Estatuto Docente y Asistentes de la Educación
Los pronunciamientos de la Dirección del Trabajo sobre Estatuto Docente y Asistentes de la Educación, del más reciente al más antiguo. Página 7.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Estatuto Docente y Asistentes de la Educación, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Estatuto Docente y Asistentes de la EducaciónTemas de Estatuto Docente y Asistentes de la Educación
Pronunciamientos
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ORD. N°75 Estatuto Docente; Instrumento Colectivo; Establecimiento Particular Subvencionado; 1) Una vez extinguido el convenio colectivo celebrado por un grupo de trabajadores a la luz de lo dispuesto en el artículo 314 bis del Código del Trabajo, previo a la reforma de la ley N°20.940, sus cláusulas se incorporarán a los contratos individuales de los trabajadores con excepción de aquellas expresamente excluidas por el legislador. 2) Para efectos de determinar la incidencia de la Ley N°20.903 e
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ORD. N°77 Asistentes de la Educación; Beneficios Adeudados; Relación Laboral Terminada; Fallecimiento Trabajador; Beneficios adeudados por el empleador a trabajador, asistente de la educación. Relación laboral terminada por fallecimiento del trabajador. La materia planteada debe ser conocida y resuelta por los Tribunales de Justicia.
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ORD. N°27 Estatuto Docente; Ley 21.176; Titularidad; Horas Extensión docente; Ley N°21.176 sobre titularidad de las horas extensión docente.
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ORD. N°2677 Docente directivo; Sector municipal; Remuneraciones; Informa al tenor de lo solicitado.
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ORD. N°2200 Docente; Ley N°19.648; Titularidad; Para los efectos de enterar las 20 horas cronológicas que como mínimo exige la ley para acceder a la titularidad de las mismas, procede considerar tanto las horas realizadas en aula propiamente tal como también las actividades curriculares no lectivas, esto último, al tenor de lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto N°453, de 1991, del Ministerio de Educación.
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ORD. N°2138 Estatuto docente; Descuento Remuneraciones; Paralización actividades; El empleador no se encontraría obligado a pagar remuneraciones por los días en que un docente no prestó servicios a causa de una paralización de actividades, sin perjuicio de lo que las partes pudieron haber convenido sobre el particular.
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ORD. N°2067 Docentes; Ley 19.648; Titularidad; 1. Resulta procedente considerar dentro del beneficio de la titularidad de los docentes a contrata, que se desempeñan en el aula común en los Proyectos de Integración Escolar de los establecimientos dependientes de las Corporaciones Municipales, tanto las horas de clases que realizan como las asignaciones en el contrato para labores de planificación, evaluación y seguimiento del referido proyecto. 2. Para computar la antigüedad de tres años continuo
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ORD. N°2078 Docente; Paro; Descuento remuneraciones; No resulta jurídicamente procedente que el empleador pague remuneraciones por los días de inasistencia en que un docente ha incurrido como consecuencia de la paralización de actividades, sin perjuicio de lo que las partes pudieron haber convenido sobre el particular.
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ORD. N°2054 Jornada de trabajo; Paralización de actividades docentes; Recuperación de clases; Trabajadores con licencia médica; 1. No resulta jurídicamente procedente modificar sin el acuerdo de los dependientes la distribución diaria o semanal de la jornada de trabajo, del personal docente y asistente de la educación, durante el período en que se efectúe la recuperación de horas a causa de la paralización de actividades. 2. Las horas trabajadas por el mismo personal durante el referido período
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ORD. N°1980 Docentes y Asistentes de la Educación; Recuperación de clases no impartidas; remuneraciones; Si el sostenedor determinó la recuperación de las clases no impartidas por motivos de salubridad del establecimiento educacional, deberá remunerar a su personal docente y asistente de la educación de conformidad con lo expuesto en el presente oficio.
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ORD. N°1981 Incumplimiento de contrato; No pago de remuneraciones; Las remuneraciones deben pagarse con la periodicidad estipulada en el contrato la que no podrá exceder de un mes.
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ORD. N°1985 Docentes; Base Calculo; Indemnización por años de servicio; Bonificación reconocimiento profesional; Procede incluir en la base de cálculo de la indemnización legal por años de servicio, la Bonificación de Reconocimiento Profesional de los docentes que la perciben.
