Jornada, Descansos y Feriados
Los pronunciamientos de la Dirección del Trabajo sobre Jornada, Descansos y Feriados, del más reciente al más antiguo. Página 8.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Jornada, Descansos y Feriados, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Jornada, Descansos y FeriadosTemas de Jornada, Descansos y Feriados
Pronunciamientos
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ORD. N°1230 Trabajadores de la Salud; Descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Procedencia; Para obtener el beneficio de descanso reparatorio por el desempeño de labores durante la pandemia por covid-19 por aplicación de la Ley N°21.530 se debe haber desempeñado funciones en las instituciones que se indican todo el período exigido por esta ley.
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ORD. N°1235 Trabajadores de la Salud; Descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Alcances; Procedencia; Resulta procedente otorgar el beneficio de descanso reparatorio concedido por la Ley N°21.530 al personal que, cumpliendo todos los requisitos exigidos por esta normativa, se desempeñan en establecimientos de salud privados, farmacias y almacenes farmacéuticos, según lo expuesto en el presente oficio.
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ORD. N°1224 Combinación de jornada de trabajo presencial y teletrabajo; Precisa doctrina contenida en el Ordinario N°1163 de 24.08.2023, en el sentido de que resulta jurídicamente procedente la combinación de labores presenciales y prestación de servicios en modalidad de teletrabajo en una misma semana, siempre que en ambos casos se sujeten a los límites generales de jornada, siendo contrario a derecho establecer que, dentro de una misma semana, puedan convivir sistemas que combinen ciertos días
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ORD. N°1209 Trabajadores de la Salud; Descanso reparatorio; Ley 21.530; Covid-19; No resulta procedente otorgar el beneficio de descanso reparatorio concedido por la Ley N°21.530 al personal que se desempeña en establecimientos de larga estadía para adultos mayores.
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ORD. N°1194 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; No resulta procedente otorgar el beneficio de descanso reparatorio concedido por la Ley N°21.530 al personal que se desempeña en establecimientos de larga estadía para adultos mayores.
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ORD. N°1182 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Alcances; No resulta procedente considerar como beneficiarios del descanso reparatorio otorgado por la Ley N°21.530 a los trabajadores que se indican en el presente oficio.
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ORD. N°1183 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Alcances; No resulta procedente considerar como beneficiario del descanso reparatorio por la Ley N°21.530 a los trabajadores que se indican en el presente oficio.
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ORD. N°1163 Combinación Jornada de Trabajo presencial y Teletrabajo; 1. Resulta ilegal todo acuerdo de combinación de tiempos de trabajo presencial con tiempos de teletrabajo en el transcurso de una misma semana, así como, no resulta conforme a derecho que sea el empleador el que decida, incluso dentro del mismo día, que modalidad de trabajo se aplicará al trabajador si presencial o teletrabajo. 2. Se derivarán los antecedentes de su presentación para que las oficinas de la Inspección del Trabaj
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ORD. N°1136 Descanso día Domingo y Festivo; Procedencia; Feriado Irrenunciable; Respecto a los días de descanso compensatorio por los días de feriado irrenunciable correspondiente a los días 25 de diciembre de 2022 y 1 de enero 2023 laborados por los dependientes de la empresa Hotel Luxe S.p.A., se debe tener presente lo expuesto en el presente informe, y en la reiterada y uniforme jurisprudencia administrativa de este Servicio.
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ORD. N°1118 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Alcances; No resulta procedente considerar como beneficiarios del descanso reparatorio otorgado por la Ley N°21.530 a los trabajadores que se indican en el presente oficio.
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ORD. N°1123 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; No resulta procedente considerar como beneficiarios del descanso reparatorio otorgado por la Ley N°21.530 a los trabajadores que se indican en el presente oficio.
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ORD. N°1121 Jornada de Trabajo; Trabajadores excluídos del límite de jornada; 1) No se ajusta a Derecho la cláusula contractual que mantiene excluidos de la limitación de la jornada ordinaria a trabajadores respecto de quienes o concurren los requisitos que el inciso 2° del artículo 22 del Código del Trabajo establece para tal exclusión. 2) Si en cumplimiento de sus facultades legales la Inspección del Trabajo verifica en terreno situaciones objetivas, que importan incumplimiento de las leyes la
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ORD. N°1093 Trabajadores de la Salud; Descanso Reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Alcances; Para tener derecho al beneficio de descanso reparatorio concedido por la Ley N°21.530 el personal se debe desempeñar en alguna de las entidades señaladas por esta normativa que haya participado en el combate de la pandemia por COVID-19.
