Artículo 253 del Código Procesal Penal
Qué dice el artículo
Artículo 253.- Recursos. El sobreseimiento sólo será impugnable por la vía del recurso de apelación ante la Corte de Apelaciones respectiva.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 12 de octubre de 2000 · promulgación: 29 de septiembre de 2000 · Última modificación: 16 de octubre de 2026.
Sentencias destacadas
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Juzgado de garantía deja sin efecto un sobreseimiento definitivo ya firme
Revoca y acoge el amparo y mantiene el sobreseimiento definitivo, porque el Ministerio Público no apeló y el juzgado, al dejarlo sin efecto, transgredió el desasimiento y la cosa juzgada.
Lo que dice la Corte sobre el art. 253 «[…] Que, la decisión que se pronuncia sobre un sobreseimiento definitivo es apelable por así disponerlo el artículo 253 del Código Procesal Penal, a lo que se adiciona que, en el caso de ser aquél acogido estaría en la hipótesis prevista en el artículo 370 letra a) del citado código, por lo que igualmente sería impugnable por esta otra vía. […]»
Cita textual · Corte Suprema, Rol 50876-2025
«[…] Que, la decisión que se pronuncia sobre un sobreseimiento definitivo es apelable por así disponerlo el artículo 253 del Código Procesal Penal, a lo que se adiciona que, en el caso de ser aquél acogido estaría en la hipótesis prevista en el artículo 370 letra a) del citado código, por lo que igualmente sería impugnable por esta otra vía. […]» (Corte Suprema, Rol 50876-2025, 28 de noviembre de 2025). «[…] Que, la decisión que se pronuncia sobre un sobreseimiento definitivo es apelable por así disponerlo el artículo 253 del Código Procesal Penal, a lo que se adiciona que, en el caso de ser aquél acogido estaría en la hipótesis prevista en el artículo 370 letra a) del citado código, por lo que igualmente sería impugnable por esta otra vía. […]» (Corte Suprema, Rol 50876-2025, 28 de noviembre de 2025). Disponible en: https://folium.cl/ley/codigo-procesal-penal/articulo-253#corte-46891 -
Apelación del sobreseimiento definitivo por prescripción dictado en juicio oral
Rechaza las quejas del querellante y del Ministerio Público: la Corte de Concepción optó, con apoyo normativo, por una interpretación sobre la apelabilidad del sobreseimiento, lo que no es falta grave.
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Querella por receptación no es ejercicio abusivo de acciones como competencia desleal
Acoge la casación en el fondo de Komatsu Reman Center Chile S.A. e invalida la sentencia: la querella y sus recursos fueron ejercicio legítimo de la acción, no un abuso para entorpecer a un competidor.
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Derecho de autor sobre el evento El Abrazo: demanda contra CCU y productora rechazada
Rechaza la casación en la forma y en el fondo del demandante: la resolución penal invocada no condena y no produce cosa juzgada, y no hubo inversión de la carga de la prueba.
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Sobreseimiento definitivo en querella por venta de taxi prendado sin investigar
Acoge la queja, revoca el sobreseimiento definitivo y ordena reabrir la investigación por noventa días, porque no se practicaron las diligencias mínimas para saber si los hechos eran delito.
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Denuncia calumniosa: sobreseimiento por falta de declaración previa de calumnia
Declara inadmisible la queja por el artículo 253 del Código Procesal Penal, pero de oficio revoca el sobreseimiento: en el sistema acusatorio el juez no puede declarar calumniosa la denuncia previa.
Lo que dice la Corte sobre el art. 253 «[…] al expresar la norma del artículo 253 del Código Procesal Penal que el sobreseimiento sólo será impugnable por la vía del recurso de apelación ante la Corte de Apelaciones respectiva, y por tanto, la decisión que este último tribunal adopte no es susceptible de un nuevo recurso, está incluyendo la impugnación por la vía del recurso de queja prevista en el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales […]»
Cita textual · Corte Suprema, Rol 9067-2010
«[…] al expresar la norma del artículo 253 del Código Procesal Penal que el sobreseimiento sólo será impugnable por la vía del recurso de apelación ante la Corte de Apelaciones respectiva, y por tanto, la decisión que este último tribunal adopte no es susceptible de un nuevo recurso, está incluyendo la impugnación por la vía del recurso de queja prevista en el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales […]» (Corte Suprema, Rol 9067-2010, 12 de mayo de 2011). «[…] al expresar la norma del artículo 253 del Código Procesal Penal que el sobreseimiento sólo será impugnable por la vía del recurso de apelación ante la Corte de Apelaciones respectiva, y por tanto, la decisión que este último tribunal adopte no es susceptible de un nuevo recurso, está incluyendo la impugnación por la vía del recurso de queja prevista en el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales […]» (Corte Suprema, Rol 9067-2010, 12 de mayo de 2011). Disponible en: https://folium.cl/ley/codigo-procesal-penal/articulo-253#corte-5162737 -
Sobreseimiento en causa por cuasidelito de homicidio: queja de la querellante
Rechaza la queja de la querellante: busca revisar los hechos como tercera instancia y el sobreseimiento, fundado en la autopsia, cumple los artículos 36 y 256 del Código Procesal Penal.
Lo que dice la Corte sobre el art. 253 «[…] las reclamaciones deducidas por la compareciente pretenden una nueva revisión en esta sede, como si fuera tribunal de tercera instancia, acerca de la situación fáctica que se ha dado por comprobada y la cual oportunamente impugnó mediante el ejercicio de los recursos legales que para tal efecto previene el artículo 253 del Código Procesal Penal. […]»
Cita textual · Corte Suprema, Rol 8250-2010
«[…] las reclamaciones deducidas por la compareciente pretenden una nueva revisión en esta sede, como si fuera tribunal de tercera instancia, acerca de la situación fáctica que se ha dado por comprobada y la cual oportunamente impugnó mediante el ejercicio de los recursos legales que para tal efecto previene el artículo 253 del Código Procesal Penal. […]» (Corte Suprema, Rol 8250-2010, 10 de marzo de 2011). «[…] las reclamaciones deducidas por la compareciente pretenden una nueva revisión en esta sede, como si fuera tribunal de tercera instancia, acerca de la situación fáctica que se ha dado por comprobada y la cual oportunamente impugnó mediante el ejercicio de los recursos legales que para tal efecto previene el artículo 253 del Código Procesal Penal. […]» (Corte Suprema, Rol 8250-2010, 10 de marzo de 2011). Disponible en: https://folium.cl/ley/codigo-procesal-penal/articulo-253#corte-5162620 -
Nulidad penal sin pronunciamiento sobre la agravante de pluralidad de malhechores
Deja sin efecto de oficio, pese a la queja inadmisible, el fallo de la Corte de Talca que rechazó la nulidad sin resolver la agravante de pluralidad de malhechores; ordena nueva audiencia.
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Sobreseimiento del síndico querellado por Serviu Metropolitano confirmado sin fundamentos
Acoge la queja de Serviu Metropolitano y anula el sobreseimiento y su confirmación: la Corte de Santiago confirmó sin motivar una resolución que carecía de fundamentos; ordena nueva audiencia.
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