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Dirección del Trabajo

Estatuto de Salud Municipal (Atención Primaria)

Los pronunciamientos de la Dirección del Trabajo sobre Estatuto de Salud Municipal (Atención Primaria), del más reciente al más antiguo. Página 6.

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Estatuto de Salud Municipal (Atención Primaria), y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Estatuto de Salud Municipal (Atención Primaria)

Temas de Estatuto de Salud Municipal (Atención Primaria)

Pronunciamientos

  • 5 de octubre de 2021

    Ordinario N° 2334

    ORD. N°2334 Corporación Municipal; Proceso Calificación; Emergencia Sanitaria covid-19; Teletrabajo o Trabajo a Distancia; Resulta procedente realizar el proceso calificatorio 2020-2021 respecto del personal regido por la Ley N°19.378 de la Corporación Municipal Gabriel Gonzalez Videla de La Serena aún cuando se realicen ciertas modificaciones propias de la pandemia por COVID-19 por la que atraviesa el país en los términos expuestos en el presente oficio.

  • 4 de octubre de 2021

    Ordinario N° 2319

    ORD. N°2319 Estatuto de Salud; Ley N°20.919; 1.- Esta Dirección carece de competencia para intervenir respecto de conceptos adeudados al término de la relación laboral, en el caso que las partes hubieren suscrito un finiquito sin reserva de derechos, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio. 2.- El sentido de la expresión "retiro" empleado por el inciso final del artículo 1° de la Ley N°20.919 es el que se indica en el presente oficio. 3.- Los beneficios contemplados en los artículos

  • 4 de octubre de 2021

    Ordinario N° 2320

    ORD. N°2320 Estatuto de Salud; Protocolo de acuerdo; No resulta procedente el otorgamiento de beneficios no contemplados por la normativa que regula al personal regido por la Ley N°19.378. El personal regido por la Ley N°19.378 no tiene derecho a negociar colectivamente.

  • 28 de septiembre de 2021

    Ordinario N° 2290

    ORD. N°2290 Estatuto de Salud; Ley N°21.351;

  • 28 de septiembre de 2021

    Ordinario N° 2297

    ORD. N°2297 Corporación Municipal; Proceso Calificación; Emergencia Sanitaria covid-19; Resulta procedente realizar el proceso calificatorio 2019-2020 respecto del personal regido por la Ley N°19.378 de la Corporación Municipal de La Florida aún cuando se realicen ciertas modificaciones propias de la pandemia por Covid-19 por la que atraviesa el país en los términos expuestos en el presente oficio.

  • 20 de septiembre de 2021

    Ordinario N° 2248

    ORD. N°2248 Estatuto de Salud; Asignación de Desarrollo y Estímulo al desempeño colectivo; Asignación de desempeño difícil; Asignación de responsabilidad directiva; Factor experiencia; Estatuto de Salud. Asignación de Desarrollo y Estímulo al desempeño colectivo. Asignación de desempeño difícil. Asignación de responsabilidad directiva. Factor experiencia.

  • 6 de septiembre de 2021

    Ordinario N° 2153

    ORD. N°2153 Estatuto de Salud; Ley N°20.919; 1.- Esta Dirección carece de competencia para intervenir respecto de conceptos adeudados al término de la relación laboral, en el caso que las partes hubieren suscrito un finiquito sin reserva de derechos, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio. 2.- El sentido de la expresión "retiro" empleado por el inciso final del artículo 1° de la Ley N°20.919 es el que se indica en el presente oficio. 3.- Los beneficios contemplados en los artículos 1

  • 6 de septiembre de 2021

    Ordinario N° 2154

    ORD. N°2154 Estatuto de Salud; Ley N°20.919; 1.- Los beneficios contemplados en los artículos 1°, 7°, 8° y 9° de la Ley N°20.919 deben ser pagados por las respectivas entidades administradoras, en este caso, la Corporación Municipal. 2.- El plazo para el pago de dichos beneficios es el señalado en el presente oficio.

  • 6 de septiembre de 2021

    Ordinario N° 2155

    ORD. N°2155 Estatuto de Salud; Ley N°20.919; 1.- Los beneficios contemplados en los artículos 1°, 7°, 8° y 9° de la Ley N°20.919 deben ser pagados por las respectivas entidades administradoras, en este caso, la Corporación Municipal. 2.- El plazo para el pago de dichos beneficios es el señalado en el presente oficio.

