiores, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la adjudicación fue resuelta en la sesión N° 159 de la Comisión Administradora y no como indica el acto.
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La Contraloría no da curso al instrumento que adjudica la consultoría “Proyecto Ferroviario Tren Valparaíso – Santiago”, porque no se acompañaron todos los antecedentes que sustentan el acto.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases de la licitación, con alcances: deberá precisarse que, si se ejecuta la garantía por multa impaga, se restituya el excedente, y que el término anticipado procede solo ante incumplimiento grave.
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La Contraloría toma razón del decreto que modifica las Clasificaciones Presupuestarias, por ajustarse a derecho, con el alcance de que esa modificación rige desde la total tramitación del acto y no desde la fecha que indica su artículo 2°.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la contratación, con alcances sobre la restitución de excedentes de garantía, el procedimiento de término anticipado, la imputación presupuestaria y los pagos futuros condicionados a disponibilidad presupuestaria.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases de una licitación de mantenimiento vehicular, con el alcance de que la entidad debe precisar en el sistema que, si un proponente oferta individualmente y en una unión temporal, ambas propuestas serán inadmisibles.
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La Contraloría no da curso al decreto con fuerza de ley N° 2, de 2025, de Hacienda, que modifica la planta del Servicio de Impuestos Internos, porque excede la ley delegatoria y contiene normas contradictorias e imprecisas.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato por trato directo con Three Crowns para asesoría jurídica en un arbitraje internacional, con el alcance de que en lo sucesivo se indique el monto imputado al presupuesto del año en curso.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el contrato entre la Subsecretaría de Prevención del Delito y MST Services, con alcances: regulariza ejecución anticipada, exige conversión de pagos según la ley N° 18.010 y ajustar datos personales a la ley N° 19.628.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato de guardias de seguridad del Registro Civil, con alcances: en lo sucesivo debe indicarse el monto imputado al presupuesto del año y consignarse que los pagos futuros requieren disponibilidad presupuestaria.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el contrato del estudio "Construcción nuevo acceso norte ferroviario a Concepción", entendiendo que la imputación presupuestaria se hace al código BIP indicado, y precisa el decreto de delegación y el RUT correcto de la empresa.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la modificación del contrato de asesoría a la inspección fiscal de la Concesión Ruta 5 Chillán-Collipulli, con alcances por su dictación tardía, ordenando al servicio emitir oportunamente los actos administrativos.
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La Contraloría no da curso a la resolución que aprueba la complementación y modificación de un convenio entre la Dirección de Educación Pública y la Municipalidad de Porvenir, por no ajustarse a derecho: no queda claro cómo se transferirá el monto del incremento ni qué cuotas están pagadas o pendientes, y faltan antecedentes requeridos.
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El dictamen concluye que la Subsecretaría de Minería no puede cerrar la rendición de cuentas del convenio con ENAMI hasta que esta acredite la devolución total de los créditos y su reintegro a Rentas Generales; solo entonces podrá traspasar los saldos a gastos patrimoniales.
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La Contraloría no da curso al documento que regulariza lo obrado y adjudica el trato directo del contrato de conservación de emergencia, porque no se acompañaron todos los antecedentes que lo sustentan, en particular la garantía adicional exigida.
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La Contraloría no dio curso al documento que adjudica la licitación "Conservación Rutinaria Aeropuerto Andrés Sabella 2024-2025", porque faltan antecedentes que acrediten que las obras no corresponden a la concesionaria, al estar incluidas en el contrato de concesión del Aeropuerto Cerro Moreno.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el convenio de transferencia entre la Subsecretaría de Ciencia y la ANID, con alcances: toda modificación al convenio debe aprobarse por acto administrativo afecto a toma de razón, y corrige referencias a los indicadores y a la ley de presupuestos aplicable.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el convenio de transferencia 2025 entre la Subsecretaría de Servicios Sociales y la Fundación de las Familias, con alcances sobre publicaciones electrónicas y el desglose de gastos en el convenio.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la modificación del convenio de transferencia de recursos a la PDI, por ajustarse a derecho, aunque hace presente el evidente retraso en su tramitación y ordena al ministerio enviar oportunamente sus instrumentos.
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La Contraloría toma razón del documento de FONASA que aprueba un segundo incremento contractual con la Clínica Colonial, con alcances: solo se paga lo efectivamente prestado y respaldado, sin superar el monto máximo, y futuras modificaciones deben ajustarse a las bases e igualdad de trato.
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La Contraloría no dio curso a la resolución que declara área de restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas en el sector "Río Mapocho", porque la Dirección debe fundamentar técnica y jurídicamente la causal invocada del artículo 30, letra e), del decreto N° 203, de 2013.
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La Contraloría concluye que no le corresponde pronunciarse sobre la designación de colegios privados como locales de votación ni sobre una compensación económica, pues el SERVEL tiene atribución exclusiva y solo está sujeto a su fiscalización en materias específicas.
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La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general, la Subsecretaría puede aceptar el gasto de $13.000.000 rendido extemporáneamente por la CONADI, pues la factura fue emitida dentro del plazo del convenio y financió actividades convenidas; para ello debe reabrirse el SISREC.
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La Contraloría no dio curso a la resolución que declara área de restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas en el sector "Río San Francisco", pues la Dirección debe fundamentar técnica y jurídicamente la causal invocada del artículo 30, letra e), del decreto N° 203, de 2013.
