Dirección del Trabajo · Seguridad y Salud en el Trabajo
Obligaciones de Prevención
Los pronunciamientos de la Dirección del Trabajo sobre Obligaciones de Prevención, del más reciente al más antiguo. Página 2.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, que incluye Obligaciones de Prevención, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Seguridad y Salud en el TrabajoPronunciamientos
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ORD. N°619 Emergencia sanitaria Covid 19; Vacunación contra Covid-19; Los empleadores no se encuentran facultados para exigir a los trabajadores bajo su dependencia someterse al proceso de vacunación en contra del virus Covid-19. Lo anterior, al tenor de lo dispuesto en Dictamen N°482/09 de 23.03.2022 emitido por esta Dirección del Trabajo.
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ORD. N°2900 Competencia Dirección del Trabajo; Higiene y Seguridad en las faenas; La Dirección del Trabajo, sólo se encuentra facultada para fiscalizar la adecuada aplicación de lo dispuesto en el Decreto Supremo N°158, de 2014, del Ministerio de Salud, de acuerdo a lo señalado en el cuerpo del presente informe.
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ORD. N°1891 Protocolo Seguridad Sanitaria laboral; Retorno gradual y seguo al trabajo; Ley N°21.342; Alerta Sanitaria Covid-19; Remite jurisprudencia vigente de esta Dirección recaída en las normas contenidasen la Ley N°21.342.
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ORD. N°1547 Emergencia Sanitaria Covid-19; Salud y Seguridad en el trabajo; El empleador, en virtud de su poder de dirección, está facultado para imponer determinadas sanciones en conformidad a lo prescrito en el artículo 154 N°10 del Código del Trabajo, considerando lo expuesto en el presente informe.
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ORD. N°1393 Prevención de Riesgos Laborales; Método trabajo correcto; Medios de trabajo; Teletrabajo o Trabajo a Distancia; Obligaciones del empleador; 1. El empleador tiene la obligación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 21 del D.S. 40 de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, de informar oportuna y convenientemente a todos sus trabajadores acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los métodos de trabajo correctos, entendiéndose por es
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ORD. N°1184 Deber Protección, Seguridad y Salud de Trabajadores; Riesgo grave e inminente; Suspensión Labores; Evacuación; 1. Al tenor de la doctrina de este Servicio, contenida en Dictamen N°4604/112 de 03.10.2017, el riesgo grave e inminente, al que hace referencia el artículo 184 bis del Código del Trabajo, puede derivar de las características propias o inherentes de la actividad desarrollada por los trabajadores afectados, como también a causa de la ocurrencia de un hecho constitutivo de ca
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ORD. N°889 Emergencia sanitaria por COVID-19. Salud y seguridad en el trabajo. En el evento que el empleador de su padre no cumpliera con la obligación de adoptar las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud del mismo, la asistencia a su lugar de trabajo podría considerarse dentro de las situaciones de riesgo grave e inminente para su vida y salud, que autorizarían el derecho del trabajador a requerir del empleador las medidas de protección necesarias, las que de no ser ado
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ORD. N°351 Salud y Seguridad en el trabajo; Trabajadora Embarazada; Riesgo grave o inminente; 1.- En el caso de una trabajadora embarazada que sigue prestando servicios en su lugar de trabajo, el empleador puede adoptar alguna de las medidas alternativas de cumplimiento de las obligaciones laborales indicadas en el dictamen N°1239/5 de 19.03.2020. 2.- En la medida que su empleador no cumpla con la obligación de adoptar las medidas necesarias para proteger eficazmente su vida y salud, considerand
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ORD. N°269 Derecho a saber; Entrega mediante medios electrónicos; No existe impedimento para que el empleador entregue a través de medios electrónicos, la información referente a los riesgos laborales, las medidas preventivas y los métodos correctos de trabajo, en la medida que se dé cumplimiento a los requisitos establecidos en la reiterada y uniforme jurisprudencia administrativa de este Servicio.
