Contraloría General de la República
Compras Públicas (Ley 19.886)
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Compras Públicas (Ley 19.886), del más reciente al más antiguo. Página 9.
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Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Compras Públicas (Ley 19.886)Temas de Compras Públicas (Ley 19.886)
Pronunciamientos
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba las bases administrativas y anexos para el arriendo de impresoras y multifuncionales, con alcances: FONASA debe precisar las inhabilidades para contratar, corregir la exigencia de inscripción en el Registro de Proveedores y aclarar las garantías y remisiones.
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La Contraloría no dio curso al acto que aprueba la ampliación de un contrato de asesoría en riesgos psicosociales del Instituto de Seguridad Laboral, porque faltaban el contrato, la garantía de fiel cumplimiento y los informes de fundamentación y justificación exigidos.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases para adquirir servicios digitales de TI, con alcances: el servicio debe precisar en el sistema de compras varias materias omitidas o mal reguladas en las bases, como la escritura pública para la unión temporal de proveedores y la garantía de fiel cumplimiento.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la modificación del contrato tipo con AGTEC Servicios Informáticos Ltda., con el alcance de que también deberá ponerse término anticipado al contrato si se impone al proveedor la pena de inhabilitación para contratar con el Estado.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la modificación del contrato con la Unión Temporal de Proveedores Pluxee Internacional, para el servicio BAES 2025-2026, con el alcance de que una eventual fiscalización externa debe respetar la ley y el principio de legalidad del gasto.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato con Edenred Chile S.A. para el servicio BAES 2024, con alcances: solo se pagará lo efectivamente prestado y respaldado, y debe preverse el término anticipado del contrato en el caso del artículo 33 de la ley N° 21.595.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la modificación del contrato con la Unión Temporal Edenred, con el alcance de que una eventual fiscalización externa solo procede dentro de las facultades legales y respetando la legalidad del gasto.
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La Contraloría toma razón del documento que adjudica la licitación privada de arriendo de radiocomunicación satelital a Interexport, por 60 meses, eximiéndola de propuesta pública por ser material estratégico. Además, anuncia una investigación especial sobre la selección de proveedores invitados.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases de licitación del servicio de alimentación del Hospital de Carabineros, con alcances: la entidad debe precisar en el sistema la devolución de la garantía, consignar el plazo de diez días hábiles para suscribir el contrato y agregar una causal de término anticipado.
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La Contraloría representó el documento que aprobaba un nuevo trato directo con Interexport para el arrendamiento del sistema radial trunking, por no justificarse otra contratación directa ni haberse licitado oportunamente el servicio.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la modificación del contrato de la JUNAEB con Realtone Ltda., con alcances: faltó la fórmula "tómese razón" y no se consignó el término anticipado por inhabilitación del proveedor.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases y anexos para la adquisición de un medio de canje de vestuario de la PDI (2026-2028), con alcances: la entidad licitante deberá precisar en el Sistema de Compras Públicas las inhabilidades aplicables, la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento, la inscripción de todos los participantes en el registro de proveedores y el concepto de incumplimiento grave, además de corregir remisiones y errores formales.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba las bases del concurso para buses eléctricos en Punta Arenas, con alcances: no exigirá ciertas exigencias notariales y ordena precisar una referencia en la etapa de aclaración.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba las bases y anexos del segundo proceso de licitación para comercializar las pólizas POL320250009 y POL320250010, con alcances: FONASA debe precisar plazos y publicar cierta información esencial antes del vencimiento del plazo de consultas.
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La Contraloría toma razón del documento que adjudica la licitación y aprueba el modelo de convenio, precisando que la imputación presupuestaria de su resuelvo 8° es solo referencial y deberá efectuarse al aprobar la contratación.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la ampliación del contrato de cuidados domiciliarios, con alcances: deberá indicarse el monto imputado al presupuesto vigente, condicionar pagos futuros a disponibilidad presupuestaria y agregar la terminación anticipada por inhabilitación del proveedor.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba una modificación al contrato de servicios de lentes ópticos, con el alcance de que dicho acto omitió la fórmula final "tómese razón" exigida por estar sujeto a control previo de legalidad.
