Contraloría General de la República
Fuerzas Armadas, de Orden y Gendarmería
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Fuerzas Armadas, de Orden y Gendarmería, del más reciente al más antiguo. Página 6.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Fuerzas Armadas, de Orden y Gendarmería, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Fuerzas Armadas, de Orden y GendarmeríaTemas de Fuerzas Armadas, de Orden y Gendarmería
Pronunciamientos
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La Contraloría concluye que Gendarmería puede contratar médicos a honorarios como excepción a la regla general, si acredita falta de interesados y procesos desiertos, y que los educadores artísticos y cultores tradicionales pueden mantenerse a honorarios.
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La Contraloría concluye que la FACH debe devolver a la empresa el monto pagado por el arriendo del espacio ferial de FIDAE 2020, pues al no realizarse la feria retuvo el dinero sin contraprestación, generando un enriquecimiento sin causa.
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La Contraloría concluye que el personal del Hospital Penitenciario, policlínicos, enfermerías y unidades de salud de Gendarmería tiene derecho al descanso reparatorio de la ley N° 21.409, aunque no esté expresamente mencionado, por cumplir la misma función pandémica.
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La Contraloría concluye que, al no constar la instalación del remarcador eléctrico, Carabineros debe calcular el consumo eléctrico según el mecanismo de la inspección técnica y liquidar el contrato, informando en 10 días.
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La Contraloría concluye que el decreto que destinó un inmueble fiscal al Ejército es legal, que su reglamento ambiental se ajusta a la ley y que las actividades de entrenamiento no requieren evaluación ambiental, pero ordena al Ejército informar en 60 días sobre las medidas de protección del huemul.
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La PDI puede vender el inmueble "El Mirador del Francés" si lo declara prescindible y cuenta con autorización del Director General, aplicando el régimen especial de la ley N° 18.714; su producto debe ingresar al Patrimonio de Afectación Fiscal.
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El tema principal es el reclamo de exfuncionarios de Carabineros por demoras en sus bonos de reconocimiento y porque no se les permitió retirar esos fondos. Contraloría concluye que no hubo demora injustificada y que el bono solo puede liquidarse al cumplir los requisitos legales, no para retiros.
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La Contraloría concluye que corresponde devolver los aportes al Fondo de Ahorro Habitacional a tres exfuncionarios, previa solicitud y restitución de la vivienda fiscal; respecto de un cuarto no hay montos a reintegrar por deudas. Sobre las demandas de restitución, se abstiene por ser materia judicial, pero confirma que el CDE y Carabineros están facultados para actuar, pues las viviendas de MUTUCAR se entienden proporcionadas por el Fisco.
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La Contraloría concluye que el cobro de los elementos de protección personal en las atenciones odontológicas de la Armada durante la pandemia es procedente, pues se aprobó un código arancelario específico y se aplican las bonificaciones legales del 75% y 50%.
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La Contraloría concluye que la construcción de estacionamientos y otras obras en la Prefectura de Investigación de Accidentes en el Tránsito se ajustó a la normativa, al usar la modalidad de administración directa y materiales adquiridos con presupuesto fiscal, sin irregularidades.
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La Contraloría concluye que Gendarmería puede ponderar la falta de oferta educativa intercultural al evaluar permisos y beneficios de internos indígenas, pero no puede alterar por resolución las faltas disciplinarias por huelga de hambre, debiendo abstenerse de aplicar esas instrucciones.
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El caso excepcional de un funcionario contratado bajo el Código del Trabajo y pensionado en DIPRECA debe regirse por las causales de retiro de los funcionarios civiles de Carabineros. Concluye que corresponde al General Director de Carabineros resolver en definitiva su clasificación de invalidez.
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La Contraloría concluye que Carabineros actuó conforme a las bases al terminar anticipadamente el contrato, porque los conos entregados no coincidían con la muestra aceptada, aunque el proveedor alegue mejor calidad.
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La PDI consulta si puede usar las bases tipo de la Central de Abastecimiento de Salud para una licitación. Contraloría concluye que no procede, pues deben aprobarlas el propio servicio, salvo la excepción de las bases tipo aprobadas por ChileCompra.
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La Contraloría concluye que Carabineros actuó dentro de sus atribuciones al rechazar la renovación como capacitador en cinco áreas, pues el recurrente no acreditó los requisitos educacionales exigidos por el Manual Operativo vigente.
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La Contraloría concluye que Carabineros puede descontar el valor del armamento perdido o dañado, previo sumario, y que su Dirección General puede fijar cuotas, reajustables según el IPC, mediante instrucciones.
