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Dirección del Trabajo

Documentación Laboral Electrónica

Los pronunciamientos de la Dirección del Trabajo sobre Documentación Laboral Electrónica, del más reciente al más antiguo.

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Documentación Laboral Electrónica, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Documentación Laboral Electrónica

Temas de Documentación Laboral Electrónica

Pronunciamientos

  • 22 de octubre de 2026

    Ordinario N° 484

    La norma aclara que la empresa Safety Control Limitada no presentó antecedentes suficientes para evaluar si su sistema de documentación laboral electrónica "SAFETYCONTROL" cumple las condiciones técnicas exigidas, por lo que no puede emitirse el pronunciamiento solicitado.

  • 22 de octubre de 2026

    Ordinario N° 493

    La norma aclara que no procede actualizar la titularidad del Ordinario N°1385 de 2019, pues los pronunciamientos sobre sistemas electrónicos de documentación laboral solo verifican su conformidad con las exigencias legales vigentes.

  • 22 de septiembre de 2026

    Ordinario N° 426

    La norma autoriza a Emkarap S.p.A. para usar y comercializar su sistema de documentación laboral electrónica "SAFMAG1", siempre que se implemente en los términos ya aprobados.

  • 22 de septiembre de 2026

    Ordinario N° 428

    La norma autoriza a Lean Global S.p.A. para usar y comercializar su sistema de documentación laboral electrónica "LeanGlobal", siempre que se implemente en los mismos términos ya aprobados.

  • 15 de septiembre de 2026

    Ordinario N° 421

    La sección de capacitaciones de la plataforma m-Risk cumple con la normativa vigente sobre documentación laboral electrónica, por lo que se autoriza su uso sin inconvenientes.

  • 8 de septiembre de 2026

    Ordinario N° 400

    La Dirección del Trabajo autoriza a Idea Uno S.p.A. para usar y comercializar "Confirmalo.cl", un sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica, al cumplir con las condiciones técnicas del Dictamen Nº0789/15.

  • 8 de septiembre de 2026

    Ordinario N° 401

    La norma aclara que la información presentada para evaluar el sistema de documentación laboral electrónica "Sabentis Prime" no demuestra que cumpla con las exigencias del Dictamen Nº0789/15, por lo que no acredita su conformidad.

  • 4 de septiembre de 2026

    Ordinario N° 395

    La Dirección del Trabajo autoriza a Oncovida S.A. a usar el sistema electrónico de BUK S.p.A. para generar, gestionar y firmar documentación laboral, resolviendo así la validez de esos documentos electrónicos.

  • 25 de junio de 2026

    Ordinario N° 311

    La norma autoriza a GFE S.p.A. a usar y vender su software de documentación laboral electrónica, siempre que cumpla con los términos ya aprobados, resolviendo dudas sobre su legalidad.

  • 9 de junio de 2026

    Ordinario N° 296

    La norma autoriza a Skualo S.p.A. a usar y vender su sistema digital "Portal de Trabajadores" para gestionar y firmar documentos laborales electrónicos, siempre que cumpla con los términos ya aprobados.

  • 12 de febrero de 2026

    Ordinario N° 130

    ORD.N°130 Documentación laboral electrónica; 1-. El sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica, denominado "NEOS Al", presentado por la empresa GETNEOS Al S.p.A., se ajusta a las exigencias vigentes sobre la materia, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales. 2-. El sistema indicado en el número anterior no es apto como sistema de registro y control de asistencia en el marco de las relaciones laborales, por no haberse acredi

  • 12 de febrero de 2026

    Ordinario N° 131

    ORD.N°131 Documentación laboral electrónica; El sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica, denominado "Albiorix", presentado por la empresa Grupo Incubo Limitada, no da cumplimiento a todas las exigencias contenidas en el Dictamen Nº0789/15 de 16.02.2015, por lo que se rechaza la solicitud.

  • 11 de febrero de 2026

    Ordinario N° 128

    ORD.N°128 Documentación laboral electrónica; Atendida la falta de individualización del sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica consultado por la empresa SignDigital S.p.A., se debe rechazar la solicitud.

  • 6 de febrero de 2026

    Ordinario N° 120

    ORD.N°120 Documentación laboral electrónica; No existe inconveniente para firmar electrónicamente los documentos asociados al cumplimiento de los artículos 15 y 72 del DS 44, de 2023, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, con el sistema "GPO Gestión Preventiva Online".

