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Dirección del Trabajo · Documentación Laboral Electrónica

Firma y Gestión de Documentos Electrónicos

Los pronunciamientos de la Dirección del Trabajo sobre Firma y Gestión de Documentos Electrónicos, del más reciente al más antiguo. Página 2.

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Documentación Laboral Electrónica, que incluye Firma y Gestión de Documentos Electrónicos, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Documentación Laboral Electrónica

Pronunciamientos

  • 5 de diciembre de 2024

    Ordinario N° 831

    ORD. N°831 Documentación laboral electrónica; La forma de implementación de la solución de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica provista por la empresa BUK S.p.A., no se ajusta a las exigencias contenidas en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se rechaza la solicitud.

  • 5 de diciembre de 2024

    Ordinario N° 832

    ORD. N°832 Documentación laboral electrónica; La documentación de respaldo presentada por la Corporación Dhoku S.p.A., no acredita que el sistema de generación, firma y gestión de documentación laboral electrónica denominado "FITRA", se ajuste a todas las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015.

  • 25 de septiembre de 2024

    Ordinario N° 636

    ORD. N°636 Documentación laboral electrónica; No existe inconveniente para que los empleadores utilicen el sistema de generación, gestión y firma de documentación electrónica laboral denominado "FÉNIX", consultado por la empresa EME Servicios Generales Limitada, en la medida que la plataforma se implemente en los mismos términos autorizados.

  • 25 de septiembre de 2024

    Ordinario N° 637

    ORD. N°637 Documentación laboral electrónica; 1) El sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica denominado “WEFLOW”, se ajusta a las condiciones mínimas de funcionamiento exigidas por el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que no existe inconveniente jurídico para su utilización. 2) Un PIN puede ser utilizado como contraseña y, además, como firma electrónica simple.

  • 25 de septiembre de 2024

    Ordinario N° 639

    ORD. N°639 Documentación laboral electrónica; El sistema de generación, firma y gestión de documentación laboral electrónica denominado "Interdatum - Appso", consultado por la empresa Appso Consultora y Servicios S.p.A., no se ajusta a todas las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015.

  • 25 de septiembre de 2024

    Ordinario N° 641

    ORD. N°641 Documentación laboral electrónica; No existe inconveniente para que los empleadores utilicen el sistema de generación, gestión y firma de documentación electrónica laboral denominado "Kizeo Forms", consultado por la empresa KIZEO S.p.A., en la medida que la plataforma se implemente en los mismos términos autorizados.

  • 25 de septiembre de 2024

    Ordinario N° 622

    ORD. N°622 Documentación laboral electrónica; El sistema de generación, firma y gestión de documentación laboral electrónica consultado por la empresa Soluciones de Sistematización y Automatización S.p.A., no se ajusta a todas las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015.

  • 5 de septiembre de 2024

    Ordinario N° 600

    ORD. N°600 Documentación laboral electrónica; El sistema de generación, firma y gestión de documentación laboral electrónica consultado por la empresa Gestión Preventiva On Line S.p.A. (GPO), no se ajusta a todas las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015.

  • 27 de agosto de 2024

    Ordinario N° 587

    ORD. N°587 Documentación laboral electrónica; No existe inconveniente para que los empleadores utilicen el sistema de generación, gestión y firma de documentación electrónica laboral denominado "Unysoft ERP Web", consultado por la empresa Sistemas Integrados en Control Ltda., en la medida que la plataforma se implemente en los mismos términos autorizados.

  • 22 de julio de 2024

    Ordinario N° 454

    ORD. N°454 Documentación laboral electrónica; No existe inconveniente para que los empleadores utilicen el sistema de generación, gestión y firma de documentación electrónica laboral denominado "Woken", consultado por la empresa Asesorías en Tecnologías e Inversiones Reactive S.p.A., en la medida que la plataforma se implemente en los mismos términos autorizados.

  • 22 de julio de 2024

    Ordinario N° 457

    ORD. N°457 Documentación laboral Electrónica; De acuerdo a lo señalado en el Dictamen N°919/29 de 04.07.2023, los empleadores deben cargar los reglamentos internos de orden, higiene y seguridad en soporte electrónico a través del portal MiDT perfil empleador.

  • 28 de mayo de 2024

    Ordinario N° 324

    ORD. N°324 Documentación laboral electrónica; El software de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica, denominado "Nubaxion", presentado por la empresa Inovaxion S.p.A., se ajusta a todas las condiciones exigidas por el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.

