Seguridad y Salud en el Trabajo
Los pronunciamientos de la Dirección del Trabajo sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, del más reciente al más antiguo. Página 2.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Seguridad y Salud en el TrabajoTemas de Seguridad y Salud en el Trabajo
Pronunciamientos
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ORD. N°1446 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad; Sanciones; Responde consultas relativas a la facultad sancionatoria con que el empleador cuenta en el Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.
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ORD. N°1434 Comité Paritario de Higiene y Seguridad; Constitución; La obligación de constituir Comité Paritario de Higiene y Seguridad recae en toda empresa, sucursal, agencia o faena en que laboren más de 25 trabajadores. En caso de duda, corresponderá al Inspector del Trabajo decidir si procede o no su constitución, determinación que deberá adoptarse sobre la base de los antecedentes revisados en cada caso particular y teniendo en consideración la doctrina emitida por esta Dirección contenida,
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ORD. N°1430 Capacitación uso y manejo del extintor contra incendios; Obligación de efectuar la capacitación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto N°40 de 1969 del Ministerio del Trabajo y Previsión Sociales del empleador, a través de su Departamento de Prevención de Riesgos - si en la empresa existen más de 100 trabajadores - debiendo realizarla el Experto en Prevención de Riesgos que dirige dicho Departamento.
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ORD. N°1431 Elementos de Protección personal; Entrega por Medios electrónicos; La documentación enviada por la empresa LIBUS Chile S.p.A., no permite determinar si la máquina expendedora de elementos de protección personal, denominada "Smart Machine", se ajusta a la normativa vigente sobre la materia, por lo que se rechaza la solicitud.
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ORD. N°1391 Comité Paritario de Higiene y Seguridad; Representantes de los trabajadores; Competencia Dirección del Trabajo; El Inspector del Trabajo no cuenta con atribuciones para declarar la nulidad de una elección ya efectuada en un Comité Paritario de Higiene y Seguridad, materia que debe conocer un Tribunal Electoral Regional, sin perjuicio de sus facultades permanentes en cuanto a resolver reclamos o dudas, y controlar irregularidades o infracciones que se incurra con motivo de la constit
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ORD. N°1301 Acoso sexual; Acoso laboral; Deber de protección; 1) Conforme a lo señalado por esta Dirección en su reiterada jurisprudencia, contenida en los Dictámenes N°4.443/262, de 25.08.1993 y N°2284/93, de 17.04.1996, el empleador es el primer responsable de la "prevención" en materia laboral, toda vez que es indudable que la prestación del servicio a que el trabajador se obliga debe efectuarse en condiciones que salvaguarden su integridad y salud. 2) Según señalan el Dictamen N°2516, de 25.
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ORD. N°1300 Competencia Dirección del Trabajo; Riesgos Asociación al Manejo o Manipulación Manual de Carga; 1.Conforme dispone el artículo 10 del D.S. N°63 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, corresponde al empleador evaluar los riesgos a los que expone a los trabajadores durante la faena, conforme a los criterios establecidos en el mencionado Reglamento y en su Guía Técnica para la Evaluación y Control de los Riesgos Asociados al Manejo o Manipulación Manual de Carga, a través de las
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ORD. N°1140 Vacunación contra la influenza; Trabajadores que se desempeñan en avícolas; 1) Considerando, por una parte, que el control de la obligación de vacunación corresponde a las Secretarias Regionales Ministeriales de Salud, entidades que podrán disponer de las medidas necesarias para que, en interés de salud pública, las autoridades controlen su cumplimiento; y por otra, el poder de mando y administración del empleador, no corresponde a esta Dirección pronunciarse respecto a la obligatori
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ORD. N°1080 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad; Disposiciones obligatorias; Competencia Dirección del Trabajo; 1. Las disposiciones contenidas en el código de conducta implementado por Minera Escondida Limitada no constituyen una regulación obligatoria para los trabajadores en sus labores, permanencia y vida en las dependencias de la referida empleadora, cuyo incumplimiento amerite la aplicación de sanciones por aquella, en tanto dicha normativa no se encuentre contenida en el regl
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ORD. N°1057 Contrato individual de Trabajo; Modificaciones; Facultad de administración; 1) No resulta jurídicamente procedente que la Corporación Nacional Forestal, en forma unilateral, proceda a cambiar de lugar de trabajo a un dependiente, a menos que lo realice en conformidad al artículo 12 del Código del Trabajo. 2) La referida Corporación puede ejercer su potestad disciplinaria y, consecuencialmente, aplicar sanciones a sus trabajadores en conformidad al reglamento interno de orden, higien
