Contraloría General de la República
Finanzas Públicas y Bienes del Estado
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Finanzas Públicas y Bienes del Estado, del más reciente al más antiguo. Página 26.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Finanzas Públicas y Bienes del Estado, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Finanzas Públicas y Bienes del EstadoTemas de Finanzas Públicas y Bienes del Estado
Pronunciamientos
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La Contraloría concluye que el Servicio Médico Legal no puede delegar en terceros, como el Programa Levantares UC, las pericias de sexología forense que le han sido encargadas, ni transferir recursos para financiarlas, sin perjuicio de capacitaciones y convenios de colaboración.
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La Contraloría toma razón del documento que modifica el presupuesto de inversión regional del Gobierno Regional de Tarapacá para 2022, por ajustarse a las normas de flexibilidad presupuestaria, sin pronunciarse sobre los gastos específicos que se financien con la transferencia.
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La Contraloría toma razón del documento que modifica el presupuesto de inversión regional del Gobierno Regional de Tarapacá para 2022, por ajustarse a las normas de flexibilidad presupuestaria, con el alcance de que ello no implica pronunciamiento sobre los gastos específicos que se financien con la transferencia.
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La Contraloría toma razón del documento que dispone transferir recursos a la Municipalidad de Lota para el proyecto indicado, por ajustarse a derecho, con el alcance de que el artículo 5° queda sujeto a las normas legales vigentes al momento de producirse los excedentes.
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La Contraloría autoriza al Gobierno Regional de Coquimbo a recibir y administrar, bajo el sistema de "Administración de Fondos", el aporte de Minera Los Pelambres para un proyecto sanitario en Caimanes, pues no constituyen ingresos propios y solo se pagarán por cuenta de un tercero.
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La Contraloría concluye que toda obra de exclusivo carácter militar debe regirse por la ley N° 17.502, sin excepción por fuente de financiamiento, tamaño o tipo de obra. Por ello, la FACH debe traspasar los recursos al Fondo para Obras de las Fuerzas Armadas y dictar el decreto supremo habilitante.
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La Contraloría concluye que las jefaturas de los organismos públicos deben controlar que las suscripciones digitales a medios de prensa se usen solo conforme a lo pactado, y no se pronuncia sobre eventuales infracciones a la propiedad intelectual por monitoreo de noticias, por ser materia de tribunales.
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La Contraloría toma razón de la resolución que ordena devolver a GNL Chile S.A. $702.355.007 por pago en exceso de IVA, por estar ajustada a derecho, con el alcance de que no se citó el informe de fiscalización N° 54 de 2022 en que se funda.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el convenio de colaboración y transferencia con CONAF para el Programa de Apoyo al Empleo 2022, por ajustarse a derecho, con alcances sobre el pago en cuotas según el programa de caja de Dipres y la vigencia del convenio.
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La Contraloría toma razón del decreto que transfiere recursos a la Delegación Presidencial Regional del Biobío para financiar proyectos del Programa Inversión en la Comunidad, por ajustarse a derecho, con el alcance de que las cuotas deben seguir el programa de caja autorizado por la Dirección de Presupuestos.
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El dictamen concluye que los recursos de becas no usados por suspensión o abandono son transferencias en exceso que las universidades deben restituir, pudiendo el MINEDUC autorizar pago en cuotas y, si no se cumple, descontar de pagos futuros.
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El tema principal es si el FOSIS podía asignar autónomamente recursos IRAL antes de que venciera el plazo del CORE para pronunciarse. Concluye que la Dirección Regional de la Araucanía no se ajustó a derecho al dictar la resolución exenta N° 143 sin esperar ese plazo.
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La Contraloría rechaza extender el procedimiento simplificado de rendición de cuentas a las subvenciones SEP y por concentración de alumnos prioritarios, pues, a diferencia de la subvención gratuita, tienen un fin especial definido por ley y el PME que exige cautelar su destino.
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La Contraloría concluye que el Ministerio de Hacienda sí puede dictar instrucciones sobre austeridad, incluidas suspensiones de contrataciones y reemplazos, pues cuenta con facultades para normar la ejecución presupuestaria y la administración eficiente de los recursos públicos, sin invadir atribuciones de los jefes de servicio.
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La Contraloría autoriza, como excepción, que las transferencias de la asignación 24-01-003 del programa FET-COVID19 se rindan mediante el procedimiento simplificado del dictamen N° 7.813, de 2020, con un comprobante de ingreso distinto al Sistema de Gestión de Pago de Subvenciones.
