Dirección del Trabajo · Contrato Individual, Terminación y Finiquito
Existencia y Naturaleza de la Relación Laboral
Los pronunciamientos de la Dirección del Trabajo sobre Existencia y Naturaleza de la Relación Laboral, del más reciente al más antiguo. Página 3.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Contrato Individual, Terminación y Finiquito, que incluye Existencia y Naturaleza de la Relación Laboral, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Contrato Individual, Terminación y FiniquitoPronunciamientos
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ORD. N°1424 Vínculo de subordinación y dependencia; Socio Mayoritario; Administración y representación; 1) Ud. no posee incompatibilidad par detentar un vínculo laboral con su empresa. 2) En base a los antecedentes aportados, no es posible establecer la existencia de una relación laboral con vínculo de subordinación y dependencia con Sociedad de Transportes Maed Limitada.
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ORD. N°1358 Competencia Dirección del Trabajo; Relación laboral; Vínculo de subordinación y dependencia; 1.- La Dirección del Trabajo carece de competencia para realizar actividades de administración en el sistema informático que adminitra la empresa Previred.com. 2.- No se observa en la especie que se reúnan copulativamente las condiciones de igualdad tanto en los aportes al capital social como en las facultades de administración y representación entre los socios, lo que impide inferir que ent
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ORD. N°1320 Trabajadores del Comercio Multifuncionales; Principio de certeza jurídica en las relaciones de trabajo; No se ajustan a derecho los nuevos cargos creados por la empresa en la denominada "Tienda del Futuro", que fusionan puestos de trabajo en uno solo, sin cumplir con un estándar mínimo legal de certeza acerca de las labores a realizar.
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ORD. N°1202 Vínculo subordinación y dependencia; Socio Mayoritario de Empresa; Administración y representación; La confusión de voluntades con la sociedad que representan los socios individualizados y respecto de la que son, a su vez, socios mayoritarios, impide la configuración del vínculo de subordinación y dependencia requerido por la ley para sostener la existencia de relación laboral.
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ORD. N°1147 Trabajadores Portuarios; Recinto Portuario; Las labores de almacenaje y acopio de carga, así como también las labores necesarias en los procesos de exportación de mercancía que se realizan en el Centro Logístico de Coronel, funcional y operacionalmente conforman una misma estructura coherente e inseparable de las labores de carga y descarga de naves y artefactos navales que operan en la Zona Primaria del Puerto, por lo que, consecuencialmente, los trabajadores que allí se desempeñan
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ORD. N°776 Corporación Municipal; Calidad jurídica; Trabajadores nivel central; El personal que labora en el nivel central de las Corporaciones Municipales tiene la calidad de trabajador del sector privado.
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ORD. N°783 Vínculo subordinación y dependencia; Socio de Empresa; No resultaría jurídicamente procedente que, los Sres. Luis Jaime Changuan Ripalda y Nilton Rodrigo Silva Durán, mantengan una relación laboral bajo vínculo de subordinación y dependencia, con la Sociedad por Acciones Cardiosoluciones SpA.
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ORD. N°784 Deber confiabilidad empleador; Divulgación datos personales de trabajadores; En caso de que el empleador requiera consultar datos personales de sus trabajadores en Buros de Información Financiera, respecto si estos poseen participación en sociedades comerciales, deberá ajustarse a lo expuesto en el cuerpo del presente Ordinario.
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ORD. N°754 Cláusula Tácita; Beneficios; Las prácticas laborales que cumplen los requisitos doctrinarios señalados en el cuerpo del presente informe hacen presumir la existencia de cláusulas tácitas en los contratos de trabajo, que de todas maneras deben ser verificadas por la autoridad administrativa o por los Tribunales de Justicia si existe controversia entre las partes.
