Dirección del Trabajo · Competencia y Facultades de la DT
Reconsideración de Dictámenes
Los pronunciamientos de la Dirección del Trabajo sobre Reconsideración de Dictámenes, del más reciente al más antiguo.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Competencia y Facultades de la DT, que incluye Reconsideración de Dictámenes, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Competencia y Facultades de la DTPronunciamientos
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La norma confirma que los choferes y auxiliares de locomoción colectiva interurbana deben tener un descanso mínimo ininterrumpido de ocho horas dentro de cada veinticuatro. Rechaza la solicitud para cambiar el criterio administrativo anterior sobre este descanso.
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La norma aclara que la prohibición de negociar colectivamente se aplica a entidades con financiamiento estatal superior al 50% de su presupuesto, ya sea directo o mediante impuestos, y revisa su interpretación previa.
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La norma deja sin efecto la doctrina del Dictamen N°747/39, acogiendo la reconsideración de AGEMA, y valida el acuerdo marco de 2022 entre la Confederación de Trabajadores del Cobre y la asociación, resolviendo su aplicabilidad en negociación colectiva.
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La norma establece que los servicios mínimos y equipos de emergencia deben estar calificados antes de iniciar la negociación colectiva, incluso si el sindicato se constituye recién, reconsiderando la doctrina anterior.
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ORD.N°231 Contrato individual; Cláusula tácita; Remuneraciones; Reliquidación incentivos; No resulta procedente acoger la solicitud de reconsideración de lo resuelto en el Ordinario Nº771 de 24.11.2025, por encontrarse ajustado a derecho, sin que su presentación haya aportado nuevos antecedentes que permitan variar la conclusión arribada en aquel.
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ORD.N°199 Feriado progresivo; acreditación de años de servicio; Por las razones expuestas en el cuerpo de este informe niega lugar a la solicitud de reconsideración de la doctrina de este Servicio, contenida entre otros, en Dictamen Nº4551/222 de 21.07.1995, conforme con la cual para ejercer el derecho a feriado progresivo se debe acreditar de manera previa a hacer uso del feriado básico, los años de servicio que indica el artículo 68 del Código del Trabajo.
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La norma redefine el registro de instrumentos colectivos, ajustándolo al artículo 324 del Código del Trabajo y dejando sin efecto las instrucciones previas del Manual de Procedimientos.
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Se niega la reconsideración del Dictamen Nº1831/39, confirmando que su contenido se ajusta plenamente a derecho, por lo que se mantiene vigente lo resuelto en dicha norma.
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ORD.N°139 Jornada de trabajadores del rubro hotelero; Descanso semanal en días domingo y festivos; No se otorgaron argumentos con el suficiente mérito para reconsiderar la doctrina contenida en el Dictamen Nº4.915/76 de 03.10.2016, razón por la cual se rechaza la solicitud de reconsideración de la jurisprudencia contenida en el señalado pronunciamiento.
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La norma deniega la reconsideración de un dictamen previo, confirmando que el Estatuto Docente y la Ley N°21.645 no permiten el teletrabajo para docentes, priorizando la conciliación de la vida personal, familiar y laboral sin modificar lo resuelto.
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ORD.N°786 Sistema de Desarrollo Profesional Docente; Remuneraciones; Atendido que los argumentos expuestos por el recurrente ya fueron ponderados al emitirse el pronunciamiento cuya reconsideración solicita, no cabe sino rechazar el requerimiento de reconsideración de la conclusión 5 del Dictamen N°582/22 de 20.04.2023.
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ORD.N°700 Solicitud de reconsideración de Dictamen N°2401/43 de 19.10.2021, complementado mediante Dictamen N°510/20 de 11.04.2023; Procedencia; 1. No resulta jurídicamente procedente la revisión de la doctrina de esta Dirección, contenida en el Dictamen N°2401/43 de 19.10.2021, complementada mediante Dictamen N°510/20 de 11.04.2023, con el objeto de determinar si, a propósito de su dictación, se ha podido incurrir en alguna causal que amerite la reconsideración de dicho pronunciamiento jurídico
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ORD.N°660 Niega lugar a reconsideración de Ordinario N°188 de 31.03.2025; No resulta procedente reconsiderar el Ordinario N°188, de 31.03.2025, conforme al cual la jornada ordinaria máxima aplicable a los trabajadores choferes maquinistas que no viven en las dependencias de los cuarteles de bomberos, corresponde en la actualidad a 44 horas semanales por la aplicación de las reformas introducidas por la Ley N°21.561, que hacen aplicables a su respecto lo dispuesto en el inciso primero del artícul
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ORD.N°617 Deniega reconsideración de Ord.N°381 de 03.06.2025; No resulta procedente acoger la solicitud de reconsideración de lo resuelto en un Ordinario por quien no acredita representación ni autorización de alguna de las partes a quienes se refiere dicho oficio.
