Contraloría General de la República
Medio Ambiente y Regulación Sectorial
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Medio Ambiente y Regulación Sectorial, del más reciente al más antiguo. Página 3.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Medio Ambiente y Regulación Sectorial, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Medio Ambiente y Regulación SectorialTemas de Medio Ambiente y Regulación Sectorial
Pronunciamientos
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La Contraloría concluye que la Municipalidad de Paine se extralimitó al regular la navegación en la Laguna de Aculeo, pues esa función corresponde a la DIRECTEMAR, por lo que debe dejar sin efecto o adecuar su ordenanza.
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La Contraloría concluye que, mientras el SBAP no asuma sus funciones, corresponde a la CONAF resolver la solicitud de uso temporal en la Reserva Nacional Malleco, ponderando su compatibilidad con el plan de manejo y los principios de la ley N° 21.600.
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La Contraloría concluye que el SAG puede contratar "terceros autorizados" para apoyar la certificación de subdivisión de predios rústicos, pero debe corregir varias disposiciones de la resolución que se apartan de la ley N° 19.880 y otras normas, informando en 15 días.
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La exención de responsabilidad civil del nuevo artículo 169 de la Ley de Tránsito cubre también traslados de detenidos, desplazamientos administrativos, entrega de especies fiscales y formación de personal, pero solo frente a terceros. La PDI mantiene su facultad de instruir sumarios para determinar responsabilidad administrativa y pecuniaria del conductor.
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La Contraloría concluye que el Ministerio de Economía actuó ilegalmente al modificar mediante la resolución exenta N° 9 el factor "F" del impuesto específico, pues solo podía actualizarlo por cambios de cuotas, no por reinterpretaciones del índice FAO, y deberá regularizar la situación.
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La Contraloría toma razón del instrumento que renueva y modifica condiciones de operación, entendiendo que su plazo de vigencia se extiende hasta el traspaso y puesta en marcha indicados o hasta el 31 de julio de 2027, lo que ocurra primero.
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La Contraloría no da curso al documento que aprueba las bases de licitación del Establecimiento Penitenciario Santiago 1, porque el terreno está en una zona donde el Plan Regulador prohíbe las cárceles. Además, ordena aclarar aspectos ambientales y las prohibiciones para contratar del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886.
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La Contraloría toma razón del documento que concede al Comité de Agua Potable Rural Patagual un derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas superficiales y corrientes, en la provincia de Concepción, conforme al artículo 147 quáter del Código de Aguas.
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La Contraloría no da curso al documento que concede un derecho de aprovechamiento de aguas al Comité de Agua Potable Rural Las Playas, porque faltan antecedentes solicitados (tablas en Excel del informe técnico DGA Biobío N° 320), contraviniendo el artículo 7° de la resolución N° 36, de 2024.
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La Contraloría concluye que no puede auditar al Coordinador Eléctrico Nacional por el no uso de recursos en la licitación de las líneas Charrúa-Chillán y Monterrico-Cocharcas, porque es una corporación autónoma de derecho público ajena a su fiscalización.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba las condiciones del perímetro de exclusión de la Ley N°18.696 en la zona Norponiente, precisando que las medidas por modificaciones transitorias del programa de operación deben sancionarse por acto administrativo y remitirse a examen de juridicidad.
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La Contraloría concluye que la JAC carece de fundamento para negarse a licitar las 4 frecuencias Santiago-Lima disponibles, pues existen interesados y la ley no le permite postergar indefinidamente su asignación; debe adoptar las medidas para asignarlas conforme a la normativa e informar en 20 días hábiles.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la modificación al convenio de transporte entre el Ministerio de Transportes y Metro S.A., aunque observa que su ingreso fue evidentemente tardío. Instruye a la Cartera tramitar oportunamente futuras modificaciones.
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La Contraloría toma razón del documento que modifica la resolución N° 12, de 2020, sobre el perímetro de exclusión de la ley N° 18.696 en Valdivia, aunque hace presente un error en el orden de las notas al pie, que deberá evitarse en lo sucesivo.