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ORD. N°1031 Condiciones Sanitarias y Ambientales Basícas; Lugares de Trabajo; 1. No existe en la normativa la determinación de un sistema de medición de la conformidad térmica en los ambientes laborales, ni tampoco disposiciones que fijen mínimos y máximos de termperatura en lugares de trabajo como oficinas. 2. La Dirección del Trabajo carece de la potestad normativa para modificar el D.S. N°594 de 1999 del Ministerio de Salud que "Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias de y Ambientale
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ORD. N°980 Accidente del Trabajo y enfermedades profesionales; Entrega de elementos de protección personal; El sistema de emisión electrónicade comprobantes de entrega de elementos de protección personal, solicitado por la empresa Encrypta Chile S.A., permite acreditar el cumplimiento de la obligación contenida en el artículo 68 inciso 3° de la Ley N°16.744, que establece Normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Ello, sin perjuicio de las observaciones que este Servicio
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ORD. N°872 Declaración de zonas afectadas por catástrofe; Deber de protección del empleador; 1. En aquellos casos que las partes de la relación laboral se vean afectadas por una contingencia como la que atraviesa nuestro país, deben propender a la búsqueda de una solución razonable que logre afrontar satisfactoriamente las consecuencias perjudiciales de la catástrofe, observando especialmente el principio de continuidad y estabilidad en el empleo reconocido por el Dictamen N°1922/34 de 20.04.201
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ORD. N°808 Contrato individual de Trabajo; Funciones; Salud y Seguridad en el Trabajo; Deber de protección; 1. No se ajusta a derecho que las funciones de los guardias de seguridad que deben concurrir al establecimiento o local ante la activación del sistema de alarmas no se encuentren contempladas en los contrato de trabajo; por no estipularse de manera expresa en sus contratos de trabajo, al tenor de lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 10 del Código del Trabajo. 2. Por su parte, correspo
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ORD. N°752 Guardias de Seguridad; Capacitación; Financiamiento; Reentrenamiento; Los cursos, capacitaciones de actualización o rentrenamiento de guardias de seguridad, necesarios para mantener la certificación vigente, son de cargo exclusivo de la entidad empleadora.
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ORD. N°736 Protección Datos personales; Sistema Control y vigilancia; Jornada de Trabajo; 1. La medida de revisión y control de las cédulas de identidad de los trabajadores debe estar regulada en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad de la empresa, así como las eventuales sanciones. 2. Para el almacenamiento de los datos personales y sensibles de los trabajadores se requiere del consentimiento escrito del trabajador que autorice tal tratamiento. 3. No es jornada pasiva el tiempo d
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ORD. N°708 Derecho Fundamental; Medidas de control y vigilancia; Principio de proporcionalidad; Dignidad y honra de los Trabajadores; El mecanismo de control de que se trata debe encontrarse contemplado en el reglamento interno de orden, higiene y seguridad de la empresa que desee implementarlo, como se expuso en párrafos anteriores, en términos tales que respete los derechos fundamentales de los trabajadores, entre los cuales se cuentan, la intimidad y la honra, así como la integridad física y
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ORD. N°683 Poder de dirección y mando; Deber de Protección; Reglamento Interno; Corresponde al empleador aplicar las medidas idóneas para la administración de su empresa, así como implementar aquellos mecanismos que permitan observar el cumplimiento del deber de protección a la salud de sus dependientes. Lo anterior, en virtud del principio de protección o mando y lo dispuesto en el artículo 184 del Código del Trabajo.
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ORD. N°635 Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad; Entrega por medios electrónicos; No existe impedimento para que el empleador entregue a través de medios electrónicos el reglamento interno de orden higiene y seguridad en la medida que de cumplimiento con los requisitos establecidos en la jurisprudencia administrativa citada en este informe.
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ORD. N°627 Alerta Sanitaria; Covid-19; Manipuladores de Alimentos; Atiende presentación que indica acerca de facultades del empleador alerta sanitaria Covid-19.
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ORD. N°628 Reglamento Interno; Sanciones; Potestad de Mando y poder de dirección; Incumbe al empleador la facultad de ejercer privadamente la administración de su empresa, sin que corresponda a este Servicio intervenir en dichas atribuciones Lo anterior, en virtud de la potestad de dirección y mando del empleador señalado e el presente informe y en la reiterada y uniforme jurisprudencia administrativa de la Dirección del Trabajo.