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La Contraloría concluye que no hay irregularidad en el convenio entre el Ministerio de Ciencia y la Convención Constitucional para compartir una aplicación digital, pues la ley presupuestaria permite a la Convención suscribir convenios con entidades públicas para fines de participación ciudadana.
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La Contraloría toma razón de la resolución que ordena devolver a Infraestructura Alpha S.A. un monto por Impuesto de Timbres y Estampillas, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la resolución citada en sus vistos es la N° 16, de 2020, y no la N° 8, de 2019.
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La Contraloría concluye que fue improcedente que la Subsecretaría de Transportes descontara el subsidio al adulto mayor sin seguir el procedimiento establecido, por lo que debe regularizar los pagos retenidos; además, la rebaja tarifaria también aplica a servicios rurales que excedan los límites de una provincia.
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El beneficio de cursar un semestre en el extranjero de la Beca Vocación de Profesor depende de la disponibilidad presupuestaria anual. Contraloría concluye que en 2021 no hubo irregularidad al no abrirse convocatoria, pues los fondos se usaron en manutención por la pandemia.
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La Contraloría concluye que la JUNJI puede transferir nuevos fondos al SLEP de Chinchorro pese a observaciones en la rendición, para no paralizar el servicio educacional, y que no hay inconveniente en pactar el reintegro en cuotas.
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La Contraloría confirma que la subvención del SENAME puede financiar las indemnizaciones por años de servicio del personal de los organismos colaboradores, pues son gastos legales necesarios para la atención de los niños. Rechaza la reconsideración del SENAME y ordena ajustar el manual y dejar sin efecto los reintegros.
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La Contraloría toma razón del decreto que transfiere recursos a la Delegación Presidencial Regional de La Araucanía para financiar proyectos del Programa Inversión a la Comunidad, por ajustarse a derecho, con el alcance de que las cuotas deben sujetarse al programa de caja previo de la Dirección de Presupuestos.
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La Contraloría toma razón del decreto que transfiere recursos a la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso para financiar proyectos del programa inversión en la comunidad, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la transferencia en cuotas debe sujetarse al programa de caja autorizado previamente por la Dirección de Presupuestos.
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La Contraloría toma razón del documento que modifica la resolución que aprobó una transferencia de recursos al Gobierno Regional de Aysén, ajustándose a derecho, con el alcance de que el valor unitario de las cajas de alimentos es $73.617 y no el indicado en el acto.
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La Contraloría concluye que el FRIL puede financiar luminarias en caminos de uso público que no son bienes nacionales de uso público (incluidos los del artículo 26 del DFL 850), siempre que atiendan una necesidad pública general y se adopten resguardos jurídicos para proteger los recursos públicos.
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La Contraloría rechaza el reclamo de un contribuyente porque no postuló ni reclamó el Bono Alivio MYPE por la plataforma dentro de los plazos legales, y no acreditó fallas técnicas en ella.
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La Contraloría reconsidera los oficios que obligaban a usar un vehículo traspasado al SLEP de Huasco exclusivamente en el Liceo José Santos Ossa, pues el convenio que imponía ese destino ya expiró. Concluye que el SLEP puede decidir su uso, aplicando una excepción a la regla general.
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La Contraloría toma razón de la resolución que regulariza dos resoluciones exentas y modifica un convenio de transferencia de recursos, con alcances: el servicio debe asegurar que futuros actos cumplan los requisitos de la ley de presupuestos y la transferencia debe ajustarse al programa de caja autorizado por Dipres.
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La Contraloría concluye que el SENCE actuó correctamente al permitir que los OTIC compren tablets con cargo a las cuentas de excedentes, pues esos gastos se vinculan a los fines de capacitación de la ley N° 19.518, y desestima el reclamo.
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La Contraloría concluye que no es irregular que el Gobierno Regional de Valparaíso haya suscrito un convenio con la Convención Constitucional para facilitarle espacios y medios, pues la ley presupuestaria lo permite, siempre que actúe dentro de sus competencias.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el convenio de transferencia de recursos con Carabineros, por ajustarse a derecho, con el alcance de que el anexo "Plan de Compras" no forma parte integrante del acto, pues solo se acompañó como antecedente.
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La Contraloría toma razón de la resolución que ordena devolver a Cervecería Chile S.A. una suma por IVA, por ajustarse a derecho, con el alcance de que el anexo N° 1 no forma parte del acto administrativo.