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ORD. N°1913 Docentes; Ley N°19.648; Beneficio de la titularidad; Accedieron al beneficio de la titularidad regulado en la Ley N°19.648, aquellos docentes que desempeñan funciones de aula vinculadas al Plan de Mejoramiento de la Educación financiado con cargo a los recursos de la Subvención Escolar Preferencial, en la medida que al 31.07.2018, hubieran cumplido con los requisitos indicados en el cuerpo del presente informe.
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ORD. N°1817 Docente; Corporación Municipal; Docente; Corporación Municipal;
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ORD. N°1813 Estatuto de Asistentes de la Educación; Ley 21.109; Estatuto de Asistentes de la Educación, Ley 21.109, 02.10.2018.
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ORD. N°1709 Docentes; Ley 20.501; Calidad y Equidad de la Educación; Rectifica Ord. N°1468, 21.04.2020; Rectifica Ordinario N°1468, de 21.04.2020.
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ORD. Nº1537 Ley Nº20.903; Sistema de desarrollo profesional; Docentes excluídos del Sistema; Remuneraciones; Asignación de experiencia; Los docentes que hayan ejercido el derecho de opción establecido en el artículo quinto transitorio de la ley N°20.903, mantendrán la última remuneración mensual devengada correspondiente al mes inmediatamente anterior a aquel en que los profesionales de la educación del establecimiento educacional en que se desempeñan pasen a regirse por el sistema de desarrollo
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ORD. N°1468 Docentes; Corporación Municipal; Ley 20.501; El ejercicio de las facultades que el artículo tercero transitorio de la ley N°20.501 reconoce al Director y Sostenedor respecto del profesional de la educación, Sr. Héctor Miranda N. fue mantenerlo en el cargo de Jefe de la Unidad Técnico-Pedagógica en el establecimiento Escuela N 396, de la comuna de Cerro Navia, afecto a una jornada de trabajo de 44 horas semanales.
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ORD. N°1444 Asistentes de la Educación; Ley N°21.109; Término feriado; El año escolar para los establecimientos de la Región Metropolitana comenzó el lunes 2 de marzo de 2020, de acuerdo con el calendario escolar regional aprobado por la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Región Metropolitana.
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ORD. N°1447 Manipuladoras de alimentos; Internados administrados por corporaciones municipales; Asistentes de la educación; Calificación; 1.Las manipuladoras de alimentos que prestan servicios en internados dependientes de corporaciones municipales no tienen el carácter de asistentes de la educación. 2.La competencia para administrar y conceder el bono de desempeño laboral establecido en el artículo 29 de la ley N° 21.126, se encuentra radicada en el Ministerio de Educación. 3.La competencia par
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ORD. N°1449 Estatuto Docente; Corporación Municipal; Prorroga Contrato de trabajo; El docente del sector municipal afecto a un contrato de reemplazo tendrá derecho a que su contrato se entienda prorrogado por los meses de enero y febrero del respectivo año siempre que se cumplan los requisitos copulativos establecidos en el artículo 41 bis del Estatuto Docente.
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ORD. N°1404 Estatuto Docente; Corporación Municipal; Establecimiento Educacional; Director; Asignación Carácter Convencional; La Corporación Municipal de Desarrollo Social de San Joaquín no se encuentra obligada a pagar el beneficio de origen convencional denominado Asignación Directiva Municipal Especial con posterioridad al mes de octubre del año 2012.
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ORD. N°1409 Asistentes de la Educación; Ley N°21.109; Los días trabajados por los asistentes de la educación durante el feriado no pueden ser compensados en dinero, debiendo las partes alcanzar un acuerdo que fije la época en que se hará efectivo el feriado compensatorio.
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ORD. N°1405 Estatuto Docente; Termino relación laboral; Esta Dirección carece de competencia para determinar si el despido del que fue objeto se encuentra o no ajustado a derecho, correspondiendo dicha facultad a los Tribunales del Trabajo.
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ORD. N°1009 Estatuto Docente; Bonificación por retiro voluntario; Ley 20.822; Computo años de Servicio; El cálculo de la bonificación por retiro voluntario establecida en el artículo 2 inciso segundo de la ley N°20.822 debe considerar los años de servicio continuos y discontinuos prestados a dicha Corporación Municipal, con la prevención efectuada en el presente Informe.
