Contraloría General de la República
Obras Públicas y Concesiones
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Obras Públicas y Concesiones, del más reciente al más antiguo. Página 22.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Obras Públicas y Concesiones, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Obras Públicas y ConcesionesTemas de Obras Públicas y Concesiones
Pronunciamientos
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La Contraloría toma razón del instrumento que modifica el contrato de concesión del Nuevo Aeropuerto de La Araucanía y prorroga su plazo, pues debe asegurarse la continuidad entre concesiones, aunque hace presente que el MOP no acreditó la anticipación exigida por ley.
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La Contraloría toma razón del instrumento que pone término anticipado al contrato "Ampliación Edificio MOP Atacama" y deja sin efecto la resolución representada, entendiendo que la única causal aplicable es la no entrega de la garantía de fiel cumplimiento (artículo 151, letra e, del Reglamento).
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La Contraloría da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato "CO-CSC-05 Construcción Sistema Cuellar, Etapa 5", comuna de Linares, teniendo presente lo manifestado en la minuta de 24 de marzo de 2023 y sus antecedentes adjuntos.
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La Contraloría toma razón del instrumento que dispone el término anticipado del contrato de obra por retraso injustificado, aunque instruye que en lo sucesivo tales actos detallen las circunstancias precisas de la causal y acompañen el análisis técnico del porcentaje de atraso.
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La Contraloría toma razón del instrumento que pone término anticipado al contrato de mejoramiento de la Ruta 1, y reitera que los actos que dispongan término anticipado deben detallar claramente las circunstancias precisas de la causal aplicada.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el convenio modificatorio N° 3 de la consultoría "Estudio Integral Concesión Acceso Norte a Concepción", con el alcance de que la imputación presupuestaria debe denominarse "Ampliación Mejoramiento Relicitación Acceso Norte a Concepción".
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación del contrato de construcción y mantención del Pabellón País de Chile en la Expo Dubái 2020, dejando sin efecto la resolución antes representada, tras considerar los nuevos antecedentes remitidos.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación final de la consultoría sobre obras fluviales y de control aluvional en la cuenca del río El Tránsito, Alto del Carmen, teniendo presente la minuta y antecedentes adjuntos.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato "Construcción puente Viluco - El Vínculo y accesos" por faltar antecedentes esenciales (cumplimiento de partidas, expropiaciones, modificaciones, seguros, informes, planos as built, auditorías, estados de pago y certificado laboral), y pide explicaciones sobre la deflactación de obras extraordinarias y advierte un error en la fecha de inicio del contrato.
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La Contraloría toma razón del instrumento que regulariza y aprueba el convenio modificatorio Nº 1 del estudio de ingeniería de detalle, con el alcance de que el programa detallado y valorizado debe ajustarse al cronograma de la oferta, procurando el servicio consignar en lo sucesivo todas las actividades ofertadas.
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La Contraloría da curso al instrumento que acoge la recomendación del Panel Técnico de Concesiones sobre la discrepancia en la concesión Camino Nogales-Puchuncaví, corrigiendo solo un error formal en la fecha de los Comités de Transacción (2022).
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La Contraloría rechaza la revisión del dictamen que validó la multa por 12 días de atraso, pues el plazo para subsanar observaciones no exime del atraso en la etapa. Concluye manteniendo la sanción, sin acoger la solicitud.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de mejoramiento de la ruta 7, por omitir antecedentes esenciales y presentar inconsistencias en la deflactación, multas y plazo total.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación del contrato de perforación de pozos, tras haber sido representado, teniendo presente lo expuesto por la Dirección de Obras Hidráulicas sobre las observaciones formuladas.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de conservación por emergencia de la ruta C-335, teniendo presente lo señalado en la minuta de marzo de 2023 respecto de las observaciones formuladas en 2021.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de mejoramiento de la ruta Y-580, pues la documentación remitida no subsana todas las observaciones del oficio N° E197041, al faltar respaldos de cantidades de obra.
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La Contraloría toma razón del instrumento que modifica el contrato de concesión Ruta 5 Santiago–Los Vilos y aprueba el convenio ad-referéndum N° 10, con alcances: el MOP debe asegurar la continuidad entre concesiones y la facultad de pago queda supeditada a disponibilidad presupuestaria.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato por trato directo de la obra de emergencia en Curimón y Llay Llay, pues la minuta y antecedentes adjuntos no superan todas las observaciones del oficio N° E299849.
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La Contraloría no da curso al instrumento que acepta la oferta de asesoría a la inspección fiscal del puente Lo Gallardo, porque la resolución que adjudicó la obra fue representada; además pide antecedentes sobre el reclamo del jefe de asesoría.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la Circular Aclaratoria N° 4 de las bases de licitación de la "Concesión Orbital Sur Santiago", con alcances: el servicio debe fijar formalmente el monto en UTM de la multa de la infracción N° 90A y corregir un error de numeración.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación final del contrato "Construcción terminal portuario Chaitén", teniendo presente lo expuesto en la minuta del Director de Obras Portuarias sobre las observaciones previas.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación de la obra, con alcances: instruye al servicio resolver los pendientes con eficiencia y reingresar oportunamente las liquidaciones a control previo, evitando demoras como la de casi cuatro años.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final de la consultoría, pues la minuta y antecedentes adjuntos no permiten superar todas las observaciones, al no advertirse el criterio para multar solo ciertos atrasos.