  • 5 de febrero de 2026

    Ordinario N° 096

    ORD.N°096 Documentación laboral electrónica; La información acompañada a la presentación de la empresa "Innovación que Soluciona SpA" "INQSOL SpA" para solicitar un pronunciamiento de este Servicio acerca de la validez de un sistema informático denominado "ADAM" para registrar entrega y devolución de herramientas y equipos de construcción, así como la entrega de elementos de protección personal a los trabajadores, no se ajusta a las condiciones técnicas mínimas exigidas por el Dictamen Nº0789/15

  • 27 de enero de 2026

    Ordinario N° 72

    ORD.N°72 Contrato de trabajo; Ley N°21.561; Código del Trabajo Artículo 9 inciso 3° y 4°; El empleador no se encuentra facultado para modificar unilateralmente el contrato de trabajo de sus dependientes ni a exigir a los mismos estampar su firma en los anexos de contrato, si es que no cuenta con la voluntad de ellos;

  • 19 de enero de 2026

    Ordinario N° 33

    ORD.N°33 Documentación laboral electrónica; 1-. Dado que el sistema Flexit sería una aplicación móvil carente de un sitio Web no permitiría cumplir con las exigencias vigentes acerca del acceso de este Servicio a la información de los trabajadores. 2-. La aplicación Flexit no cumple con la exigencia de envío automático de una copia de los documentos firmados a los trabajadores. 3-. No se ajusta a la normativa vigente que las firmas electrónicas de los trabajadores sean gestionadas por los pro

  • 12 de enero de 2026

    Ordinario N° 17

    ORD.N°17 Documentación laboral electrónica; No existe inconveniente para que los empleadores utilicen el sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica denominado "CIOHSEC", en la medida que la plataforma se implemente en los mismos términos autorizados.

  • 12 de enero de 2026

    Ordinario N° 18

    ORD.N°18 Documentación laboral electrónica; Si bien la solución de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica provista por la empresa BUK S.p.A., se encuentra autorizada por esta Dirección, la forma de implementación planteada por el recurrente no se ajusta a las exigencias contenidas en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se rechaza la solicitad.

  • 12 de enero de 2026

    Ordinario N° 19

    ORD.N°19 Documentación laboral electrónica; No existe inconveniente para la empresa Asesoría en Prevención de Riesgos Laborales S.p.A., Rut N°78.168.675-1, utilice y comercialice el sistema de generación, gestión y firma de documentación electrónica laboral denominado "HOMEPREVISESPADIGITAL", en la medida que se implemente en los mismos términos autorizados.

  • 12 de enero de 2026

    Ordinario N° 20

    ORD.N°20 Documentación laboral electrónica; Si bien la solución de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica provista por la empresa BUK S.p.A., se encuentra autorizada por esta Dirección, la forma de implementación planteada por el recurrente no se ajusta a las exigencias contenidas en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se rechaza la solicitud.

  • 22 de diciembre de 2025

    Ordinario N° 824

    ORD.N°824 Documentación laboral electrónica; Los antecedentes presentados por la empresa Tawa Recursos Humanos S.p.A., para respaldar al sistema de generación. gestión y firma de documentación laboral electrónica "Workin Docs", no dan cuenta del cumplimiento de todas las exigencias contenidas en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se rechaza la solicitud.

  • 19 de noviembre de 2025

    Ordinario N° 754

    ORD.N°754 Documentación laboral electrónica; Salvo las excepciones citadas en el presente informe, no existen inconvenientes jurídicos para proceder a la creación, firma y gestión de la documentación derivada de la relación laboral por medios electrónicos, incluida la relativa al área de salud y seguridad ocupacional, comprobantes de entrega y recepción de los equipos de protección personal (EPP), actividades relativas al Derecho a Saber, capacitaciones u otras charlas dictadas por el empleador

  • 19 de noviembre de 2025

    Ordinario N° 755

    ORD.N°755 Documentación laboral electrónica; 1) La decisión de implementar un sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral por medios electrónicos deriva del ejercicio de la potestad de organización que detenta el empleador. 2) La utilización de los equipos personales del trabajador para fines laborales siempre requerirá de su autorización y, además, el empleador deberá asumir los gastos asociados a dicha decisión como manifestación del principio de ajenidad de la relación la

  • 11 de noviembre de 2025

    Ordinario N° 741

    ORD.N°741 Documentación laboral electrónica; No existe inconveniente para que los empleadores utilicen el sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica denominado "SIGNER", en la medida que la plataforma se implemente en los mismos términos autorizados.

