Estatuto de Salud Municipal (Atención Primaria)
Los pronunciamientos de la Dirección del Trabajo sobre Estatuto de Salud Municipal (Atención Primaria), del más reciente al más antiguo. Página 9.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Estatuto de Salud Municipal (Atención Primaria), y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Estatuto de Salud Municipal (Atención Primaria)Temas de Estatuto de Salud Municipal (Atención Primaria)
Pronunciamientos
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ORD. N°1100 Estatuto de Salud; Reconocimiento de la experiencia; Establecimientos públicos de salud; Hospital de la Fuerza Aérea de Chile; Atiende presentación que indica.
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ORD. N°804 Estatuto Docente; Beneficio de la titularidad; extensiones horarias; carácter indefinido 1) A los profesionales de la educación que prestan servicios en establecimientos educacionales dependientes de las corporaciones municipales no les asiste el derecho a exigir la titularidad en la dotación docente respecto de las extensiones horarias, no obstante que las mismas hayan sido pactadas reiteradamente en el tiempo. 2) No resulta jurídicamente procedente considerar como un contrato difere
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ORD. N°579 Dirección del Trabajo; Competencia; Finiquito; Personal de atención primaria de salud; Reintegro; Procedencia; Atiende presentación que indica.
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ORD. N°557 Dirección del Trabajo; Competencia; Finiquito; Personal de atención primaria de salud; Indemnización por años de servicio; Atiende presentación que indica.
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ORD. N°564 Estatuto de Salud; Feriado legal; Número de días; Cláusula tácita; Procedencia; El feriado de invierno otorgado a los funcionarios de la atención primaria de salud por sobre la duración del feriado legal que contempla el artículo 18 de la ley N°19.378 constituye ausentismo laboral y no puede ser considerado cláusula tácita.
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ORD. N°465 Estatuto Docente; Corporación Municipal; Incremento de subvención de la ley N°19.933; Destinación a bonificación proporcional; Procedencia; Bono extraordinario; Tratándose de las Corporaciones Municipales, el incremento de la subvención establecido por la Ley N°19.933 no debe ser destinado al pago de la Bonificación Proporcional.
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ORD. N°469 Estatuto de Salud; Titulo técnico de nivel superior; Encasillamiento; Categoría; Atiende presentación que indica.
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ORD. N°414 Estatuto Docente; Corporación Municipal; Extensión horaria; Modificación de contrato de trabajo; Mutuo acuerdo; Buena fe; El sostenedor de un establecimiento educacional particular subvencionado conforme al D.F.L.N°2 de 1998 del Ministerio de Educación se encuentra facultado para pactar extensiones horarias, con su personal docente y asistente de la educación, debiendo en todo caso dicha facultad ser ejercida conforme al principio de la buena fe objetiva consagrado dentro de nuestro o
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ORD. N°368 Estatuto de Salud; Corporación Municipal; Personal de atención primaria de salud municipal; Término de contrato; Vencimiento del plazo; Indemnizaciones; Finiquito; Cotizaciones; Estatuto de Salud; Corporación Municipal; Personal de atención primaria de salud municipal; Término de contrato; Vencimiento del plazo; Indemnizaciones; Finiquito; Cotizaciones; RORD.: Atiende presentación que indica.
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ORD. N°371 Estatuto de Salud; Corporación Municipal; Feriado; Cómputo; Años servidos para otra institución; Atiende presentación que indica.
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ORD. N°5823 Estatuto Docente; Asistentes de la educación; Autorización para ejercer la función docente; Normativa aplicable; Regla de conducta; Si las trabajadoras de que se trata, cumplen labores de apoyo, en calidad de psicopedagogas, en los Proyectos de Integración Escolar de los establecimientos educacionales dependientes de la Corporación de Desarrollo Social de Buin, habría que aplicar a su respecto las normas del Código del Trabajo, leyes complementarias y normas de la ley N°19.464, en su
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ORD. N°5722 Organización Sindical; Constitución; Corporación Municipal; Profesionales de la educación; Los trabajadores del sector Educación, dependientes de la Corporación Municipal de Viña del Mar para el Desarrollo Social pueden constituir sindicatos, con arreglo a las normas que al efecto dispone el Libro III del Código del Trabajo, no así asociaciones de funcionarios regidas por la ley N°19.296.