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ORD. N°734 Trabajadores de Supermercados multifuncionales; Principio de Certeza Jurídica de Relación Laboral; 1.- No resulta conforme a derecho que el empleador defina unilateralmente cuáles son las zonas principales y de apoyo en que el trabajador deberá prestar servicios cada mes. 2.- No es procedente jurídicamente que el trabajador pueda ser enviado a ejecutar labores distintas en zonas diferentes del establecimiento, en más de una oportunidad en el mismo día. 3.- Contraviene a la normativa
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ORD. N°736 Vínculo subordinación y dependencia; Socio de Empresa; Relación de Trabajo; No resulta jurídicamente procedente que las Sras. Magdalena Pavón Seemann y Paula Muñoz Cox mantengan una relación bajo vínculo de dependencia y subordinación con la sociedad "Asesorías y Servicios de Diseño Ipunto Ltda."
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ORD. N°615 Cuerpo de Bomberos; Voluntarios; Jornada de Trabajo; Ausencia; Concurrir a Emergencias; 1.- Los efectos de la ausencia en la jornada de trabajo del dependiente voluntario del Cuerpo de Bomberos por causa de acudir a un emergencia ante accidentes, incendios u otros siniestros, deben ser previstos por el empleador, en tanto es quien organiza y estructura a la empresa para que cumpla con su finalidad. 2.- Los efectos que la situación anterior puede producir en la ejecución de trabajos c
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ORD. N°397 Establecimiento educacional particular subvencionado; Emergencia Sanitaria Covid-19; Ley N°21.342 1. Una vez recibida la solicitud presentada por el trabajador, corresponde al empleador calificar si las funciones desempeñadas por el trabajador exigen o no su presencia física, para cuyo efecto, debe estarse a las funciones que señale el contrato de trabajo respectivo a la fecha de publicación de la Ley N°21.342. 2. Los establecimientos educacionales particulares subvencionados no pued
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ORD. N°318 Competencia Dirección del Trabajo; Prestación Servicios a honorarios; La competencia de la Dirección del Trabajo se extiende al vínculo de carácter laboral entre empleador y trabajador, que se manifiesta en el respectivo contrato individual del trabajo, careciendo de competencia respecto de aquellas relaciones cuya naturaleza es de carácter civil, como ocurre con el contrato de prestación de sericios de honorarios.
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ORD. N°267 Vínculo subordinación y dependencia; Socio de Empresa; No resultaría jurídicamente procedente que, los Sres. Sergio Javier López Costa y David Felipe López Costa, mantengan una relación laboral bajo vínculo de subordinación y dependencia con la Sociedad por Acciones ProactiveOffice SpA.
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ORD. N°280 Competencia Dirección del Trabajo; Prestación Servicios a honorarios; La competencia de la Dirección del Trabajo se extiende al vínculo de carácter laboral entre empleador y trabajador, que se manifiesta en el respectivo contrato individual del trabajo, careciendo de competencia respecto de aquellas relaciones cuya naturaleza es de carácter civil, como ocurre con el contrato de prestación de servicios a honorarios.
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ORD. N°305 Contrato individual de Trabajo; Regla de la Conducta;
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ORD. N°207 Principio de Continuidad laboral; Casinos de Juegos; 1.- No procede reconsiderar el criterio de este Servicio contenido en el Ord. N°3303 de 17.12.2020. 2.- La doctrina uniforme e invariable de este Servicio ha señalado que los cambios o modificaciones de la persona jurídica empleadora, sea como concesionaria o sociedad operadora de un casino de juegos, no alterarán los derechos y obligaciones de los trabajadores emanados de sus contratos individuales o de los instrumentos colectivos
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ORD. N°172 Consulta Genérica; Principio de Continuidad laboral; Se absuelven las diversas preguntas planteadas a este Servicio de acuerdo con el contenido de este informe.
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ORD. N°2766 Fusión de Empresa; Continuidad Laboral; Unidad Económica; 1. La sucesión de empresas producto de una fusión, como ocurre en el presente caso, permite que los trabajadores imputen sus derechos a la empresa continuadora, sin embargo, esta circunstancia no implicará necesariamente la existencia de una unidad económica, pues su determinación es una materia de competencia exclusiva de los Tribunales Laborales, conforme a lo establecido en el artículo 3 del Código del Trabajo.
