Contraloría General de la República
Compras Públicas (Ley 19.886)
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Compras Públicas (Ley 19.886), del más reciente al más antiguo. Página 26.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Compras Públicas (Ley 19.886), y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Compras Públicas (Ley 19.886)Temas de Compras Públicas (Ley 19.886)
Pronunciamientos
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases de licitación para renovar licencias de software por 36 meses, con el alcance de que el plazo de implementación será el ofertado por el proveedor adjudicado, por ser criterio de evaluación.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases y anexos de la encuesta de salud infantil 2023-2024, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la prohibición del artículo 26 letra d) del DL 211 dura cinco años desde la sentencia ejecutoriada, no dos como indican las bases y anexos.
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La Contraloría no dio curso al acto que aprobaba el addéndum N° 2 que ampliaba en 60 días el plazo del contrato entre la DOP y ASMAR, pues no se acredita el caso fortuito invocado, y ordena al servicio fundamentar y aclarar sus observaciones.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la modificación del contrato con SONDA S.A., por ajustarse a derecho, aunque observa que se suscribió tarde y regulariza esa omisión, ordenando adoptar medidas para hacerlo oportunamente en lo sucesivo.
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La Contraloría no da curso al acto que reconoce y autoriza el pago de servicios adicionales en el contrato de carena del transbordador La Tehuelche, pues estos deben regularizarse mediante una modificación al contrato, y faltan antecedentes que expliquen los errores y diferencias invocadas.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases de la licitación de puentes mecanos, con alcances: corrige una remisión errónea en las bases administrativas y precisa que el precio a ingresar al Portal es el total neto del formulario N° 1-A.
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La Contraloría revisa el cumplimiento del dictamen N° E245586, de 2022, sobre fuero maternal y la contratación de prestaciones médicas del ISL. Concluye que la situación de las recurrentes está superada y que las contrataciones se están ajustando a la ley, recordando que solo excepcionalmente y por razones fundadas pueden celebrarse convenios con prestadores distintos a hospitales y clínicas.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases para la contratación de servicios médicos del Hospital Clínico de la FACH, pues se ajusta a derecho, con alcances: el servicio debe precisar en el Sistema de Compras el puntaje para ofertas de 2 horas de respuesta y corregir un error de redacción en el anexo D.
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La Contraloría concluye que las farmacias municipales pueden vender medicamentos por medios electrónicos con despacho por un tercero licitado, cumpliendo los requisitos sanitarios, y que la responsabilidad sanitaria por los productos despachados sigue siendo del establecimiento autorizado.
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Las bases de licitación y la adjudicación del servicio de retiro de residuos orgánicos deben someterse a toma de razón, pues la ley no distingue según el tipo de residuo domiciliario ni fija un monto mínimo, sin importar su cuantía.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato por trato directo del servicio de Red de Comunicaciones MINSAL con Entel, por ajustarse a derecho, pero solo controla el acuerdo aprobado, no los números 8 y 9, exentos de toma de razón.
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La Contraloría toma razón del decreto que adjudica la licitación y autoriza la transferencia del inmueble, con alcances: la boleta de garantía de inversión debe acompañarse antes de suscribir la escritura y el Ministerio debe hacer efectivas las garantías ante incumplimientos.
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La Contraloría concluye que el término anticipado del contrato, las multas y el cobro de garantías dispuestos por la FACH están debidamente fundados, por lo que desestima la reclamación de la empresa; además, no ve impedimento para valorizar ex post los trabajos efectivamente ejecutados al liquidar el contrato.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases de la licitación para la red de monitoreo de calidad del aire en Concón, Quintero y Puchuncaví, con el alcance de que se precise la hora de cierre y apertura de ofertas cuando el plazo venza lunes o día siguiente a inhábil.
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La Contraloría concluye que la prioridad en licitaciones de servicios habituales para empresas con convenios colectivos vigentes es obligatoria para municipios y organismos públicos, y aplica también a las cooperativas de trabajo, sin importar su naturaleza jurídica.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato con MSLI LATAM INC para licencias Microsoft, con alcances: el pago se cuenta desde la recepción de la factura, no desde la recepción conforme, y se regularizan servicios previos a su suscripción.