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ORD. N°1095 Jornada Extraordinaria de trabajo; Competencia Dirección del Trabajo; 1. Es ilegal pactar una jornada extraordinaria con un carácter permanente. 2. Este Servicio se abstiene de emitir un pronunciamiento jurídico, en tanto, la materia sometida a conocimiento no requiere de un ejercicio interpretativo de la ley laboral, sino que, la consulta tiene por objeto obtener la aprobación de la autoridad administrativa acerca de la forma en que el empleador pretende ejercer su poder de administ
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ORD. N°1090 Sistema de registro y control de asistencia digital; Jornada de Trabajo; Personal embarcado; Resolución Exenta N°686 de 09.07.2022; A la fecha de confección del presente informe el único sistema de registro y control de asistencia electrónico que se ha acreditado cumplir con las normas de la Resolución Exenta N°686 de 09.07.2022, que establece mecanismo especial para el control de jornada del personal embarcado, es "GeoVictoria Embarcados", perteneciente a la compañía Victoria S.A.
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ORD. N°1062 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Alcances; Sólo son beneficiarios del descanso reparatorio otorgado por la Ley N°21.530 quienes se desempeñen en los establecimientos que se indican y que hayan participado en el efectivo combate de la pandemia por COVID-19, en los términos expuestos en el presente oficio.
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ORD. N°1060 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Alcances; Son trabajadores beneficiarios del descanso reparatorio previsto en el artículo 1° de la Ley N°21.530 los trabajadores/as que se desempeñaron, cumpliendo todos los requisitos exigidos por la normativa, en las entidades que se detallan en dicha normativa, en la medida que hayan realizado funciones propias del combate de la pandemia de COVID-19.
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ORD. N°1053 Teletrabajo o Trabajo a Distancia; Alerta Sanitaria Covid-19 y otros virus respiratorios; De acuerdo con la jurisprudencia institucional, el empleador debe ofrecer la modalidad de teletrabajo o trabajo a distancia a los trabajadores que se encuentren en las situaciones descritas en el cuerpo del presente informe, durante todo el período de tiempo por el cual se extiende la alerta sanitaria decretada por la enfermedad COVID-19 de acuerdo con el Artículo 1 de la Ley N°21.342 y sus pró
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ORD. N°1052 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Alcances; 1.- Quedan excluidos del derecho a descanso reparatorio quienes se desempeñen en los establecimientos señalados por la Ley N°21.530 que tengan, de forma copulativa, facultades de representación del empleador y generales de administración y quienes hayan hecho uso efectivo del beneficio contenido en la Ley N°21.409. 2.- La obligación de pagar el descanso reparatorio otorgado por la Ley N°21.
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ORD. N°1035 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Alcances; No resulta procedente considerar como beneficiarios del descanso reparatorio otorgado por la Ley N°21.530 a los trabajadores que se indican en el presente oficio.
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ORD. N°1026 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Alcances; No resulta procedente otorgar el descanso reparatorio concedido por la Ley N°21.530 al personal de la empresa C-DAR SPA que presta servicios en el Hospital Padre Hurtado.
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ORD. N°1034 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Alcances; No resulta procedente considerar como beneficiarios del descanso reparatorio otorgado por la Ley N°21.530 a los trabajadores que se indican en el presente oficio.
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ORD. N°1038 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Alcances; No resulta procedente considerar como beneficiario del descanso reparatorio otorgado por la Ley N°21.530 a los trabajadores que se indican en el presente oficio.
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ORD. N°1037 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Alcances; No resulta procedente considerar como beneficiarios del descanso reparatorio otorgado por la Ley N°21.530a los trabajadores que se indican en el presente oficio.
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ORD. N°1029 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Alcances; El período de desempeño de funciones en las entidades que indica la Ley N°21.530 para tener derecho al beneficio de descanso reparatorio concedido por ella es el que se indica en el presente oficio.
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ORD. N°1033 Guardias de Seguridad; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Responde consulta sobre la aplicación de descanso reparatorio tratado en la Ley N°21.530, respecto a los que se desempeñaban como Guardias de Seguridad, adjuntanto Dictamen 423/12, de 22.02.2023.