  • 24 de mayo de 2024

    Ordinario N° 313

    ORD. N°313 Documentación laboral electrónica; El sistema de generación, firma y gestión de documentación laboral electrónica, denominado "Gestión Preventiva Online, GPO", no se ajusta a todas las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015.

  • 25 de enero de 2024

    Ordinario N° 60

    ORD. N°60 Documentación laboral electrónica; Si bien la utilización de la plataforma de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica provista por la empresa BUK S.p.A., ha sido autorizada previamente por esta Dirección, la validez de su implementación y uso se encuentra condicionada al estricto apego a las condiciones técnicas vigentes contenidas en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015.

  • 20 de diciembre de 2023

    Ordinario N° 1512

    ORD. N°1512 Documentación laboral electrónica; Si bien la utilización de la plataforma de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica provista por la empresa BUK S.p.A., ha sido previamente autorizada por esta Dirección, la forma de implementación planteada por la empresa Comercializadora Better Food Chile S.p.a., no se ajusta a las exigencias contenidas en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se rechaza la solicitud.

  • 5 de diciembre de 2023

    Ordinario N° 1482

    ORD. N°1482 Documentación laboral electrónica; El software de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica, denominado "HOMEPREVISEDIGITAL", se ajusta a todas las condiciones exigidas por el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.

  • 5 de diciembre de 2023

    Ordinario N° 1476

    ORD. N°1476 Documentación laboral electrónica; La información que se ha tenido a la vista para la confección del presente informe no permite emitir el pronunciamiento solicitado.

  • 10 de noviembre de 2023

    Ordinario N° 1398

    ORD. N°1398 Documentación laboral electrónica; La información acompañada resulta insuficiente para determinar si la implementación de la plataforma consultada se ajustará a lo dispuesto en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015.

  • 10 de noviembre de 2023

    Ordinario N° 1390

    ORD. N°1390 Documentación laboral electrónica; Si bien la utilización de la plataforma de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica provista por la empresa BUK S.p.A., ha sido previamente autorizada por esta Dirección, la forma de implementación planteada por la empresa Operadora de Servicios Médicos Maitenes S.A., no se ajusta a las exigencias contenidas en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se rechaza la solicitud.

  • 10 de noviembre de 2023

    Ordinario N° 1395

    ORD. N°1395 Documentación laboral electrónica; Si bien la utilización de la plataforma de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica provista por la empresa BUK S.p.A., ha sido previamente autorizada por esta Dirección, la forma de implementación planteada por la empresa Servicios de Imágenes Médicas S.A., no se ajusta a las exigencias contenidas en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se rechaza la solicitud.

  • 10 de noviembre de 2023

    Ordinario N° 1396

    ORD. N°1396 Documentación laboral electrónica; Si bien la utilización de la plataforma de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica provista por la empresa BUK S.p.A., ha sido previamente autorizada por esta Dirección, la forma de implementación planteada por la Sociedad de Imágenes Médicas Talagante S.A., no se ajusta a las exigencias contenidas en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se rechaza la solicitud.

  • 10 de noviembre de 2023

    Ordinario N° 1394

    ORD. N°1394 Documentación laboral electrónica; Si bien la utilización de la plataforma de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica provista por la empresa BUK S.p.A., ha sido previamente autorizada por esta Dirección, la forma de implementación planteada por la Sociedad Clínica Maitenes Ltda., no se ajusta a las exigencias contenidas en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se rechaza la solicitud.

  • 10 de noviembre de 2023

    Ordinario N° 1389

    ORD. N°1389 Documentación laboral electrónica; El software de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica, denominado "SegurSign", se ajusta a todas las condiciones exigidas por el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.

  • 25 de octubre de 2023

    Ordinario N° 1318

    ORD. N°1318 Documentación laboral electrónica; Si bien la utilización de la plataforma de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica provista por la empresa BUK S.p.A., ha sido previamente autorizada por esta Dirección, la forma de implementación planteada por la empresa Cuenca del Maipo Servicios de Salud S.A., no se ajusta a las exigencias contenidas en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se rechaza la solicitud.

  • 14 de septiembre de 2023

    Ordinario N° 1245

    ORD. N°1245 Documentación laboral electrónica; Si bien la utilización de la plataforma de generación, gestión y forma de documentación laboral electrónica provista por la empresa BUK S.p.A, ha sido autorizada por esta Dirección, la forma de implementación planteada por la empresa Summit Agro South America S.p.A., no se ajusta a las exigencias contenidas en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se rechaza la solicitud.