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La Contraloría no da curso al instrumento que adjudica la licitación del puente Lo Gallardo, porque el anteproyecto no está actualizado sísmicamente y las bases restringen esa actualización solo a un ensayo, además de otras falencias técnicas.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de mejoramiento de la ruta 201-CH, por faltar antecedentes laborales, de multas, garantías, informes técnicos y respaldos de estados de pago, y por requerir aclaraciones sobre pagos posteriores a la recepción provisoria, reajustes y multas.
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La Contraloría no da curso al instrumento que ordena pagar una indemnización de mayores gastos generales por 298 días en el contrato del Hospital de Calama, por no acreditarse los requisitos de las bases ni la imputación presupuestaria.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba el convenio modificatorio N° 1 del estudio de ingeniería, porque los cronogramas deben usar la misma unidad de tiempo y aquí se usan semanas y días.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato del puente Bicentenario, pues la documentación remitida no permite superar todas las observaciones del oficio N° E197866, de 2022.
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La Contraloría no da curso al instrumento que autoriza pagar mayores gastos generales en el contrato “Restauración Palacio Pereira”, pues los antecedentes no acreditan las circunstancias exigidas, y ordena remitir informes y practicar la liquidación final del contrato.
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La Contraloría toma razón del instrumento que rectifica resoluciones sobre el contrato de asesoría a la inspección fiscal de obras viales concesionadas, aunque observa formalmente que la fecha de la resolución N° 74 citada es 30 de diciembre de 2020, no la consignada.
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La Contraloría toma razón del instrumento que modifica el contrato de concesión "Sistema Oriente-Poniente" y aprueba el convenio N°4, aunque con alcances por su dictación tardía y por citar incorrectamente al Director General de Concesiones.
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La Contraloría toma razón del instrumento que modifica, por interés público, las obras y servicios del contrato de concesión "Camino Nogales–Puchuncaví" y aprueba el convenio ad-referéndum N°2, con el alcance de que debe citarse al Director General de Concesiones y no al órgano mencionado.
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La Contraloría toma razón del instrumento que modifica, por interés público, obras y servicios del contrato de concesión "Sistema Oriente-Poniente" y aprueba el convenio ad-referéndum N°5, con el alcance de que debe citarse al Director General de Concesiones y no al órgano mencionado.
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La Contraloría toma razón del decreto que modifica, por interés público, obras y servicios del contrato de concesión del Aeropuerto Diego Aracena de Iquique y aprueba el convenio ad referéndum N° 2, con alcances sobre referencias normativas mal individualizadas en el instrumento.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de asesoría a la inspección fiscal de la Ruta G-150, por faltar antecedentes e informes exigidos y por inconsistencias en los estados de pago.
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La Contraloría toma razón del instrumento que modifica, por interés público, obras y servicios del contrato de concesión Ruta 5 Collipulli–Temuco y aprueba el convenio ad-referéndum N° 8, con el alcance de que el parámetro "T" comprende todas las horas del mes.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de reposición de la Ruta 5, por observaciones a estados de pago, garantías y documentación faltante.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de mejoramiento de canales en Lota, pues los antecedentes adjuntos no permiten superar todas las observaciones formuladas en la representación anterior.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que pone término anticipado al contrato de obra, pues los antecedentes no acreditan que el atraso sea injustificado como exige el artículo 161 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de conservación vial por faltar antecedentes, errores aritméticos en modificaciones y discrepancias en el precio unitario usado para la multa, y pide una minuta sobre las medidas adoptadas.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato "Reposición Puente Quinchilca", por omitir el adendum al convenio N° 2, presentar inconsistencias en plazos y documentos incompletos o faltantes.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de consultoría, por observaciones sobre el avance real, documentación faltante, estados de pago, actualización sísmica y clasificación de suelos.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de pozos, por observaciones sobre modificaciones al convenio, seguros, estados de pago, antecedentes faltantes y obras extraordinarias mal calificadas. Además, instruye devolver las retenciones tras la recepción única de las obras.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación de la consultoría de estabilización de taludes ruta 115-CH, porque la documentación aportada no subsana las observaciones sobre entrega definitiva, boletas de canje, obligaciones del numeral 22 y informes mensuales faltantes.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato "Ampliación Caleta Pescadores de Melinka", por discordancias en montos, falta de fundamento normativo de la comisión de recepción y antecedentes omitidos.
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La Contraloría no da curso al instrumento que pone término anticipado al contrato "Ampliación Edificio MOP Atacama", porque no se acompañaron los antecedentes citados en sus vistos ni en los puntos 5 a 15 de su considerando.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que deja sin efecto una resolución y aprueba la liquidación del contrato "Construcción Paseo Costero Bahía Cumberland, Juan Fernández, Sector Sur", por no acreditarse pagos en exceso, saldos pendientes, garantías ni documentación técnica exigida.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación de la consultoría, por no acreditarse la fecha de entrega conforme, la notificación oportuna de la calificación, certificados laborales y documentación de respaldo, y por incumplir el plazo de liquidación.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de perforación de pozos, porque falta documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos de personal mínimo y las autorizaciones de reemplazo.
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La Contraloría no da curso al instrumento que deja sin efecto la resolución representada y aprueba la liquidación final del contrato vial, pues las minutas del inspector fiscal y de la Jefa del Departamento de Administración y Gestión de Contratos no permiten superar las observaciones sobre personal ofertado, descuentos e índice de reajuste.