Dirección del Trabajo · Estatuto Docente y Asistentes de la Educación
Asignaciones y Tramo de Desarrollo Profesional
Los pronunciamientos de la Dirección del Trabajo sobre Asignaciones y Tramo de Desarrollo Profesional, del más reciente al más antiguo. Página 3.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Estatuto Docente y Asistentes de la Educación, que incluye Asignaciones y Tramo de Desarrollo Profesional, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Estatuto Docente y Asistentes de la EducaciónPronunciamientos
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ORD. N°2770 Docente; Titularidad; Programa Integración escolar; Las horas de planificación, evaluación y seguimiento del Programa de Integración Escolar así como las demás actividades curriculares no lectivas deben ser consideradas para computar las veinte horas cronológicas que como mínimo exige la ley para acceder al beneficio de la titularidad establecido en la Ley N°19.648, modificada por la Ley N°21.152, respecto de los docentes de aula común o regular que se desempeñan en establecimientos
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ORD. N°2628 Docente; Remuneraciones; SDP;
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ORD. N°2630 Docente; Remuneraciones; SDP;
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ORD. N°2584 Docente; Ley N°21.306; Bono Vacaciones; Bono especial; Asignación reconocimiento; Para determinar el monto a pagar por el bono de vacaciones y el bono especial, establecidos en los artículos 25 y 88 de la Ley N°21.306, respectivamente, resulta procedente incluir las sumas percibidas por concepto de Asignación de Reconocimiento por Docencia en Establecimientos de Alta Concentración de Alumnos Prioritarios.
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ORD. N°2496 Corporación Municipal; Encargado convivencia escolar; Asignación responsabilidad técnico pedagógica; El profesional de la educación que desempeña la función de Encargado de Convivencia Escolar en un establecimiento educacional dependiente de una Corporación Municipal tiene derecho a percibir la asignación de responsabilidad técnico-pedagógica por tratarse de funciones superiores de carácter técnico pedagógica.
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ORD. N°2475 Competencia Dirección del Trabajo; Estatuto Docente; Tramo Profesional; Ley N°20.903; La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse sobre una eventual modificación del tramo profesional docente en el que fue asimilado el profesional de la educación, por tratarse de una materia de competencia del Centro de Perfeccionamiento e Investigaciones Pedagógicas conforme la establece el artículo 19 letra E, del Estatuto Docente.
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ORD. N°2390 Estatuto Docente; Ley N°20.903; Remuneraciones; Estructura; 1. Los establecimientos educacionales particulares subvencionados y técnicos profesionales regidos por el Decreto Ley N°3.166 de 06.02.2018, del Ministerio de Educación Pública, que pactaron con sus trabajadores una remuneración básica mensual superior a la legal, deben rebajar el monto de dicho estipendio y limitarlo a las cantidades legales, imputando la diferencia a la remuneración complementaria adicional. 2. Atendida la
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ORD. N°2359 Docentes; Beneficio pactado instrumento colectivo; Remuneración SDP; En caso que el empleador no dé cumplimiento al pago del "Bono de Antigüedad" en los términos consignados en el Informe de Exposición, ese hecho deberá denunciarse a la Inspección del Trabajo respectiva.
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ORD. N°2316 Establecimiento Educacional; Técnico Profesional; D.L. N°3.166 de 1988; Si las partes acordaron una remuneración básica mínima nacional superior a la legal, solo en el caso de haberse generado una remuneración complementaria adicional luego de efectuado el comparativo, la diferencia superior a la legal será imputada a dicha remuneración, de lo contrario, es decir, no habiéndose generado esta última, el mayor valor sera absorbido por la nueva estructura de remuneraciones.
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ORD. N°2258 Docente; Sistema de Desarrollo Profesional Docente; Remuneraciones; Bonificación de Reconocimiento Profesional, complemento mención; Remuneraciones Docentes en SDP. Bonificación de Reconocimiento Profesional, complemento mención.
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ORD. N°2259 Docente; Sistema de Desarrollo Profesional Docente; Remuneraciones; Remite enlace de dictamen que indica.
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ORD. N°1723 Indemnización legal por años de servicio; Base de Cálculo; Docentes; Establecimiento Educacional; Bonificación Reconocimiento profesional; Procede incluir en la base de cálculo de la indemnización legal por años de servicio las asignaciones por Tramo de Desarrollo Profesional, de Reconocimiento por Docencia en Establecimientos de Alta Concentración de Alumnos Prioritarios y la bonificación de Reconocimiento profesional, de los docentes que las perciben.
