Contraloría General de la República · Obras Públicas y Concesiones
Liquidación, Recepción y Retenciones
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Liquidación, Recepción y Retenciones, del más reciente al más antiguo. Página 7.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Obras Públicas y Concesiones, que incluye Liquidación, Recepción y Retenciones, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Obras Públicas y ConcesionesPronunciamientos
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato del puente Viluco-El Vínculo, pues la respuesta de Vialidad no subsana todas las observaciones: falta la aprobación del proyecto de actualización sísmica, informes mensuales, respaldos de expropiaciones, personal mínimo y de la rebaja del hormigón.
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La Contraloría concluye que la liquidación del contrato es procedente pese a la demora de más de 12 años, pues en casos de término anticipado por incumplimiento del contratista debe establecerse el balance final. Rechaza la reclamación, aunque ordena a la DOH cumplir los plazos legales en lo sucesivo.
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La Contraloría tenía por cumplido el dictamen anterior sobre el costo eléctrico, pero advierte que la resolución de liquidación del contrato fue representada en 2019 y nunca reingresó. Concluye que Carabineros debe remitir el acto administrativo de liquidación con sus antecedentes para el control de juridicidad.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación del contrato de obras en Estero Nonguén, con el alcance de que las comisiones de recepción deben consignar las cantidades efectivamente ejecutadas.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de conservación de rutas en Tierra Amarilla, por faltar antecedentes esenciales y por inconsistencias en la deflactación de insumos y en los anexos de los estados de pago.
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La Contraloría tomó razón del instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de mejoramiento de la ruta D-805, tras haber sido representado, teniendo presente lo informado por el visitador de la Dirección de Vialidad.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de reposición de pavimento ruta 202, tramo Pichoy-Valdivia, teniendo presente la respuesta del Inspector Fiscal a las observaciones formuladas.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de conservación vial en Copiapó, por faltar antecedentes esenciales, inconsistencias en estados de pago y montos pro forma no aclarados, y por aprobarse el acta dos años después.
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La Contraloría toma razón del instrumento que deja sin efecto la resolución representada en 2021 y aprueba la liquidación final del contrato de conservación del camino perimetral poniente del Aeropuerto AMB.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación de la consultoría de estabilización de taludes en la ruta 115-CH, ordenando en lo sucesivo conservar la documentación sobre la participación del personal para acreditar el cumplimiento de la normativa.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de mejoramiento de la ruta 201-CH, pues la minuta y antecedentes adjuntos no subsanan todas las observaciones del oficio N° E321381, de 2023.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de asesoría a la inspección fiscal del Nuevo Puente Cautín, por múltiples observaciones sobre pagos, anexos y documentación.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de trato directo "Parque Inundable Víctor Jara", por observaciones sobre antecedentes faltantes, seguros, certificados de hormigón, estados de pago y otras irregularidades.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de conservación vial en Chaitén, por faltar antecedentes esenciales, y pide informar el estado de las liquidaciones de contratos relacionados y explicar la demora en liquidar.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato "Reposición puente La Posada", pues la respuesta del servicio no subsana todas las observaciones sobre clasificación de suelo y diseño de travesaños.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de conservación del Aeródromo Teniente Vidal por faltar antecedentes esenciales, y pide aclarar un cálculo de la partida de mezcla asfáltica.
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La Contraloría toma razón del instrumento que deja sin efecto una resolución y aprueba la liquidación final de una consultoría vial, aunque advierte que el estudio no incorpora los nuevos criterios sísmicos para puentes y ordena a la dirección exigir al consultor explicaciones formales sobre la clasificación de suelos en futuras consultorías con puentes.
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La Contraloría concluye que la DAP puede liquidar de inmediato el contrato terminado anticipadamente, sin esperar el término del nuevo contrato, usando las garantías solo para el mayor valor de las partidas originales, no de obras adicionales.
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La Contraloría toma razón del instrumento que deja sin efecto la resolución representada y aprueba la liquidación final del contrato de obras viales en Aysén, teniendo presentes las minutas del Inspector Fiscal y de la Dirección de Vialidad.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de conservación de la pista 17L/35R y rodajes del Aeropuerto Arturo Merino Benítez, teniendo presente la respuesta del servicio a las observaciones formuladas.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación del contrato de conservación de emergencia del Muelle Bahía El Padre, dejando constancia de que en futuros proyectos las especificaciones técnicas deberán detallar los análisis y pruebas de materiales.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de obras viales Puelo-Paso El Bolsón, teniendo presente la minuta de liquidación y sus antecedentes respecto de las observaciones formuladas.