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La Contraloría toma razón del instrumento del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural que aprueba el contrato de vehículos adaptados como bibliotecas móviles, con alcances: no procede cobrar la garantía como cláusula penal si hay multas por atraso, y debe terminarse anticipadamente en los casos de las leyes N° 21.595 y N° 20.393.
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La Contraloría toma razón de la resolución que modifica las bases y el modelo de contrato de una licitación de tres sistemas de respaldo de energía, con el alcance de que las remisiones a la sección 8.1 en los N°s. 6.4.2 y 6.5.2 del modelo de contrato deben entenderse hechas al N° 6.1.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba las bases y el contrato de arriendo de impresoras por 60 meses, con alcances: la JUNJI deberá aclarar en la etapa de aclaraciones puntajes omitidos o incoherentes, el plazo de restitución de la garantía, la sanción por demoras de 16 a 19 días y errores formales de remisión.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la modificación del contrato entre el Instituto de Previsión Social y Nastec SpA, con el alcance de que los pagos con cargo a presupuestos futuros solo procederán si existe disponibilidad presupuestaria y se cumplen las condiciones previstas.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato directo del FONASA con Clínica Santa María SpA para cardiopatías congénitas GES, con alcances: en lo sucesivo deberá indicarse el monto imputado al presupuesto y remitirse oportunamente los convenios a control preventivo.
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La Contraloría toma razón del decreto que autoriza la licitación de seguros y aprueba sus bases, con alcances: deberá precisarse la inhabilidad para contratar con el Estado y la terminación anticipada del contrato en caso de imponerse esa pena.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba las bases y el contrato tipo de una licitación de vehículos de Carabineros, con alcances: deberá aclarar en el sistema los plazos de devolución de garantías, de aclaración de ofertas, de reemplazo de la garantía de fiel cumplimiento y de notificaciones, y precisar una causal de término anticipado.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba las bases, anexos y contrato tipo de una licitación de Carabineros, con alcances para que precise plazos, devolución de garantías, inadmisibilidad de ofertas y notificaciones.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el contrato por trato directo con MSLI LATAM INC., con el alcance de que en lo sucesivo la Subsecretaría debe indicar el monto imputado al presupuesto del año en curso.
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La Contraloría toma razón del documento que adjudica la licitación y aprueba el modelo de convenio, con alcances: la imputación presupuestaria es referencial, la evaluación técnica es de 55,32 puntos y falta la cláusula novena del convenio.
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La Contraloría toma razón de la resolución que adjudica la licitación de prestaciones médicas del Ejército en Arica, con el alcance de que la imputación presupuestaria es solo referencial y deberá efectuarse al aprobar la contratación.
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La Contraloría toma razón de la resolución del Servicio Agrícola y Ganadero que aprueba las bases de licitación de una plataforma para adquirir vestuario y calzado institucional, con varios alcances: el servicio debe precisar en el sistema de compras las prohibiciones para contratar, la apertura de ofertas en papel, el cobro de la garantía, el término anticipado del contrato, el incumplimiento grave, las ofertas de empresas relacionadas y el monto de la garantía.
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La Contraloría toma razón de la resolución de Gendarmería que autoriza el trato directo y aprueba el contrato de mantenimiento de máquinas de rayos X, con alcances: debe renovarse la garantía antes de vencer, no reemplazarse equipos por obsolescencia y condicionarse los pagos futuros a disponibilidad presupuestaria.
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La Contraloría aclara que las bases y adjudicaciones de licitaciones municipales para recolección, transporte y disposición de residuos sólidos domiciliarios están sujetas a toma de razón, conforme al artículo 6° de la ley N° 19.886 y el decreto N° 316 de 2022.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato de enlace de datos y telefonía IP de la Subsecretaría de Prevención del Delito, con alcances: la garantía no cubre todo el plazo del convenio y deberá renovarse, y los pagos con cargo a presupuestos futuros requieren disponibilidad presupuestaria.