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ORD.N°570 Improcedencia; Recurso de reposición; Subsidio de recurso jerárquico; No resultan procedentes el recurso de reposición y, en subsidio, el jerárquico regulados en el artículo 59 de la Ley N°19.880 para impugnar el Ordinario N°11, de 10.01.2025.
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ORD.N°377 Derogación tácita; Competencia de la Dirección del Trabajo; Se rechaza la solicitud de reconsideración del Ordinario N°911, de 30.12.2024, de esta Dirección por encontrarse ajustado a derecho, sin que su presentación haya aportado nuevos antecedentes que permiten variar la conclusión arribada en aquel.
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ORD.N°354 Ley N° 19.880; Reposición del Ordinario; Improcedencia; No resulta procedente la revisión del Ordinario N°211 de 04.04.2025, a través del recurso de reposición, previsto en el artículo 59 de la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de la Administración del Estado, sin perjuicio de lo señalado en el cuerpo del presente informe.
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ORD.N°291 Competencia Dirección del Trabajo; Solicitud de reposición del Ordinario N°757 de 18.11.2024; Procedencia; No resulta jurídicamente procedente pronunciarse sobre el recurso de reposición deducido por la Asociación Nacional de Oficiales Penitenciarios, en conformidad con la normativa contenida en la Ley N°19.880, con el objeto de que se deje sin efecto la conclusión contenida en el Ordinario N°757 de 18.11.2024 emitido por este Servicio, que denegó la solicitud de invalidación administ
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ORD. N°129 Sistema de control de Fatiga, somnolencia y distracción; Choferes; Rechaza reconsideración Ord. N°333, 29.05.2024; Se rechaza la solicitud de reconsideración del Ord. N°333 de 29.05.2024, por encontrarse sus conclusiones plenamente ajustadas a derecho.
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ORD. N°96 Vínculo de subordinación y dependencia; Socio Mayoritario; Administración y representación; Se deniega la solicitud de reconsideración del Ordinario N°466, de 24.07.2024, de esta Dirección, por encontrarse ajustado a derecho, sin que su presentación haya aportado nuevos antecedentes que permitan variar la conclusión arribada en aquel.
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ORD. N°863/33 Protección a la Maternidad; Sala cuna; Autorización de funcionamiento; Reconocimiento Oficial del Estado; Reconsidera Dictamen N°4634/29 de 01.10.2019; 1)La modificación del plazo establecida por la Ley N°21.405 opera sin que se requiera para su implementación la modificación de los dictámenes emitidos por este Servicio. 2)Se modifica parcialmente la doctrina contenida en el Dictamen N°4634/29 de 01.10.2019, sólo en cuanto a que, en aquellos casos en que el establecimiento de educa
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ORD. N°827 Traspaso del Servicio Educacional; Ley N°21.040; 1. Las razones esgrimidas por usted no constituyen nuevos antecedentes que justifiquen para este Servicio, modificar el criterio definido en el Dictamen N°1238/36 de 14.09.2023. 2. Al Administrador Provisional le corresponderá desempeñar las funciones y ejercer las facultades propias del sostenedor, por tanto, durante el período en que ejerce dicha administración, se entiende que tiene la calidad de empleador de la dotación docente y de
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ORD. N°782 Reducción de la jornada laboral; Ley N°21.561; Se niega lugar a la solicitud de reconsideración del Dictamen N°84/04 de 06.02.2024.
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ORD. N°757 Asociación de Funcionarios; Constitución Asociaciones; Solicita invalidación administrativa Dictamen N°510/20 de 11.04.2023; Procedencia; 1)Resulta jurídicamente improcedente la revisión del Dictamen N°510/20 de 11.04.2023 emitido por esta Dirección, con el objeto de determinar si, a propósito de su dictación, se ha podido incurrir en alguna causal que amerite la invalidación de dicho pronunciamiento jurídico, acorde con las disposiciones previstas en el artículo 53 de la Ley N°19.880
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ORD. N°645 Competencia Dirección del Trabajo; Invalidación Oficio Ordinario de Valparaíso N°500-42900/2023 de 20.11.2023; No resulta aplicable respecto del acto de la Dirección del Trabajo, el procedimiento contenido en la Ley N°19.880.
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ORD. N°647 Trabajadores de la Salud; Descanso reparatorio; Ley N°21.530; Deniega reconsideración del Ordinario 1411, de 13.11.2023; No resulta procedente acoger la solicitud de reconsideración de lo resuelto en un Ordinario por quien no acredita representación ni autorización de alguna de las partes a quienes se refiere dicho oficio.