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ORD. N°276 Emergencia Sanitaria Covid-19; Servicios esenciales; La Dirección del Trabajo carece de competencia para determinar si los trabajadores auxiliares de aseo se encuentran dentro de la categoría de servicios esenciales, en el actual contexto de emergencia sanitaria por Covid-19. A su vez, corresponde al empleador, adoptar todas las medidas sanitarias de prevención que resulten procedentes de acuerdo a lo indicado por la autoridad sanitaria.
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ORD. N°281 Salud y seguridad; Levantamiento de carga; Peso máximo; Las labores de movilización de carga manual, cuyo peso supere los 25 kilogramos, deberán ajustarse a las consideraciones legales señaladas en el cuerpo del presente oficio, al respecto.
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ORD. N°5 Derecho Fundamental; Sistema control Fatiga, somnolencia y distracción labores conductores vehículos; El "sistema de control de la fatiga, somnolencia y distracción en labores de conductores de vehículos (FDS)" que pretende implementar la empresa ENAP Magallanes en sus operaciones, no se ajusta a derecho, consiste en un control desporporcionado, que afectaría indebidamente el contenido esencial del derecho a la privacidad de sus trabajadores, tanto en su espacio de intimidad como en su
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ORD. N°2249 Salud y seguridad en el Trabajo; Deber de protección; Riesgo grave o inminente; Trabajadora embarazada; 1.- En el caso de trabajadoras embarazadas que siguen prestando servicios en su lugar de trabajo, el empleador puede adoptar alguna de las medidas alternativas de cumplimiento de las obligaciones laborales indicadas en Dictamen N°1239/05, de fecha 19.03.2020. 2.- En la medida que su empleador no cumpla con la obligación de adoptar las medidas necesarias para proteger eficazmente su
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ORD. Nº1914 Cámaras de seguridad; Grúas; Requisitos; La utilización de mecanismos de control audiovisual en las grúas porta contenedores resulta lícita y se justifican por cuanto obedecen a requerimientos o exigencias técnicas de los procesos productivos o por razones de seguridad de los operadores o del resto de los trabajadores involucrados en la maniobra de carga y descarga de los contenedores.
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ORD. N°1536 Trabajador embarcado; Alimentación; 1) La Dirección del Trabajo ha dado cabal cumplimiento a su labor de velar por el cumplimiento de la normativa laboral en lo que refiere a la obligación que recae sobre el empleador de proporcionar alimentación al personal embarcado y tomar las medidas necesarias para proteger adecuadamente la salud de los tripulantes. 2) Niega lugar a la reconsideración de la doctrina contenida en dictámenes Nºs 5413/99, de 21.12.2010, Nº4022/57, de 09.10.09 y 16
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ORD. N°323 Higiene y seguridad; Medidas de control; Para determinar la procedencia de las medidas que se pretende implementar deberá estarse a su aplicación práctica, pues en abstracto pueden resultar inocuas, sin embargo sólo en la situación concreta resultará factible determinar si esa particular manera de controlar el uso de dispositivos electrónicos afecta o no los derechos de los trabajadores.
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ORD. Nº4932 Elementos de Protección Personal; Sistema Electrónico; El sistema electrónico dispuesto para la entrega de los elementos de protección personal a los trabajadores, o mediante dispensador, debe ceñirse a las características descritas en Ordinario Nº5496 de 19.12.2012, materia que puede ser objeto de fiscalización por parte de este Servicio.
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ORD. Nº4465 Transporte Valores; Procedimiento Seguridad; Institución Bancaria; Se confirma la doctrina contenida en dictamen Nº6202/102 de 30.12.2016 que se pronuncia sobre el traslado de documentación bancaria, por estar ajustado a Derecho.