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ORD. N°1027 Trabajadores de la Salud; Descanso Reparatorio; Ley N°21.530; Ley N°21.409; Procedencia; Para obtener el beneficio de descanso reparatorio por el desempeño de labores durante la pandemia por COVID-19 por aplicación de la Ley N°21.530 se deben haber desempeñado funciones en las instituciones que se indican durante todo el período exigido por esta ley.
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ORD. N°1028 Trabajadores de la Salud; Descanso reparatorio; Ley N°21.530; Cambio empleador, continuidad; Para obtener el beneficio de descanso reparatorio porel desempeño de labores durante la pandemia por COVID-19, por aplicación de la Ley N°21.530, se debe haber desempeñado funciones en las instituciones que se indican durante todo el período exigido por la ley.
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ORD. N°1025 Jornada parcial de Trabajo; Trabajadores del Comercio y Servicios; Descanso Domingos y Festivos; Los trabajadores de establecimientos de comercio y servicios que se desempeñen en jornada parcial de trabajo para cumplir funciones en días sábado, domingo y festivos, gozan del derecho a un incremento remunerativo por las horas ordinarias trabajadas en día domingo, las que deberán ser remuneradas con un recargo de, a lo menos un 30%, calculado sobre el sueldo convenido para la jornada o
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ORD. N°1022 Asistente de la Educación; Establecimiento Educacional Particular Subvencionado; Ley N°21.109; 1) En caso de que se fije como fecha de término del feriado cinco días antes del inicio del año escolar, en virtud de lo dispuesto en el inciso 3° del artículo 41 de la Ley N°21.109, no deberán compensarse esos cinco días. 2) El día 1° de marzo de 2021 recayó en día lunes, por lo que los cinco días hábiles inmediatamente anteriores, eran el 22 al 26 de febrero de ese mismo año," por lo que
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ORD. N°1021 Descanso Compensatorio; Día Domingo; Trabajadores del Comercio; Competencia Dirección del Trabajo; 1) No existe una restricción legal para que los trabajadores tengan días de descanso que recaigan en domingo más allá de los dos domingos en el ciclo de un mes que exige la normativa del artículo 38 inciso 4° del Código del Trabajo, ya que la norma en análisis utiliza la expresión "a lo menos" para referirse a los dos días domingo que debe otorgar al mes como descanso. De ello se deriva
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ORD. N°1008 Empresas de Servicios Transitorios; Contrato de Trabajo; Indemnización; Feriado Legal proporcional; El feriado legal proporcional a que se refiere el artículo 183 V del Código del Trabajo debe ser indeminzado de la manera en que se expone en el presente oficio.
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ORD. N°971 Establecimiento educacional particular subvencionado; Asistente de la Educación; Feriado; El feriado de la trabajadora por la que consulta corresponde a aquel regulado en el artículo 41 de la Ley N°21.109.
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ORD. N°989 Sistema excepcional de distribución de jornada y descanso; Establecimiento de hospitalización domiciliaria; No resulta procedente autorizar la implementación de un sistema excepcional de distribución de jornadas y descansos para los trabajadores que prestan servicios de atención de salud domiciliaria a pacientes en cuyo hogar se ha habilitado la hospitalización domiciliaria.
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ORD. N°984 Jornada de Trabajo; Trabajadores Sector Hotelero; Recepcionista; Sistema de Trabajo que comprende días domingo y festivos; El establecimiento de sistemas de trabajo que comprendan los días domingo y festivos constituye una facultad propia del empleador que debe ejecutarse dando cumplimiento a las disposiciones legales pertinentes. Tratándose de todos los trabajadores de establecimientos hoteleros, para los efectos de autorizar su desempeño en días domingo y festivos y la regulación de
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ORD. N°936 Jornada de Trabajo; Choferes de vehículos de carga interurbana; Tiempos de espera y descansos; Atiende presentación relativa a consultas en materia de jornada transporte de choferes de vehículos de carga terrestre interurbana.