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La Contraloría concluye que Carabineros debe dejar sin efecto la resolución que negó el uniforme alternativo solicitado por Seguridad del Norte S.A., por no estar debidamente fundada, y emitir un nuevo acto administrativo que resuelva fundadamente esa solicitud.
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La Contraloría concluye que Carabineros debe revisar el rechazo de la solicitud del recurrente para ser asesor de seguridad privada y, si lo mantiene, fundamentar por qué su título de Cientista Criminalístico y diplomado no cumplen los requisitos, informando en 30 días hábiles.
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El dictamen aclara que el Manual de Organización y Funcionamiento del Sistema de Seguridad Privada y la resolución exenta N° 149, de 2009, estaban derogados al momento de la solicitud de renovación, por lo que debía aplicarse el Manual Operativo del decreto exento N° 261, de 2020. Concluye que Carabineros debe revisar la solicitud y explicitar los motivos del rechazo de las materias de conocimiento de arma y tiro y defensa personal.
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La Contraloría concluye que los funcionarios de la DGAC que alcanzaron a usar su descanso compensatorio por orden de la autoridad, luego declarada improcedente, consolidaron esa situación y no deben verse afectados, pues ya ejercieron ese derecho.
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La Contraloría concluye que toda obra de exclusivo carácter militar debe regirse por la ley N° 17.502, sin excepción por fuente de financiamiento, tamaño o tipo de obra. Por ello, la FACH debe traspasar los recursos al Fondo para Obras de las Fuerzas Armadas y dictar el decreto supremo habilitante.
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La Contraloría concluye que las declaraciones del Contraalmirante Parga no infringieron el deber de no deliberancia, pues se referían a la defensa jurídica de un funcionario en un proceso penal, sin cuestionar al poder civil.
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La Contraloría concluye que Carabineros debe revisar el rechazo de renovación como asesor en seguridad privada, pues la resolución no fundamentó por qué los estudios del recurrente no cumplen los requisitos; si mantiene el rechazo, debe explicitar sus motivos.
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La Contraloría concluye que la renovación de autorizaciones para asesor y capacitador en seguridad privada exige acreditar los requisitos vigentes al momento de solicitarla, sin que una autorización anterior constituya derecho adquirido. Se desestima el reclamo porque el recurrente no acompañó el certificado de no haber sido sancionado conforme a la ley N° 19.327.
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La Contraloría concluye que Carabineros actuó dentro de sus facultades al renovar solo tres de nueve cátedras, pues aplicó la normativa vigente a la fecha de la solicitud y no el manual aún no vigente.
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La Contraloría concluye que Carabineros actuó dentro de sus atribuciones al rechazar la renovación como asesor en seguridad privada, porque el solicitante no acreditó el título profesional exigido por el manual vigente al momento de su solicitud.
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El descanso reparatorio de la ley N° 21.409 exige desempeño efectivo en el Hospital de Carabineros o su red asistencial, no en dependencias administrativas como la Dirección o Subdirección de Salud de Carabineros. Para honorarios sin jornada pactada, se promedian las horas mensuales trabajadas para verificar las once horas semanales.
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La Contraloría concluye que en la invalidación solicitada por el propio afectado se cumple la audiencia previa del artículo 53 de la ley N° 19.880, por lo que no corresponde exigir su comparecencia personal y debe permitirse la asistencia de abogado.
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La Contraloría concluye que el término anticipado del contrato de señalética dispuesto por el Ejército fue ajustado a las bases, pues el proveedor no entregó la totalidad de los bienes en el plazo ofertado, y desestima el reclamo.
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La Contraloría concluye que el Ejército debe exigir garantía de fiel cumplimiento en toda adquisición financiada por la ley N° 21.174, sin excepciones, aunque puede aceptar cualquier instrumento idóneo, no solo boletas bancarias.
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La Contraloría concluye que Carabineros actuó correctamente al rechazar la ampliación de plazo por no acreditarse el caso fortuito, pero, aplicando una excepción a la regla general, ordena ajustar la multa a un tope máximo, pues las bases no lo fijaban.
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La Contraloría concluye que el tiempo de conscripción militar sí cuenta como servicio efectivo para calcular el bono de permanencia de Carabineros, siempre que se cumplan los demás requisitos, y ordena revisar los casos de los recurrentes.
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La Contraloría concluye que Carabineros debe regularizar el pago de la asignación policial a la exfuncionaria Evelyn Guerrero Olivares, igual que al resto del personal de la 67° Comisaría de Seguridad Privada, hasta su retiro, por falta de criterio uniforme.