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ORD. N°5647 Estatuto de Salud; Personal de la atención primaria de salud municipal; Asignación de desarrollo y estímulo al desempeño colectivo; Prestación de servicios durante algunos meses del período de evaluación; Atiende presentación sobre asignación de desarrollo y estímulo al desempeño colectivo.
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ORD. N°5558 Dirección del Trabajo; Competencia; Causales de terminación de contrato; Salud incompatible o irrecuperable; Personal de atención primaria de salud; Licencias médicas; Compin; Atiende presentación que indica.
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ORD. N°5563 Estatuto de Salud; Personal regido por la ley N° 19.378; Renovación del contrato a plazo fijo; Procedencia de finiquito; Pago de indemnización por años de servicio; Seguro de desempleo; Atiende presentación que indica.
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ORD. N°5487 Estatuto Docente; Corporación Municipal; Aumento de la subvención de la ley N° 19.933; Bonificación Proporcional; Tratándose de las Corporaciones Municipales, el incremento de la subvención establecido por la Ley N°19.933 no debe ser destinado al pago de la Bonificación Proporcional.
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ORD. N°4245 Estatuto Docente; Asistente de la educación; Feriado legal; Periodo de interrupción de actividades escolares; Extensión del año escolar; El personal asistente de la educación del establecimiento educacional Escuela Los Rosales del Bajo, dependiente de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Buin, se encontró obligado a continuar prestando servicios en los términos acordados en sus respectivos contratos de trabajo, por todo el período de extensión del año escolar dispuesto
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ORD. N°3564 Estatuto Docente; Corporación Municipal; Salud irrecuperable; Causal de término de contrato; Indemnización; La Corporación Municipal de Castro para la Educación y Salud, quien puso término al contrato de trabajo del docente, Sr. Luis Arnoldo Barrientos Barrientos, por salud irrecuperable, no se encuentra obligada a pagar a dicho profesional la indemnización prevista en el artículo 2º transitorio del Estatuto Docente. Lo anterior, sin perjuicio del derecho que le asiste al profesion
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ORD. N°3482 Estatuto Docente; Corporación Municipal; Sala cuna y Jardín Infantil; Asistentes de la educación; Calificación; El personal que presta servicios en la Sala Cuna y Jardín Infantil "Semillitas" administrado por la Corporación Municipal de Chonchi, con cargo a los fondos traspasados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles, no tiene la calidad de asistente de la educación en los términos previstos en el artículo 2° del Ley N°19.464. no siéndoles por tanto aplicables las normas previ
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ORD. N°3497 Estatuto de Salud; Evaluación de desempeño; Criterio de desempate; Promedio de las evaluaciones anteriores; Para los efectos de aplicar el primer criterio de desempate de funcionarios con igual puntaje, contenido en el artículo 35 del Decreto N° 1.889, resulta necesario promediar los últimos procesos calificatorios anteriores al proceso en que se produjo el empate, en los términos expuestos en el presente oficio.
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ORD. N°3007 Remuneración asignación de almuerzo; Calificación; Subsidio por incapacidad laboral temporal; Base de cálculo; Informa respecto al carácter remuneracional de la asignación de almuerzo.
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ORD. N°2817 Estatuto de Salud; Concurso interno de la ley Nº20.858; Validez del concurso; Competencia Tribunales de Justicia; Atiende presentación que indica sobre concurso interno ordenado por la ley 20.858.
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ORD. N°2428 Estatuto de Salud; Atención primaria de salud municipal; Carrera funcionaria; Experiencia y capacitación; Puntaje; Sistema de promoción; Estatuto de Salud; Atención primaria de salud municipal; Carrera funcionaria; Experiencia y capacitación; Puntaje; Sistema de promoción;
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ORD. N°1891 Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal; Cambio de categoría funcionaria; Atiende presentación relativa al cambio de categoría funcionaria de una trabajadora afecta al Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal.
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ORD. N°1878 Estatuto Docente; Sector Municipal; Beneficio de la Titularidad; Ley N°20.804; Proyecto de Integración; A la Sra. Pamela Victoria Otárola Escobar no le asiste el derecho a que su empleadora, la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Pudahuel, le reconozca el beneficio de la titularidad previsto en la Ley N°19.648, en su nuevo texto fijado por la Ley N°20.804, respecto de las horas a contrata que desempeñaba al 31.07.2014 en los Proyectos de Integración Escolar, en calidad de
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ORD. N°1676 Estatuto de Salud; Corporación Municipal; Concurso de la ley Nº 20.858; Atiende presentación que indica.
