Jornada, Descansos y Feriados
Los pronunciamientos de la Dirección del Trabajo sobre Jornada, Descansos y Feriados, del más reciente al más antiguo. Página 9.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Jornada, Descansos y Feriados, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Jornada, Descansos y FeriadosTemas de Jornada, Descansos y Feriados
Pronunciamientos
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ORD. N°854 Trabajadores de la Salud; Establecimiento de salud beneficiarios de la Ley N°21.530 de 22.012.2023; Responde consulta sobre la aplicación de descanso reparatorio tratado en la Ley N°21.530, adjuntando Dictamen 423/12, de 22.12.2023.
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ORD. N°856 Trabajadores de la Salud; Establecimiento de salud beneficiarios de la Ley N°21.530 de 22.012.2023; Responde consulta sobre la aplicación de descanso reparatorio tratado en la Ley N°21.530, respecto de los establecimientos beneficiarios, adjuntando Dictamen N°423/12, de 22.02.2023.
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ORD. N°847 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Alcances; 1.- Los trabajadores beneficiarios del descanso reparatorio otorgado por la Ley N°21.530 son los que se señalan en el presente oficio. 2.- El período de desempeño de funciones para tener derecho al beneficio es el que se indica en el presente oficio.
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ORD. N°835 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Ley N°21.409; Procedencia; La obtención del beneficio de descanso reparatorio por el desempeño de labores durante la pandemia por COVID-19 se obtiene por aplicación de la Ley N°21.409 o de la Ley N°21.530.
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ORD. N°832 Descanso compensatorio; Día domingo y festivos; Procedencia; Día adicional de descanso; Otorgamiento; Respecto a los días de descanso adicional de los trabajadores que se desempeñan bajo la modalidad del N°7 del artículo 38 del Código del Trabajo, en el contexto planteado, cabe remitirse a lo señalado en el Dictamen N°97/1 de 18.01.2023, así como a lo expuesto en el presente informe.
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ORD. N°833 Negociación colectiva; Contrato colectivo; Interpretación de Cláusula; Regla de la Conducta; El "Bono Término de Negociación" establecido en el contrato colectivo suscrito entre la empresa Muellaje Central S.A., y el Sindicato de Trabajadores Portuarios Muellaje Central MCE, no puede ser considerado para el cálculo de la remuneración integra del feriado legal debido a la naturaleza esporádica que posee.
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ORD. N°834 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Alcances; 1.- Los centros de diálisis quedan comprendidos dentro de la Ley N°21.530 en los términos expuestos en el presente oficio. 2.- Quedan excluidos del derecho a descanso reparatorio quienes se desempeñen en los establecimientos señalados por la Ley N!21.530 que tengan, de forma copulativa, facultades de representación del empleador y generales de administración. 3.- Son beneficiarios del benefi
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ORD. N°792 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Los trabajadores beneficiarios del descanso reparatorio otorgado por la Ley N°21.530 son los que se señalan en el presente oficio.
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ORD. N°799 Estatuto de Salud; Ley N°21.409; Alcance; El descanso reparatorio especial concedido por la Ley N°21.409 se debe conceder en los términos expuestos en el presente oficio, en el caso de un funcionario que desempeñe funciones simultáneamente para más de una entidad que otorgue el derecho a obtener el referido beneficio.
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ORD. N°793 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; 1.- Corresponde otorgar el beneficio de descanso reparatorio concedido por la Ley N°21.503 al personal con contrato de honorarios, en los términos expresados en el presente oficio. 2.- Para tener derecho al beneficio antes señalado se deben haber prestado servicios continuos durante el período que señala la ley, en los términos expuestos en el presente oficio. 3.- La enumeración de licencias y permiso
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ORD. N°819 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; El período de desempeño de funciones en las entidades que indica la Ley N°21.530 para tener derecho al beneficio de descanso reparatorio concedido por ella es el que se indica en el presente oficio.
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ORD. N°817 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; 1.- Corresponde otorgar el beneficio de descanso reparatorio concedido por la Ley N°21.530 a los trabajadores que se indica, en los términos expresados enel presente oficio. 2.- Para tener derecho al beneficio antes señalado se deben haber prestado servicios continuos durante el período que señala la ley, en los términos expuestos en el presente oficio.