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ORD. N°4380 Ley de la Silla; Derecho a la Silla; Si bien las labores de fiscalización del pago del transporte público que desempeñan los y las dependientes de Servicing SPA, están fuera de las hipótesis que regula el artículo 193 del Código del Trabajo, el empleador está obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, de acuerdo al artículo 184 del citado cuerpo legal.
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ORD. N°4197 Subcontratación; Herramientas de trabajo; Costo del empleador; Deber de protección; No resulta ajustado a derecho que sean los trabajadores quienes asuman el costo económico de la acreditación a través de la Tarjeta CORMA, por corresponder, por una parte, a un elemento que facilita la prevención de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales y, por la otra, por haber sido acordado en los contratos comerciales que rigen la relación entre la empresa mandante, Forestal Arauco S.
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ORD. N°4041 Deber de protección; Riesgo grave e inminente; Interrupción de labores; Partidos de fútbol de alto riesgo; 1) No resulta procedente que el empleador Subus Chile S.A. realice descuentos de las remuneraciones del trabajador que se desempeña como conductor de buses del sistema Transantiago cuando éste, dentro de su jornada, se niega a operar el respectivo vehículo durante las horas en que se observa de manera manifiesta e inminente el riesgo de ser víctima de actos de violencia delictua
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ORD. N°3984 Administración empleador; Prevención salud; Derechos fundamentales; Reglamento interno; Competencia Dirección del Trabajo; Calificar despidos; La empresa recurrente deberá modificar su reglamento interno y deberá incluir en él medidas que prevengan y traten el exceso de peso y el nivel inconveniente de glicemia en sus trabajadores.
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ORD. N°3985 Higiene y Seguridad; Habilitación de comedores; Requisitos; Los comedores dispuestos para el consumo de alimentos por los trabajadores, deben reunir los requisitos establecidos en los artículos 28 y 29 del D.S N°594, de 1999, del Ministerio de Salud, correspondiendo al organismo administrador del seguro de la Ley N°16.744 al que se encuentren afectos, impartir las medidas de higiene y seguridad para dar cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria sobre la materia, sin perjuicio
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ORD. N°4004 Administración empleador; prevención salud; La empresa recurrente, en ejercicio de sus facultades de administración, deberá dar cumplimiento al artículo 184 del Código del Trabajo y proteger la vida y salud de sus dependientes.
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ORD. N°3877 Derechos Fundamentales; Mecanismos de control audiovisual; Respecto de los mecanismos de control audiovisual es posible vislumbrar dos posibles finalidades en su implementación: a) para la exclusiva vigilancia y fiscalización de la actividad del trabajador, y b) cuando sea objetivamente necesario por requerimientos o exigencias técnicas de los procesos productivos o por razones de seguridad, no ajustándose a derecho la primera finalidad.
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ORD. N°3748 Comité Paritario de Higiene y Seguridad; Implementos de seguridad; La Cooperativa recurrente deberá poner en conocimiento y acompañar los antecedentes sobre la idoneidad y suficiencia de los implementos de trabajo que proporciona Conaf a sus trabajadores, a el o los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad de la citada Corporación, las que examinarán en el contexto de sus funciones y atribuciones, el reciclaje de que son objeto los citados implementos, comunicando sus conclusiones a
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ORD. N°3513 Higiene y Seguridad; Obligación de habilitar comedor; Para determinar si el empleador se encuentra obligado a cumplir con la obligación de disponer de comedores en las dependencias de la empresa, se requiere la práctica de una fiscalización, tendiente a verificar si la empresa reúne los requisitos contemplados en el Decreto N°594 de 1999 del Ministerio de Salud.
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ORD. N°2157 Teletrabajo; Jornadas mixtas; Higiene seguridad; Atiende presentación sobre jornadas mixtas e higiene y seguridad.
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ORD. N°1869 Medidas de control; Derechos fundamentales; Límites; Reglamento Interno; Atiende presentación relativa al procedimiento implementado por el empleador en materia de cámaras al interior de buses y controles de ruta.