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ORD. N°1454 Estatuto Docente; Jornada; Colación; Asistentes de la Educación; Ley 21.109; 1) No existe inconveniente en que las partes acuerden aumentar la proporción de horas destinadas a actividades curriculares no lectivos de los profesionales de la educación que ejercen función docente propiamente tal, toda vez que el tope máximo establecido por el legislador está referido al tiempo semanal de docencia de aula. 2) Si las partes han acordado un descanso para colación por un tiempo mayor al es
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ORD. N°627 Estatuto Docente; Titularidad; Ley N°21.176; La obtención de la titularidad de las horas contratadas por aplicación de lo dispuesto en la Ley N°19.648, de 02.12.1999, cuyo texto fue modificado por la Ley N°21.152, de 25.04.2019, no priva al profesional de la educación para acceder a la titularidad de las horas de extensión horaria contratadas, en la medida que se encuentre en la hipótesis descrita en el artículo único de la Ley N°21.176.
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ORD. N°632 Corporación Municipal; Colación; Docentes; Asistentes de la Educación; 1) El período de descanso para colación, que por acuerdo de las partes se considera como trabajado, no puede ser calificado como docencia de aula ni como actividad curricular no lectiva y, por ende, no debe ser considerado dentro de la jornada de trabajo de los profesionales de la educación para efectos de aplicar la tabla de proporcionalidad de las horas destinadas a dichas funciones. 2) Si las partes habían acord
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ORD. N°533 Programa de Integración Escolar; 1) Las horas que realizan los docentes de aula regular para la planificación, evaluación y seguimiento del Programa de Integración Escolar deben ser imputadas a aquella parte de la jornada de trabajo destinada a docencia de aula. 2) La proporción semanal entre horas lectivas, no lectivas y recreos, respecto de aquellas jornadas inferiores a 44 horas cronológicas semanales para los años 2017 y 2018 fue establecida en base a una proporción del 70% de la
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ORD. N°434 Estatuto Docente; Ley 20.903; Establecimiento particular subvencionado; D.F.L. N°2 de 1998; Bonificación Proporcional; La bonificación proporcional se pagará a las profesionales de la educación hasta que el establecimiento particular subvencionado de acuerdo al D.F.L. N°2, de 1998, ingrese al Sistema de Desarrollo Profesional Docente establecido en la ley N°20.903, de 2016.
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ORD. N°435 Estatuto Docente; Establecimiento educacional Técnico Profesional; D.L. N°3.166, de 1980; Horas curriculares no lecitvas; La doctrina vigente de este Servicio contenida ente otros, en los dictámenes Nros. 1911/045 de 05.05.2017, 5068/117 de 26.10.2017, referida a los pactos de libre disponibilidad de las horas curriculares no lectivas y a la obligación de consignar en los contratos de trabajo las actividades curriculares no lectivas, en particular, aquellas establecidas en el inciso
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ORD. N°274 Estatuto Docente; Titularidad; Horas Extensión; Ley N°21.176; No le asiste el derecho a acceder al beneficio de la titularidad de las horas de extensión previsto en el inciso primero de la Ley 21.176, por no dar cumplimiento al total de los requisitos.
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ORD. N°27 Estatuto Docente; Ley 21.176; Titularidad; Horas Extensión docente; Ley N°21.176 sobre titularidad de las horas extensión docente.
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ORD. N°2677 Docente directivo; Sector municipal; Remuneraciones; Informa al tenor de lo solicitado.
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ORD. N°2200 Docente; Ley N°19.648; Titularidad; Para los efectos de enterar las 20 horas cronológicas que como mínimo exige la ley para acceder a la titularidad de las mismas, procede considerar tanto las horas realizadas en aula propiamente tal como también las actividades curriculares no lectivas, esto último, al tenor de lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto N°453, de 1991, del Ministerio de Educación.
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ORD. N°2138 Estatuto docente; Descuento Remuneraciones; Paralización actividades; El empleador no se encontraría obligado a pagar remuneraciones por los días en que un docente no prestó servicios a causa de una paralización de actividades, sin perjuicio de lo que las partes pudieron haber convenido sobre el particular.
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ORD. N°1980 Docentes y Asistentes de la Educación; Recuperación de clases no impartidas; remuneraciones; Si el sostenedor determinó la recuperación de las clases no impartidas por motivos de salubridad del establecimiento educacional, deberá remunerar a su personal docente y asistente de la educación de conformidad con lo expuesto en el presente oficio.
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ORD. N°1985 Docentes; Base Calculo; Indemnización por años de servicio; Bonificación reconocimiento profesional; Procede incluir en la base de cálculo de la indemnización legal por años de servicio, la Bonificación de Reconocimiento Profesional de los docentes que la perciben.
