Contrato Individual, Terminación y Finiquito
Los pronunciamientos de la Dirección del Trabajo sobre Contrato Individual, Terminación y Finiquito, del más reciente al más antiguo. Página 13.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Contrato Individual, Terminación y Finiquito, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Contrato Individual, Terminación y FiniquitoTemas de Contrato Individual, Terminación y Finiquito
- Calificación de Funciones y Cláusulas
- Existencia y Naturaleza de la Relación Laboral
- Finiquito e Indemnizaciones
- Modificación del Contrato (Jus Variandi)
- No Discriminación e Inclusión Laboral (Ley 21.015)
- Plazo Fijo, Faena y Subcontratación
- Suspensión y Protección al Empleo (Ley 21.227)
- Terminación del Contrato y Causales
Pronunciamientos
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ORD. Nº4302 Ley N°21.015; Ley de Inclusión; Inclusión de personas con discapacidad o asignatarias de una pensión de invalidez; 1) Para que opere la norma de excepción contenida en el artículo 7 letra a) del Reglamento deberá tratarse de una empresa cuya totalidad de actividades, funciones, servicios y cargos requieran de especialidades, habilidades, técnicas y aptitudes que no permiten ser desarrolladas por personas con discapacidad o asignatarias de una pensión de invalidez. 2) La oferta de tra
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ORD. N°4295 Servicios públicos y trabajo en régimen de subcontratación; Competencia de la Contraloría General de la República; El trabajo en régimen de subcontratación también existe en las instituciones estatales, y se rige por las mismas normas que establece la ley al respecto, es decir, los artículos 183-A y siguiente del Código del Trabajo
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ORD. N°4292 Descanso en día domingo y festivos; Trabajadores exceptuados del descanso semanal; Calificación; Entre algunos de los servicios que presta la Funeraria del Hogar de Cristo podría configurarse la hipótesis prevista en el N°2 del artículo 38 del Código del Trabajo, tal como ocurre con las funciones indispensables para cumplir con la normativa sanitaria, y no respecto de funciones o labores ajenas a dicha normativa, situación que deberá ser objeto de fiscalización. Con todo, el pacto de
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ORD. N°4237 Ley N°21.015; Inclusión de personas con discapacidad o asignatarias de una pensión de invalidez; 1) El monto anual a donar, indicado por el artículo 157 ter del Código del Trabajo, debe calcularse en proporción a los meses en que ha estado vigente la obligación descrita por el artículo 157 bis del Código del Trabajo. 2) El artículo 157 bis del Código del Trabajo debe cumplirse a contar de su entrada en vigencia, no siendo una causal eximente de responsabilidad el haber cumplido con d
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ORD. N°4240 Ley N°21.015; Inclusión de personas con discapacidad o asignatarias de una pensión de invalidez; 1) No es un requisito del artículo 157 bis del Código del Trabajo el que las empresas contraten laboralmente a trabajadores con discapacidad o asignatarios de una pensión de invalidez para un cargo propio del giro o actividad principal de la empresa. También se le dará cumplimiento a la Ley Nº21.015 si es que se contrata a una persona de las señaladas para ejercer labores de apoyo al giro
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ORD. N°4242 Ley N°21.015; Inclusión de personas con discapacidad o asignatarias de una pensión de invalidez; 1) Habiéndose revisado los fundamentos jurídicos del dictamen Nº6245/47, de 12.12.2018, se deniega su solicitud de reconsideración de doctrina. 2) La medida alternativa de cumplimiento, contenida en la letra a) del artículo 157 ter del Código del Trabajo, puede ser válidamente empleada tanto para el giro principal de una empresa principal o usuaria, como para sus actividades complementar
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ORD. Nº4241 Ley N°21.015; Inclusión de personas con discapacidad o asignatarias de una pensión de invalidez; 1) No es un requisito del artículo 157 bis del Código del Trabajo el que las empresas contraten laboralmente a trabajadores con discapacidad o asignatarios de una pensión de invalidez para un cargo propio del giro o actividad principal de la empresa. También se le dará cumplimiento a la Ley Nº21.015 si es que se contrata a una persona de las señaladas para ejercer labores de apoyo al giro
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ORD. Nº4244 Subordinación y dependencia; Socio mayoritario; Administración y representación; La confusión de voluntades con la sociedad que representa y respecto de la que es socio mayoritario, impide la configuracion del vínculo de subordinación y dependencia requerido por ley para sostener la existencia de relación laboral.
