Registro y Control de Asistencia
Los pronunciamientos de la Dirección del Trabajo sobre Registro y Control de Asistencia, del más reciente al más antiguo. Página 5.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Registro y Control de Asistencia, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Registro y Control de AsistenciaTemas de Registro y Control de Asistencia
Pronunciamientos
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ORD. N°587 Documentación laboral electrónica; No existe inconveniente para que los empleadores utilicen el sistema de generación, gestión y firma de documentación electrónica laboral denominado "Unysoft ERP Web", consultado por la empresa Sistemas Integrados en Control Ltda., en la medida que la plataforma se implemente en los mismos términos autorizados.
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ORD. N°590 Sistema de registro y control de asistencia digital; A partir 09.05.2024, los requerimientos asociados con sistemas electrónicos de registro y control de asistencia deben ajustarse a las normas de la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024.
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ORD. N°534 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema electrónico de registro y control de asistencia denominado "BNOVUS", presentado por la empresa Intercapit S.A., se ajusta a todas las exigencias establecidas por el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral.
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ORD. N°535 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia presentado por la empresa Everscrisp Snack Productos de Chile S.A., desarrollado por la compañía Consultoría en Sistema de Clase Mundial S.A., denominado "UKG Workforce Kronos + MyPaltime", se ajusta a todas las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen Nº2927/58, de 28.12.2021, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.
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ORD. N°496 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "CheckIO", no se ajusta a todas las exigencias establecidas en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD. N°480 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "GOPS PEOPLE MOVING", consultado por la empresa AURINET Desarrollos Tecnológicos S.p.A., no se ajusta a todas las exigencias establecidas en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD. N°481 Sistema de registro y control de asistencia digital; Atendido que no se pudo acceder a la información ofrecida para respaldar el proceso de certificación del sistema electrónico de registro y control de asistencia denominado "SmartTime", consultado por la empresa Keytec Biometría Ltda., esta Dirección no puede emitir el pronunciamiento requerido.
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ORD. N°482 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema electrónico de registro y control de asistencia denominado "Temporis", consultado por la empresa Proiecta Ltda., se ajusta a todas las exigencias establecidas en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD. N°483 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado “Quickpass”, presentado por la empresa Quickpass Chile S.p.A., se ajusta a todas las exigencias establecidas por el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral.
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ORD. N°464 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Smartic ERP", presentado por la empresa Vigatec S.A., no se ajusta a todas las exigencias establecidas por el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral.
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ORD. N°445 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "IBuilder - Builder S.p.A.", consultado por la empresa del mismo nombre, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD. N°446 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema electrónico de registro y control de asistencia denominado "SC3", consultado por la empresa Sentra House Sociedad de Profesionales Limitada, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD. N°447 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Rekodi", consultado por la empresa Karibu Ingeniería Limitada, se ajusta a la normativa establecida en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD. N°448 Sistema de registro y control de asistencia digital; A partir del 09.05.2024 los sistemas electrónicos de registro y control de la asistencia deben ajustarse a las normas que al efecto establece la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024.
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ORD. N°449 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado “Check in”, consultado por la empresa Angular Consultoría y Soluciones Tecnológicas S.p.A., no se ajusta a todas las exigencias establecidas en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD. N°450 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado “Kiosko Abrhilsoft”, presenta serias deficiencias que impiden su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD. N°451 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "CABI ASSISTANCE", presenta serias deficiencias que impiden su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD. N°452 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Bioemach.cl", consultado por la empresa Productora de Tarjetas de Identificación E-MACH CARD Limitada, no acreditó dar cumplimiento a todas las exigencias establecidas en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD. N°453 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado “Hcapital – RH4U”, no se ajusta a las exigencias técnicas que establece el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.
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ORD. N°456 Sistema de registro y control de asistencia digital; 1-. En virtud de lo dispuesto en el artículo 1° de la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, en concordancia con lo señalado en el resuelvo segundo del mismo acto administrativo, a partir del 09.05.2024 todos los sistemas electrónicos de registro y control de asistencia deben ajustarse a las condiciones técnicas y jurídicas indicadas su normativa. 2-. De acuerdo con lo señalado en el artículo 72° de la Resolución Exenta N°38, los em
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ORD. N°455 Sistema de registro y control de asistencia digital; La información dispuesta para efectuar la revisión del sistema denominado "rFlex.io / Satelite.ai", consultado por la empresa RFLEX S.p.A., no permite obtener datos concluyentes lo cual, a su vez, impide autorizar la utilización de la plataforma consultada.
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ORD. N°321 Sistema de registro y control de asistencia digital; Cada empleador sólo puede llevar un solo tipo de registro de asistencia, papel o electrónico y, en este último caso, los mecanismos deben haber sido autorizados por esta Dirección, a menos que se trate de trabajadores que se encuentren afectos obligatoriamente a un sistema especial, por ejemplo, los choferes y auxiliares de vehículos de transporte interurbano de pasajeros o transporte interurbano de carga.
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ORD. N°324 Documentación laboral electrónica; El software de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica, denominado "Nubaxion", presentado por la empresa Inovaxion S.p.A., se ajusta a todas las condiciones exigidas por el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.
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ORD. N°323 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "PROTIME", presentado por la empresa CCB Solutions S.p.A., no se ajusta a la normativa vigente establecida en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021 por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD. N°314 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia presentado por la empresa Consultoría en Sistema de Clase Mundial S.A., denominado "SCM UKG WFM", se ajusta a todas las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N°2927/58, de 28.12.2021, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.