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La Contraloría no dio curso al documento que aprueba el contrato entre el Ministerio de Transportes y Metro Emisora de Medios de Pago S.A., porque falta la visación previa del Ministro de Hacienda exigida por la ley N° 20.378.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el reglamento de seguridad vial para elementos publicitarios y fija el procedimiento de autorización y fiscalización, precisando que la referencia del artículo 1° transitorio al artículo 16 debe entenderse hecha al artículo 19.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el reglamento sobre uso de escorias de cobre como áridos, con alcances: corrige una frase repetida, precisa que la Comisión Chilena de Energía Nuclear no depende del Ministerio de Energía y ordena inutilizar espacios en blanco en futuros instrumentos.
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La Contraloría toma razón del documento que fija precios de nudo promedio y ajustes tarifarios, precisando que las correcciones por diferencias de facturación solo cubren el período entre los decretos N° 7T de 2024 y N° 14T de 2025, y ordena al Ministerio de Energía informar medidas para dictar los reglamentos pendientes de la ley N° 20.936.
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El artículo 5° de la ley N° 20.283, que exige plan de manejo para intervenir bosque nativo, se aplica también en terrenos urbanos, sin que ello sea incompatible con las cesiones del artículo 70 de la LGUC.
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La Contraloría concluye que la DGA debe ejercer oportunamente sus facultades para proteger el acuífero MNT, investigarlo y monitorearlo, e informar en 30 días, sin pronunciarse aún sobre la suspensión o limitación de derechos solicitada.
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La Contraloría no da curso al documento que autoriza contratación directa y aprueba contrato de subsidio de transporte público UN17 en Gran Valparaíso, por irregularidades que afectaron la transparencia del proceso de selección. Ordena regularizar la situación, pagar los servicios efectivamente prestados y realizar un nuevo proceso de selección.
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La Contraloría no da curso al documento que autoriza la contratación directa y aprueba el contrato de subsidio de transporte con Ñandu-Tur S.A., por irregularidades que afectaron la transparencia del proceso de selección. Ordena regularizar la situación y efectuar un nuevo proceso de selección.
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La Contraloría no da curso al documento que autoriza la contratación directa y aprueba el contrato de subsidio de transporte en el Gran Valparaíso, por irregularidades que afectaron la transparencia del proceso de selección. Ordena regularizar la situación y hacer un nuevo proceso de selección.
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La Contraloría no da curso al documento que autoriza la contratación directa y aprueba el contrato de subsidio de transporte con BP SpA en el Gran Valparaíso, por vicios que afectaron la transparencia del proceso de selección. Ordena regularizar los servicios ya prestados y efectuar un nuevo proceso de selección.
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La Contraloría toma razón del documento que declara la caducidad de una concesión de acuicultura, con alcances: excluye de la descarga de la patente el año 2016 y corrige una referencia en el resuelvo 7º.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el Plan Sectorial de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático – Sector Infraestructura, con alcances: el plan no tiene carácter normativo y las entidades deben ceñirse a sus atribuciones legales y al presupuesto vigente.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el reglamento sanitario sobre recepción y almacenamiento de residuos de productos prioritarios, con alcances: su título omite la recolección, debe publicarse la norma técnica referida y corregirse una remisión errónea.
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La Contraloría toma razón del documento que transfiere fondos para compensar el transporte público en las elecciones 2025, aunque el MTT no cumplió la glosa que exige la información de las empresas para justificar los montos. Ordena un procedimiento disciplinario y una investigación especial.
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La Contraloría no dio curso al documento que declara caducadas las concesiones de Aguas Lampa S.A., porque la caducidad debe declararla el Presidente mediante decreto supremo fundado del MOP, conforme al artículo 24 de la Ley General de Servicios Sanitarios.
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La Contraloría toma razón del decreto del Ministerio de Energía que aprueba el Plan Sectorial de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático en Energía, con alcances: el plan no es normativo y las entidades deben ceñirse a sus atribuciones legales.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba la Actualización del Plan Sectorial de Adaptación al Cambio Climático del Turismo, con alcances: su contenido no es normativo y las entidades responsables no pueden exceder sus atribuciones legales al implementarlo.