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ORD. Nº4245 Ley N°21.015; Inclusión de personas con discapacidad o asignatarias de una pensión de invalidez; 1) La forma de contabilizar el número total de trabajadores de la empresa, para efectos de determinar si es que resulta exigible lo dispuesto por el artículo 157 bis del Código del Trabajo, es la señalada en el cuerpo del presente informe. 2) A partir del 1º de abril de 2018, las empresas de 200 o más trabajadores tuvieron un plazo de 6 meses, a contar desde la fecha antedicha, para regis
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ORD. Nº4251 Ley N°21.015; Inclusión de personas con discapacidad o asignatarias de una pensión de invalidez; 1) La circunstancia de que el trabajador con discapacidad o asignatario de una pensión de invalidez trabaje directa o indirectamente en la ejecución del contrato de prestación de servicios no es un requisito para dar cumplimiento al artículo 157 ter letra a) del Código del Trabajo. 2) Las Empresas de Servicios Transitorios de 100 o más trabajadores deberán estar en condiciones de cumplir
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ORD. N°4197 Subcontratación; Herramientas de trabajo; Costo del empleador; Deber de protección; No resulta ajustado a derecho que sean los trabajadores quienes asuman el costo económico de la acreditación a través de la Tarjeta CORMA, por corresponder, por una parte, a un elemento que facilita la prevención de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales y, por la otra, por haber sido acordado en los contratos comerciales que rigen la relación entre la empresa mandante, Forestal Arauco S.
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ORD. N°4149 Negociación Colectiva; Derecho a Huelga; Suspensión de la relación laboral; Durante la huelga el contrato de trabajo se entiende legalmente suspendido respecto de las partes involucradas en el proceso de negociación colectiva, no operando las contraprestaciones recíprocas inherentes al contrato, esto es, la prestación de los servicios por parte del trabajador, por una parte y, por la otra, el pago de remuneraciones, beneficios y regalías derivados de la relación laboral, por el emple
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ORD. N°4142 Protección Maternidad; Derecho Alimentar hijo menor 2 años; El empleador no puede modificar unilateralmente un acuerdo suscrito con determinadas trabajadoras.
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ORD. N°4080 Ley de inclusión; Competencia Dirección del Trabajo; Consultas genéricas; La Dirección del Trabajo debe abstenerse de emitir un pronunciamiento jurídico, por tratarse de consultas de carácter genérico, sin perjuicio de lo cual se acompaña jurisprudencia vigente sobre la materia consultada.
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ORD. N°4032 Ley N°20.940; Equipos de emergencia; Empresa de servicios transitorios; No resulta procedente que el equipo de emergencia sea atendido por trabajadores que forman parte de una empresa de servicios transitorios.
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ORD. N°3984 Administración empleador; Prevención salud; Derechos fundamentales; Reglamento interno; Competencia Dirección del Trabajo; Calificar despidos; La empresa recurrente deberá modificar su reglamento interno y deberá incluir en él medidas que prevengan y traten el exceso de peso y el nivel inconveniente de glicemia en sus trabajadores.