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La Contraloría toma razón de la resolución que modifica el presupuesto de inversión de los gobiernos regionales indicados, con el alcance de que los recursos provienen de la asignación 33-03-001 Provisión Fondo Nacional de Desarrollo Regional.
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La Contraloría rechaza el recurso de revisión de TECNOCOM contra el oficio que negó exigir la venta de un inmueble fiscal, pues el decreto que la autorizaba venció sin firmarse la escritura y luego fue derogado, dejando solo una mera expectativa.
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La Contraloría no da curso a la resolución que ordena devolver a ENEX S.A. el IVA pagado en exceso en julio de 2015, porque faltan antecedentes esenciales y los informes de fiscalización no cumplen los requisitos exigidos.
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La Contraloría toma razón del documento que ordena devolver a Minera San Fierro Chile Limitada $2.054.948.831 por IVA Exportador de octubre 2020, por ajustarse a derecho, con alcances: no procede la referencia a la Ley de Impuesto a la Renta y debe incluirse "tómese razón".
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La Contraloría toma razón de la resolución que modifica el presupuesto vigente 2022 del Gobierno Regional de Antofagasta, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la iniciativa "Fundación Equinoterapia" corresponde al Código BIP 40042041-0 y no al indicado en el instrumento.
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El tema principal es determinar si el devengo de una obra en construcción se registra con el estado de pago o con la factura, cuando difieren por retenciones del 10%. Concluye que el estado de pago respalda el devengo, pues refleja el avance de la obra, y la factura se exige para el pago.
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La Contraloría toma razón del documento que modifica el presupuesto vigente del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, por ajustarse a derecho, con el alcance de que se omitió consignar el fundamento y número de la nueva glosa.
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La Contraloría aclara que el gobernador regional asigna directamente los recursos del 7% de la glosa 02, salvo proyectos sobre 7.000 UTM, que requieren acuerdo del CORE; y rechaza la reconsideración, manteniendo ese criterio.
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La Contraloría toma razón del documento que ordena devolver a DOMINION SPA $294.096.997 por IVA pagado en exceso en julio de 2021, por ajustarse a derecho, con alcances sobre el informe de fiscalización y la resolución citada.
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La DGA no está obligada a constituir un derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas por el solo permiso de exploración, pues debe verificar los requisitos legales. Tampoco procede una consulta indígena en esos procedimientos reglados, salvo ante el MBN por la ocupación de predios fiscales en un ADI.
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La Contraloría concluye que el Ministerio de Hacienda y la Dirección de Presupuestos consignaron correctamente los recursos del FAR en las leyes de presupuestos desde 2014, sin detectar un actuar irregular, pues no se acreditó que esos activos financieros se destinaran a fines distintos a los previstos en la ley N° 20.378.
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La Contraloría toma razón del decreto que transfiere recursos a la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso para financiar proyectos del programa inversión en la comunidad, por ajustarse a derecho, con el alcance de que las cuotas deben seguir el programa de caja autorizado por la Dirección de Presupuestos.
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La Contraloría toma razón del decreto que transfiere recursos a la Delegación Presidencial Regional de Coquimbo para financiar proyectos del programa inversión en la comunidad, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la transferencia en cuotas debe sujetarse al programa de caja previo de la Dirección de Presupuestos.
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La Contraloría toma razón de la resolución que ordena devolver a ENAP Refinerías S.A. una suma por IVA, con el alcance de que esa devolución se funda, entre otros antecedentes, en el informe de fiscalización N° 86, de 2022.
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La Contraloría toma razón del instrumento que modifica el reglamento general de créditos del Instituto de Desarrollo Agropecuario, por ajustarse a derecho, con alcances: la referencia al párrafo sexto del artículo 11 debe entenderse al inciso tercero, y se omitió la palabra "Publíquese".
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La Contraloría concluye que la distribución del Fondo de Contribución Regional en 2021 y 2022 se ajustó a derecho, pues ante la falta de proyectos afectos se destinó solo el 45% al FNDR, conforme a la excepción legal.
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La Contraloría concluye que no le corresponde pronunciarse sobre la visibilidad de autoridades ni la entrega de ayudas sociales, pues excede su control jurídico, y que la ley N° 19.884 no rige este plebiscito; además, tomó razón de la contratación de impresión por estar ajustada a derecho.
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La Contraloría concluye que el Club Aéreo de Arica no puede usar el Aeródromo El Buitre bajo la ley N° 20.887, porque el Ejército no lo incluyó como infraestructura deportiva disponible; solo cabría un uso excepcional o de emergencia, que no es el caso.