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ORD. N°2786 Fondo de Cesantía; Subordinación y dependencia; Sueldo empresarial; 1) El socio de J&M Servicios TI y Cableado Estructurado Ltda., don Juan José Loaces Del Aguila, no tiene ni ha tenido impedimento legal para contraer vínculo de subordinación y dependencia con la citada entidad societaria, al no reunir y no haber reunido copulativamente la condición de socio mayoritario y titular de la administración y representación de la misma. 2) En el evento que el individualizado recurrente per
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ORD. N°2631 Deportistas de Alto Rendimiento; Reglamento de becas; El Instituto Nacional de Deportes de Chile deberá comprobar la concurrencia, para cada integrante de la selección de futbol femenino que clasificó a los Juegos Olímpicos Tokio 2020, de lo requisitos que establece el Reglamento de Becas para Deportistas de Alto Rendimiento.
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ORD. N°2573 Continuidad Laboral; Cotización seguro desempleo; Vínculo subordinación y dependencia; Competencia Dirección del Trabajo; Por aplicación del principio de continuidad laboral, los trabajadores que se individualizan, tienen un vinculación de subordinación y dependencia vigente con Unispan Chile Servicios SPA, y cuentan para todos los efectos legales con un desempeño laboral mayor a once años para la citada empresa. Esta Dirección del Trabajo es incompetente para pronunciarse sobre la o
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ORD. N°2562 Contrato individual de Trabajo; Subcontratación;
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ORD. N°2558 Contrato por obra o faena; Naturaleza permanente o transitoria de los servicios prestados; No se ajusta a derecho que revistan el carácter de contratos por obra o faena los acuerdos celebrados entre las empresas Codelco Chile División Chuquicamata y los trabajadores, quienes ingresaron a laborar ejerciendo los cargos de operador mina AB, operador general, operador mantenedor PF, operador mantenedor plazo fijo y operador mantenedor en las faenas denominadas "término de explotación de
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ORD. N°2479 Conductores transporte privado de pasajeros; Naturaleza Jurídica; Vinculo Empresa Uber; Plataformas Tecnológica; La determinación de la naturaleza jurídica del vínculo que une a la empresa Uber con los conductores que operan en su plataforma tecnológica y, en particular, si se trata de una relación laboral o no, exige la calificación y ponderación de hechos en un procedimiento de confrontación probatoria, cuyo conocimiento necesariamente está entregado a los Tribunales de Justicia, p
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ORD. N°2362 Trabajo portuario;
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ORD. N°2315 Devolución de las cotizaciones AFC; Vínculo subordinación y dependencia; Socio mayoritario; La socia mayoritaria Sra. Javiera Díaz, no tiene impedimento para prestar servicios a la empresa bajo vínculo de subordinación y dependencia por no reunirse los requisitos copulativos que la doctrina de este Servicio ha definido.
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ORD. N°2276 Caja de Compensación Asignación Familiar; Afiliados y desafiliados; Procedimiento especial; No existe inconveniente jurídico para que el personal que se desempeña en el Servicio de Salud Araucanía Sur -frente al impedimento de celebrar una asamblea- manifieste su consentimiento en el sentido de desafiliarse de una Caja de Compensación de Asignación Familiar y de afiliación a otra de dichas Entidades, mediante la celebración de asambleas parciales. Lo anterior sin perjuicio de las ob
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ORD. N°2249 Teleoperadores; Contrato individual de Trabajo; Remuneraciones; Jornada de Trabajo; Respecto a las materias consultadas, debe estarse a lo señalado en el cuerpo del presente informe.