  • 6 de septiembre de 2021

    Ordinario N° 2156

    ORD. N°2156 Estatuto de Salud; Ley N°20.919; 1.- Los beneficios contemplados en los artículos 1°, 7°, 8° y 9° de la Ley N°20.919 deben ser pagados por las respectivas entidades administradoras, en este caso, la Corporación Municipal. 2.- El plazo para el pago de dichos beneficios es el señalado en el presente oficio.

  • 6 de septiembre de 2021

    Ordinario N° 2157

    ORD. N°2157 Estatuto de Salud; Ley N°20.919; 1.- Los beneficios contemplados en los artículos 1°, 7°, 8° y 9° de la Ley N°20.919 deben ser pagados por las respectivas entidades administradoras, en este caso, la Corporación Municipal. 2.- El plazo para el pago de dichos beneficios es el señalado en el presente oficio.

  • 6 de septiembre de 2021

    Ordinario N° 2162

    ORD. N°2162 Estatuto de Salud; Ley N°20.919; 1.- Esta Dirección carece de competencia para intervenir respecto de conceptos adeudados al término de la relación laboral, en el caso que las partes hubieren suscrito un finiquito sin reserva de derechos, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio. 2.- El sentido de la expresión "retiro" empleado por el inciso final del artículo 1° de la Ley N°20.919 es el que se indica en el presente oficio. 3.- Los beneficios contemplados en los artículos 1

  • 6 de septiembre de 2021

    Ordinario N° 2163

    ORD. N°2163 Estatuto de Salud; Ley N°20.919; 1.- Esta Dirección carece de competencia para intervenir respecto de conceptos adeudados al término de la relación laboral, en el caso que las partes hubieren suscrito un finiquito sin reserva de derechos, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio. 2.- El sentido de la expresión "retiro" empleado por el inciso final del artículo 1° de la Ley N°20.919 es el que se indica en el presente oficio. 3.- Los beneficios contemplados en los artículos 1

  • 6 de septiembre de 2021

    Ordinario N° 2166

    ORD. N°2166 Estatuto de Salud; Ley N°20.919; 1.- Esta Dirección carece de competencia para intervenir respecto de conceptos adeudados al término de la relación laboral, en el caso que las partes hubieren suscrito un finiquito sin reserva de derechos, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio. 2.- El sentido de la expresión "retiro" empleado por el inciso final del artículo 1° de la Ley N°20.919 es el que se indica en el presente oficio. 3.- Los beneficios contemplados en los artículos 1

  • 6 de septiembre de 2021

    Ordinario N° 2167

    ORD. N°2167 Estatuto de Salud; Ley N°20.919; 1.- Esta Dirección carece de competencia para intervenir respecto de conceptos adeudados al término de la relación laboral, en el caso que las partes hubieren suscrito un finiquito sin reserva de derechos, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio. 2.- El sentido de la expresión "retiro" empleado por el inciso final del artículo 1° de la Ley N°20.919 es el que se indica en el presente oficio. 3.- Los beneficios contemplados en los artículos 1

  • 6 de septiembre de 2021

    Ordinario N° 2173

    ORD. N°2173 Estatuto de Salud; Ley N°20.919; 1.- Esta Dirección carece de competencia para intervenir respecto de conceptos adeudados al término de la relación laboral, en el caso que las partes hubieren suscrito un finiquito sin reserva de derechos, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio. 2.- El sentido de la expresión "retiro" empleado por el inciso final del artículo 1° de la Ley N°20.919 es el que se indica en el presente oficio. 3.- Los beneficios contemplados en los artículos 1

  • 6 de septiembre de 2021

    Ordinario N° 2174

    ORD. N°2174 Estatuto de Salud; Ley N°20.919; 1.- Esta Dirección carece de competencia para intervenir respecto de conceptos adeudados al término de la relación laboral, en el caso que las partes hubieren suscrito un finiquito sin reserva de derechos, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio. 2.- El sentido de la expresión "retiro" empleado por el inciso final del artículo 1° de la Ley N°20.919 es el que se indica en el presente oficio. 3.- Los beneficios contemplados en los artículos 1

  • 6 de septiembre de 2021

    Ordinario N° 2175

    ORD. N°2175 Estatuto de Salud; Ley N°20.919; 1.- Esta Dirección carece de competencia para intervenir respecto de conceptos adeudados al término de la relación laboral, en el caso que las partes hubieren suscrito un finiquito sin reserva de derechos, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio. 2.- El sentido de la expresión "retiro" empleado por el inciso final del artículo 1° de la Ley N°20.919 es el que se indica en el presente oficio. 3.- Los beneficios contemplados en los artículos 1