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La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general, las bases de licitación deben incluir un criterio de evaluación sobre si los oferentes cuentan con programas de integridad conocidos por su personal, y en tratos directos debe mencionarse en cláusulas contractuales.
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El dictamen concluye que el acto administrativo que aprueba el trato directo para la concesión de servicios de recolección de residuos sólidos domiciliarios debe someterse a toma de razón, aplicando excepcionalmente ese control a esta modalidad de contratación.
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El plazo para aplicar multas por incumplimientos contractuales se cuenta desde que ocurrió el incumplimiento y prescribe en cinco años; no consta si operó. Además, no es obligatorio prorrogar la garantía de fiel cumplimiento más allá del plazo de las bases.
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La Contraloría concluye que la Dirección de Compras se ajustó a la normativa al no incluir servicios de postventa en el convenio marco de viajes, decisión fundada. Además, el Gobierno Regional puede contratar por otros mecanismos si obtiene condiciones más ventajosas, y las bases no requerían toma de razón por su monto.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases y anexos para el servicio de digitalización, impresión y fotocopiado de la PDI, por ajustarse a derecho, con alcances: la PDI debe precisar en el Sistema de Compras el plazo del servicio (discordancia entre 24 y 15 meses) y se entiende que los pagos se harán con cargo a su presupuesto, no al del Gobierno Regional.
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La Contraloría toma razón del documento que autoriza el llamado a licitación y aprueba las bases para el subsidio de transporte marítimo en Isla Riesco, con alcances sobre la variable "COO", la remisión del resuelvo 6 y la mención a "ONEMI".
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el contrato para adquirir el sistema de identificación balística Ibis Trax, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la cláusula décimo novena no puede restringir las facultades de la Administración ni impedir el ejercicio de acciones por perjuicios imputables a la empresa contratada.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases tipo de licitación para seguros generales, por ajustarse a derecho, aunque hace presente que la prohibición de contratar por incumplimientos laborales no está en la ley N° 19.886, sino que rige su artículo 4° inciso segundo.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases de licitación de un convenio marco para seguros de vida con adicional de salud, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la entrega de información debe interpretarse conforme a la ley de Protección de la Vida Privada.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases, contrato y anexos para la adquisición de motores y upgrade de un avión de Carabineros, con el alcance de que las ofertas económicas se evaluarán por su valor total, según el Anexo N° 1 y no según las bases administrativas.
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La Contraloría toma razón del documento que adjudica la licitación de un sistema de angiografía para el Hospital de la Fuerza Aérea, por ajustarse a derecho, aunque instruye que en lo sucesivo se consigne el imperativo "tómese razón".
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases y el contrato del servicio de aseo de la Dirección de Vialidad, pero con el alcance de que se fije un tope máximo total a las multas en la etapa de aclaraciones.
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La Contraloría concluye que las bases de la licitación de la PDI vulneraron la igualdad de los oferentes al evaluar de forma distinta el precio según si los bienes eran importados o existentes en plaza, y al imponer al proveedor nacional una obligación adicional de entrega; ordena adoptar medidas para que futuros procesos cumplan la normativa.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases de licitación de calefactores, por ajustarse a derecho, con el alcance de que en lo sucesivo el organismo debe consignar el imperativo final "tómese razón", omitido en esta oportunidad.
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La Contraloría concluye que no es irregular incluir en las bases tipo criterios de certificación o acreditación de instituciones formadoras, pues buscan verificar la habilitación para actividades reguladas, y desestima el reclamo.
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Las multas aplicadas en contrataciones regidas por la ley N° 19.886 son ingresos propios del servicio, por lo que les aplica el procedimiento de multas del SIGFE II en el pago centralizado, sin alterar su naturaleza.
