Contraloría General de la República
Organización y Procedimiento Administrativo
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Organización y Procedimiento Administrativo, del más reciente al más antiguo. Página 17.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Organización y Procedimiento Administrativo, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Organización y Procedimiento AdministrativoTemas de Organización y Procedimiento Administrativo
- Actos Administrativos
- Emergencias y Catástrofes
- Empresas del Estado y Corporaciones
- Extranjería y Convenios Internacionales
- Gobiernos Regionales
- Invalidación y Recursos Administrativos
- Órganos, Atribuciones y Delegación
- Otros (Organización y Procedimiento Administrativo)
- Procedimiento, Sanciones y Prescripción
- Transparencia, Lobby y Publicidad
Pronunciamientos
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La Contraloría concluye que el Parque Metropolitano es un servicio público descentralizado y que su Director puede organizar internamente la entidad y dictar los actos administrativos correspondientes, dejando sin efecto la jurisprudencia anterior contraria.
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El dictamen determina si el Ministro de Agricultura puede recibir dieta por presidir el consejo directivo de la FIA y concluye que no corresponde, pues ese rol deriva de su función pública y lo prohíbe el artículo 25 de la Ley de Presupuestos 2022.
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La Contraloría rechaza el recurso extraordinario de revisión del SLEP porque los documentos adjuntos no configuran las causales legales invocadas, y ordena cumplir el oficio que declaró improcedente el cese de la exfuncionaria.
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La Contraloría toma razón del decreto que autoriza el pago del aporte anual 2022 a la Corte Penal Internacional, por ajustarse a derecho, con el alcance de que el certificado presupuestario es del 14 de julio de 2022 y no como indica el decreto.
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La Contraloría concluye que el beneficio de jardín infantil puede otorgarse, como ajuste razonable y mediante reembolso, para niños con discapacidad o enfermedad que asisten a centros especializados no parvularios, siempre que acrediten condición, gasto e institución.
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La Contraloría concluye que la JUNAEB puede tramitar electrónicamente sus procedimientos disciplinarios mediante el sistema descrito, siempre que respete la normativa, el debido proceso, la fidelidad de las actuaciones y las medidas de seguridad, ajustándose gradualmente a la ley N° 21.180.
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La Contraloría concluye que la SEREMI puede interpretar el plano del PRMS mediante un oficio, sin modificar el instrumento, pues el plano interpretativo se ajusta a la escala del plano oficial; pero debe corregirlo para excluir la vía Cañaveral, cuya utilidad pública fue dejada sin efecto.
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Los extranjeros pueden renovar su licencia presentando la cédula de identidad, aunque no esté vigente, junto al certificado de residencia en trámite; y su licencia tiene vigencia indefinida, con controles cada 6 o 4 años según la clase, igual que los chilenos.
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La Contraloría no da curso a la resolución que suspende a la empresa del Registro de Contratistas del MOP porque el acta de cargos y la resolución sancionatoria no fueron notificadas conforme a la ley N° 19.880.
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La Contraloría concluye que ENAP actuó dentro de sus atribuciones al calificar como hecho esencial la toma de sus instalaciones y comunicarla a la CMF, sin que se adviertan irregularidades en el desalojo ordenado por el delegado presidencial.
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La Contraloría concluye que Gendarmería puede ponderar la falta de oferta educativa intercultural al evaluar permisos y beneficios de internos indígenas, pero no puede alterar por resolución las faltas disciplinarias por huelga de hambre, debiendo abstenerse de aplicar esas instrucciones.
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La Contraloría concluye que corresponde a la Subsecretaría de Pesca evaluar si el proyecto generó efectos adversos en la AMERB, al formar parte del informe de seguimiento del plan de manejo, y no al SERNAPESCA; por ello, reconsidera la instrucción impartida a este último.
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La Contraloría concluye que la multa aplicada a la Universidad Católica por la pérdida de 12 grabaciones es procedente, pues se configuró el supuesto de las bases, y desestima los reclamos de extemporaneidad y de falta de abstención, sin invalidar los actos.
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La Contraloría rechaza que el Subsecretario de Telecomunicaciones fije por resolución exenta la estructura orgánica de SUBTEL, pues eso invade la potestad reglamentaria del Presidente. Concluye desestimando la reconsideración y ordena regular la materia mediante reglamento en 90 días hábiles.
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La Contraloría concluye que en Zofri S.A., sociedad regida por la ley de sociedades anónimas con participación estatal, solo los directores nombrados por CORFO deben presentar declaración de intereses y patrimonio; los electos por accionistas privados no están obligados, aunque pueden hacerlo voluntariamente.