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ORD. N°1398 Normas de seguridad para los trabajadores; medidas de higiene y seguridad; Atiende presentación sobre implementación de dispositivo limitador de velocidad para vehículos que indica.
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ORD. N°1060 Ley del saco; Modificación de la carga; Levantamiento superior a 25 kilos; Factores de riesgo; Manipulación manual de la carga; Los procesos de trabajo manual de estiba y desestiba de sacos de peso superior a los 25 kilogramos, que se realizan en este tipo de faenas, para poder cumplir con lo prescrito por la ley N°20.949 “Que Modifica el Código del Trabajo Para Reducir el Peso de las Cargas de Manipulación Manual”, y con lo dispuesto en el Decreto Supremo N°63 de 27.07.2005, del Mi
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ORD. N°6514 Trabajadores agrícolas de temporada; Trabajadores del sector forestal; movilización; Atiende solicitud de Sra. Daniela Andrea Villaseca Gutiérrez, sobre transporte de trabajadores agrícolas.
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ORD. N°6437 Acoso sexual; Investigación; Reglamento Interno; Subcontratación; Procedimiento ante denuncia de acoso sexual. Investigación interna del empleador. Intervención de empresa externa especializada.
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ORD. N°6116 Dirección del Trabajo; Competencia; Servicio Público; Atiende presentación tendiente a determinar la procedencia de que las empresas contratistas o subcontratistas de la empresa Compañía Minera Inés de Collahuasi que cuenten con menos de 100 trabajadores, contraten los servicios de una empresa externa para realizar las labores que corresponden a un experto en prevención.
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ORD. N°4437 Contrato de trabajo; Legalidad de cláusulas; Naturaleza de las funciones; Elementos de higiene y seguridad; 1.- La cláusula 3ª numeral 3 del contrato de trabajo no se ajusta a derecho, pues no señala las funciones específicas a desarrollar, adicionales a las de repartidor de pizza a domicilio, por lo que no es posible, clasificarlas como alternativas o complementarias. 2.- Respecto de la prohibición del uso de la barba a trabajadores de la empresa, este Departamento no se pronunciará
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ORD. N°3946 Reglamento interno de orden, higiene y seguridad; Entrega por medios electrónicos; Derecho a saber; Documentación de apoyo, entrega por medios electrónicos; Charlas presenciales; Elementos de protección; Acreditación de entrega; Atiende presentación sobre uso de medios electrónicos para fines que señala.
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ORD. N°3738 Dirección del Trabajo; Competencia; Validación de plataforma de seguridad; Informa lo que indica al tenor de lo solicitado.
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ORD. N°3004 Remuneraciones; Actividades de capacitación; Programa Sence; Pago de cargo del empleador; El empleador es responsable y se encuentra obligado al desarrollo de actividades de capacitación ocupacional a que se refieren los artículos 179 y 184 AD del Código del Trabajo, debiendo soportar tales gastos, por lo que no resulta jurídicamente procedente el descuento de monto alguno sobre las remuneraciones de los trabajadores participantes en dichos programas, ya sea por no haber cumplido el
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ORD. N°2416 Empleador; Deber de protección; Prevención de accidentes; Accidente del trabajo; Calificación; Incompetencia de la Dirección del Trabajo; Da respuesta a consulta de Sindicato de empresa Servipag Ltda., en relación a si los hechos delictuales ocurridos en las diversas sucursales deben ser calificados como accidentes del trabajo.
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ORD. N°2229 Accidentes laborales; Seguro; Pago por empresa extranjera; Atiende consulta acerca de si a una empresa extranjera que funciona en nuestro país, le asiste la obligación de cotizar para el Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, establecido en la ley Nº16.744.
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ORD. N°1163 Reglamento interno de orden, higiene y seguridad; Facultad disciplinaria; Medidas de control; Limites; Dignidad del trabajador; Deber de protección; Potestad sancionatoria; Responde consultas en materia de control de drogas y alcohol al interior de la empresa.