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ORD. N°2251 Vínculo subordinación y dependencia; Socio Mayoritario de Empresa; 1) No resulta procedente en la actualidad que la Sra. Bettina Mella Schmidt, mantenga una relación laboral bajo vínculo de subordinación y dependencia con la sociedad "Inmobiliaria e Inversiones Klein Flottbeck Ltda.", nombre de fantasía "Kaefe Ltda.", RUT N°78.974.620-6. 2) Con anterioridad al 26.12.2018, la Sra. Bettina Mella Schmidt, sí pudo mantener una relación laboral bajo vínculo de subordinación y dependencia
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ORD. N°2231 Trabajadores Portuarios; La autoridad competente podrá rebajar el número de turnos requeridos para renovar el permiso de seguridad portuaria dispuesta en Decreto Supremo N°49 de 1999, que aprueba el "Reglamento Curso Básico de Seguridad de Faenes Portuarias", del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, ajustándose a lo expresado en el cuerpo dle presente oficio.
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ORD. N°2204 Competencia Dirección del Trabajo; Tribunales de Justicia; La determinación de la naturaleza jurídica del vínculo que uniría a la empresa Rappi Spa, con don José Morillo que operaría en su plataforma tecnológica y, en particular , si se traga de una relación laboral o no, exige la calificación y ponderación de hechos en un procedimiento de confrontación probatoria, cuyo conocimiento necesariamente está entregado a los Tribunales de Justicia, por lo que no resulta jurídicamente proced
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ORD. N°2063 Testeo diario temperatura corporal; A los residentes y visitas de edificios habitacionales no les es aplicable la Ley N°21.342 y no se encuentran obligados al testeo diario de su temperatura, puesto que la copropiedad inmobiliaria no responde al concepto legal de "empresa".
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ORD. N°1985 Principio de Subordinación y dependencia; Estabilidad y continuidad en el empleo; Riesgo proceso productivo; 1.- No es procede jurídicamente que se autorice al empleador acordar con sus trabajadores contratos discontinuos o esporádicos, porque en virtud del principio de ajenidad los trabajadores no pueden asumir el riesgo del negocio, y además, son dependientes contratados de manera indefinida, por lo tanto el principio de estabilidad y continuidad en el empleo concurre en su protecc
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ORD. N°1990 Vinculo subordinación y dependencia; Competencia Dirección del Trabajo; 1. Este Servicio debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado toda vez que los antecedentes acompañados no son suficientes para establecer la exigencia de un vínculo de subordinación y dependencia a la luz de la doctrina fijada por este Servicio. 2. Este Servicio no tiene competencia para pronunciarse sobre la materia debiendo dirigir su consulta ante la Superintendencia de Pensiones, entidad que fisc
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ORD. N°1880 Remuneración; Escala Única; Corporación Nacional Forestal CONAF; Estudio y pronunciamiento sobre eventual inicio de Procedimiento de Tutela Laboral, sin perjuicio de llevar a cabo previamente una mediación entre las partes, conforme al inciso 6° del artículo 486 del Código del Trabajo.
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ORD. N°1811 Contrato de trabajo; Funciones alternativas; Jornada de Trabajo a tiempo parcial; Distribución; 1) La relación de trabajo entre un trabajador y un empleador debe materializarse por escrito en un contrato de trabajo, documento que ha de ser único, atendido que dicha relación es una sola, independientemente que las funciones a realizar por aquel puedan ser varias o de las modificaciones que e materia de jornada de trabajo puedan convenirse. 2) El contrato de trabajo, entre otras menci
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ORD. N°1812 Estatuto Docente; Corporación Municipal; Cláusula Tácita; 1. La doctrina de la cláusula tácita aplicable a los docentes que laboran en el sector municipal se encuentra vigente máxime si el contenido del actual artículo 71 del Estatuto Docente, disposición que hace aplicables de forma supletoria las normas del Código del Trabajo, no ha experimentado modificaciones. 2. Las partes contratantes en virtud del principio de la autonomía de la voluntad podrían pactar otras asignaciones que n
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ORD. N°1722 Trabajadores de Supermercados; Multifuncionales; Relación de Trabajo; No se ajusta a derecho el cargo denominado "Operador de tienda", conforme al contenido expuesto en el presente informe, al no otorgar un mínimo de certeza a los trabajadores acerca de las labores a realizar en los supermercados.