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La Contraloría toma razón del documento que regula los programas de operación de transporte público, entendiendo que los convenios mandato del artículo 6 del reglamento solo corresponden a los del N° 1, letra b), del artículo cuarto transitorio de la ley N° 20.378, sin extenderse a otros fines.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el Plan Sectorial de Mitigación del Cambio Climático del Ministerio de Salud, con alcances: las acciones deben sujetarse a la ley y a las atribuciones de cada entidad, con financiamiento disponible y expediente detallado.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la actualización del Plan Sectorial de Adaptación al Cambio Climático Sector Salud, con alcances: las acciones deben sujetarse a la ley y al presupuesto anual, y no se pronuncia sobre su mérito.
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La Contraloría toma razón del instrumento que rectifica la resolución N° 1, de 2025, de la Dirección General de Aguas, que declaró área de restricción para nuevas extracciones en el sector hidrogeológico de Melipilla.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el Plan Sectorial de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático en Minería, con alcances: el plan no es normativo y sus acciones deben sujetarse a la ley y al presupuesto.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el Plan de Recuperación del Huillín, con alcances: su contenido no es normativo y las entidades deben ceñirse a sus atribuciones legales al implementarlo.
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La Contraloría toma razón del decreto que autoriza la contratación directa y aprueba el contrato de subsidio al transporte marítimo en Isla Maillén-Chinquihue, por la necesidad de mantener la conectividad. Observa que el decreto es afecto, no exento, y que hubo retraso evidente.
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La Contraloría toma razón del documento que fija las fórmulas tarifarias de Sacyr Agua Metropolitana S.A. para el área "Puertas del Valle de Chicureo", con alcances: precisa que la resolución de la Superintendencia que aprobó la fusión es exenta y recuerda el trámite del decreto supremo correspondiente.
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La Contraloría toma razón de la resolución que declara la caducidad de una concesión de acuicultura, con alcances por errores en el Visto y en los Considerando, y precisa que cierta resolución exenta no resulta aplicable al caso.
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El dictamen concluye que el decreto N° 66, de 1977, que desafectó terrenos de la Reserva Forestal Río Blanco, está vigente aunque no se publicó en el Diario Oficial, pues sus efectos comenzaron con su total tramitación.
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La Contraloría toma razón del documento que dispone la acumulación y declara la caducidad de una concesión de acuicultura, con el alcance de que el período de inactividad que la origina debe entenderse producido en 2017, como indican sus considerandos 16 y 17, y no según sus considerandos 9° y 12.
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La Contraloría toma razón de la resolución que resuelve una relocalización por ajustes cartográficos y otorga una concesión de acuicultura de reemplazo, con dos alcances: precisar el decreto que contiene el reglamento citado y observar que no se exige publicar el acto.
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La Contraloría toma razón del documento que modifica la resolución N° 37, de 2023, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, sobre el perímetro de exclusión en Puerto Montt, y hace presente un error en el orden correlativo de sus resolutivos, que deberá evitarse en lo sucesivo.
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La Contraloría toma razón del instrumento que constituye la reserva de aguas subterráneas en el sector de Cauquenes, con alcances formales sobre la fecha de la demanda comprometida y la fecha del decreto que se deja sin efecto.
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La Contraloría toma razón del documento que fija precios de nudo para suministros eléctricos, reiterando a la Secretaría de Estado que debe dictar los reglamentos para ejecutar la ley N° 20.936, conforme a su artículo vigésimo transitorio.
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La Contraloría toma razón del documento que resuelve la relocalización por ajustes cartográficos de una concesión de acuicultura, declarando el término de la original y otorgando una de reemplazo, con el alcance de que el Informe Técnico N° 507 es de 2024 y no de 2023.
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La Contraloría toma razón del decreto del Ministerio de Agricultura que aprueba el Plan Sectorial de Adaptación al Cambio Climático Silvoagropecuario, con alcances: las medidas deben ceñirse a la ley, ciertos comités solo asesoran y las mesas no son vinculantes.
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La Contraloría toma razón del decreto que establece la norma de emisión de contaminantes y olores de la fabricación de pulpa Kraft, con alcances: corrige la fecha de vigencia de la norma anterior citada y ordena timbrar las enmiendas introducidas.
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La Contraloría toma razón del documento que amplía las concesiones sanitarias de ECONSSA Chile S.A. para la Población Santa Antonia II, en Ovalle, con el alcance de que los actos administrativos deben individualizar a la autoridad firmante.