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ORD. N°1013 Trabajo portuario; Levantamiento de carga; Peso máximo; Salud y seguridad en el trabajo; Ley del saco; Los procesos de trabajo de estiba y desestiba de sacos de peso superior a los 25 kilogramos, que se realizan en este tipo de faenas, para poder cumplir con lo prescrito por la ley N°20.949 “Que Modifica el Código del Trabajo Para Reducir el Peso de las Cargas de Manipulación Manual”, y con lo dispuesto en el Decreto Supremo N°63 de 27.07.2005, del Ministerio del Trabajo y Previsión
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ORD. N°11 Deber de Protección; Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales; Comprobantes electrónicos; La máquina expendedora de elementos de protección personal y los comprobantes electrónicos de entrega del equipamiento, por los que consulta la empresa Treck Chile S.A., permitiría acreditar el cumplimiento de la obligación contenida en el artículo 68, inciso 3º de la Ley Nº16.744, que establece Normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, en la medida que su implem
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ORD. N°6208 Seguridad y salud; Casino de Juegos; Atiende presentación acerca del sentido y alcance de los artículos 184 y 184 bis del Código del Trabajo fijados por esta Dirección.
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ORD. N°5639 Contrato de Trabajo; Lugar de prestación de servicios; Medidas de Higiene y seguridad; Accidentes durante el período de colación; Accidente con ocasión del trabajo; Atiende presentación del Presidente del Sindicato de Trabajadores Constructora Belfi S.A., en relación al pago del bono de colación pactado por instrumento colectivo, a los trabajadores, en la situación que indica.
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ORD. N°4316 Reglamento interno de orden, higiene y seguridad; Obligaciones y prohibiciones al interior de la empresa; Código de conducta; Legalidad; 1) El Código de Conducta del Grupo Latam Airlines, como asimismo, las Reglas para la Utilización del Correo Electrónico Corporativo del Grupo Latam Airlines no constituyen disposiciones obligatorias para los trabajadores en sus labores, permanencia y vida en las dependencias de la empresa, susceptibles de ser sancionadas por el empleador en caso de
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ORD. N°4227 Salud y seguridad; Levantamiento de carga; Peso máximo; Trabajo de estiba y desestiba; Ley N°20.949 “ley del saco”; Los procesos de trabajo de estiba y desestiba de sacos de peso superior a los 25 kilogramos, que se realizan en este tipo de faenas, de sacos de peso superior a los 25 kilogramos, que se realizan en este tipo de faenas, para poder cumplir con lo prescrito por la ley N°20.949 “Que modifica el Código del Trabajo Para Reducir el Peso de las Cargas de Manipulación Manual”,
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ORD. N°4228 Salud y seguridad; Levantamiento de carga; Peso máximo; Faenas de carga manual; Ley N°20.949 “ley del saco”; Los procesos de trabajo de estiba y desestiba de sacos de peso superior a los 25 kilogramos, que se realizan en este tipo de faenas, de sacos de peso superior a los 25 kilogramos, que se realizan en la empresa ASECOMEX S.p.A., para poder cumplir con lo prescrito por la ley N°20.949 “Que modifica el Código del Trabajo Para Reducir el Peso de las Cargas de Manipulación Manual”,
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ORD. N°3158 Departamento de Prevención de Riesgos; Constitución; Empresas mineras, industriales y comerciales; Establecimiento de beneficencia; Calificación; Atiende presentación referida a la obligación de mantener un Departamento Prevención de Riesgos de una fundación de beneficencia.
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ORD. N°2490 Accidentes del trabajo; Materia de higiene y seguridad; Fiscalización; Competencia común; Autoridad sanitaria; Principio de abstención; Principio de coordinación; Convenio de colaboración; Informa al tenor de lo solicitado.