Artículo 162 del Código de Comercio
Qué dice el artículo
Art. 162. La cesión de un crédito no endosable se sujetará a las reglas establecidas en el título De la cesión de derechos del Código Civil. La notificación de la cesión se hará por un ministro de fe, con exhibición del respectivo título. Para que se haga bastará el simple requerimiento del cesionario.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Promulgación: 23 de noviembre de 1865 · Última modificación: 23 de septiembre de 2023.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
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Cobro de Türk Eximbank a Praubos como cesionario: falta de notificación de la cesión
Rechaza la casación de la demandada por manifiesta falta de fundamento: no denunció los artículos 1902 y 1903 del Código Civil, que sustentan la condena a pagar 84.683 euros.
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Cesión de créditos no acreditada en demanda por incumplimiento de contrato de transporte
Rechaza la casación en el fondo de la demandante por no denunciar las normas que rigen el contrato de transporte y por pretender alterar el hecho fijado de que no se acreditó la cesión de créditos.
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Eurocapital cobra al SERVIU del Bío Bío subsidios cedidos por una constructora
Rechaza la casación del SERVIU Región del Bío Bío: notificada la cesión, la cesionaria ocupa el lugar de la cedente, el SERVIU no puede invocar una cláusula de un contrato ajeno y los hechos no se revisan.
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Resolución de cesión de derechos sociales: los demandados alegan arbitraje forzoso
Rechaza la casación de los demandados: no denunciaron las normas que resolvieron el litigio ni las que habría que aplicar al acogerla, vacío que la Corte no puede suplir.
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Nota de crédito emitida por el cedente después de ceder la factura a Interfactor
Acoge la casación en el fondo de Interfactor y anula: la nota de crédito por $4.582.825 la emitió el cedente cuando ya no era titular del crédito, y es inoponible a la cesionaria.
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Cesionario de rentas de arrendamiento y prórroga de competencia pactada en Santiago
Rechaza la casación de Incofin S.A. por no denunciar las normas decisorias, entre ellas el artículo 303 número 1 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 162 del Código de Comercio.
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Cheque nominativo cobrado por mandataria de factoring: no se exige cesión de créditos
Acoge la casación de la ejecutante: Factosur Osorno Limitada cobró el cheque como mandataria por escritura pública, no como cesionaria, y exigirle cesión de créditos impuso un requisito no previsto en la ley.
Lo que dice la Corte sobre el art. 162 «[…] la sentencia impugnada ha incurrido en una errada aplicación de los artículos 1901, 1902 y 1903 del Código Civil, en relación con el artículo 162 del Código de Comercio, y consecuencialmente, con lo dispuesto en el artículo 464 N°7 del Código de Procedimiento Civil, al exigir el perfeccionamiento de una cesión de créditos para un caso que no lo requería […]»
Cita textual · Corte Suprema, Rol 36974-2019
«[…] la sentencia impugnada ha incurrido en una errada aplicación de los artículos 1901, 1902 y 1903 del Código Civil, en relación con el artículo 162 del Código de Comercio, y consecuencialmente, con lo dispuesto en el artículo 464 N°7 del Código de Procedimiento Civil, al exigir el perfeccionamiento de una cesión de créditos para un caso que no lo requería […]» (Corte Suprema, Rol 36974-2019, 20 de mayo de 2021). «[…] la sentencia impugnada ha incurrido en una errada aplicación de los artículos 1901, 1902 y 1903 del Código Civil, en relación con el artículo 162 del Código de Comercio, y consecuencialmente, con lo dispuesto en el artículo 464 N°7 del Código de Procedimiento Civil, al exigir el perfeccionamiento de una cesión de créditos para un caso que no lo requería […]» (Corte Suprema, Rol 36974-2019, 20 de mayo de 2021). Disponible en: https://folium.cl/ley/codigo-de-comercio/articulo-162#corte-1345147 -
Cesión de factura notificada después de la liquidación forzosa del cedente
Acoge la casación de la ejecutada: la cesión de la factura, notificada después de la liquidación forzosa del cedente, le era inoponible y su consignación en el procedimiento concursal fue pago de buena fe.
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Cobro ejecutivo de factura cuya recepción la ejecutada atribuye a una firma falsificada
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la ejecutada, que pretende alterar los hechos fijados: título auténtico, servicios prestados y factura recibida.
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Factura pagada al emisor antes de cederse a la empresa de factoring: el pago la extingue
Acoge la casación en el fondo de Nestlé Chile S.A. y rechaza la de forma: el pago hecho al emisor antes de la cesión extinguió el crédito, y la cesión no surte efectos contra el deudor antes de notificarse.
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