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ORD. N°3990 Ley de inclusión; Cumplimiento alternativo; Exámenes preocupacionales; Principio de no discriminación; 1.- Las empresas que se encuentren en la hipótesis prevista por el legislador en el artículo 157 bis del Código del ramo, deberán cumplir directamente la obligación de contratación o bien, mediante alguna de las medidas alternativas señaladas en las letras a) y b) del artículo 157 ter, solo si se acredita una razón fundada de las descritas en la ley. No existe ninguna otra circunsta
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ORD. N°3993 Cláusula tácita; Configuración; Nuevo consentimiento tácito; La noción de “familia de productos” ha sido por años aceptada por las partes para el otorgamiento de comisiones por venta de pólizas de seguro, razón por la que no resulta posible restarle validez y acceder a la configuración de la cláusula tácita que se pretende, por cuanto el origen de la misma sería una conducta que no fue alegada oportunamente.
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ORD. N°4003 Principio de continuidad laboral; Las nuevas personas jurídicas han observado el principio de continuidad laboral, sin perjuicio de la labor fiscalizadora en terreno y de las eventuales acciones administrativas o judiciales de los trabajadores o sus organizaciones.
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ORD. N°4005 Término de contrato de trabajo; Aviso; La comunicación por correo electrónico de la terminación del contrato de trabajo, aún con el consentimiento del trabajador o trabajadora, no se encuentra conforme a derecho.
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ORD. N°3877 Derechos Fundamentales; Mecanismos de control audiovisual; Respecto de los mecanismos de control audiovisual es posible vislumbrar dos posibles finalidades en su implementación: a) para la exclusiva vigilancia y fiscalización de la actividad del trabajador, y b) cuando sea objetivamente necesario por requerimientos o exigencias técnicas de los procesos productivos o por razones de seguridad, no ajustándose a derecho la primera finalidad.
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ORD. N°3747 Vínculo de subordinación y dependencia; Respecto del recurrente no se configuraría un vínculo laboral con “Taxis Colectivos Metro Manuel Montt-Villa Olímpica”, lo que impide a esta Dirección pronunciarse sobre las materias objeto de su presentación. Lo anterior es sin perjuicio de las condiciones fácticas que permitan constatar en terreno la eventual existencia de una relación laboral.
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ORD. N°3590 Jornada de Trabajo, Conaf; Trabajadores transitorios; Informa sobre la imposibilidad de analizar jurídicamente prestaciones de servicios eventuales.
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ORD. N°3596 Ley N°21.015; Inclusión de personas con discapacidad; En el marco de la ley N°21.015, que “Incentiva la Inclusión de Personas con Discapacidad al Mundo Laboral”, informa al tenor del inciso final del artículo 157 ter del Código del Trabajo, sobre comunicación electrónica anual.
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ORD. N°3551 Contrato de trabajo; Modificación Unilateral; 1) Con excepción de lo señalado en el artículo 12 del Código del Trabajo, el empleador no se encuentra facultado para modificar unilateralmente las funciones de su personal o las condiciones en que estas deben prestarse, debiendo contar para ello con el acuerdo de los respectivos trabajadores y materializarse en el respectivo anexo de contrato. 2) El empleador no estaría dando cumplimiento a la finalidad establecida por el legislador en e
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ORD. N°3550 Contrato de Trabajo; Prestaciones; Misión Diplomática en extranjero; La legislación aplicable a los trabajadores de una Misión Diplomática y las prestaciones que deben otorgarse corresponden a las señaladas en el presente informe.
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ORD. N°2458 Ley 21.015; Incentiva Inclusión Personas con Discapacidad Mundo laboral; Informa al tenor de lo señalado en el dictamen N°6245/047, de 12.12.2018, de este Servicio, en el marco de la ley N°21.015, de 2017, que “Incentiva la Inclusión de Personas con Discapacidad al Mundo Laboral”.
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ORD. N°2460 Competencia Contraloría General de la República; Dirección del Trabajo; Doctrina; Terminación de contrato de trabajo; La doctrina contenida en el Dictamen Nº6.400, de 2018, de la Contraloría General de la República, no resulta aplicable a los docentes que se desempeñan en establecimientos educacionales administrados por Corporaciones Municipales.