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ORD. N°794 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; 1.- El desempeño de funciones durante período de tiempo exigido por la Ley N°21.530 puede ser con más de un empleador. 2.- El otorgamiento del descanso reparatorio puede ser exigido al nuevo empleador obligado a concederlo en los términos expuestos en el presente oficio. 3.- Los trabajadores que terminaron sus contratos antes de la publicación de la ley no cumplen con el requisito expuesto en el prese
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ORD. N°795 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; 1.- Resulta procedente otorgar el beneficio de descanso reparatorio otorgado por la Ley N°21.530 a los trabajadores que hayan hecho uso de licencia médica según se indica. 2.- El período de desempeño de funciones necesario para tener derecho al descanso reparatorio de la Ley N°21.530 es el que se indica en el presente oficio. 3.- Quedan excluidos del beneficio de descanso reparatorio otorgado por la L
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ORD. N°797 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; 1.- El beneficio de descanso reparatorio concedido por la Ley N°21.530 puede ser utilizado de forma total o parcial. 2.- No resulta procedente el otorgamiento proporcional del beneficio de descanso reparatorio a aquellos trabajadores que ingresaron a prestar servicios con posterioridad al 30.09.2020. 3.- La expresión "tales como" utilizada por el artículo 2° de la Ley N°21.530 permite considerar que e
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ORD, N°801 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; 1.- No resulta procedente imputar el beneficio denominado "tiempo para descansar" que otorga la empresa al descanso reparatorio concedido por la Ley N°21.530 en virtud de la irrenunciabilidad de derechos establecida por el artículo 5° del Código del Trabajo. 2.- Corresponde el beneficio de descanso reparatorio a quienes se hayan desempeñado para dos empleadores en los términos señalados en el presen
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ORD. N°818 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; 1.- Los trabajadores beneficiarios del descanso reparatorio otorgado por la Ley N°21.530 son los que se señalan en el presente oficio. 2.- No resulta procedente que esta Dirección se pronuncie de modo genérico, en los términos expuestos en el presente oficio. 3.- La circunstancia de que un trabajador tenga participación accionaria en el Centro de Salud no implica que esté excluido de la obtención del
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ORD. N°821 Solicitud de Feriado; Medios Electrónicos; 1.- No existen impedimentos legales o administrativos para que las solicitudes de uso de feriado, así como la respuesta del empleador, puedan crearse, firmarse y gestionarse por medios electrónicos. 2.- No obstante, para proceder en la forma señalada en el número anterior, la compañia debe: 2.1.- Utilizar un sistema de registro y control de asistencia autorizado por esta Dirección, el cual debe ajustarse a las normas que a tal efecto estable
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ORD. N°788 Subcontratación; Trabajadores mantención y reparación equipos médicos; Descanso reparatorio; Ley N°21.530; Responde consulta sobre aplicación de descanso reparatorio tratado en la Ley N°21.530, respecto de los trabajadores/as que se dedican a la mantención y reparación de equipos médicos subcontratados para centros de salud privados. Adjunta Dictamen 423/12 de 22.03.2023.
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ORD. N°736 Protección Datos personales; Sistema Control y vigilancia; Jornada de Trabajo; 1. La medida de revisión y control de las cédulas de identidad de los trabajadores debe estar regulada en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad de la empresa, así como las eventuales sanciones. 2. Para el almacenamiento de los datos personales y sensibles de los trabajadores se requiere del consentimiento escrito del trabajador que autorice tal tratamiento. 3. No es jornada pasiva el tiempo d
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ORD. N°729 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; No resulta procedente otorgar el descanso reparatorio concedido por la Ley N°21.530 cuando la prestación de servicios del personal no abarca el período de completo exigido por esta ley que va desde el 30 de septiembre de 2020 al 2 de febrero de 2023.
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ORD. N°730 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; 1.- La suspensión del contrato por aplicación de la Ley N°21.474 no afecta a la continuidad exigida por la Ley N°21.530 para teener derecho al descanso reparatorio. 2. Corresponde el beneficio de descanso reparatorio otorgado por la Ley N°21.530 a quienes se hayan desempeñado para dos empleadores en los términos señalados en el caso que indica. 3. Se considera que existe prestación de servicios exclus
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ORD. N°682 Personal excluido de la limitación de jornada; 1.- La existencia de una relación laboral cuya sujeción a límites temporales está puesta en duda, debe ser una cuestión que se analice a través de una fiscalización en terreno en cada caso en particular. 2.- El inciso segundo del articulo 22 del Código del Trabajo, ha establecido quienes están excluidos de la limitación de jornada de trabajo. A su vez, el literal a) del artículo 42 del Código del Trabajo ha señalado circunstancias que hac
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ORD. N°671 Licencia Médica; Feriado; Asignación de Colación y movilización; Aguinaldo; Procedencia; 1.- Las asignaciones de colación y movilización tienen un carácter compensatorio. 2.- Las remuneraciones ocasionales o que correspondan a períodos de mayor extensión que un mes no se consideran para la base de cálculo del subsidio por incapacidad laboral.
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ORD. N°654 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Resulta procedente otorgar el beneficio de descanso reparatorio concedido por la Ley N°21.530 al trabajador que, cumpliendo con todos los requisitos exigidos por esta preceptiva, se haya desempeñado de forma continua para dos empleadores diferentes.