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ORD. N°1674 Funciones de administración; Sentido y alcance; Atiende presentación relativa a la ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
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ORD. N°1483 Estatuto Docente; Suspensión de actividades; Prolongación del año escolar; Efectos; Emite pronunciamiento acerca de la forma de remunerar a los docentes del Liceo Manuel Jesús Andrade Bórquez y de la Escuela Especial Amanecer, dependientes de la Corporación Municipal de Chonchi, los días trabajados durante la prolongación del año lectivo, autorizado por Resoluciones Exentas N°1159 y N°1160, ambas de 29.07.2015 del Jefe Provincial de Educación de Chiloé, con el objeto de recuperar la
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ORD. N°1387 Estatuto Docente; Beneficio de la titularidad de la ley Nº20.804; Requisito de las 20 horas de aula a contrata; Funciones vinculadas al Plan de Mejoramiento de la Educación financiado con recursos de la Subvención Escolar Preferencial; 1. El docente Juan Gabriel Ulloa Godoy, quien presta servicios en un establecimiento educacional dependiente de la Corporación Municipal de Educación, Salud y Atención de Menores de Puente Alto, tiene derecho al beneficio de la titularidad previsto en
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ORD. N°1331 Estatuto Docente; Beneficio de la titularidad de la ley Nº20.804; Requisito de las 20 horas de aula a contrata; Funciones vinculadas al Plan de Mejoramiento de la Educación financiado con recursos de la Subvención Escolar Preferencial; 1. A la docente Magdalena Patricia Caroca Basso, quien presta servicios en un establecimiento educacional dependiente de la Corporación Municipal de Educación, Salud y Atención de Menores de Puente Alto, tiene derecho al beneficio de la titularidad pre
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ORD. N°782 Estatuto Docente; Beneficio de la titularidad de la ley Nº 20.804; Requisito de las 20 horas de aula a contrata; Labores de reemplazo; Resulta procedente otorgar el beneficio de la titularidad establecido en la Ley N°19.648, en su nuevo texto fijado por la Ley N°20.804, al docente que, prestando servicios en un establecimiento educacional dependiente de una Corporación Municipal, se encuentra en calidad de reemplazante en la función docente propiamente tal impartiendo clases, debiendo
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ORD. N°588 Estatuto de Salud; Funcionaria que desarrolla labores administrativas en un Centro de Salud de una Corporación Municipal; Régimen aplicable; Atiende presentación que indica.
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ORD. N°593 Estatuto de Salud; Cambio de categoría funcionaria; Profesional que acredita título técnico profesional; Atiende presentación relativa al cambio de categoría funcionaria de una trabajadora afecta al Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal.
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ORD. N°6352 Estatuto Docente; Beneficio de la titularidad de la Ley Nº 20.804; Requisito de 20 horas cronológicas semanales a contrata; Actividades curriculares no lectivas; 1) Tratándose de los profesionales de la educación que cumplen funciones de aula en los establecimientos educacionales dependientes de las Corporaciones Municipales, resulta procedente considerar, dentro de las veinte horas a contrata que exige la ley como mínimo para acceder a la titularidad prevista en la Ley N°19.648, en
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ORD. N°6042 Estatuto de Salud; Negociación Colectiva; Procedencia; Acuerdos suscritos colectivamente; Efectos; Atiende presentación que indica.
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ORD. N°5832 Estatuto Docente; Bonificación por retiro de la ley Nº20.822; Docente que presta servicios en más de una Corporación Municipal; Da respuesta a consulta que indica.
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ORD. N°5713 Estatuto de Salud; Remuneraciones; Conceptos; Atiende presentación que indica.
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ORD. N°5098 Estatuto de Salud; Personal de atención primaria de salud; Descanso dentro de la jornada; Atiende presentación que indica.
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ORD. N°4383 Estatuto Docente; Corporación Municipal; Labores directivas a nivel central; Bono zonas extremas; 1) No existe inconveniente legal alguno para que la Corporación Municipal de Educación, Salud y Atención al Menor de Queilén, con los alcances referidos en el cuerpo del presente oficio, pacte con los trabajadores que prestan servicios en el nivel central de dicha entidad como Jefe Administrativo, Jefe de Finanzas, Jefe de Personal, Técnicos del Área y Jefe del Departamento de Educación,
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ORD. N°4321 Estatuto Docente; Corporación Municipal; Beneficio de la Titularidad; Ley N°19.648; Ley N°20.804; A la docente Sra. Consuelo Reina Parra Gras, quien presta servicios en el Liceo Polivalente Esmeralda, dependiente de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Colina, no le asiste el derecho a acceder al beneficio de la titularidad otorgado por la Ley N°19.648, en su nuevo texto fijado por la Ley N°20.804, publicada en el diario oficial de 31.01.2015, atendido que al 31.07.2014 s
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ORD. N°3645 Estatuto de salud; Beneficio de incentivo al retiro de la ley N°20.589; Requisitos etario; Atiende presentación que indica.