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El INDH puede pedir a Carabineros información precisa y fundamentada para cumplir su rol de derechos humanos, y Carabineros debe colaborar oportunamente, incluso con documentos secretos, manteniendo reserva. Respecto de antecedentes de investigaciones penales, solo puede solicitarlos si es interviniente en el proceso.
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La Contraloría concluye que, excepcionalmente, corresponde reconocer a las exfuncionarias de Gendarmería el derecho a la bonificación por retiro voluntario de la ley N° 19.882, pues postularon a ella antes de que la ley N° 21.209 rebajara el beneficio sin que se les informara oportunamente.
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El dictamen concluye que el decreto N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud no obliga al personal de Gendarmería adscrito a DIPRECA, por lo que la exigencia de licencia médica electrónica no les aplica, al ser una excepción a la regla general.
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La Contraloría ratifica que los pensionados de CAPREDENA contratados bajo el Código del Trabajo deben cesar según las causales de los funcionarios civiles de las Fuerzas Armadas, no las del Código Laboral. Excepcionalmente, quienes cotizaron luego en el sistema del DL 3.500 se rigen por el Código del Trabajo.
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El dictamen concluye que, tras la derogación por el Tribunal Constitucional de las normas que regían el cese del personal civil de FAMAE, desde el 5 de febrero de 2022 se aplican las causales del Código del Trabajo, incluyendo el derecho a indemnizaciones.
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Los alumnos de las Escuelas Matrices pueden recibir atención médica fiscal en recintos externos con convenio vigente, respetando la prelación del artículo 17 de la ley N° 19.465, pues lo contrario discriminaria arbitrariamente su acceso a la salud.
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El tema principal es determinar si el devengo de una obra en construcción se registra con el estado de pago o con la factura, cuando difieren por retenciones del 10%. Concluye que el estado de pago respalda el devengo, pues refleja el avance de la obra, y la factura se exige para el pago.
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La Contraloría rechaza reconsiderar su dictamen sobre pensiones de invalidez de exfuncionarios de Gendarmería: solo se incluyen las gratificaciones especiales del artículo 51 si la invalidez deriva de un accidente en acto de servicio, no de enfermedad.
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La Contraloría concluye que el cese del exfuncionario de la PDI por salud incompatible fue legal, pues su salud fue declarada recuperable, desestimando el reclamo; no obstante, desde ahora la PDI deberá solicitar previamente a la COMPIN el informe de irrecuperabilidad.
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La Contraloría concluye que no procede exigir comprobantes de pago del bono de sala cuna, bastando una declaración jurada simple, y que el derecho de alimentación en turnos de 24 horas no es compensable en dinero.
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La Contraloría concluye que el Hospital de Carabineros debe analizar la solicitud de la funcionaria y darle respuesta formal, pagándole el bono COVID-19 si procede, pues no resolvió su requerimiento.
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La Contraloría concluye que el Club Aéreo de Arica no puede usar el Aeródromo El Buitre bajo la ley N° 20.887, porque el Ejército no lo incluyó como infraestructura deportiva disponible; solo cabría un uso excepcional o de emergencia, que no es el caso.
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La Contraloría revisó el reclamo sobre la licitación de Carabineros y verificó que la empresa adjudicada sí presentó todos los anexos exigidos, incluido el cuestionado. Concluye que las bases no exigen firmar todos los documentos del portal, por lo que desestima el reclamo.
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La resolución solo comunica un listado referencial de títulos afines a seguridad privada, sin restringir el requisito legal ni ser taxativa. Concluye que es válida como instrumento orientador, sin ilegalidad ni invasión de competencias del Ministerio del Interior.
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La renovación de una credencial de vigilante privado exige acreditar la idoneidad cívica conforme a la normativa vigente al momento de solicitarla, aunque sea posterior a la acreditación anterior. Concluye que al interesado le resultaría aplicable la exigencia de certificar que no fue desvinculado por medida disciplinaria.
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La Contraloría concluye que Carabineros debe rehacer el rechazo de la renovación como capacitador, aplicando la normativa vigente al momento de la solicitud (noviembre de 2020), por el error administrativo que la resolvió fuera de plazo; en cambio, confirma el rechazo de la acreditación como asesor y de la ampliación de asignaturas.
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La Contraloría autoriza un procedimiento simplificado y excepcional para que las agregadurías militares en el exterior rindan cuentas con documentos digitalizados y firmados electrónicamente, en lugar de los originales, debiendo el Ejército cotejarlos después con los documentos en papel recibidos por valija diplomática.