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ORD. N°2416 Contrato de Trabajo; Misión diplomática; Informa sobre legislación aplicable a las relaciones laborales de los trabajadores chilenos o residentes en el país, que prestan servicios en una misión diplomática.
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ORD. N°2423 Ley N°20.822; Bonificación por Retiro Voluntario; Informa al tenor de lo solicitado, acompañando la opinión jurídica de la Dirección del Trabajo.
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ORD. N°2410 Trabajadores agrícolas; Normativa legal y reglamentaria aplicable; Emite informe sobre normativa laboral y reglamentaria aplicable a los trabajadores agrícolas.
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ORD. N°2235 Trabajadores Portuarios; Sistema Control del Cumplimiento de la Normativa Laboral Portuaria; Jornada de Trabajo; Amarradores; Los dependientes por los que se consulta, que se desempeñan como amarradores en: a) Terminal multioperado Empresa Portuaria Antofagasta, Sitios 1, 2 y 3, b) Terminal Puerto Mejillones Sitio Nº 1, c) Terminal Marítimo Interacid Sitios 1 y 2, d) Terminal Puerto TGN, e) Terminal Marítimo GNL Mejillones, f) Muelle Minera Centinela, en la medida que las característ
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ORD. N°2193 Seguro de Vida; Conserjes y Porteros; Tratándose de nocheros y porteros de un condominio residencial, contratados directamente por la administración y no por una empresa de seguridad, no existe la obligación del empleador de contratar seguro de vida respecto de tales trabajadores.
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ORD. N°2196 Ley de Inclusión; Dirección del Trabajo; Competencia; Consultas genéricas; Atiende presentación relativa a consultas en materia de Ley de Inclusión Laboral, concluyendo que la Dirección del Trabajo debe abstenerse de emitir un pronunciamiento jurídico, por tratarse de consultas de carácter genérico, sin perjuicio de lo cual se acompaña jurisprudencia vigente sobre la materia consultada.
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ORD. N°2152 Remuneraciones; Principio de certeza; Clausula tácita; Modificación de contrato; Considerando la existencia de variada jurisprudencia administrativa en torno al asunto planteado, se sugiere, en caso de estimarlo pertinente, efectuar la denuncia correspondiente ante la Inspección del Trabajo competente, a objeto de que se disponga la fiscalización de rigor y se adopten las medidas correctivas que resulten procedentes.
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ORD N°2007 Trabajador portuario; Calificación. 1) Los trabajadores que desempeñan las labores de “Administrativo de Facturación”, “Asistente de Atención al Cliente”, “Asistente de Gestión Operaciones Marítimas”, “Asistente de Gestión Operaciones Terrestres”, “Bodeguero”, “Documental Gate”, “Encargado de Pañol”, “Liquidador de Naves”, “Supervisor Atención al Cliente”, “Supervisor de Circuito Cerrado de Televisión”, “Supervisor de Seguridad”, “Supervisor Gate”, “Técnico Mantención Infraestructura
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ORD. N°1984 Ley de Inclusión; Cumplimiento alternativo; Comunicación electrónica; La elección del cumplimiento alternativo de la obligación contenida en el inciso 1° del artículo 157 bis, a través de algunas de las alternativas descritas en el inciso 1° del artículo 157 ter, se materializará a través de una comunicación electrónica que la empresa deberá remitir a la Dirección del Trabajo, la que debe contener la razón invocada, con la especificidad señalada, y la medida adoptada, con copia a la
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ORD. N°1942 Horas de trabajo sindical; Pago asignación de colación; Procedencia; Dirección del Trabajo; Competencia; Tribunales de Justicia; Feriado; Pago asignación de colación; Procedencia; Cláusula tácita; Modificación unilateral; Procedencia; Modificaciones artículo 12; Comités paritarios; Representantes trabajadores; Atiende consultas sobre pago de asignación de colación a dirigentes sindicales por el tiempo utilizado en horas de trabajo sindical y acerca de la procedencia de pagar dicho be
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ORD. N°1936 Estatuto Docente; Extensión horaria; Dirigente sindical; 1. La extensión horaria de un dirigente sindical terminará de pleno derecho si la misma ha sido convenida por un período determinado. 2. El empleador no podrá poner término a los contratos de trabajo de los dependientes con fuero laboral, a menos que el juez lo autorice, en los casos establecidos en los números 4 y 5 del artículo 159 y en el artículo 160, ambos del Código del Trabajo. 3. Si los dirigentes no hubieren laborado l
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ORD. N°1876 Competencia; Dirección del Trabajo; Tribunales de Justicia; Contrato de Trabajo, Modificación unilateral; Irrenunciabilidad; Beneficios convenidos en instrumento colectivo. Exigibilidad. Regla de interpretación de contratos.