  • 6 de septiembre de 2021

    Ordinario N° 2171

    ORD. N°2171 Estatuto de Salud; Ley N°20.919; 1.- Esta Dirección carece de competencia para intervenir respecto de conceptos adeudados al término de la relación laboral, en el caso que las partes hubieren suscrito un finiquito sin reserva de derechos, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio. 2.- El sentido de la expresión "retiro" empleado por el inciso final del artículo 1° de la Ley N°20.919 es el que se indica en el presente oficio. 3.- Los beneficios contemplados en los artículos 1

  • 6 de septiembre de 2021

    Ordinario N° 2179

    ORD. N°2179 Estatuto de Salud; Ley N°20.919; 1.- Esta Dirección carece de competencia para intervenir respecto de conceptos adeudados al término de la relación laboral, en el caso que las partes hubieren suscrito un finiquito sin reserva de derechos, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio. 2.- El sentido de la expresión "retiro" empleado por el inciso final del artículo 1° de la Ley N°20.919 es el que se indica en el presente oficio. 3.- Los beneficios contemplados en los artículos 1

  • 2 de septiembre de 2021

    Ordinario N° 2143

    ORD. N°2143 Estatuto de Salud; Ley N°20.919; 1.- Esta Dirección carece de competencia para intervenir respecto de conceptos adeudados al término de la relación laboral, en el caso que las partes hubieren suscrito un finiquito sin reserva de derechos, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio. 2.- El sentido de la expresión "retiro" empleado por el inciso final del artículo 1° de la Ley N°20.919 es el que se indica en el presente oficio. 3.- Los beneficios contemplados en los artículos 1

  • 31 de agosto de 2021

    Ordinario N° 2125

    ORD. N°2125 Estatuto de Salud; Ley N°20.919; 1.- Esta Dirección carece de competencia para intervenir respecto de conceptos adeudados al término de la relación laboral, en el caso que las partes hubieren suscrito un finiquito sin reserva de derechos, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio. 2.- El sentido de la expresión "retiro" empleado por el inciso final del artículo 1° de la Ley N°20.919 es el que se indica en el presente oficio. 3.- Los beneficios contemplados en los artículos 1

  • 23 de agosto de 2021

    Ordinario N° 2087

    ORD. N°2087 Estatuto de Salud; Horas Extraordinarias; En el sistema de atención primaria de salud municipal constituye jornada extraordinaria de trabajo aquella que se indica en el presente oficio.

  • 16 de agosto de 2021

    Ordinario N° 2030

    ORD. N°2030 Estatuto de salud; Reconocimiento carrera funcional; Las actividades de capacitación que un funcionario regido por la Ley N°19.378 haya realizado previamente deben ser consideradas al momento de ingresar el funcionario a la respectiva dotación.

  • 2 de agosto de 2021

    Ordinario N° 1923

    ORD. N°1923 Estatuto de Salud; Becarios; Misiones de estudios;

  • 26 de julio de 2021

    Ordinario N° 1884

    ORD. N°1884 Docente; Convenio Colectivo; Sector Municipal;

  • 15 de julio de 2021

    Ordinario N° 1833

    ORD. N°1833 Competencia Dirección del Trabajo; Corporación Municipal; Ley N°19.117; Respecto a la materia consultada, y sin perjuicio de la opinión jurídica contenida en el presente informe, por las razones señaladas, este Servicio carece de competencia para pronunciarse sobre la materia consultada por cuanto aquella ha sido objeto de pronunciamiento por parte de la Contraloría General de la República, en el ámbito de su competencia.

  • 12 de julio de 2021

    Ordinario N° 1812

    ORD. N°1812 Estatuto Docente; Corporación Municipal; Cláusula Tácita; 1. La doctrina de la cláusula tácita aplicable a los docentes que laboran en el sector municipal se encuentra vigente máxime si el contenido del actual artículo 71 del Estatuto Docente, disposición que hace aplicables de forma supletoria las normas del Código del Trabajo, no ha experimentado modificaciones. 2. Las partes contratantes en virtud del principio de la autonomía de la voluntad podrían pactar otras asignaciones que n

  • 15 de junio de 2021

    Ordinario N° 1661

    ORD. N°1661 Cláusula Tácita; Corporación Municipal; Trabajador dependiente; Ley N°19.378; Ley N°19.070; 1. Las estipulaciones contractuales acordadas de forma táctica entre el trabajador y el empleador, aunque no se encuentren comprendidas dentro del contrato de trabajo que se escrituró, y cumpliéndose con los requisitos señalados en el presente informe, forman parte del mismo, por consiguiente, no es posible dejarlas sin efecto por la sola voluntad de una de las partes. 2. No es posible hacer

  • 31 de mayo de 2021

    Ordinario N° 1566

    ORD. N°1566 Estatuto de Salud; Contrato a honorario; Fuero maternal; Las personas contratadas a honorarios por una corporación municipal, en el sector de la atención primaria de salud municipal, no se encuentran amparadas por fuero maternal sin perjuicio de lo señalado en el presente oficio.