  • 7 de noviembre de 2025

    Ordinario N° 731

    ORD.N°731 Documentación laboral electrónica; 1) Corregidas las observaciones formuladas en el cuerpo del presente informe, no existirá inconveniente para que los empleadores utilicen el sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica denominado "LaborSign". 2) No se aprecia ningún impedimento para que los empleadores puedan suscribir electrónicamente los finiquitos laborales usando el sistema LaborSign, sin perjuicio, evidentemente, de su necesaria ratificación poste

  • 7 de noviembre de 2025

    Ordinario N° 732

    ORD.N°732 Documentación laboral electrónica; 1) No existen inconvenientes jurídicos para que el finiquito, la renuncia y el mutuo acuerdo de los contratos de duración no superior a treinta días sean suscritos a través de medios electrónicos. 2) No se ven inconvenientes jurídicos para firmar el finiquito a través de un mandato creado y rubricado electrónicamente.

  • 4 de noviembre de 2025

    Ordinario N° 727

    ORD.N°727 Documentación laboral electrónica; No existe inconveniente para que los empleadores el reconocimiento facil como medio de enrolamiento, identificación y/o firma electrónica de documentos en el contexto de la relación laboral, en la medida que la herramienta se integre a una solución que, a su vez, se ajuste a las exigencias que al respecto establece el Dictamen N°0789/015 de 16.02.2015.

  • 28 de octubre de 2025

    Ordinario N° 724

    ORD.N°724 Documentación laboral electrónica; No existe inconveniente para que los empleadores utilicen el sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica denominado "GDEDIGITAL", en la medida que la plataforma se implemente en los mismos términos autorizados.

  • 27 de octubre de 2025

    Ordinario N° 719

    ORD.N°719 Documentación laboral electrónica; Sin perjuicio de las excepciones señaladas en el cuerpo del presente informe, la elección de un sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica, y cualquier otra herramienta tecnológica en el contexto de la relación laboral corresponde al ejercicio de la potestad de administración que detenta el empleador, de manera que no se requiere el concurso de los trabajadores para su elección o implementación.

  • 23 de octubre de 2025

    Ordinario N° 715

    ORD.N°715 Documentación laboral electrónica; 1. Salvo las excepciones citadas en el presente informe, no existen inconvenientes jurídicos para proceder a la creación, firma y gestión de la documentación derivada de la relación laboral por medios electrónicos, incluida la relativa al área de salud y seguridad ocupacional, en la medida que los empleadores utilicen sistemas informáticos que se ajusten a las condiciones técnicas establecidas en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015 y se cumplan, cuand

  • 21 de octubre de 2025

    Ordinario N° 709

    ORD.N°709 Invalidación; Documentación laboral electrónica; 1. Resulta improcedente aplicar a los pronunciamientos de este Servicio las normas del procedimiento administrativo contenido en la Ley N°19.880. 2. La autorización de uso de la solución de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica provista por la empresa BUK S.p.A., contenida en el Ord. N°5463 de 25.11.2019, sigue estando plenamente vigente, debiendo solo ajustarse su forma de implementación.

  • 21 de octubre de 2025

    Ordinario N° 710

    ORD.N°710 Documentación laboral electrónica; 1. Salvo las excepciones citadas en el presente informe, no existen inconvenientes jurídicos para proceder a la creación, firma y gestión de la documentación derivada de la relación laboral por medios electrónicos, incluida la relativa al área de salud y seguridad ocupacional, en la medida que los empleadores utilicen sistemas informáticos que se ajusten a las condiciones técnicas establecidas en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015 y se cumplan, cuand

  • 23 de septiembre de 2025

    Ordinario N° 654

    ORD.N°654 Documentación laboral electrónica; 1. El módulo de rúbrica electrónica debe formar parte de un sistema integral que dé cumplimiento a las exigencias contenidas en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, bastando la firma como componente aislado. 2. No se ajusta a las normativas vigentes que las firmas electrónicas de los trabajadores sean gestionadas por los propios empleadores debido a la exigencia de un evidente conflicto de interés, debiendo ser entregada dicha función a un tercero no

  • 4 de septiembre de 2025

    Ordinario N° 605

    ORD.N°605 Documentación laboral electrónica; La forma de implementación de la solución de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica, denominada "VFsign", consultado por la empresa Servicios de Ingeniería en Informática SoftCapture S.A., no se ajusta a las exigencias contenidas en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se rechaza la solicitud.

  • 4 de septiembre de 2025

    Ordinario N° 606

    ORD.N°606 Documentación laboral electrónica; Los antecedentes acompañados por la empresa Informat S.A. no se permiten esta Dirección emita el pronunciamiento solicitado.

  • 1 de septiembre de 2025

    Ordinario N° 585

    ORD.N°585 Documentación laboral electrónica; No existe inconveniente para que los empleadores utilicen el sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica denominado "GPO Gestión Preventiva Online", en la medida que la plataforma se implemente en los mismos términos autorizados.