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ORD. N°1878 Competencia; Dirección del Trabajo; Tribunales de Justicia; Remuneraciones; Trabajador fallecido; Declaración de salud irrecuperable. Beneficio establecido en la Ley 18.883. Competencia de la Dirección del Trabajo frente a la relación laboral terminada.
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ORD. N°1890 Vínculo de subordinación y dependencia; Socio mayoritario; Atiende presentación referida a la calidad de trabajador dependiente de socio que indica.
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ORD. N°1885 Competencia Dirección del Trabajo; Finiquito; Tributación Indemnizaciones; La Dirección del Trabajo carece de competencia para emitir pronunciamiento sobre una materia sobre la que ha incidido un finiquito de contrato de trabajo, sin reserva de derechos.
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ORD. N°1397 Ley de Inclusión; Medidas alternativas; .: En el marco de la ley N°21.015, que “Incentiva la Inclusión de Personas con Discapacidad al Mundo Laboral”, absuelve diversas consultas relacionadas con la aplicación del artículo 157 ter del Código del Trabajo.
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ORD. N°1401 Ley de Inclusión; Empresas de Servicios Transitorios; Informa al tenor de lo señalado en el dictamen N°6245/047, de 12.12.2018, de este Servicio, que concluyó que un mismo trabajador con discapacidad o asignatario de pensión de invalidez podrá ser considerado para efectos del cumplimiento de la Ley N°21.015, tanto por su empleador directo como por las empresas que contrataron servicios con dicho empleador durante el año.
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ORD. N°1387 Principio de certeza remuneracional; Procedimiento de determinación de las metas de producción de los trabajadores reponedores; Deber del empleador de proveer a los trabajadores de productos suficientes para el cumplimiento de metas; Modificación unilateral del contrato de trabajo; Atiende consultas acerca del procedimiento de fijación de metas mensuales de productividad que indica.
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ORD. N°1329 Procedimiento administrativo por denuncia de separación ilegal de trabajador con fuero sindical; Incidencia de sentencia judicial de desafuero; Confirma dictamen 6256/151 de 28.12.2017; Informa sobre solicitud de anulación de dictamen Ord. 6256/151 de 28.12.2017.
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ORD. N°1311 Contrato individual; Vínculo de subordinación y dependencia; Socio mayoritario y representante del empleador. Atiende presentación de Importadora Italtoys SpA, referida a la calidad de trabajador dependiente de socio que indica.
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ORD. N°1268 Estatuto de Salud; Calificaciones; Atiende presentaciones sobre proceso de calificación del personal de atención primaria de salud que indica.
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ORD. N°1148 Calificación; Jornada de Trabajo; Personal excluido de la limitación de jornada; Los dependientes que se desempeñan como vendedores de preventa, autoventa y despachadores para la empresa Everscrip Snack Productos de Chile S.A., laboran sujetos a fiscalización superior inmediata, razón por la cual, no se encuentran excluidos de la limitación de la jornada de trabajo prevista en el inciso 1° del artículo 22 del Código del Trabajo.