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ORD. N°610 Profesionales de la Educación; Licencia Médica; Feriado; Atendido que la jurisprudencia de esta Dirección se encuentra debidamente fundada sobre la base de la legislación vigente, y que no se han aportado antecedentes que permitan modificar la doctrina precedentemente expuesta, no cabe sino rechazar la reconsideración solicitada.
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ORD. N°409 Estatuto Docente; Trabajadores de la Educación; Licencia Médica; Feriado; Atendido que la jurisprudencia de esta Dirección se encuentra debidamente fundada sobre la base de la legislación vigente, y que no se han aportado antecedentes que permitan modificar la doctrina precedentemente expuesta, no cabe sino rechazar la reconsideración solicitada
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ORD. N°372 Negociación Colectiva; Aumento Cuota Sindical; Organización Sindical; Socios Desafiliados; 1.Niega lugar a la reconsideración de la doctrina contenida en Ordinario N°1082 de 03.08.2023, que concluye: «No resulta jurídicamente procedente aumentar el valor de la cuota ordinaria sindical que por aplicación del artículo 323 del Código del Trabajo debe pagar el socio desafiliado a su anterior sindicato durante toda la vigencia del instrumento colectivo al que esté afecto», por resultar co
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ORD. N°373 Emergencia Sanitaria Covid-19; Reconsideración Dict. N°3234/34, 03.12.2020; Niega solicitud de reconsideración del Dictamen N°3234/34 de 03.12.2020, atendido que la doctrina sustentada en el mismo se encuentra ajustada a derecho.
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ORD. N°326 Personal embarcado o gente de mar; Jornada de Trabajo; Se deniega la solicitud de reconsideración del Ordinario N°1375, de 29.04.2021, de esta Dirección, por encontrarse ajustado a derecho, sin que su presentación haya aportado nuevos antecedentes que permitan variar la conclusión arribada en aquel.
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ORD. N°298 Negociación Colectiva; Sindicato con más de un contrato colectivo vigente; Modificación vigencia; Duración Instrumento Colectivo; 1. Niega lugar a la reconsideración de la doctrina contenida en el Ordinario N°1271 de 04.10.2023, según la cual, en el próximo proceso de negociación colectiva que corresponda iniciar al Sindicato de Trabajadores Minera Meridian El Peñón, ajustándose a lo dispuesto en el artículo 333 del Código del Trabajo, dicha organización deberá optar por uno de los d
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ORD. N°280 Competencia Dirección del Trabajo; Recurso de Reposición; Recurso Jerárquico; 1) Atendido que los argumentos expuestos por el recurrente ya fueron ponderados al emitirse el pronunciamiento cuya reconsideración solicita, no cabe sino rechazar el requerimiento de reconsideración del Ordinario N°128 de 20.02.2024. 2) Corresponde rechazar el recurso jerárquico interpuesto.
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ORD. N°65 Asociación de Funcionarios; Administración del Estado; Directorio Provincial y Regional; Cuórum; Ley N°19.296; Niega lugar a reconsideración del Dictamen N°510/20 de 11.04.2023.
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ORD. N°1365 Deniega reconsideración Ord. N°1029, 27.07.2023; Trabajadores de la Salud; Descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; No resultan procedentes el recurso de reposición y, en subsidio, el jerárquico regulados en el artículo 59 de la Ley N°19.880 para impugnar el Ordinario N°1029, de 27.07.2023, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio.
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ORD. N°1054 Estatuto de Salud; Autonomía Sindical; Cotizaciones; 1.- En virtud de la autonomía de que gozan las organizaciones de trabajadores regidas por la Ley N°19.296, esta Dirección debe abstenerse de intervenir en los conflictos sobre afiliación suscitados entre una asociación de funcionarios y la Corporación Municipal de Desarrollo Social, de Iquique. 2.- Se reconsidera el Ordinario N°53/2023, de 08.05.2023, de la Dirección Regional del Trabajo de Tarapacá, en el sentido que indica.
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ORD. N°965 Recursos de reposición y jerárquico; Procedencia; Estatuto de Salud; Capacitación; Puntaje; 1.- No resultan procedentes el recurso de reposición, y en subsidio, el jerárquico regulados en el artículo 59 de la Ley N°19.880 para impugnar el Ordinario N°1730, de 04.10.2022, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio. 2.- Se reconsidera el Ordinario N°1730, de 04.10.2022, de esta Dirección, en el sentido que indica.