  • 27 de mayo de 2021

    Ordinario N° 1546

    ORD. N°1546 Estatuto de Salud; Sumario; Competencia Dirección del Trabajo; La Dirección del Trabajo carece de competencia para dejar sin efecto la medida de destitución aplicada a un funcionario regido por la Ley N°19.378 que se desempañaba en una Corporación Municipal.

  • 26 de mayo de 2021

    Ordinario N° 1539

    ORD. N°1539 Estatuto de Salud; Sumario; Competencia Dirección del Trabajo; La competencia de la Dirección del Trabajo respecto a los sumarios del personal regido por la Ley N°19.378 comprende exclusivamente el control de legalidad formal del respectivo procedimiento y no permite dejar sin efecto o modificar la medida disciplinaria que fue aplicada.

  • 19 de mayo de 2021

    Ordinario N° 1502

    ORD. N°1502 Estatuto de Salud; Termino Relación Laboral; La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse respecto de la aplicación de una causal de término de contrato respecto de un funcionario regido por la Ley N°19.378, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio.

  • 19 de mayo de 2021

    Ordinario N° 1506

    ORD. N°1506 Estatuto de Salud; Asignación especial, Art. 45; Asignación responsabilidad directiva; Los requisitos para el otorgamiento de la asignación por responsabilidad directiva contemplada en el artículo 27 de la Ley N°19.378 son los indicados en el presente oficio. Los requisitos para el otorgamiento de la asignación especial transitoria contemplada en el artículo 45 de la Ley N°19.378 son los indicados en el presente oficio.

  • 19 de mayo de 2021

    Ordinario N° 1512

    ORD. N°1512 Estatuto de Salud; Salud Irrecuperable o Incompatible con el desempeño cargo; La Dirección del Trabajo carece de competencia para requerir que el empleador aplique una determinada causal de término de contrato a un funcionario regido por la Ley N°19.378, sin perjuicio de lo señalado en el presente oficio.

  • 3 de mayo de 2021

    Ordinario N° 1394

    ORD. N°1394 Estatuto de Salud; Término de Contrato; Ley 19.378; Absuelve consultas sobre términos de contrato de trabajo de funcionaria regida por Ley N°19.378.

  • 29 de abril de 2021

    Ordinario N° 1374

    ORD. N°1374 Competencia Dirección del Trabajo; Corporación Municipal; Servicio Educacional; 1. El traspaso del servicio educacional no exime a las corporaciones municipales de su obligación de pagar las deudas que hubieren contraído durante su administración, sino que la propia Ley N°21.040 dispone que estas últimas continúan siendo las únicas responsables y obligadas al pago de lo adeudado. 2. Corresponde a la Dirección del Trabajo tramitar las denuncias por deudas contraídas por las Corporacio

  • 28 de abril de 2021

    Ordinario N° 1331

    ORD. N°1331 Feriado; Asistentes de la Educación; Ley N°21.109; Corporación Municipal; Los asistentes de la educación que se desempeñan en establecimientos educacionales administrados por Corporaciones Municipales deberán gozar de feriado en época estival durante el período de interrupción de las actividades escolares entre los meses de enero y febrero; o el que medie entre el término del año escolar y el comienzo del siguiente, de acuerdo con el calendario escolar fijado por Resolución de la Sec

  • 26 de abril de 2021

    Ordinario N° 1295

    ORD. N°1295 Ius variandi; Corporación Municipal; Cambio labores; Abstención de Dirección del Trabajo; La Dirección debe abstenerse de pronunciarse sobre el eventual cambio de labores de la trabajadora de esa Corporación Municipal de que se trata, en el ámbito del artículo 12 del Código del Trabajo.

  • 21 de abril de 2021

    Ordinario N° 1282

    ORD. N°1282 Corporación Educacional; Feriado legal; El personal que se desempeñan en la administración central de una Corporación Educacional se rige, en materia de feriado legal, por las disposiciones del Código del Trabajo, sin perjuicio de que las partes puedan aumentar el número de días de ese beneficio en razón del principio de la autonomía de la voluntad.

