Artículo 266 del Código de Aguas
Qué dice el artículo
ARTICULO 266°- Las juntas de vigilancia tienen por objeto administrar y distribuir las aguas a que tienen derecho sus miembros en las fuentes naturales, explotar y conservar las obras de aprovechamiento común y realizar los demás fines que les encomiende la ley. Podrán construir, también, nuevas obras relacionadas con su objeto o mejorar las existentes, con autorización de la Dirección General de Aguas.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 29 de octubre de 1981 · promulgación: 13 de agosto de 1981 · Última modificación: 9 de octubre de 2026.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
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Extracción no autorizada desde un canal artificial: compete a la asociación de canalistas
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la Asociación de Canalistas Cato y Ñuble: la policía interna del canal corresponde a su Directorio, no a la Dirección General de Aguas.
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Amparo de aguas contra la Junta de Vigilancia del Río Elqui por traslado de 74 acciones
Rechaza las casaciones de Sociedad Agrícola Montefraile: la falta de fundamentos no es causal en juicios de ley especial y el fondo ataca hechos sin denunciar normas reguladoras de la prueba.
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Medidas correctivas impuestas a la Junta de Vigilancia del Río Copiapó
Rechaza la casación de la reclamante: va contra los hechos fijados, reprocha resoluciones posteriores que no pidió invalidar y no denuncia las normas sustantivas de supervigilancia aplicadas.
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Amparo de aguas contra la Junta de Vigilancia del Río Putaendo por cierre de compuerta
Rechaza las casaciones de la Junta de Vigilancia: el recurso ataca hechos fijados y la junta no puede afectar a titulares de derechos de la misma cuenca que no son sus miembros.
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Regularización de aguas de la Quebrada El Enemigo por uso anterior al Código de Aguas
Rechaza la casación de la parte solicitante: está asentado que no hay certeza sobre la fecha de las obras de captación ni uso ininterrumpido, y esos hechos no pueden alterarse en casación.
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Regularización de aguas de la Quebrada El Calabozo sin uso ininterrumpido acreditado
Rechaza la casación de la parte solicitante porque la falta de uso ininterrumpido y la incertidumbre sobre la fecha de las obras son hechos fijados, y sus reproches solo discrepan de la valoración de la prueba.
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Constitución de una junta de vigilancia para la tercera sección del río Maipo
Rechaza la casación de los solicitantes: no probaron que esa sección distribuya sus aguas en forma independiente de las vecinas, como exige el inciso 2° del artículo 264 del Código de Aguas.
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Amparo de aguas contra muro de concreto de la Junta de Vigilancia del Estero Zamorano
Rechaza la casación de la Junta de Vigilancia: la comunidad de aguas puede pedir el amparo y la junta no puede alterar por sí misma la situación de hecho sin autorización judicial.
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Caudal por acción del Canal Petterson en el perfeccionamiento de títulos de aguas
Rechaza la casación de Inmobiliaria Socovesa Santiago S.A.: busca revalorar la prueba, y el informe de la Dirección General de Aguas pedido de oficio podía valorarse aunque llegó vencido el probatorio.
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Hidroeléctrica que no usa sus aguas no puede integrar la Junta de Vigilancia del Mapocho
Rechaza la casación de Hidroeléctrica Arrayán Limitada: la mera titularidad de derechos de aprovechamiento no basta para integrar una junta de vigilancia; se exige el uso efectivo de las aguas, que no probó.
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