Artículo 250 del Código Procesal Penal
Qué dice el artículo
Artículo 250.- Sobreseimiento definitivo. El juez de garantía decretará el sobreseimiento definitivo:
a) Cuando el hecho investigado no fuere constitutivo de delito;
b) Cuando apareciere claramente establecida la inocencia del imputado;
c) Cuando el imputado estuviere exento de responsabilidad criminal en conformidad al artículo 10 del Código Penal o en virtud de otra disposición legal;
d) Cuando se hubiere extinguido la responsabilidad penal del imputado por algunos de los motivos establecidos en la ley;
e) Cuando sobreviniere un hecho que, con arreglo a la ley, pusiere fin a dicha responsabilidad, y
f) Cuando el hecho de que se tratare hubiere sido materia de un procedimiento penal en el que hubiere recaído sentencia firme respecto del imputado.
El juez no podrá dictar sobreseimiento definitivo respecto de los delitos que, conforme a los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, sean imprescriptibles o no puedan ser amnistiados, salvo en los casos de los números 1° y 2° del artículo 93 del Código Penal.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 12 de octubre de 2000 · promulgación: 29 de septiembre de 2000 · Última modificación: 16 de octubre de 2026.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
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Prescripción de la acción penal por abuso sexual y violación imputados a un adolescente
Revoca y acoge el amparo, declara prescrita la acción penal y sobresee, porque entre mayo de 2023 y la formalización de noviembre de 2025 transcurrió el plazo de dos años de la Ley 20.084.
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Tortura o apremios ilegítimos de carabineros de la 21ª Comisaría de Estación Central
Acoge la nulidad de dos carabineros y recalifica como apremios ilegítimos dos hechos sin la gravedad de la tortura; rechaza la de un tercero, cuya tortura confirma. Hubo votos en contra.
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Amparo de la Corte de Copiapó: se ordena audiencia sobre sobreseimiento por prescripción
Revoca y acoge el amparo: ordena al Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó citar a audiencia con jueces no inhabilitados, porque postergar el debate de la prescripción amenaza la libertad del amparado.
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Amparo de la Corte de Copiapó: se ordena audiencia sobre sobreseimiento por prescripción
Revoca y acoge el amparo y ordena citar a audiencia ante jueces no inhabilitados sobre la prescripción, aunque su fundamento dice que la postergación no constituye un acto que amenace la libertad.
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Sobreseimiento definitivo por inactividad del fiscal tras un requerimiento no admitido
Revoca y acoge el amparo y decreta el sobreseimiento definitivo: el Ministerio Público tardó 86 días en aclarar el domicilio pedido para tramitar su requerimiento, y esa inactividad también se sanciona.
Lo que dice la Corte sobre el art. 250 «[…] Conforme a lo razonado, la presente acción deberá ser acogida, al corresponder decretar el sobreseimiento alegado, por concurrir en la especie todos los presupuestos en el artículo 250, letra e) del Código Procesal Penal, debiendo esta Corte así declararlo. […]»
Cita textual · Corte Suprema, Rol 22909-2026
«[…] Conforme a lo razonado, la presente acción deberá ser acogida, al corresponder decretar el sobreseimiento alegado, por concurrir en la especie todos los presupuestos en el artículo 250, letra e) del Código Procesal Penal, debiendo esta Corte así declararlo. […]» (Corte Suprema, Rol 22909-2026, 6 de mayo de 2026). «[…] Conforme a lo razonado, la presente acción deberá ser acogida, al corresponder decretar el sobreseimiento alegado, por concurrir en la especie todos los presupuestos en el artículo 250, letra e) del Código Procesal Penal, debiendo esta Corte así declararlo. […]» (Corte Suprema, Rol 22909-2026, 6 de mayo de 2026). Disponible en: https://folium.cl/ley/codigo-procesal-penal/articulo-250#corte-82067 -
Sobreseimiento definitivo por requerimiento fiscal fuera del plazo para acusar
Revoca y acoge el amparo: el Ministerio Público formuló requerimiento un mes después de cerrar la investigación, vencido el plazo de diez días y los dos adicionales, y decreta el sobreseimiento definitivo.
Lo que dice la Corte sobre el art. 250 «[…] Conforme a lo razonado, la presente acción deberá ser acogida, al corresponder decretar el sobreseimiento alegado, por concurrir en la especie todos los presupuestos en el artículo 250, letra e) del Código Procesal Penal, debiendo esta Corte así declararlo. […]»
Cita textual · Corte Suprema, Rol 22829-2026
«[…] Conforme a lo razonado, la presente acción deberá ser acogida, al corresponder decretar el sobreseimiento alegado, por concurrir en la especie todos los presupuestos en el artículo 250, letra e) del Código Procesal Penal, debiendo esta Corte así declararlo. […]» (Corte Suprema, Rol 22829-2026, 6 de mayo de 2026). «[…] Conforme a lo razonado, la presente acción deberá ser acogida, al corresponder decretar el sobreseimiento alegado, por concurrir en la especie todos los presupuestos en el artículo 250, letra e) del Código Procesal Penal, debiendo esta Corte así declararlo. […]» (Corte Suprema, Rol 22829-2026, 6 de mayo de 2026). Disponible en: https://folium.cl/ley/codigo-procesal-penal/articulo-250#corte-82064 -
Corte de Rancagua revocó un sobreseimiento pese a requerimiento fiscal tardío
Revoca y acoge el amparo: el requerimiento llegó 22 días después del cierre de la investigación, vencidos los plazos para acusar, y confirma el sobreseimiento definitivo que la Corte de Rancagua había revocado.
Lo que dice la Corte sobre el art. 250 «[…] Conforme a lo razonado, la presente acción deberá ser acogida, al corresponder decretar el sobreseimiento alegado, por concurrir en la especie todos los presupuestos en el artículo 250, letra e) del Código Procesal Penal, debiendo esta Corte así declararlo. […]»
Cita textual · Corte Suprema, Rol 21269-2026
«[…] Conforme a lo razonado, la presente acción deberá ser acogida, al corresponder decretar el sobreseimiento alegado, por concurrir en la especie todos los presupuestos en el artículo 250, letra e) del Código Procesal Penal, debiendo esta Corte así declararlo. […]» (Corte Suprema, Rol 21269-2026, 28 de abril de 2026). «[…] Conforme a lo razonado, la presente acción deberá ser acogida, al corresponder decretar el sobreseimiento alegado, por concurrir en la especie todos los presupuestos en el artículo 250, letra e) del Código Procesal Penal, debiendo esta Corte así declararlo. […]» (Corte Suprema, Rol 21269-2026, 28 de abril de 2026). Disponible en: https://folium.cl/ley/codigo-procesal-penal/articulo-250#corte-80995 -
Sobreseimiento definitivo por delitos informáticos con diligencias pendientes
Rechaza la queja de la querellante: confirmar el sobreseimiento porque los hechos no eran delito fue ponderación de evidencias e interpretación legal propias de los jueces, no falta o abuso grave.
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Conducción bajo la influencia del alcohol como falta: prescripción de seis meses
Revoca y acoge el amparo, y declara el sobreseimiento definitivo porque la conducción bajo la influencia del alcohol es falta y su plazo de seis meses venció antes de la formalización.
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Amparo contra la expulsión de un extranjero, de la Corte de Antofagasta
Confirma sin dar razones propias el fallo de la Corte de Antofagasta, con el voto en contra de un ministro que estimaba desproporcionada la expulsión por una condena ya cumplida.
Se muestran los 10 más recientes de 232 fallos.
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