Contraloría General de la República · Obras Públicas y Concesiones
Liquidación, Recepción y Retenciones
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Liquidación, Recepción y Retenciones, del más reciente al más antiguo. Página 6.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Obras Públicas y Concesiones, que incluye Liquidación, Recepción y Retenciones, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Obras Públicas y ConcesionesPronunciamientos
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La Contraloría no da curso al instrumento que deja sin efecto la resolución representada y aprueba la liquidación final de la consultoría, porque los antecedentes acompañados no permiten subsanar todas las observaciones formuladas.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de puentes, por faltar documentos de respaldo y por inconsistencias en los estados de pago.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de mejoramiento de la ruta B-385, por faltar antecedentes y existir inconsistencias en los estados de pago y errores formales.
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La Contraloría concluye que no procede el interés máximo convencional pedido por retrasos en pagos y liquidación, pero ordena a la Dirección de Arquitectura aclarar y, si corresponde, reconocer el interés del 8% anual del artículo 83 del reglamento.
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La Contraloría no da curso al instrumento que deja sin efecto la resolución anterior y aprueba la liquidación final del contrato, porque la respuesta del servicio no subsana todas las observaciones sobre partidas y montos pagados en exceso.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de mejoramiento de la ruta 201-CH, pues las minutas y antecedentes adjuntos no subsanan todas las observaciones formuladas.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato, pues persisten observaciones sobre multas no cursadas por informes tardíos, personal no acreditado y el cómputo de una multa.
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La Contraloría rechaza la solicitud de reanalizar la denuncia sobre los contratos de conservación de caminos en Mulchén y Santa Juana, pues la controversia sobre las condiciones del terreno es materia litigiosa ajena a su competencia, y la Dirección de Vialidad ya aprobó la liquidación final de ambos convenios.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de asesoría, pues las minutas y antecedentes acompañados no permiten superar todas las observaciones formuladas.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de conservación de rutas en Tierra Amarilla, pues la documentación remitida no subsana las observaciones del oficio N° E354975 y no permite completar el examen de toma de razón.
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La Contraloría toma razón del instrumento que deja sin efecto la resolución representada y aprueba la liquidación final del contrato "Ampliación Caleta Pescadores de Melinka", teniendo presentes las minutas y antecedentes adjuntos sobre las observaciones formuladas.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación de la obra "Conservación Protección Borde Costero Avda. Perú – Viña del Mar", por faltar antecedentes esenciales, discrepancias de precios y explicaciones sobre fisuras, imputación presupuestaria y validación de cubicaciones.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de mejoramiento de canales en Chillán, por faltar antecedentes, certificados de resistencia mecánica, discrepancias en mano de obra y aclaraciones sobre retenciones.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación del contrato de conservación vial, que había sido representado en 2022. Además, instruye adoptar medidas para reingresar oportunamente las liquidaciones a control previo, dado el retraso de casi dos años.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de mejoramiento de la ruta S-46, por observaciones a los estados de pago, a la segunda modificación del contrato y a una discordancia en el saldo a favor del contratista.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de mejoramiento de la Ruta 1-31, pues la documentación acompañada no permite superar todas las observaciones formuladas.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación final del contrato, entendiendo que las obras terminaron el 19 de febrero de 2011, y precisa que dicha liquidación fue suscrita solo por la Jefatura señalada.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de canalización Estero Las Cruces, por observaciones contables, falta de antecedentes y discrepancias sobre garantías y reajustes.
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La Contraloría rechaza extender el criterio del dictamen N° 14.950 de 2019 como regla general, pues depende de cada caso concreto. Concluye que el servicio debe atenerse a la normativa vigente, aunque la falta de renovación de garantías no impide la liquidación del contrato.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de mejoramiento de la Ruta 1 por falta de antecedentes técnicos y de respaldo, y ordena aclarar estados de pago y la fecha del acta de recepción definitiva.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación del contrato por trato directo de la obra de emergencia de pozos en Curimón y Llay Llay, tras haberlo representado antes, teniendo presente la minuta y antecedentes adjuntos.
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La Contraloría precisa que el reajuste de lo adeudado a la contratista se calcula según la variación del IPC, desde el mes anterior al descuento u omisión hasta el mes anterior al reintegro. Concluye aplicando la regla general del artículo 108 del Reglamento, y ordena a la DA regularizar y liquidar el contrato a la brevedad.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de construcción del Sistema de Regadío Cuncumén, pues los antecedentes remitidos no subsanan todas las observaciones del oficio de representación anterior.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de mejoramiento de la Ruta G-45, por faltar antecedentes esenciales y por un error en el cálculo de la multa al no incluir el IVA.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato terminado anticipadamente, por observaciones de respaldo, cálculos y formalidades. Deberá subsanarlas y explicar la demora entre la recepción de obras y la liquidación.