  • 6 de agosto de 2025

    Ordinario N° 530

    ORD.N°530 Competencia Dirección del Trabajo; Validez o nulidad de un contrato de trabajo; Registro Electrónico laboral; 1. La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse sobre la validez o nulidad de un contrato individual sobre la validez de un instrumento colectivo. 2. Los antecedentes que registra este Servicio respecto de la relación laboral existente entre el trabajador por cuya situación se consulta y las empresas individualizadas en la presentación, son aquellos indicad

  • 1 de agosto de 2025

    Ordinario N° 512

    ORD.N°512 Documentación laboral electrónica; No existe inconveniente para que la empresa Asesorías de Gestión y Desarrollo Homepymes S.p.A., Rut N°78.032.245-4, utilice y comercialice el sistema de generación, gestión y firma de documentación electrónica laboral denominado "HPDIGITAL", en la medida que se implemente en los mismos términos autorizados.

  • 30 de julio de 2025

    Ordinario N° 508

    ORD.N°508 Documentación laboral electrónica; No existe inconveniente para que los empleadores utilicen el sistema de generación, gestión y firma de documentación electrónica laboral denominado "Visión FirmaDoc", consultado por la empresa Sociedad Consultora S.p.A., Rut N°77.872.959-8, en la medida que la plataforma se implemente en los mismos términos autorizados.

  • 30 de julio de 2025

    Ordinario N° 509

    ORD.N°509 Documentación laboral electrónica; La información acompañada a la presentación de la empresa eProc Soluciones de Software S.p.A., para solicitar un pronunciamiento de este Servicio acerca de un sistema de generación, firma y gestión de documentación laboral electrónica, no se ajusta a las condiciones técnicas mínimas exigidas por el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015.

  • 3 de junio de 2025

    Ordinario N° 376

    ORD.N°376 Documentación laboral electrónica; La Dirección del Trabajo no puede contratar el servicio ofrecido por la empresa Domestikco S.p.A

  • 29 de abril de 2025

    Ordinario N° 276

    ORD.N°276 Sistema de registro y control asistencia digital; No existe inconveniente para que los empleadores utilicen el sistema de generación, gestión y firma de documentación electrónica laboral denominado "BAXION", consultado por la empresa Inovaxion S.p.A., en la medida que la plataforma se implemente en los mismos términos autorizados.

  • 31 de marzo de 2025

    Ordinario N° 200

    ORD.N°200 Datos Personales de los Trabajadores; Obligaciones Laborales y Previsionales; Libro de Remuneraciones Electrónico; 1. El tratamiento de datos personales y/o sensibles de los trabajadores, en relación con el Libro de Remuneraciones Electrónico y la certificación del cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales que prescriben los incisos 1° y 2° del artículo 183-C del Código del Trabajo, se hace con respeto del derecho consagrado en el artículo 19 N°4 de la Constitución Polític

  • 25 de marzo de 2025

    Ordinario N° 175

    ORD.N°175 Centralización de documentación laboral y previsional; Los empleadores que cuenten con autorización vigente para centralizar su documentación laboral y previsional deberán exhibir los antecedentes de acuerdo a lo dispuesto en el Orden de Servicio N°6 de 11.03.2024.

  • 14 de marzo de 2025

    Ordinario N° 135

    ORD.N°135 Documentación laboral electrónica Las solicitudes de evaluación de sistemas de generación, firma y gestión de documentación laboral electrónica deben cumplir con las condiciones exigidas por el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, y ser dirigidas al Departamento Jurídico de esta Dirección.

  • 14 de marzo de 2025

    Ordinario N° 136

    ORD.N°136 Sistema de registro y control asistencia digital; No existe inconveniente para que los empleadores utilicen el sistema de generación, gestión y firma de documentación electrónica laboral denominado "NUBOX", consultado por la empresa Nubox S.p.A., en la medida que la plataforma se implemente en los mismos términos autorizados.

  • 14 de marzo de 2025

    Ordinario N° 147

    ORD.N°147 Documentación laboral electrónica; Las solicitudes de evaluación de sistemas de generación, firma y gestión de documentación laboral electrónica deben cumplir con las condiciones exigidas por el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, y ser dirigidas al Departamento Jurídico de esta Dirección.

  • 19 de febrero de 2025

    Ordinario N° 79

    ORD. N°79 Documentación laboral electrónica; No existe inconveniente para que los empleadores utilicen el sistema de generación, gestión y firma de documentación electrónica laboral denominado "FirmaWeb", consultado por la empresa Certifika S.p.A., en la medida que la plataforma se implemente en los mismos términos autorizados.

  • 19 de febrero de 2025

    Ordinario N° 82

    ORD. N°82 Documentación laboral electrónica; El sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica denominado Zimexa, se ajusta a las normas que sobre la materia establece el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que no se ven inconvenientes para su utilización en el ámbito de las relaciones laborales

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