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ORD.N°271 Sistema de registro y control asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Biometría aplicada", presentado por la empresa Biometría Aplicada S.p.A., se ajusta a todas las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N°2927/58, de 28.12.2021, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.
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ORD.N°191 Sistema de registro y control asistencia digital; La plataforma electrónica presentada por la empresa Vars Computación Ltda., denominada "Registro de Asistencia BioSign", se ajusta a todas las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N°2927/58, de 28.12.2021, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.
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ORD.N°192 Sistema de registro y control asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Peoplework Control del Tiempo", consultado por la empresa Peoplework S.p.A., se ajusta a la normativa vigente establecida en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021 por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°193 Sistema de registro y control asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "WMS", consultado por la empresa JPH CL S.p.A., no se ajusta a la normativa vigente establecida en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021 por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°167 Sistema de registro y control asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "BNovus", presentado por la empresa Intercapit S.A., no se ajusta a todas las exigencias contempladas en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral.
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ORD. N°150 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema digital de registro y control de asistencia, denominado "FDE-HR", presentado por la empresa Friendly Digital Experience S.p.A., se ajusta a todas las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.
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ORD. N°149 Sistema de registro y control de asistencia digital; Se rechaza la solicitud de autorización de uso del sistema de registro y control de asistencia denominado "SMARTIC ERP", presentado por la empresa Vigatec S.A., por no ajustarse a las normas señaladas en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021.
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ORD. N°139 Sistema de votación por medios electrónicos; El sistema computacional de votaciones para organizaciones sindicales y asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado, comercializado por la empresa Sindiconsul Chile S.p.A., denominado “CustomVote”, se ajusta a todas las exigencias vigentes sobre la materia por lo que se autoriza su utilización en el ámbito de las relaciones laborales.
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ORD. N°119 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia presentado por la empresa Proiecta Ltda., denominado "Temporis", no se ajusta a todas las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen Nº2927/58, de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.
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ORD. N°120 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema digital de registro y control de asistencia, denominado "GREX", presentado por la empresa Servicios Grex S.p.A., no se ajusta a todas las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.
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ORD. N°121 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado “Workera”, presentado por la empresa Qwantec Ingeniería Ltda., se ajusta a todas las exigencias establecidas en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.
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ORD. N°84/4 Jornada de Trabajo; Exclusión de limitación de jornada; Medios de supervisión; Sistema de registro y control de asistencia; 1-. La regla general en materia de jornada laboral debe ser su formalización por la cantidad de horas pactadas contractualmente y, en consecuencia, la utilización de sistemas de registro y control de asistencia y horas de trabajo. 2-. A partir de la entrada en vigor del artículo 33 del Código del ramo, esto es, a partir del día 26.04.2024, los sistemas electró
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ORD. N°72 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "REKODI", consultado por la empresa Karibu Ingeniería Limitada, presenta serias deficiencias en materia de seguridad, lo cual impide a esta Dirección autorizar su utilización en el contexto de la relación laboral.
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ORD. N°54 Sistema de registro y control de asistencia digital; 1-. Cada empleador sólo puede llevar un solo tipo de registro de asistencia, papel o electrónico, y en este último caso, los mecanismos deben ajustarse a las normas contempladas en el citado Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021. 2-. El sistema de registro y control de asistencia consultado por la División Andina de la empresa Codelco Chile S.A., no se ajusta a la normativa administrativa vigente sobre la materia contenida en el Dictame
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ORD. N°55 Sistema de registro y control de asistencia digital; Atendido que no se pudo acceder a la información que respalda el proceso de certificación del sistema de registro y control de asistencia electrónico consultado por la empresa Sentra House Sociedad de Profesionales Limitada, denominado "SC3", se rechaza la solicitud.
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ORD. N°56 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema digital de registro y control de asistencia, denominado "CHECKIO", presentado por la empresa Sistemas Tecnológicos de Asistencia S.p.A., no se ajusta a todas las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.
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ORD. N°60 Documentación laboral electrónica; Si bien la utilización de la plataforma de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica provista por la empresa BUK S.p.A., ha sido autorizada previamente por esta Dirección, la validez de su implementación y uso se encuentra condicionada al estricto apego a las condiciones técnicas vigentes contenidas en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015.
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ORD. N°57 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "QuickPass", presentado por la empresa QuickPass Chile S.p.A., no se ajusta a todas las exigencias establecidas en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.
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ORD. N°51 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia presentado por la empresa Genera S.p.A., denominado "GENHORAS", se ajusta a todas las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen Nº2927/58, de 28.12.2021, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.
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ORD. N°39 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Prosago", presentado por la empresa Gaxu Soluciones S.A., se ajusta a todas las exigencias establecidas en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.
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ORD. N°43 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "rFlex.io/Satelite.ai", consultado por la empresa RFLEX S.p.A., presenta serios problemas de seguridad informática por lo que, en consecuencia, no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD. N°14 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Relojcontrol.com", presentado por la empresa Qwantec Ingeniería Ltda., se ajusta a todas las exigencias establecidas en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.
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ORD. N°1508 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Biometría Aplicada", presentado por la empresa Biometría Aplicada S.p.A., presenta serias deficiencias, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral.
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ORD. N°1512 Documentación laboral electrónica; Si bien la utilización de la plataforma de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica provista por la empresa BUK S.p.A., ha sido previamente autorizada por esta Dirección, la forma de implementación planteada por la empresa Comercializadora Better Food Chile S.p.a., no se ajusta a las exigencias contenidas en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se rechaza la solicitud.
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ORD. N°1482 Documentación laboral electrónica; El software de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica, denominado "HOMEPREVISEDIGITAL", se ajusta a todas las condiciones exigidas por el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.