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ORD. N°649 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Resulta procedente otorgar el beneficio de descanso reparatorio concedido por la Ley N°21.530 a los trabajadores y las trabajadoras que, cumpliendo con todos los requisitos exigidos por esta normativa, se desempañaron en un laboratorio clínico que prestó labores de apoyo al combate de la pandemia COVID-19 efectuando exámenes de detección de dicha enfermedad.
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ORD. N°626 Establecimiento Educacional Particular subvencionado; Feriado; Licencia Médica; Permiso postnatal Parental; Descanso Postnatal; Habiendo coincidido su descanso postnatal y permiso postnatal parental con el período de interrupción de las actividades escolares por las vacaciones estivales, no se encuentra habilitada para exigir el feriado anual en una época distinta.
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ORD. N°631 Establecimiento Educacional Particular subvencionado; Feriado; Licencia Médica; El otorgamiento de una licencia médica durante el feriado de los docentes, que se desempeñan en un establecimiento educacional particular subvencionado, no habilita al trabajador para ejercer este derecho en una oportunidad distinta a la establecida por el legislador.
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ORD. N°634 Competencia Dirección del Trabajo; Consulta genérica; Feriado Progresivo; Acumulación; La Dirección del Trabajo se abstiene de emitir un pronunciamiento jurídico sobre la materia presentada por consistir en una consulta genérica, no referida a la interpretación de algún punto dudoso o obscuro de alguna disposición contenida en la legislación laboral o reglamentación social, sin perjuicio de informar a modo genérico respecto de la acumulación del feriado progresivo.
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ORD. N°593 Sistema de registro y control de asistencia digital; 1) La formula de control propuesto por el recurrente no se ajusta a la normativa vigente sobre la materia ya que por ejemplo, no contempla las alertas asociadas a los tiempos de desconexión de la trabajadora. 2) No existe inconveniente para que los dependientes que presten servicio bajo la modalidad de teletrabajo utilicen sistemas digitales de registro y control de asistencia, tales como una aplicación telefónica o Web.
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ORD. N°603 Estatuto de Salud; Ley N°19.378; Acumulación de Feriado; Covid-19; No resulta procedente la acumulación de feriado de 2021 a 2023 respecto del personal regido por la Ley N°19.378 que se desempeña en una Corporación Municipal, en los términos expuestos en el presente oficio.
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ORD. N°605 Feriado Legal; Procedencia; Acumulación; Los mecanismos de los que dispone el empleador para otorgar el feriado legal a sus dependientes, derivan de su poder de dirección y mando, en conformidad a lo expuesto en el presente informe, así como la reiterada y uniforme jurisprudencia administrativa de este Servicio.
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ORD. N°612 Sistema excepcional de distribución de jornada y descanso; Derecho de Alimentación; Los dependientes que laboren afectos a un sistema excepcional de distribución de jornada y descansos en el que se imposibilite o menoscabe el ejercicio del derecho de alimentación, podrían pactar con su empleador la acumulación del tiempo destinado al referido derecho que no pudieron hacer efectivo.
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ORD. N°564 Estatuto Docente; Establecimiento Educacional Particular Subvencionado; Bono Extraordinario; Asistentes de la Educación; Ley N°21.109; Feriado; 1. El feriado de los asistentes de la educación que se desempeñan en establecimientos educacionales particulares subvencionados es el regulado por el artículo 41 de la Ley Nº21.109. 2. Los asistentes de la educación que se desempeñan en establecimientos particulares subvencionados que hagan uso de licencia médica durante el feriado no podrán
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ORD. N°562 Jornada de Trabajo; Trabajadores Agrícolas; Para determinar los distintos tipos de horario de ingreso de jornada, respecto a los trabajadores que se desempeñan en labores agrícolas, se debe considerar lo expuesto en el presente informe y en la reiterada y uniforme jurisprudencia administrativa de este Servicio.
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ORD. N°563 Contrato individual de Trabajo; Jornada de Trabajo; Limitación de Jornada; No están afectos al límite de jornada, aquellos trabajadores que cumplen con los presupuestos del inciso segundo del artículo 22 del Código del Trabajo, según ha dado cuenta de reiterada y uniforme jurisprudencia administrativa de este Servicio. Sin perjuicio de ello, las partes siempre pueden acudir a la respectiva Inspección a denunciar una infracción, en conformidad a lo expuesto en el presente informe.
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ORD. N°567 Teletrabajo o Trabajo a distancia; Sistema excepcional de distribución de jornadas de trabajo y descansos; Respecto a trabajadores que se encuentran bajo un sistema excepcional de distribución de jornada en faenas mineras y son enviados a sus domicilios para ejecutar sus labores bajo la modalidad de teletrabajo, no podrán seguir realizando sus labores bajo el sistema de distribución excepcional de jornada.