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La Contraloría da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato "CO-CSC-05 Construcción Sistema Cuellar, Etapa 5", comuna de Linares, teniendo presente lo manifestado en la minuta de 24 de marzo de 2023 y sus antecedentes adjuntos.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación del contrato de construcción y mantención del Pabellón País de Chile en la Expo Dubái 2020, dejando sin efecto la resolución antes representada, tras considerar los nuevos antecedentes remitidos.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación final de la consultoría sobre obras fluviales y de control aluvional en la cuenca del río El Tránsito, Alto del Carmen, teniendo presente la minuta y antecedentes adjuntos.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato "Construcción puente Viluco - El Vínculo y accesos" por faltar antecedentes esenciales (cumplimiento de partidas, expropiaciones, modificaciones, seguros, informes, planos as built, auditorías, estados de pago y certificado laboral), y pide explicaciones sobre la deflactación de obras extraordinarias y advierte un error en la fecha de inicio del contrato.
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La Contraloría rechaza la revisión del dictamen que validó la multa por 12 días de atraso, pues el plazo para subsanar observaciones no exime del atraso en la etapa. Concluye manteniendo la sanción, sin acoger la solicitud.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de mejoramiento de la ruta 7, por omitir antecedentes esenciales y presentar inconsistencias en la deflactación, multas y plazo total.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación del contrato de perforación de pozos, tras haber sido representado, teniendo presente lo expuesto por la Dirección de Obras Hidráulicas sobre las observaciones formuladas.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de conservación por emergencia de la ruta C-335, teniendo presente lo señalado en la minuta de marzo de 2023 respecto de las observaciones formuladas en 2021.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de mejoramiento de la ruta Y-580, pues la documentación remitida no subsana todas las observaciones del oficio N° E197041, al faltar respaldos de cantidades de obra.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato por trato directo de la obra de emergencia en Curimón y Llay Llay, pues la minuta y antecedentes adjuntos no superan todas las observaciones del oficio N° E299849.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación final del contrato "Construcción terminal portuario Chaitén", teniendo presente lo expuesto en la minuta del Director de Obras Portuarias sobre las observaciones previas.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación de la obra, con alcances: instruye al servicio resolver los pendientes con eficiencia y reingresar oportunamente las liquidaciones a control previo, evitando demoras como la de casi cuatro años.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de mejoramiento de la ruta 201-CH, por faltar antecedentes laborales, de multas, garantías, informes técnicos y respaldos de estados de pago, y por requerir aclaraciones sobre pagos posteriores a la recepción provisoria, reajustes y multas.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato del puente Bicentenario, pues la documentación remitida no permite superar todas las observaciones del oficio N° E197866, de 2022.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de asesoría a la inspección fiscal de la Ruta G-150, por faltar antecedentes e informes exigidos y por inconsistencias en los estados de pago.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de reposición de la Ruta 5, por observaciones a estados de pago, garantías y documentación faltante.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de mejoramiento de canales en Lota, pues los antecedentes adjuntos no permiten superar todas las observaciones formuladas en la representación anterior.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de conservación vial por faltar antecedentes, errores aritméticos en modificaciones y discrepancias en el precio unitario usado para la multa, y pide una minuta sobre las medidas adoptadas.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato "Reposición Puente Quinchilca", por omitir el adendum al convenio N° 2, presentar inconsistencias en plazos y documentos incompletos o faltantes.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de consultoría, por observaciones sobre el avance real, documentación faltante, estados de pago, actualización sísmica y clasificación de suelos.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de pozos, por observaciones sobre modificaciones al convenio, seguros, estados de pago, antecedentes faltantes y obras extraordinarias mal calificadas. Además, instruye devolver las retenciones tras la recepción única de las obras.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación de la consultoría de estabilización de taludes ruta 115-CH, porque la documentación aportada no subsana las observaciones sobre entrega definitiva, boletas de canje, obligaciones del numeral 22 y informes mensuales faltantes.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato "Ampliación Caleta Pescadores de Melinka", por discordancias en montos, falta de fundamento normativo de la comisión de recepción y antecedentes omitidos.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que deja sin efecto una resolución y aprueba la liquidación del contrato "Construcción Paseo Costero Bahía Cumberland, Juan Fernández, Sector Sur", por no acreditarse pagos en exceso, saldos pendientes, garantías ni documentación técnica exigida.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación de la consultoría, por no acreditarse la fecha de entrega conforme, la notificación oportuna de la calificación, certificados laborales y documentación de respaldo, y por incumplir el plazo de liquidación.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de perforación de pozos, porque falta documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos de personal mínimo y las autorizaciones de reemplazo.
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La Contraloría no da curso al instrumento que deja sin efecto la resolución representada y aprueba la liquidación final del contrato vial, pues las minutas del inspector fiscal y de la Jefa del Departamento de Administración y Gestión de Contratos no permiten superar las observaciones sobre personal ofertado, descuentos e índice de reajuste.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de obras en Estero Nonguén, por faltar documentación esencial del convenio, sus modificaciones y los estados de pago, y por inconsistencias laborales y de subcontratos que deben aclararse.