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La Contraloría no da curso al instrumento que deja sin efecto la resolución representada y aprueba la liquidación final del contrato de asesoría a la inspección fiscal, pues los antecedentes acompañados no subsanan todas las observaciones del oficio Nº E364922, de 2023.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación del contrato de reposición del Puente Quinchilca, ordenando al servicio cumplir estrictamente la aprobación del proyecto definitivo conforme al punto 16.4 de las bases.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato, porque los informes mensuales Nos 9, 15, 16, 18, 19 y 20 no se entregaron oportunamente y no consta la razón para no cursar la multa correspondiente.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de obra "Mejoramiento ruta 7 Villa Ortega - Cruce ruta 240", por observaciones sobre el monto, la demora y documentos faltantes.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de asesoría a la inspección fiscal, por observaciones sobre la disminución sancionada, reajustes, pagos y falta de antecedentes que las respalden.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación del contrato de mejoramiento de canales en Lota, tras las representaciones previas, teniendo presente la minuta y antecedentes de respaldo de la Dirección de Obras Hidráulicas.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de la Ruta Y-905 por faltar antecedentes esenciales (informes, planos as built, plan de calidad, garantía, respaldos de obras y certificados) y por observaciones a los estados de pago.
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La Contraloría toma razón del instrumento que deja sin efecto las resoluciones que indica y aprueba la liquidación del contrato de reposición de pavimento y terceras pistas en la Ruta 5 Norte, sector Cuesta Camarones.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de la Escuela de Caballería, pues la documentación remitida no subsana todas las observaciones del oficio de representación de 2019. Ordena remitir antecedentes y explicaciones adicionales y reingresar la liquidación a control previo.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que deja sin efecto una resolución y aprueba la liquidación final del contrato, porque no consta la fecha de entrega del terreno para verificar la oportunidad de los informes mensuales y las multas aplicables.
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La Contraloría da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de conservación vial de emergencia en la Región de Coquimbo, antes representado en 2022, teniendo presente lo informado por la Dirección de Vialidad sobre las observaciones formuladas.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de obras, aunque con alcances: ordena que en lo sucesivo las retenciones se devuelvan tras la recepción provisional o única, no condicionadas a la tramitación de la liquidación.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato, pues el ACI y la minuta no subsanan todas las observaciones (justificación del plazo, documentos faltantes y avance físico). Instruye remitir los antecedentes y explicaciones detalladas.
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La Contraloría toma razón del instrumento que dispone el pago de una indemnización por la paralización de un contrato de demolición, dejando sin efecto su representación anterior, y ordena liquidar el contrato a la brevedad.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de reposición del puente La Posada, pues la minuta y documentos adjuntos no subsanan todas las observaciones del oficio N° E346645 de 2023.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de la ruta 11-CH por omitir antecedentes esenciales y presentar errores en estados de pago, reajustes y multas, debiendo subsanarse.
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La Contraloría concluye que, como las facturas por los estados de pago fueron cedidas mediante factoring, el contratista cedente no tiene derecho a cobrar los intereses por el retardo en su pago, rechazándose así su reclamación.
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La Contraloría no da curso al instrumento que deja sin efecto la resolución representada y aprueba la liquidación final del contrato, pues la minuta del servicio no supera todas las observaciones formuladas.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato "Construcción By Pass y Reposición Ruta Andina", por omitir antecedentes de respaldo y presentar inconsistencias en estados de pago y reajustes.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de asesoría a la inspección fiscal, por pagos no justificados, diferencias en el estado de pago N° 10 y falta de documentación exigida.
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La Contraloría no da curso al instrumento que deja sin efecto resoluciones y aprueba la liquidación del contrato de pavimento en Camarones, pues los antecedentes acompañados no permiten superar todas las observaciones formuladas.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de reposición de la ruta 5, antes representado, e instruye adoptar medidas para evitar demoras en el reingreso a toma de razón de actos observados.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de conservación vial, con el alcance de que, al no estar suscrita por el contratista, se aplica el artículo 184 del Reglamento de Contratos de Obras Públicas, e instruye evitar demoras en futuros reingresos.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de reposición de la Ruta 5, por omitirse nuevamente la documentación requerida en el oficio E241558 de 2022.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de pavimento y puentes en Huara, pues la minuta del inspector fiscal no subsana todas las observaciones sobre criterios sísmicos, clasificación de suelo y topes sísmicos.