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La Contraloría no da curso a la resolución que aprueba el convenio modificatorio, pues no se advierte razón jurídica para exigir al consultor aumentar la garantía de fiel cumplimiento, al haber cumplido este el artículo 15 de las bases tipo.
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La Contraloría toma razón del documento que autoriza el llamado a licitación y aprueba las bases para el subsidio de transporte marítimo en zonas aisladas de Chaitén, con alcances sobre el plazo de evaluación, la variable de carga y la vigencia de las tarifas reajustadas.
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La Contraloría toma razón de la resolución que regulariza y aprueba un contrato con ENAER, por ajustarse a derecho, con alcances sobre la interpretación de cláusulas de pasajes y viáticos y una referencia errónea.
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La Contraloría concluye que la Subdere actuó correctamente al declarar inadmisible la oferta de la empresa, porque su garantía de seriedad tenía una vigencia menor a los 90 días hábiles exigidos en las bases.
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La Contraloría toma razón del documento que autoriza la licitación para el subsidio de conectividad rural en Santa Juana, precisando alcances interpretativos sobre referencias en las bases técnicas y el contrato tipo.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de trato directo "Parque Inundable Víctor Jara", por observaciones sobre antecedentes faltantes, seguros, certificados de hormigón, estados de pago y otras irregularidades.
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La Contraloría toma razón del documento que autoriza la contratación directa y aprueba el contrato de subsidio al transporte marítimo en zonas aisladas de Aysén, con alcances: instruye licitar oportunamente en el futuro y exige la inscripción en el registro de la ley N° 19.862 antes de pagar.
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La Contraloría toma razón del decreto que autoriza la licitación y aprueba las bases para el subsidio al transporte marítimo en zonas aisladas de Aysén, con alcances: corrige la referencia al memorándum, la entrega de la póliza de seguro y los días de recalada en el anexo N° 10.
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La Municipalidad de Viña del Mar no puede eximir del pago de derechos municipales por publicidad en la vía pública a cambio de luminarias navideñas, pues esos derechos deben pagarse en dinero. No obstante, como excepción, no procede cobrarlos retroactivamente, debiendo cumplir la ley en lo sucesivo.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases de la licitación de telecomunicaciones del Ministerio de Bienes Nacionales, con alcances: el servicio debe aclarar en el sistema de compras varios puntos de las bases (garantía electrónica, puntajes, pago, multas y plazos).
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba el contrato de la obra "Cóndor I", porque no está justificado el puntaje dado a la oferta que quedó segunda y faltan antecedentes sobre la garantía y documentos del adjudicado.
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La Contraloría concluye que la PDI puede revocar la licitación, pero sus razones fueron genéricas e insuficientes; por ello le ordena fundamentar con mayor detalle, en lo sucesivo, sus decisiones de revocación.
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La Contraloría no dio curso a la resolución que autoriza la contratación directa de bienes marca AVL, porque la causal invocada no está suficientemente justificada: no se acredita el carácter accesorio ni la exclusividad de la marca, y faltan antecedentes legalizados de la empresa y su representante.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases y anexos para la consultoría del Banco Integrado de Inversión Pública, por ajustarse a derecho, con el alcance de que el plazo de pago se cuenta desde la recepción de la factura, no desde la recepción conforme.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases tipo, modelo de contrato y anexos para licitaciones de adquisición de aeronaves para Carabineros, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la referencia al anexo N°1 en las bases debe entenderse hecha al anexo N°4.
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La Contraloría toma razón del documento que autoriza el llamado a licitación y aprueba las bases para el subsidio al transporte marítimo en zonas aisladas, con alcances sobre la variable "Monto del subsidio", la entrega de la póliza de seguro y la reposición de la garantía.
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La Contraloría concluye que exigir el código de barras GTIN en las bases de licitación es un criterio técnico objetivo y no arbitrario, y que no consta que se haya exigido una marca específica.
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La Contraloría concluye que el Ejército actuó conforme a las bases al multar a la empresa por entregar e instalar los módulos fuera de plazo, y desestima el reclamo porque no se acreditó el caso fortuito o fuerza mayor invocado.