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La Contraloría no dio curso a la resolución que declara área de restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas en el sector "Río Molina-Estero Covarrubias", pues la Dirección debe fundamentar técnica y jurídicamente la causal invocada (artículo 30, letra e), del decreto N° 203, de 2013).
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La Contraloría no da curso al documento que deja sin efecto dos resoluciones previas y aprueba la liquidación del contrato del Aeropuerto Carriel Sur, porque la información acompañada no subsana la falta de antecedentes sobre el cálculo del reajuste. Ordena acompañar una minuta explicativa con los respaldos.
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La Contraloría no dio curso a la resolución que declara área de restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas en el sector "Estero Arrayán", porque la Dirección debe fundamentar técnica y jurídicamente la causal invocada del artículo 30, letra e), del decreto N° 203, de 2013.
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La Contraloría toma razón de la resolución que regulariza y aprueba un contrato con ENAER, con alcances: ciertas referencias internas del documento deben entenderse hechas a otros numerales, y se advierte un error de correlativo que no afecta su inteligencia.
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La Contraloría no da curso al acto que aprueba las bases y anexos de la licitación de mudanza para la PDI, porque no se acompañaron todos los documentos que integran el texto aprobado, incumpliendo el artículo 7° de la resolución N° 36 de 2024; por ello representa el acto.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba una transferencia de recursos a la Delegación Presidencial Regional de Atacama, por ajustarse a derecho, con el alcance de que no se citó la minuta del Delegado Presidencial que lo fundamenta.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba el convenio de transferencia de recursos entre el Ministerio de Salud y el FONASA para el Programa de Apoyo a la Salud Mental Infantil, por ajustarse a derecho, con el alcance de que las modificaciones de su cláusula decimosegunda deben sancionarse mediante acto administrativo afecto a toma de razón.
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La Contraloría toma razón de la resolución que deja sin efecto las resoluciones que indica y aprueba el convenio ad-referéndum N°1 y la adenda del estudio de ingeniería, teniendo presente lo manifestado en la minuta de la inspectora fiscal.
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La Contraloría toma razón del documento que adjudica la licitación para peritajes clínicos y tratamientos de salud mental, con el alcance de que la imputación presupuestaria en su resuelvo sexto es solo referencial y debe efectuarse al aprobar la contratación.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba el convenio Capital Abeja 2025 con Sercotec, por ajustarse a derecho, con alcances: la restitución de recursos comprende saldos observados, no rendidos y no ejecutados, dentro o fuera del año presupuestario, y las modificaciones de las cláusulas quinta y décimo primera deben sancionarse mediante acto administrativo afecto a toma de razón.
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La Contraloría toma razón del documento que establece la forma de ejecución de los recursos del programa indicado, por ajustarse a derecho, aunque hace presente que se omitió consignar su publicación en el Diario Oficial, lo que deberá considerarse.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba el convenio de transferencia de recursos entre el Ministerio y la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo, por ajustarse a derecho, con el alcance de que las modificaciones del anexo N° 1 deben sancionarse mediante acto administrativo afecto a toma de razón.
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La Contraloría concluye que la Subsecretaría puede aceptar los gastos del convenio aunque las facturas y pagos sean de 2024, siempre que se acredite que los pañales se entregaron a los beneficiarios dentro del plazo de ejecución.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el contrato de consultoría, con alcances: deberá ponerse término anticipado al contrato si se configura la situación del artículo 33 de la ley N° 21.595 o se impone al proveedor la pena de inhabilitación para contratar con el Estado, y se advierte un error formal en el monto del precio expresado en letras.
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La Contraloría toma razón de la resolución del SAG que aprueba la modificación del contrato con Browse Ingeniería de Software S.A., con el alcance de que deberá ponerle término anticipado si se configura la situación del artículo 33 de la ley N° 21.595 o se impone al proveedor la pena de inhabilitación para contratar con el Estado.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el trato directo para el traslado del nodo primario de comunicaciones, con el alcance de que la suspensión de la sanción hasta resolver los recursos exigirá una petición fundada del interesado.
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La Contraloría toma razón del documento que establece el perímetro de exclusión y aprueba sus condiciones de operación en Machalí, entendiendo que el valor de δ para la unidad de negocio 700 es 6% y no el de la segunda tabla del punto 3.2.4.2.
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La Contraloría toma razón del instrumento que adjudica el contrato de asesoría de inspección fiscal, pero aclara que ello no implica pronunciamiento sobre la procedencia de la modificación al contrato de asesoría vigente mencionada en su considerando N° 14.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la modificación del convenio entre FOSIS y Consultores de la Patagonia SpA, por ajustarse a derecho, con el alcance de que sus efectos solo rigen desde su total tramitación.
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La Contraloría toma razón del documento que deja sin efecto una resolución y declara la caducidad de una concesión de acuicultura, con alcances: corrige que el decreto que otorgó la concesión es el N° 161, de 1987, y no el N° 281, de 1993, y precisa la fecha de un dictamen citado.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato entre SENDA y el Centro de Educación Popular y Apoyo Psicológico, con el alcance de que debe incluirse la obligación de terminar anticipadamente el contrato en los casos previstos en las leyes N° 21.595 y N° 20.393.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba las bases, contrato y anexos para la adquisición de chalecos antibalas, con alcances: precisar en aclaraciones que quien oferte individualmente y en unión temporal será inadmisible en ambas propuestas, y corregir disposiciones sobre integridad y capacitaciones inaplicables.