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ORD. N°1913 Docentes; Ley N°19.648; Beneficio de la titularidad; Accedieron al beneficio de la titularidad regulado en la Ley N°19.648, aquellos docentes que desempeñan funciones de aula vinculadas al Plan de Mejoramiento de la Educación financiado con cargo a los recursos de la Subvención Escolar Preferencial, en la medida que al 31.07.2018, hubieran cumplido con los requisitos indicados en el cuerpo del presente informe.
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ORD. N°1817 Docente; Corporación Municipal; Docente; Corporación Municipal;
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ORD. N°1709 Docentes; Ley 20.501; Calidad y Equidad de la Educación; Rectifica Ord. N°1468, 21.04.2020; Rectifica Ordinario N°1468, de 21.04.2020.
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ORD. Nº1537 Ley Nº20.903; Sistema de desarrollo profesional; Docentes excluídos del Sistema; Remuneraciones; Asignación de experiencia; Los docentes que hayan ejercido el derecho de opción establecido en el artículo quinto transitorio de la ley N°20.903, mantendrán la última remuneración mensual devengada correspondiente al mes inmediatamente anterior a aquel en que los profesionales de la educación del establecimiento educacional en que se desempeñan pasen a regirse por el sistema de desarrollo
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ORD. N°1404 Estatuto Docente; Corporación Municipal; Establecimiento Educacional; Director; Asignación Carácter Convencional; La Corporación Municipal de Desarrollo Social de San Joaquín no se encuentra obligada a pagar el beneficio de origen convencional denominado Asignación Directiva Municipal Especial con posterioridad al mes de octubre del año 2012.
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ORD. N°1009 Estatuto Docente; Bonificación por retiro voluntario; Ley 20.822; Computo años de Servicio; El cálculo de la bonificación por retiro voluntario establecida en el artículo 2 inciso segundo de la ley N°20.822 debe considerar los años de servicio continuos y discontinuos prestados a dicha Corporación Municipal, con la prevención efectuada en el presente Informe.
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ORD. N°1052 Estatuto Docente; Titularidad; Ley 19.648; Cantidad horas; Horas lectiva y no lectivas; Requisitos Legales; 1. La distribución de las horas cronológicas semanales que regula el artículo 69 del Estatuto Docente y el artículo 129 del Decreto N°453, de 1991, del Ministerio de Educación de 1991, resulta indiferente para el otorgamiento del beneficio de la titularidad, toda vez que el cómputo de horas debe considerar tanto horas lectivas, como no lectivas. 2. Para dar cumplimiento a la Le
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ORD. N°681 Estatuto docente; Recreo; Actividades curriculares no lectivas; No resulta procedente exigir al personal docente que desempeñe, durante los recreos, actividades curriculares no lectivas ni que se encargue de la disciplina de los alumnos.
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ORD. Nº425 Sala cuna; Bono compensatorio; Vacaciones de invierno y Fiestas Patrias; Docentes; La docente madre de un menor de dos años que se desempeña en un colegio particular subvencionado tiene derecho al bono compensatorio de sala cuna que le sea procedente durante las vacaciones de invierno y de fiestas patrias, por cuanto, a su respecto, dichos periodos no constituyen feriados.
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ORD. N°214 Estatuto Docente; Asignación de responsabilidad técnico pedagógica; Encargado de convivencia escolar; Establecimiento particular subvencionado; El empleador no se encuentra obligado a otorgar al profesional docente que desempeña la función de Encargado de convivencia escolar en un establecimiento particular subvencionado regido por el D.F.L. N°2, de 1998, la asignación de responsabilidad técnico pedagógica, por tratarse de un estipendio especial establecido por los docentes que labora
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ORD. N°216 Estatuto Docente; Bonificación de Reconocimiento Profesional; Docente habilitado; A los profesionales de la educación titulados como profesionales en una Universidad reconocida por el Estado, con un programa o carrera de, a lo menos, 8 semestres académicos y 3.200 horas presenciales, les asiste el derecho a percibir el componente base de la Bonificación de Reconocimiento Profesional, si imparten una especialidad afín a su título en establecimientos educacionales del sector municipal.
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ORD. N°231 Estatuto Docente; Bonificación de Reconocimiento Profesional; Docente autorizado; 1.- La calidad de autorizados para el ejercicio de la función docente, como es el caso de los psicopedagogos que se desempeñan en establecimientos dependientes de la Corporación Municipal de Antofagasta, no los faculta para percibir el pago de la bonificación de reconocimiento profesional prevista en el artículo 1° de la ley N°20.158. 2.- Respecto de los psicopedagogos autorizados para el ejercicio de la
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ORD. N°5817 Evaluación docente; Renuncia por eximirse del proceso de evaluación; Beneficio de incentivo al retiro voluntario; La renuncia a la carga horaria para efectos de la postulación a la bonificación por retiro voluntario no sustituye la renuncia que le permite quedar exento de la evaluación docente en los términos indicados en el inciso final del artículo 70 del Estatuto Docente.