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La Contraloría toma razón de la resolución de CORFO que aprueba la contratación de apoyo logístico para la consulta indígena, con el alcance de que, al no regularse un término anticipado, se aplicará la cláusula decimosexta del convenio.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la ampliación de contrato con Myra Salud SpA, con alcances: deberá ponerse término anticipado al contrato si se configura la situación del artículo 33 de la ley N° 21.595 o se inhabilita al proveedor, y en lo sucesivo indicarse el monto imputado al presupuesto del año en curso.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el contrato con Nuevo Norte S.p.A. para servicios de tratamiento de consumo problemático de drogas (2025-2028), con alcances: no aplica el pago a 60 días y corrige una remisión en la cláusula decimosegunda.
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La Contraloría toma razón del documento de SENDA que aprueba el contrato de compra de planes de tratamiento 2025-2028, con alcances: no aplica el pago a 60 días, la garantía debe entregarse al suscribir el contrato y corrige una remisión formal.
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La Contraloría toma razón del documento del SENDA que aprueba el contrato de compra de planes de tratamiento 2025-2028, con alcances: no aplica el pago a 60 días y corrige una remisión en la cláusula decimosegunda.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el contrato con la Sociedad de Servicios Gamma Limitada, pero precisa que no aplica el pago a 60 días de su cláusula décima, pues las bases no regulan los supuestos que lo justifican.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el contrato con la Fundación Tierra de Esperanza, pero precisa que no aplica el pago a 60 días de su cláusula décima, pues las bases no regulan los supuestos que lo justifican.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba las bases para la contratación de servicios de modernización de Renta Cloud, con alcances: el SII deberá precisar inhabilidades, garantías, incumplimientos graves y criterios de evaluación en las aclaraciones.
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La Contraloría toma razón del documento del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo que aprueba las bases de una licitación de orientación laboral, con alcances: en aclaraciones debe precisarse la terminación anticipada del contrato por inhabilitación para contratar con el Estado y el puntaje para ofertas de remuneración entre $1.000.000 y $1.100.000.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba las bases, contrato y anexos de la licitación de vehículos policiales para Maipú, con alcances: Carabineros debe precisar en aclaraciones los supuestos de incumplimiento grave y fundamentar la garantía del 10%.
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La Contraloría toma razón del documento del SENDA que aprueba el contrato de compra de planes de tratamiento 2025-2028, con alcances: no aplica el pago a 60 días y corrige una remisión en la cláusula decimosegunda.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba las bases de la licitación del servicio de red de comunicaciones del Ministerio de Salud, con alcances: la Subsecretaría deberá aclarar en el sistema varios puntos de las bases, como plazos, garantías y notificaciones.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el contrato con MSLI LATAM INC. para licencias Microsoft, con alcances: los pagos deben hacerse dentro de 30 días corridos desde la factura, la garantía debió entregarse al firmar y el tope de multas es 20% del contrato.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el contrato con Corporación Lafken Profesionales, con alcances: no aplica el pago a 60 días por falta de regulación en las bases y corrige una remisión formal en la cláusula decimosegunda.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba las bases del concurso público para apoyo en proyectos de agua potable en comunidades indígenas y rurales, porque falta la autorización previa de la Dirección de Presupuestos y una minuta sobre requisitos y garantía adicionales.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba las bases tipo de licitación de fármacos oncológicos del Hospital Militar de Santiago, con alcances: el Ejército debe precisar en el sistema varios aspectos de las bases (plazos de contrato y devolución de garantías, criterio de desempate, pago de facturas, inhabilidades y enmiendas).
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La Contraloría toma razón de la resolución de la Subsecretaría de Interior que aprueba las bases para contratar guardias privados, con alcances: debe precisar en las aclaraciones la prohibición de participar a condenados por prácticas antisindicales o delitos concursales, el momento para calcular la UF de las multas y el plazo de presentación de ofertas.
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La Contraloría toma razón de la resolución que modifica las bases de licitación del servicio de telecomunicaciones del Instituto de Previsión Social, con el alcance de que ello no implica pronunciamiento sobre las materias exentas que contiene.