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ORD. N°3574 Estatuto Docente; Corporación Municipal; Renuncia Voluntaria; Indemnización; Da respuesta a consulta que indica.
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ORD. N°3175 Estatuto Docente; Corporación Municipal; Beneficio de la titularidad de la ley Nº 20.804; Requisito de antigüedad; El docente Miguel Ángel Andrade Díaz, quien presta servicios en un establecimiento educacional dependiente de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Colina, no cumple al 31.07.2014, con el mínimo de tres años continuos como tampoco de cuatro años discontinuos, ambos a contrata, que exige la Ley N°19.648, en su nuevo texto fijado por la Ley N°20.804, publicada e
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ORD. N°3179 Estatuto de Salud; Corporación Municipal; Legalidad del proceso calificatorio; No se ajusta a derecho el proceso de calificación correspondiente al período 2013-2014, de la ex funcionaria Camila Tobar Campos, realizado por la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, por las razones señaladas en el presente informe.
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ORD. N°3190 Estatuto Docente; Corporación Municipal; Actividades curriculares no lectivas; La Corporación Municipal de Educación de la Florida no se encuentra facultada para exigir a su personal docente la realización de actividades curriculares no lectivas, si las mismas no se encuentran pactadas expresa o tácitamente en el contrato de trabajo.
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ORD. N°3191 Estatuto de Salud; Asignación especial transitoria del artículo 45 de la ley Nº 19.378; Naturaleza jurídica; 1.- La empresa Luniben Top Frío S.A., respecto de los trabajadores que fueron parte de la negociación y en tal carácter beneficiarios de los acuerdos, debe pagar el reajuste de las remuneraciones, en la forma expresamente estipulada en la cláusula cuarta del instrumento, es decir, sin que tal incremento sea condicionado a la antigüedad laboral de los dependientes. 2.- Respect
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ORD. N°2741 Estatuto Docente; Corporación Municipal; Beneficio de la titularidad de la ley Nº20.804; Profesionales habilitados para el ejercicio de la función docente; Período desde el que se extiende la antigüedad; Computo de las 20 horas cronológicas semanales; Actividades curriculares no lectivas; 1) Tiene derecho al beneficio de la titularidad establecido en la Ley Nº19.648, en su nuevo texto fijado por la Ley N°20.804, el personal contratado en un establecimiento educacional administrado po
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ORD. N°2484 Estatuto Docente; Corporación Municipal; Beneficio de la titularidad de la ley Nº20.804; Requisitos; Profesional de la educación autorizado para impartir clases de religión; Accede al beneficio de la titularidad establecido en la Ley Nº 19.648, en su nuevo texto fijado por la Ley N°20.804, aquel contratado en un establecimiento educacional administrado por una Corporación Municipal que, cumpliendo los demás requisitos previstos en el referido cuerpo legal y no teniendo título de prof
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ORD. N°2497 Estatuto Docente; Corporación Municipal; Beneficio de la titularidad de la ley Nº 20.804; Requisitos; 20 horas de docencia de aula a contrata; Cómputo; Actividades curriculares no lectivas; Tratándose de los profesionales de la educación que cumplen funciones de aula vinculadas al Plan de Mejoramiento de la Educación y a los Proyectos de Integración Escolar, en los establecimientos educacionales dependientes de las Corporaciones Municipales, resulta procedente considerar, dentro de
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ORD. N°2390 Estatuto Docente; Beneficio de la titularidad de la ley Nº 20.804; Profesional de educación diferencial que se desempeña en el Programa de Integración Escolar; Procede el beneficio de la titularidad establecido en la Ley N°19.648, en su nuevo texto fijado por la Ley N°20.804, publicada en el diario oficial de 31.01.2015, de concurrir los requisitos previstos al efecto, respecto de los profesores de educación diferencial de los establecimientos dependientes de las Corporaciones Munici