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ORD. N°1052 Estatuto Docente; Titularidad; Ley 19.648; Cantidad horas; Horas lectiva y no lectivas; Requisitos Legales; 1. La distribución de las horas cronológicas semanales que regula el artículo 69 del Estatuto Docente y el artículo 129 del Decreto N°453, de 1991, del Ministerio de Educación de 1991, resulta indiferente para el otorgamiento del beneficio de la titularidad, toda vez que el cómputo de horas debe considerar tanto horas lectivas, como no lectivas. 2. Para dar cumplimiento a la Le
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ORD. N°887 Estatuto de Salud; Competencia Dirección del Trabajo; Termino Contrato de Trabajo; Causales; La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse sobre la aplicación de las causales de término de contrato del personal regido por la ley N°19.378. El contrato de honorarios solo resulta procedente en el sistema de atención primaria de salud regido por la ley N°19.378 para tareas, funciones o servicios ocasionales y breves.
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ORD. N°681 Estatuto docente; Recreo; Actividades curriculares no lectivas; No resulta procedente exigir al personal docente que desempeñe, durante los recreos, actividades curriculares no lectivas ni que se encargue de la disciplina de los alumnos.
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ORD. N°551 Estatuto docente; Corporación Municipal; Informe; Informe a Oficina de Contraloría.
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ORD. N°468 Estatuto Docente; Corporación Municipal; Titularidad; Informa; Competencia Direccion del trabajo; Revisados los antecedentes adjuntos a las presentaciones y analizadas las materias reclamadas por el docente, se estimó que este Servicio no era competente para resolverlas, y en atención a ello, se devolvieron los antecedentes a Contraloría General de la República por medio de Ordinario N°185 de 09.01.2020, documento que se adjunta.
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ORD. Nº425 Sala cuna; Bono compensatorio; Vacaciones de invierno y Fiestas Patrias; Docentes; La docente madre de un menor de dos años que se desempeña en un colegio particular subvencionado tiene derecho al bono compensatorio de sala cuna que le sea procedente durante las vacaciones de invierno y de fiestas patrias, por cuanto, a su respecto, dichos periodos no constituyen feriados.
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ORD. N°321 Asistentes de la educación; Corporación Municipal; Contrato colectivo; Feriado progresivo; Las partes deberán dar aplicación a la cláusula que refiere al otorgamiento de los días de feriado progresivo de los asistentes de la educación de que se trata, durante toda la vigencia de los contratos colectivos respectivos.
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ORD. N°214 Estatuto Docente; Asignación de responsabilidad técnico pedagógica; Encargado de convivencia escolar; Establecimiento particular subvencionado; El empleador no se encuentra obligado a otorgar al profesional docente que desempeña la función de Encargado de convivencia escolar en un establecimiento particular subvencionado regido por el D.F.L. N°2, de 1998, la asignación de responsabilidad técnico pedagógica, por tratarse de un estipendio especial establecido por los docentes que labora
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ORD. N°216 Estatuto Docente; Bonificación de Reconocimiento Profesional; Docente habilitado; A los profesionales de la educación titulados como profesionales en una Universidad reconocida por el Estado, con un programa o carrera de, a lo menos, 8 semestres académicos y 3.200 horas presenciales, les asiste el derecho a percibir el componente base de la Bonificación de Reconocimiento Profesional, si imparten una especialidad afín a su título en establecimientos educacionales del sector municipal.
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ORD. N°219 Estatuto Docente; Docentes en calidad de contratados; Contrato a plazo fijo; Transformación en indefinido; Replica doctrina en cuanto que no resulta legalmente procedente aplicar las normas relativas a la transformación de un contrato de plazo fijo en contrato de duración indefinida respecto de aquellos suscritos por profesionales de la educación dependientes de una Corporación Municipal que tengan la calidad de contratados.
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ORD. N°227 Jornada de trabajo; Asistentes de la educación; Colación; Ley N°21.109; Remite copia del Dictamen N°3.445/22 de 11.07.2019.
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ORD. N°231 Estatuto Docente; Bonificación de Reconocimiento Profesional; Docente autorizado; 1.- La calidad de autorizados para el ejercicio de la función docente, como es el caso de los psicopedagogos que se desempeñan en establecimientos dependientes de la Corporación Municipal de Antofagasta, no los faculta para percibir el pago de la bonificación de reconocimiento profesional prevista en el artículo 1° de la ley N°20.158. 2.- Respecto de los psicopedagogos autorizados para el ejercicio de la
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ORD. N°7 Asistentes de la educación; Ley N°21.109; Informa a la Cámara de Diputados sobre los fundamentos contenidos en el dictamen N°3445/22, de 11.07.2019.