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ORD. Nº5570 Estatuto Docente; Duración y distribución de la jornada de trabajo; La distribución de la jornada de trabajo constituye una cláusula mínima del contrato de trabajo de los docentes, que debe ser acordada por mutuo acuerdo, por lo que el empleador no se encuentra facultado para imponer dicha distribución de forma unilateral, debiendo las partes convenirlas de acuerdo a los criterios establecidos en el artículo 80 del Estatuto Docente.
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ORD. N°5603 Beneficio de la titularidad; Ley N°19.648; Las horas a contrata por las cuales los docentes adquieren la titularidad prevista en la Ley N°19.648, en su nuevo texto fijado por la Ley N°21.152, son aquellas vigentes al 31 de julio de 2018.
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ORD. Nº5564 Estatuto Docente; Horas de Recreo; Las horas de recreo, si bien se consideran para el cómputo de la jornada de trabajo del docente, no son calificadas como actividades curriculares no lectivas.
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ORD. Nº5124 Estatuto Docente; Corporaciones Municipales; Profesionales de la educación; Descanso para colación; Los profesionales de la educación que prestan servicios en establecimientos educacionales dependientes de las Corporaciones Municipales se rigen en materia de descanso para colación por el artículo 34 del Código del Trabajo, por tanto, dicho período no forma parte de la jornada de trabajo del docente ni puede ser imputado a las horas curriculares no lectivas. ANT.: 1) Instrucciones d
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ORD. Nº4984 Estatuto Docente; Ley N°20.903; Sistema de Desarrollo Profesional Docente; Docentes excluidos del Sistema; Asignación por desempeño en condiciones difíciles; Última remuneración mensual devengada; Para los efectos de determinar el monto de última remuneración mensual devengada establecida en el artículo quinto transitorio de la ley N°20.903 debieron considerarse todas aquellas cantidades devengadas por el docente durante el mes de junio de 2017, entre las que se incluye la asignación
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ORD. N°4387 Estatuto Docente; Encargado de Convivencia Escolar; Asignación de responsabilidad técnico-pedagógica; Los profesionales de la educación que desempeñan la función de Encargado de Convivencia Escolar en el sector municipal tienen derecho a percibir la asignación de responsabilidad técnico-pedagógica por tratarse de funciones superiores de carácter técnico pedagógica.
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ORD. N°4288 Estatuto Docente; Bonificación de Reconocimiento Profesional; La calidad invocada, esto es, de autorizada para el ejercicio de la función docente no conlleva el pago de la bonificación de reconocimiento profesional.
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ORD. N°4007 Docente; Jornada de trabajo; Proporcionalidad de horas lectivas y no lectivas; Derecho de alimentación; En la medida en que el horario de clases se haya elaborado respetando la distribución legal para la jornada de los profesionales de la educación, el empleador no está obligado a ajustarlo para que la carga horaria efectivamente realizada por el/la docente que hace uso de la prerrogativa del artículo 206 del Código del Trabajo cumpla con la proporción establecida en el Estatuto Doce
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ORD. N°3631 Estatuto Docente; Corporación Municipal; Ley 20.976; Bonificación por retiro voluntario; No corresponde al empleador negar la tramitación de las postulaciones a la bonificación por retiro voluntario regulada en la Ley N°20.976 que reciba, debiendo dar cumplimiento a su obligación de remitirlas, conjuntamente con sus antecedentes, a la Subsecretaría de Educación.
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ORD. N°1882 Estatuto Docente; Extensión horaria; El carácter indefinido de la extensión horaria no otorga al docente la titularidad de las horas que abarca la misma atendido que su incorporación a la dotación municipal no se efectuó por medio de concurso público.
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ORD. N°1396 Estatuto Docente; Deniega solicitud de reconsideración; Pactos de Libre disponibilidad; Niega lugar a la solicitud de reconsideración de Ordinario N°5936 de 07.11.2017, al señalar que no resulta procedente que las actividades curriculares no lectivas se pacten como horas de libre disponibilidad.
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ORD. N°1400 Estatuto Docente; Establecimiento particular subvencionado; Pactos de libre disponibilidad; No resulta procedente que las horas curriculares no lectivas de los docentes de aula que laboran en un establecimiento educacional particular subvencionado conforme al D.F.L. N°2, de 1998, sean convenidas como de libre disponibilidad, correspondiendo que las partes adecúen los contratos individuales o colectivos de trabajo a lo dispuesto precedentemente.