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ORD. N°31 Recurso de Revisión impugnado; Desición administrativa; 1. El recurso de revisión interpuesta por Ud. con fecha 03.11.2022 y, en virtud del cual impugnó decisión administrativa emitida por el Inspector Provincial del Trabajo Illapel-Choapa vía correo electrónico de fecha 12.10.2022, deberá ser presentado ante el Director Regional del Trabajo de Coquimbo en el plazo legal e invocando una o más de las causales que regula el artículo 60 de la Ley N°19.880. 2. Deberá ser considerada la doc
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ORD. N°1224 Caja de Compensación Asignación Familiar; Afiliados y desafiliados; Procedimiento especial; El Ord. N°370 de fecha 07.03.2022, por el cual se consulta, fue reconsiderado por el Ord. N°968 de fecha 02.06.2022, autorizando la utilización del sistema de votaciones electrónicas ADA, en las condiciones que se indican en el presente pronunciamiento.
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ORD. N°968 Caja de Compensación Asignación Familiar; Afiliados y desafiliados; Procedimiento especial; Emergencia Sanitaria Covid-19; Reconsidera la doctrina contenida en Ord. N°370 de 07.03.2022, precisando que no existe inconveniente jurídico para que el personal que se desempeña en las empresas Rimu S.A. y Toromiro S.p.A. -frente al impedimento de celebrar una asamblea.- manifieste su consentimiento en le sentido de desafiliación de una Caja de Compensación de Asignación Familiar y de afiliar
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ORD. N°486 Comité Paritario de Puerto; Deniega la reconsideración del Dictamen N°2247/17 de 03.08.2020, por encontrarse ajustado a derecho.
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ORD. N°207 Principio de Continuidad laboral; Casinos de Juegos; 1.- No procede reconsiderar el criterio de este Servicio contenido en el Ord. N°3303 de 17.12.2020. 2.- La doctrina uniforme e invariable de este Servicio ha señalado que los cambios o modificaciones de la persona jurídica empleadora, sea como concesionaria o sociedad operadora de un casino de juegos, no alterarán los derechos y obligaciones de los trabajadores emanados de sus contratos individuales o de los instrumentos colectivos
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ORD. N°38 Asistentes de la Educación; Establecimiento Educacional particular subvencionado; 1. Los Asistentes de la educación que se desempeñan en establecimientos particulares subvencionados regidos por el D.F.L. N°2, de 1998, del Ministerio de Educación, se encuentran comprendidos entre los beneficiarios de la bonificación especial establecida en el artículo 30 de la Ley N°20.313. 2. Se reconsidera Ordinario N°1092 de 09.03.2017, en el sentido que los asistentes de la educación que prestan se
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ORD. N°2769 Licencias Médicas; Facultad del Empleador; Reconsidera Ordinarios N°3870 y 3871, ambos de 13.08.2019, en el sentido indicado en el cuerpo del presente informe.
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ORD. N°2527 Feriado Colectivo; Clausula Tácita; Feriado Progresivo; Imputación; Deniega reconsideración del Ord. N°1894 de 28.07.2021; Complementa Ord. N°1894 de 28.07.2021; 1. Se deniega la solicitud de reconsideración de lo tratado en Ordinario N°1894 de 28.07.2021, del Jefe del Departamento Jurídico de esta Dirección, por encontrarse ajustado a derecho. 2. El ejercicio del derecho que el artículo 76 confiere al empleador,en orden a implantar feriado colectivo no puede transgredir o menoscabar
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ORD. N°2124 Descanso Compensatorio; Días domingo y Festivos; Horas Extraordinarias; Reconsidera Ord. N°1339, 28.02.2021; Se confirma la doctrina de que la coincidencia de un domingo y un feriado no otorga derecho a horas extraordinarias ni a descanso compensatorio.
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ORD. N°1934 Recurso reposición y subsidio jerárquico; Ord. N°005, 04.01.2021; Los recursos administrativos de reposición y en subsidio jerárquicos regulados por el artículo 59 de la Ley N°19.880, son improcedentes para impugnar pronunciamientos jurídicos de la Dirección del Trabajo.
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ORD. N°1715 Subcontratación; Sector Público; Reconsideración Ord. N°4295, 06.09.2019; Esta Dirección mantiene el criterio sustentado en Ordinario N°4295 de 06.09 2019, en cuanto a que la normativa que regula el trabajo en régimen de subcontratación es aplicable a las instituciones del sector público, como también, que el alcance de tales normas respecto a las entidades que integran dicho sector, corresponde a la Contraloría General de la República.
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ORD. N°1700 Trabajadores Portuarios; Rechaza solicitud de reconsideración de dictamen N°3764/186 de 09.10.2001.
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ORD. N°1516 Jornada de Trabajo; Autorización; Reconsideración Ord. N°545, 10.02.2021; Se desestima reconsideración de Ord. N°545, y se remite presentación y antecedentes al Depto. de Inspección de esta Dirección, instancia competente para pronunciarse sobre la legalidad de disponer para el caso que se examina, un sistema excepcional de distribución de jornada de trabajo y descansos regulado por los incisos penúltimo y final del artículo 38 del Código del Trabajo.