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ORD. N°1681 Trabajadores Portuarios; 1) El empleador portuario debe disponer de una cierta cantidad de trabajadores para realizar sus faenas en forma segura, conforme con sus atribuciones y facultades privadas para administrar su empresa y la normativa indicada en el presente informe. 2) No existe inconveniente jurídico para que en el contrato de un trabajador portuario se contemplen dos o más funciones, no necesariamente similares, que estará obligado a desempeñar, siempre que estás sean espec
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ORD. N°1661 Cláusula Tácita; Corporación Municipal; Trabajador dependiente; Ley N°19.378; Ley N°19.070; 1. Las estipulaciones contractuales acordadas de forma táctica entre el trabajador y el empleador, aunque no se encuentren comprendidas dentro del contrato de trabajo que se escrituró, y cumpliéndose con los requisitos señalados en el presente informe, forman parte del mismo, por consiguiente, no es posible dejarlas sin efecto por la sola voluntad de una de las partes. 2. No es posible hacer
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ORD. N°1562 Fondo de Cesantía; Vínculo subordinación y dependencia; Sueldo Empresarial; 1) La socia de Ajax Ltda., doña María Soledad Edwards Fontecilla, no tiene ni ha tenido impedimento legal para contraer vínculo de subordinación y dependencia con la citada entidad societaria, al no reunir y no haber reunido copulativamente la condición de socia mayoritaria y titular de la administración y representación de la misma. 2) En el evento que la individualizada recurrente perciba y haya percibido
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ORD. N°1564 Gente de Mar o Personal embarcado; 1) Las labores y funciones realizadas por la gente de mar a bordo de naves de la marina mercante nacional, deben regirse según lo prevenido en el "Reglamento Sobre Formación, Titulación y Carrera Profesional de la Gente de Mar", en el "Reglamento de Trabajo a Bordo de Naves de la Marina Mercante Nacional" y a lo dispuesto en el certificado de dotación mínima de seguridad aprobada para cada nave. 2) El contrato de trabajo, suscrito entre los trabaja
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ORD. N°1544 Vínculo de Subordinación y dependencia; Fondo de Cesantía; Sueldo empresarial; 1) Entre el 23 de septiembre de 2010 y el 15 de diciembre de 2013, don Javier Magnasco Fernández legalmente ha estado impedido de contraer vínculo de subordinación y dependencia con Asesorías e Inversiones Magnasco Vásquez Ltda. 2) Por el lapso de tiempo posterior al 15 de diciembre de 2013, esta entidad societaria podrá acreditar ante la AFC Chile II S.A., que su socio don Javier Magnasco Fernández ha pe
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ORD. N°1527 Competencia Dirección del Trabajo; Prestación Servicios a honorarios; Competencia Dirección del Trabajo. Prestación servicios de honorarios.
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ORD. N°1260 Choferes; Taxis Colectivos; Eventual necesidad de regulación legal de este desempeño laboral.
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ORD. N°1169 Vínculo subordinación y dependencia; Beneficios Previsionales; Informa al tenor de lo solicitado. Existencia de vínculo de subordinación y dependencia. Beneficios previsionales.
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ORD. N°1089 Contrato de Trabajo; Principio de continuidad laboral; Contrato de trabajo. Principio de continuidad laboral.
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ORD. N°1091 Trabajadores Portuarios; Requisitos; Los trabajadores que realizan las labores de encarpe, desencarpe, cortina, amarre y desamarre al interior de Puerto Lirquen pueden ser calificados como trabajadores portuarios, atendido que cumplen con los requisitos fundamentales de acuerdo a la doctrina institucional descrita en el cuerpo del presente informe.