  • 14 de septiembre de 2023

    Ordinario N° 1241

    ORD. N°1241 Documentación laboral electrónica; Sin perjuicio de lo señalado en el cuerpo del presente informe acerca de la improcedencia de aplicar a los pronunciamientos de este Servicio las normas del procedimiento administrativo contenido en la Ley N°19.880, el software de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica, denominado "SGP", se ajusta a todas las condiciones exigidas por el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de

  • 13 de septiembre de 2023

    Ordinario N° 1233

    ORD. N°1233 Documentación laboral electrónica; No existe inconveniente para que los empleadores utilicen el sistema de reconocimiento facial, denominado Smart Recognition, como medio de enrolamiento, identificación y/o firma electrónica en el contexto de la relación laboral, en la medida que la herramienta consultada se integre a una solución que, a su vez, cumpla con las exigencias que al respecto establece el Dictamen N°0789/015 de 16.02.2015.

  • 30 de agosto de 2023

    Ordinario N° 1208

    ORD. N°1208 Documentación laboral electrónica; La información que se ha tenido a la vista para la confección del presente informe no permite emitir el pronunciamiento solicitado.

  • 30 de agosto de 2023

    Ordinario N° 1210

    ORD. N°1210 Documentación laboral electrónica; Atendido que el sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica, denominado "Tazki" fue aprobado por este Servicio mediante Ord. N°908 de 04.07.2023, no existen inconvenientes para su utilización respecto de todo tipo de documentos laborales incluyendo, por cierto, aquellos relativos al área de la salud y seguridad ocupacional.

  • 3 de agosto de 2023

    Ordinario N° 1087

    ORD. N°1087 Documentación laboral electrónica; La información acompañada por la empresa Ferreterías del Sur S.p.A., no permite emitir el pronunciamiento solicitado.

  • 3 de agosto de 2023

    Ordinario N° 1084

    ORD. N°1084 Documentación laboral electrónica; No existe inconveniente para que los empleadores utilicen el sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral denominado "DataScope", propuesto por la empresa Datascope S.p.A., en la medida que la plataforma se implemente en los mismos términos autorizados.

  • 3 de agosto de 2023

    Ordinario N° 1085

    ORD. N°1085 Documentación laboral electrónica; El sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica, incluida la relativa al área de salud y seguridad ocupacional, denominado "SFTI Pro" consultado por la empresa INSODEV S.p.A., se ajusta a las condiciones exigidas por el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se autoriza su utilización.

  • 24 de julio de 2023

    Ordinario N° 1007

    ORD. N°1007 Documentación laboral electrónica; Los sistemas de generación, firma y gestión de documentación laboral electrónica deben cumplir con las condiciones exigidas por el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, y ser dirigidas al Departamento Jurídico de esta Dirección.

  • 24 de julio de 2023

    Ordinario N° 1012

    ORD. N°1012 Documentación laboral electrónica; El sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica, denominado "Obuma Esign", se ajusta a las condiciones exigidas por el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.

  • 24 de julio de 2023

    Ordinario N° 1015

    ORD. N°1015 Documentación laboral electrónica; Los sistemas de generación, firma y gestión de documentación laboral electrónica deben cumplir con las condiciones exigidas por el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, y ser dirigidas al Departamento Jurídico de esta Dirección.

  • 11 de julio de 2023

    Ordinario N° 969

    ORD. N°969 Documentación laboral electrónica; Los requisitos de operación de los sistemas de generación, firma y gestión de la documentación laboral por medios electrónicos se encuentran contenidos en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015.

  • 11 de julio de 2023

    Ordinario N° 967

    ORD. N°967 Documentación laboral electrónica; El software de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica, denominado "ImageSilo", se ajusta a todas las condiciones exigidas por el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.

  • 11 de julio de 2023

    Ordinario N° 966

    ORD. N°966 Documentación laboral electrónica; El software de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica, denominado "SegurSign", no se ajusta a todas las condiciones exigidas por el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.

  • 5 de julio de 2023

    Ordinario N° 922

    ORD. N°922 Documentación laboral electrónica; Salvo las excepciones citadas en el presente informe, no existen inconvenientes jurídicos para proceder a la creación, firma y gestión de la documentación derivada de la relación laboral por medios electrónicos, incluida la relativa al área de salud y seguridad ocupacional, en la medida que los empleadores utilicen sistemas informáticos que se ajusten a las condiciones técnicas establecidas en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015 y se cumplan, cuando

  • 4 de julio de 2023

    Ordinario N° 899

    ORD. N°899 Documentación laboral electrónica; Los antecedentes acompañados para respaldar la solución de gestión de documentación electrónica, denominada Sing Now, no justifican el acatamiento de cada uno de los requisitos vigentes sobre la materia contemplados en el dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.

