Artículo 163 del Código de Aguas
Qué dice el artículo
ARTICULO 163°- Todo traslado del ejercicio de los derechos de aprovechamiento de aguas superficiales en cauces naturales y todo cambio de punto de captación definitivo de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas deberá efectuarse mediante una autorización del Director General de Aguas, la que se tramitará en conformidad al párrafo 1° de este Título. Si la solicitud fuera legalmente procedente, no se afectan derechos de terceros y existe disponibilidad del recurso en el nuevo punto de captación, la Dirección General de Aguas deberá autorizar el traslado o cambio de punto de captación definitivo, según corresponda. Con todo, el o los nuevos puntos de captación mantendrán la naturaleza, uso y características del derecho de aprovechamiento. En consecuencia, los traslados de ejercicio o los cambios de punto de captación no constituyen nuevos derechos. No obstante, les será aplicable lo dispuesto en el inciso final del artículo 129 bis 1.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 29 de octubre de 1981 · promulgación: 13 de agosto de 1981 · Última modificación: 9 de octubre de 2026.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
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Cambio de punto de captación a un pozo que podría estar en el cauce del río Aconcagua
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de Inversiones Tabolango: mientras no se fijen los deslindes del cauce, la Dirección General de Aguas no puede autorizar el cambio de punto de captación.
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Patente por no uso con obras construidas en un punto de captación aún no autorizado
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de Agrícola Ribera Limitada: sin obras en el punto fijado por el acto constitutivo procede la patente por no uso.
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Amparo de aguas contra la Junta de Vigilancia del Río Elqui por traslado de 74 acciones
Rechaza las casaciones de Sociedad Agrícola Montefraile: la falta de fundamentos no es causal en juicios de ley especial y el fondo ataca hechos sin denunciar normas reguladoras de la prueba.
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Incorporación a junta de vigilancia al autorizar un cambio de punto de captación
Rechaza la casación de Viña San Felipe Edwards Limitada: por la unidad de la corriente del artículo 3 del Código de Aguas, su nuevo punto de captación debe integrarse a la Junta de Vigilancia.
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Incorporación a junta de vigilancia al autorizar un cambio de punto de captación
Rechaza la casación de Viña San Felipe Edwards Limitada: por la unidad de la corriente del artículo 3 del Código de Aguas, su nuevo punto de captación debe integrarse a la Junta de Vigilancia.
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Patente por no uso pese a solicitud pendiente de traslado del punto de captación
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de Agrícola Ribera Limitada: la solicitud de traslado pendiente no la libera de tener obras en el punto donde se constituyó el derecho.
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Rechaza, en sentencia de reemplazo, el reclamo de ilegalidad contra la Resolución Exenta 830, por estar lo decidido fundado en el expediente administrativo y en el derecho.
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