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ORD. N°935 Principio de especialidad; Ley N°21.342; Emergencia Sanitaria Covid-19; 1) Conforme al artículo 1° de la Ley N°21.342, el empleador tiene la obligación de implementar la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, sin reducción de remuneraciones, mientras se mantenga la alerta sanitaria por COVID-19, siempre que se reúnan los siguientes requisitos: Que la naturaleza de las funciones que preste el trabajador a la trabajadora lo permita; Que el trabajador o la trabajadora consienta
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ORD. N°904 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Alcance; 1.- Los días por concepto de descanso reparatorio que se deban compensar al término de la relación laboral constituyen remuneracion. 2.- Las asignaciones de colación y movilización no constituyen remuneración.
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ORD. N°895 Jornada de Trabajo; Trabajadores Cuerpo de Bomberos; Según el artículo 152 bis del Código del Trabajo, los trabajadores de los Cuerpos de Bomberos que vivan en dependencias de su empleador, no están sujetos a horario, sino que éste es determinado por la naturaleza de su labor, debiendo tener normalmente un descanso absoluto mínimo de 12 horas diarias. Lo anterior, en conformidad a lo expuesto en el presente informe.
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ORD. N°877 Estatuto de Salud; Acumulación de feriado; La funcionaria que se encuentra regida por la Ley N°19.378, que desea acumular su feriado, debe pedir expresamente a la entidad empleadora hacer uso conjunto de su feriado con el correspondiente al año siguiente.
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ORD. N°882 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Alcances; Los trabajadores beneficiarios del descanso reparatorio otorgado por la Ley N°21.530 son los que se señalan en el presente oficio.
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ORD. N°881 Sistema excepcional de distribución de jornada y descanso; Derecho de Alimentación; Los dependientes que laboren afectos a un sistema excepcional de distribución de jornada y descansos en el que se imposibilite o menoscabe el ejercicio del derecho de alimentación, podrían pactar con su empleador la acumulación del tiempo destinado al referido derecho que no pudieron hacer efectivo.
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ORD. N°875 Descanso compensatorio; Art. 38 N°7 del Código del Trabajo; Procedencia; Las empresas exceptuadas del descanso dominical en virtud de lo dispuesto en el art. 38 N°7 del Código del Trabajo, están obligadas a otorgar un día de descanso compensatorio por cada domingo y festivo laborado por sus trabajadores, no siendo jurídicamente procedente que el empleador modifique dicho sistema unilateralmente, en conformidad a lo expuesto en el presente informe.
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ORD. N°874 Sistema excepcional de distribución de jornada y descanso; Guardias de Seguridad; Resolución N°1185, 27.09.2006; 1) El Ord. N°1665 de 15.06.2021 recoge la reiterada doctrina institucional extendiendo el alcance de las normas citadas a los sistemas excepcionales de distribución de jornada y descansos de los guardias de seguridad y vigilantes privados que están previstas en los ciclos de la Resolución N°1.185, ya que no existe fundamento plausible para compensar solo los días festivos y
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ORD. N°870 Jornada de Trabajo; Duración; Choferes y Auxiliares Buses Interurbanos; Consulta Genérica; Atiende presentación relativa a consultas en materia de jornada transporte de choferes de vehículos de carga terrestre interurbana.
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ORD. N°871 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Alcances; Son beneficiarios del descanso reparatorio otorgado por la Ley N°21.530 quienes se desempeñen en los establecimientos que se indican, en los términos expuestos en el presente oficio.
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ORD. N°865 Trabajadores de la Salud; Establecimiento de salud beneficiarios de la Ley N°21.530 de 22.012.2023; Responde consulta sobre la aplicación de descanso reparatorio tratado en la Ley N°21.530, respecto de los establecimientos beneficiarios, adjundando Dictamen N°423/12, de 22.02.2023.
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ORD. N°848 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Alcance; No tiene derecho al beneficio de descanso reparatorio otorgado por la Ley N°21.530 la trabajadora que no ha prestado servicios continuos durante el período que señala la ley, en los términos expuestos en el presente oficio.
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ORD. N°849 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Alcances; Resulta procedente otorgar el beneficio de descanso reparatorio concedido por la Ley N°21.530 a la trabajadora que, cumpliendo con todos los requisitos exigidos por esta preceptiva, se haya desempeñado de forma continua para más de un empleador.
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ORD. N°846 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Alcances; Los trabajadores beneficiarios del descanso reparatorio otorgado por la Ley N°21.530 son los que se señalan en el presente oficio.