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ORD. N°8 Asistentes de la educación; Ley N°21.109; Informa a la Cámara de Diputados sobre los fundamentos contenidos en el dictamen N°3445/22, de 11.07.2019.
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ORD. N°5817 Evaluación docente; Renuncia por eximirse del proceso de evaluación; Beneficio de incentivo al retiro voluntario; La renuncia a la carga horaria para efectos de la postulación a la bonificación por retiro voluntario no sustituye la renuncia que le permite quedar exento de la evaluación docente en los términos indicados en el inciso final del artículo 70 del Estatuto Docente.
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ORD. N°5715 Ley N°21.109; Asistentes de la educación; Se confirma la doctrina contenida en dictamen N°3445/22, de 11.07.19 que resuelve que las normas del párrafo 1° del Título III de la ley N°21.109, resultan aplicables a los asistentes de la educación profesionales y técnicos de establecimientos particulares subvencionados.
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ORD. Nº5639 Estatuto Docente; Beneficio de titularidad docente; El beneficio de titularidad establecido en la ley N°19.648, en su nuevo texto fijado por la ley N°21.152, publicada en el Diario Oficial de 25.04.2019, rige respecto de los profesionales de la educación que se encontraren prestando servicios en calidad de contratados a la fecha de publicación de esta última.
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ORD. N°5654 Estatuto Docente; Beneficio de la titularidad; Ley N°19.648; No le asiste el derecho a acceder al beneficio de la titularidad previsto en la Ley N°19.648, por no dar cumplimiento a la totalidad de los requisitos copulativos establecidos para ello.
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ORD. Nº5570 Estatuto Docente; Duración y distribución de la jornada de trabajo; La distribución de la jornada de trabajo constituye una cláusula mínima del contrato de trabajo de los docentes, que debe ser acordada por mutuo acuerdo, por lo que el empleador no se encuentra facultado para imponer dicha distribución de forma unilateral, debiendo las partes convenirlas de acuerdo a los criterios establecidos en el artículo 80 del Estatuto Docente.
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ORD. N°5597 Asistentes de la Educación; Establecimientos Particulares Subvencionados; Vacaciones de invierno; Duración; El periodo de vacaciones de invierno de los asistentes de la educación señalados en este informe deberá necesariamente coincidir con la interrupción de las actividades escolares y tener la misma extensión.
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ORD. N°5600 Asistentes de la Educación; Competencia Dirección del Trabajo; Poder de dirección y administración; Esta Dirección carece de competencia para emitir el pronunciamiento solicitado, por tratarse de materias que inciden en la potestad de dirección y administración, cuyo ejercicio corresponde exclusivamente al empleador.
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ORD. N°5603 Beneficio de la titularidad; Ley N°19.648; Las horas a contrata por las cuales los docentes adquieren la titularidad prevista en la Ley N°19.648, en su nuevo texto fijado por la Ley N°21.152, son aquellas vigentes al 31 de julio de 2018.
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ORD. Nº5564 Estatuto Docente; Horas de Recreo; Las horas de recreo, si bien se consideran para el cómputo de la jornada de trabajo del docente, no son calificadas como actividades curriculares no lectivas.
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ORD. Nº5572 Estatuto Docente; Titularidad; Requisitos; 1.- Para acceder a la titularidad docente es necesario que los requisitos señalados en el artículo único de la ley N°19.648 concurran copulativamente al 31 de julio de 2018, en términos tales que, a esa fecha, el docente debe haber estado cumpliendo las funciones de aula a contrata por las horas mínimas exigidas al respecto, además de cumplir con la antigüedad señalada en la misma norma. 2.- El legislador no ha efectuado distinción o exclus
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ORD. N°5372 Remuneración; Reajuste de remuneraciones; Regla de la conducta; 1. Que los asistentes de la educación que figuran en el informe de exposición han visto reajustado su sueldo base de forma anual en los períodos señalados, por así haber estado pactado por las partes en forma previa al traspaso al Servicio Local de Educación de Barrancas, y así haberse pagado; y 2. Que, sin embargo a dicho pacto y pago, no se ha podido determinar una conducta uniforme en lo que respecta al porcentaje al