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La Contraloría concluye que las licencias médicas no suspenden el plazo de dos años para usar las horas compensadas con descanso complementario, por lo que, al estar prescrito su derecho, rechaza el reintegro o pago retroactivo solicitado.
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La Contraloría rechaza la reconsideración del GORE de Antofagasta, pues no existe habilitación expresa para financiar alojamiento, alimentación y traslados de los integrantes del consejo comunal de la sociedad civil, al no ser gastos imprescindibles para su funcionamiento.
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La Contraloría concluye que el Servicio Médico Legal no puede delegar en terceros, como el Programa Levantares UC, las pericias de sexología forense que le han sido encargadas, ni transferir recursos para financiarlas, sin perjuicio de capacitaciones y convenios de colaboración.
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La Contraloría concluye que la SUSESO puede solicitar fichas clínicas a un médico investigado por emitir licencias sin fundamento médico, pues son datos sensibles necesarios para cumplir su función legal, siempre que se resguarde su confidencialidad.
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La Contraloría concluye que el protocolo del SML debe ajustarse a la ley N° 21.120, excluyendo los peritajes sexológicos en procesos de rectificación de sexo y nombre registral, incluidos los menores de 14 años, por prohibirlos la ley.
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La regla general es que la residencia temporal se solicita desde el extranjero; excepcionalmente puede pedirse en Chile por reunificación familiar, razones humanitarias, estadía concordante con la Política Migratoria u otros casos calificados por la Subsecretaría del Interior.
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La Contraloría concluye que la Dirección General de Aguas debe resolver a la brevedad los recursos pendientes del procedimiento sancionatorio, por la excesiva demora, e informar en 10 días.
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La Contraloría toma razón del documento que modifica el presupuesto de inversión regional del Gobierno Regional de Tarapacá para 2022, por ajustarse a las normas de flexibilidad presupuestaria, sin pronunciarse sobre los gastos específicos que se financien con la transferencia.
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La Contraloría toma razón del documento que modifica el presupuesto de inversión regional del Gobierno Regional de Tarapacá para 2022, por ajustarse a las normas de flexibilidad presupuestaria, con el alcance de que ello no implica pronunciamiento sobre los gastos específicos que se financien con la transferencia.
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La Contraloría no emite pronunciamiento sobre la consulta por referirse a una situación hipotética, pero aclara que la Visa de Responsabilidad Democrática fue derogada desde el 12 de febrero de 2022, rigiendo ahora la nueva Ley de Migración.
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La Contraloría autoriza al Gobierno Regional de Coquimbo a recibir y administrar, bajo el sistema de "Administración de Fondos", el aporte de Minera Los Pelambres para un proyecto sanitario en Caimanes, pues no constituyen ingresos propios y solo se pagarán por cuenta de un tercero.
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La Contraloría concluye que el permiso se adjudicó conforme a la regla de desempate del artículo 18 (mejor interés público, con zona de baño y salvavidas), aunque la Capitanía omitió fundamentar el acto y debe corregir las bases futuras.
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La Contraloría concluye que CONAF puede usar la plataforma gratuita Welcu para inscribir visitantes a las Áreas Silvestres Protegidas, como medida extraordinaria por la pandemia, y que el tratamiento de datos personales se ajusta a la ley, sin reproches.
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La Contraloría concluye que la CONAF tiene facultades legales para aprobar y objetar planes de manejo, incluyendo medidas de prevención de incendios, y que la pauta cuestionada no impone limitaciones indebidas al dominio, pues contempla excepciones según las particularidades de cada predio.
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La Contraloría rechaza la reconsideración del dictamen N° E115354 de 2021, confirmando que la sanción aplicada por la DCCP fue proporcional, y descarta la omisión de denuncia, pues no se detectaron pagos en exceso en la gran compra.
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La Contraloría concluye que las autoridades del MIDESO pueden difundir el contenido de la propuesta constitucional y fomentar la participación informada, pues ello no vulnera la apoliticidad ni el instructivo, al no promover una opción plebiscitaria.
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La Contraloría concluye que la resolución que caducó la concesión de acuicultura fue tomada de razón por ajustarse a derecho, y que no le compete dejar sin efecto ese trámite ni pronunciarse sobre la resolución que rechazó los recursos.
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La Contraloría reconsidera su criterio y permite excepcionalmente pagar un bono compensatorio de sala cuna a funcionarias con hijos menores de dos años, mientras dure la alerta sanitaria, siempre que no exista doble gasto.