  • 4 de julio de 2023

    Ordinario N° 902

    ORD. N°902 Documentación laboral electrónica; El sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica, denominado "Genera HR Digital", se ajusta a las condiciones exigidas por el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.

  • 27 de junio de 2023

    Ordinario N° 880

    ORD. N°880 Documentación laboral electrónica; La plataforma digital denominada "Prevn", consultada por la empresa Azsoft S.p.A., destinada a la generación, firma y gestión de documentación laboral eletrónica, se ajusta a las exigencias vigentes contenidas en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se autoriza su utiLización en el contexto de las relaciones laborales.

  • 27 de junio de 2023

    Ordinario N° 883

    ORD. N°883 Documentación laboral electrónica; 1-. No existen inconvenientes jurídicos para utilizar la solución biométrica de reconocimiento facial, denominada Smart Rcognition, como firma electrónica simple en la documentación que emana de las relaciones laborales. 2-. No existen impedimentos para integrar la solución consultada como parte de sistemas de gestión de documentación laboral electrónica y sistemas digitales de registro y control de asistencia siempre y cuando, en cada caso, el produ

  • 14 de junio de 2023

    Ordinario N° 851

    ORD. N°851 Documentación laboral electrónica; El software de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica, denominado "SGP", no se ajusta a todas las condiciones exigidas por el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.

  • 14 de junio de 2023

    Ordinario N° 844

    ORD. N°844 Documentación laboral Electrónica; Firma Electrónica; 1.- Los documentos laborales tienen la naturaleza jurídica de instrumentos privados, de modo que para su perfeccionamiento sólo se requiere estampar en ellos la firma electrónica simple de los intervinientes. 2.- No obstante, no existe ningún incoveniente jurídico para que, voluntariamente, los firmantes de un documento laboral utilicen rúbricas electrónicas avanzadas.

  • 6 de junio de 2023

    Ordinario N° 821

    ORD. N°821 Solicitud de Feriado; Medios Electrónicos; 1.- No existen impedimentos legales o administrativos para que las solicitudes de uso de feriado, así como la respuesta del empleador, puedan crearse, firmarse y gestionarse por medios electrónicos. 2.- No obstante, para proceder en la forma señalada en el número anterior, la compañia debe: 2.1.- Utilizar un sistema de registro y control de asistencia autorizado por esta Dirección, el cual debe ajustarse a las normas que a tal efecto estable

  • 25 de mayo de 2023

    Ordinario N° 765

    ORD. N°765 Documentación laboral electrónica; Suscripción electrónica; Gestión electrónica de documentos laborales; Respecto a la utilización de un sistema que permita firmar electrónicamente los documentos derivados de la relación laboral, y la asistencia a charlas de seguridad, debe estarse a la reiterada y uniforme jurisprudencia administrativa de este Servicio, según lo informado en el presente informe.

  • 25 de mayo de 2023

    Ordinario N° 767

    ORD.N°767 Documentación laboral electrónica; Ajustando el proceso de enrolamiento de acuerdo con lo indicado en el cuerpo del presente informe, no existirán inconvenientes para que los empleadores utilicen el sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral propuesto por la empresa la Sociedad Prestadora de Servicios Focoenobra Ltda., denominado "Firmalaboral en Obra", en la medida que la plataforma se implemente en los mismos términos autorizados.

  • 5 de mayo de 2023

    Ordinario N° 685

    ORD. N°685 Documentación laboral electrónica; El sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica consultado por la empresa Tazki, se ajusta a las condiciones mínimas de funcionamiento exigidas por el dictamen N°0789/15, de 16.02.2015, por lo que no existen incovenientes jurídicos para su utilización. Lo que no obsta a las facultades de fiscalización que corresponden a este Servicio.

  • 25 de abril de 2023

    Ordinario N° 635

    ORD. N°635 Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad; Entrega por medios electrónicos; No existe impedimento para que el empleador entregue a través de medios electrónicos el reglamento interno de orden higiene y seguridad en la medida que de cumplimiento con los requisitos establecidos en la jurisprudencia administrativa citada en este informe.

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