  • 1 de abril de 2021

    Ordinario N° 1180

    ORD. N°1180 Concurso Público; Conaf; Tribunales de Justicia; Corresponde a los Tribunales de Justicia pronunciarse sobre la validez de un concurso público de antecedentes cuando se agotaron las instancias administrativas para enmendar o corregir las eventuales irregularidades o ilegalidades que no fueron denunciadas durante la convocatoria, habiendo operado el nombramiento de los funcionarios que ganaron el mismo

  • 10 de marzo de 2021

    Ordinario N° 892

    ORD. N°892 Estatuto de Salud. Término relación laboral. La Dirección del trabajo carece de competencia para pronunciarse respecto de la aplicación de una causal de término de contrato respecto de un funcionario regido por la Ley N°19.378, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio.

  • 10 de marzo de 2021

    Ordinario N° 883

    ORD.N°883 Estatuto de Salud; Concursos; Obligatoriedad; Terminación de contrato; Calificación; En el sistema de atención primaria de salud las entidades administradoras deben llamar a concurso cuando se provea la contratación de personal sujeto a contrato indefinido y para el nombramiento de Director de Establecimiento de salud primaria municipal. La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse respecto de las causales de terminación del contrato de un funcionario regido por la

  • 5 de marzo de 2021

    Ordinario N° 828

    ORD. N°828 Corporación Municipal. Ley Nº 19.880. La Ley N°19.880 no resulta aplicable respecto de las corporaciones creadas en virtud de lo dispuesto por el artículo 12 del Decreto con Fuerza de Ley N°1-3.063 de 1980, del Ministerio del Interior, por ser entidades privadas que no forman parte de la Administración del Estado.

  • 26 de febrero de 2021

    Ordinario N° 681

    ORD. N°681 Estatuto de Salud; Termino Relación Laboral; Fuero Maternal; 1.- Sólo con autorización previa del juez competente se puede poner término al contrato de trabajo de una funcionaria regida por la Ley N°19.378 contratada a plazo fijo. 2.- No resulta procedente que la Dirección del Trabajo se pronuncie respecto de las consideraciones de fondo que sirven de base a los puntajes obtenidos por una funcionaria regida por la Ley N°19.378 en el respectivo proceso calificatorio, correspondiendo a

  • 24 de febrero de 2021

    Ordinario N° 632

    ORD. N°632 Corporación Municipal; Colación; Docentes; Asistentes de la Educación; 1) El período de descanso para colación, que por acuerdo de las partes se considera como trabajado, no puede ser calificado como docencia de aula ni como actividad curricular no lectiva y, por ende, no debe ser considerado dentro de la jornada de trabajo de los profesionales de la educación para efectos de aplicar la tabla de proporcionalidad de las horas destinadas a dichas funciones. 2) Si las partes habían acord

  • 1 de febrero de 2021

    Ordinario N° 353

    ORD. N°353 Estatuto de Salud; Competencia Dirección del Trabajo; Sumario; La Dirección del Trabajo no se encuentra facultada para dejar sin efecto la sanción aplicada en su sumario administrativo de un funcionario regido por la Ley N°19.378. La Dirección del Trabajo no se encuentra facultada para iniciar la instrucción de un sumario administrativo de un funcionario regido por la Ley N°19.378.

  • 26 de enero de 2021

    Ordinario N° 302

    ORD. N°302 Estatuto de Salud; Emergencia Sanitaria Covid-19; Procedencia Teletrabajo; La posibilidad de que una funcionaria regida por la Ley N°19.378, que se desempeña para una corporación municipal, preste servicios bajo la modalidad de teletrabajo, durante la emergencia sanitaria producto del Covid 19, dependerá de lo señalado en el presente oficio y de lo que determine el Ministerio de Salud.

  • 25 de enero de 2021

    Ordinario N° 270

    ORD. N°270 Estatuto Atención Primaria de Salud; Término Relación Laboral; Prestaciones adeudadas; En el evento de existir prestaciones adeudadas al término de la relación laboral usted puede interponer un reclamo administrativo ante la Inspección del Trabajo o bien demandar el pago de dichos emolumentos ante los Tribunales de Justicia.

  • 25 de enero de 2021

    Ordinario N° 286

    ORD. N°286 Estatuto de Salud; Corporación Municipal; Inhabilidad para ejercer cargo directivo y de administración; Parentesco por consanguinidad y afinidad; Al tenor de lo señalado en el presente informe, no se observa que las circunstancias fácticas y análisis jurídico efectuado en el dictamen N°6068/143, de 2017, de este Servicio, hubiesen sido alterados, por lo que de acuerdo a la opinión de quien suscribe, se mantiene la inhabilidad contemplada en el referido inciso segundo del artículo 131

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