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La Contraloría rechaza el recurso de revisión de la Municipalidad de Cerro Navia porque la notificación se envió como carta normal y no certificada, por lo que no puede aplicarse la presunción de plazo ni acreditarse la extemporaneidad del reclamo.
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El tema principal es si el FOSIS podía asignar autónomamente recursos IRAL antes de que venciera el plazo del CORE para pronunciarse. Concluye que la Dirección Regional de la Araucanía no se ajustó a derecho al dictar la resolución exenta N° 143 sin esperar ese plazo.
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La Contraloría concluye que el Ministerio de Hacienda sí puede dictar instrucciones sobre austeridad, incluidas suspensiones de contrataciones y reemplazos, pues cuenta con facultades para normar la ejecución presupuestaria y la administración eficiente de los recursos públicos, sin invadir atribuciones de los jefes de servicio.
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La Contraloría concluye que en la invalidación solicitada por el propio afectado se cumple la audiencia previa del artículo 53 de la ley N° 19.880, por lo que no corresponde exigir su comparecencia personal y debe permitirse la asistencia de abogado.
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La Contraloría concluye que son legales la resolución que reconoció el humedal urbano y el decreto que declaró el santuario de la naturaleza, desestimando las impugnaciones de los recurrentes y remitiendo las controversias sobre derechos de aguas a la DGA.
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La Contraloría concluye que fue improcedente denominar "Gabinete Irina Karamanos" a una unidad administrativa y atribuirle amplias funciones de políticas públicas, pues personalizaba un cargo y podía invadir competencias ministeriales; no obstante, la situación ya fue corregida por la Presidencia, que reemplazó ese nombre por "Coordinación Sociocultural" y precisó sus funciones.
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La Contraloría concluye que, acreditada la fecha cierta de entrega de las cartas certificadas, el plazo para reponer se cuenta desde esa entrega, sin sumar los tres días del artículo 46 de la ley N° 19.880, por lo que los recursos fueron extemporáneos y no reprocha las resoluciones de JUNAEB.
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La Contraloría concluye que no hay irregularidad en el convenio entre el Ministerio de Ciencia y la Convención Constitucional para compartir una aplicación digital, pues la ley presupuestaria permite a la Convención suscribir convenios con entidades públicas para fines de participación ciudadana.
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La Contraloría concluye que las municipalidades no tienen facultades para administrar ni gestionar farmacias veterinarias, pues la atención primaria municipal solo permite facilitar medicamentos de uso médico, no veterinario; por ello el SAG no puede autorizar su funcionamiento.
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La Contraloría concluye que el Gobierno Regional de Magallanes y diez municipalidades se excedieron de sus atribuciones al firmar convenios de cooperación con ACNUR, invadiendo la potestad del Presidente de conducir las relaciones internacionales, por lo que deben corregir esa irregularidad en 60 días hábiles.
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El INDH puede pedir a Carabineros información precisa y fundamentada para cumplir su rol de derechos humanos, y Carabineros debe colaborar oportunamente, incluso con documentos secretos, manteniendo reserva. Respecto de antecedentes de investigaciones penales, solo puede solicitarlos si es interviniente en el proceso.
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La Contraloría rechaza el recurso extraordinario de revisión del Municipio de Cerro Navia contra el oficio N° E75919, de 2021, porque no se configura un manifiesto error de hecho ni aparecen documentos esenciales nuevos, sino solo una discrepancia interpretativa.
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La Contraloría reitera al Ministerio que debe aprobar mediante acto administrativo sometido a toma de razón la constitución de Fondo de Infraestructura S.A., e informar su cumplimiento en 10 días.
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La Contraloría concluye que el FRIL puede financiar luminarias en caminos de uso público que no son bienes nacionales de uso público (incluidos los del artículo 26 del DFL 850), siempre que atiendan una necesidad pública general y se adopten resguardos jurídicos para proteger los recursos públicos.
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La Contraloría concluye que los juegos de azar en línea con apuestas están prohibidos y que la Superintendencia actuó correctamente al suspender la plataforma, pero debe iniciar el procedimiento sancionatorio por las infracciones ya ocurridas.
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La Contraloría concluye que la Subsecretaría de Educación Superior puede solicitar a las universidades información sobre asistencia presencial de estudiantes, pues cuenta con atribuciones legales para ello, y que dicho requerimiento se ajusta a derecho.
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La Contraloría concluye que el MINSAL estaba facultado para exigir a los viajeros procedentes del extranjero alojarse, a su costo, cinco días en hoteles de tránsito entre el 31 de marzo y el 26 de julio de 2021, por razones sanitarias excepcionales, aunque advierte evitar futuras aglomeraciones.