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ORD. N°572 Descanso compensatorio; Día domingo y festivos; Procedencia; Feriado Irrenunciable; Respecto a la aplicación del artículo 38 ter del Código del Trabajo a los trabajadores por los que se consulta, se debe tener presente lo expuesto en el presente informe y la reiterada y uniforme jurisprudencia administrativa de este Servicio.
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ORD. N°554 Descanso compensatorio; Día domingo y festivos; Procedencia; Feriado Irrenunciable; Toda modificación y distribución de jornada de trabajo de días interferiados que incidan en días declarados como irrenunciables por la ley, requieren del acuerdo de voluntades de las partes de la relación laboral, ya sea por la vía individual o colectiva, al tenor de lo expuesto en el presente informe.
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ORD. N°553 Teletrabajo o Trabajo a Distancia; Persona Cuidado niño o niña; Etapa Preescolar; Estado excepción ; La doctrina institucional vigente, acerca de la posibilidad de desarrollar las labores a distancia o en la modalidad de teletrabajo, de personas al cuidado de niños o niñas en etapa preescolar, en caso de que la autoridad decrete estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, o una alerta sanitaria, con ocasión de una epidemia o pandemia a causa de una enferme
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ORD. N°520 Feriado anual; Fraccionamiento; Oportunidad; Las partes de la relación laboral, de común acuerdo, podrán fijar la oportunidad en que el trabajador hará uso de feriado e forma fraccionada, pudiendo acordar que éste se haga efectivo con anterioridad al otorgamiento del período de 10 días hábiles continuos que por tal concepto establece la ley, o con posterioridad a éste.
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ORD. N°518 Profesionales de Educación; Establecimiento Educacional; Corporación Municipal; Los profesionales de la educación que prestan servicios en establecimientos educacionales dependientes de Corporaciones Municipales creadas al amparo del D.F.L.N°1-3.063, de 1980, Ministerio del Interior, se rigen en materia descanso para colación por lo establecido en el artículo 34 del Código del Trabajo, por tanto, dicho período de descanso no forma parte de su jornada de trabajo.
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ORD. N°494 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; 1.- El período de desempeño de funciones para tener derecho al beneficio de descanso reparatorio contemplado por la Ley N°21.530 es el que se indica en el presente oficio. 2.- Corresponde el beneficio de descanso reparatorio a quienes se hayan desempeñado para dos empleadores en los términos señalados en el presente oficio.
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ORD. N°493 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Corresponde que su actual empleador le conceda el beneficio de descanso reparatorio concedido por la ley N°21.530 en los términos expuestos en el presente oficio.
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ORD. N°487 Trabajadores de Ferrocarriles; Turno de espera y llamado; Naturaleza Jurídica; Jornada de Trabajo; Traslados; Jornada Pasiva; 1.- El turno de espera o llamada, no constituye jornada ordinaria de trabajo, pues, la sola circunstancia de encontrarse a disposición del empleador durante el lapso correspondiente a la ejecución de dicho turno permite concluir que no está prestando servicios efectivos, aun cuando ello se deba a causas o imputables a su persona, de manera tal que en dichas opo
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ORD. N°495 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Los días de descanso reparatorio que le corresponden en virtud de lo dispuesto en la Ley N°21.530 a quienes se hayan desempeñado en un sistema mixto, consistente en trabajo presencial y teletrabajo, son los que se indican en el presente oficio.
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ORD. N°477 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; 1.- Los trabajadores beneficiarios del descanso reparatorio otorgado por la Ley N°21.530 son los que se señalan en el presente oficio. 2.- Corresponde el beneficio antes señalado a los trabajadores contratados según las modalidades de contratación señaladas en el presente oficio. 3.- El período de desempeño de funciones para tener derecho al beneficio es el que se indica en el presente oficio. 4.- Cor
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ORD. N°459 Base de Cálculo; Horas extraordinarias; Bonos; Calificación; Sueldo; Verificándose de los antecedentes recabados que existen posturas divergentes y contrapuestas entre las partes respecto a la variabilidad de los bonos pactados a objeto que sirvan de base de cálculo de horas extraordinarias, resulta procedente su esclarecimiento mediante un procedimiento que requiera ponderación y prueba, con sujeción al procedimiento fijado en la ley, al tenor de lo indicado en el presente informe.
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ORD. N°464 Asistentes de la Educación; Establecimiento Educacional; Feriado; Es una prerrogativa del empleador dentro de sus facultades de organizar, administrar y dirigir el establecimiento educacional, el convocar a los asistentes de la educación a prestar servicios cinco días antes del inicio del año escolar puesto que no es posible hacer efectivo los cinco días hábiles al término del año escolar o en otra época, al existir norma expresa que así lo dispone.
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ORD. N°480 Trabajadores del Comercio; Descanso semanal; Feriado Irrenunciable; informa acerca de la normativa y doctrina aplicable.