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ORD. N°633 Competencia Dirección del Trabajo; Consulta genérica; Comité Paritario de Higiene y Seguridad; Constitución; La Dirección del Trabajo se abstiene de emitir un pronunciamiento jurídico sobre la materia presentada por consistir en una consulta genérica, no referida a la interpretación de algún punto dudoso u obscuro de alguna disposición contenida en la legislación laboral o reglamentaria social, sin perjuicio de informar a modo genérico, sobre la obligación que recae en el empleador de
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ORD. N°583 Reglamento Interno de Higiene y Seguridad; Las empresas, establecimientos, faenas o unidades económicas se encuentran obligadas a mantener un reglamento interno de orden, higiene y seguridad y cuando ocupen diez o más trabajadores permanentes. Del mismo modo, el reglamento interno debe ser único y regular las relaciones con todos los trabajadores de la empresa, aun cuando éstos se desempeñen en distintas fábricas o secciones de la empresa y éstas se encuentren ubicadas en la misma lo
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ORD. N°569 Reglamento interno de Orden Higiene y Seguridad; Disposiciones Obligatorias; 1. El "Plan de Mejoramiento del Desempeño" "PIP" debe ser incorporado obligatoriamente en el Reglamento Interno de la Empresa. 2. Las prohibiciones y obligaciones dispuestas por el empleador en el documento mencionado no constituyen una regulación interna de carácter obligatorio para los trabajadores, sino una vez se incorporen al Reglamento interno de Orden, Higiene y Seguridad de la empresa y se ponen en co
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ORD. N°333 Elemento de Protección Personal; La solicitud por la cual consulta fue resuelta a través del Ord. N°1086 de 23.06.2022.
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ORD. N°201 Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe; Zona afectada por Catástrofe; Situaciones de emergencia; Incendios; Alerta Meteorológica por Temperaturas altas extremas; Deber de protección de los trabajadores; Remuneraciones; Caso Fortuito o fuerza mayor; Voluntarios de los Cuerpos de Bomberos de Chile; Ante las situaciones de emergencia o catástrofe, como las que actualmente afectan a nuestro país, en especial a las regiones de Ñuble y Biobío, y la actual alerta meteorológica por
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ORD. N°189 Comité Paritario de Higiene y Seguridad; Principio de Continuidad; 1.- No procede jurídicamente que los miembros de un Comité Paritario de Higiene y Seguridad constituido originalmente en una empresa, y que comenzarán a prestar servicios en una empresa distinta en forma conjunta, de facto, constituyan el nuevo Comité Paritario de Higiene y Seguridad en esta segunda empresa. 2.- En caso de duda acerca de la terminación de una empresa de la cual depende que el Comité Paritario de Higien
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ORD. N°91 Comité Paritario de Higiene y Seguridad; Constitución; Este Servicio debe abstenerse de emitir un pronunciamiento jurídico acerca de la procedencia de constituir un Comité Paritario de Higiene y Seguridad en el caso particular, toda vez que, el inciso final del artículo 1° del D.S. N°54 de 1969 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, dispone que corresponderá al Inspector del Trabajo respectivo decidir, en caso de duda, si procede o no que se constituya dicho Comité en una emp
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ORD. N°2264 Salud y Seguridad en el trabajo; Deber de protección; Ley N°21.342, de 2021; Uso de mascarillas; Atiende consulta acerca de las nuevas medidas de prevención de propagación de la enfermedad COVID-19, contenidas en el "Plan Seguimos cuidándonos" vigente desde el 01 de octubre del año en curso, específicamente, en cuanto a la obligación del uso de mascarillas de sus trabajadores.
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ORD. N°2211 Catástrofe pública; Situaciones de emergencia; Incendios; Deber de protección de los trabajadores; Remuneraciones; Caso Fortuito o fuerza mayor; Voluntarios de los Cuerpos de Bomberos de Chile; Ante las situaciones de emergencia o catástrofe, como el incendio que actualmente afecta a la comuna de Viña del Mar, deberán ser consideradas las disposiciones legales y doctrina vigente de este Servicio en el ámbito laboral, contenidas en el cuerpo del presente informe.
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ORD. N°2051 Comité Paritario de Higiene y Seguridad; Constitución; No resulta procedente reunir las dotaciones que se desempeñan en distintas faenas para constituir Comité Paritario de Higiene y Seguridad a nivel de empresa, sin perjuicio de lo expresado en este informe.
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ORD. N°2071 Salud y Seguridad en el trabajo; Deber de protección; Ley N°21.342, de 2021; Uso de mascarillas; Atiende consulta acerca de las nuevas medidas de prevención de propagación de la enfermedad COVID-19, contenidas en el "Plan Seguimos cuidándonos" vigente desde el 01 de octubre del presente año en curso, específicamente, en cuanto a la obligación del uso de mascarillas de sus trabajadores
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ORD. N°2002 Comité Paritario de Higiene y Seguridad; Constitución; La obligación de constituir Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, recae en toda empresa, sucursal, agencia o faena en que se desempeñen más de 25 trabajadores.
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ORD. N°1993 Alerta sanitaria covid-19; Uso de Mascarillas; Atiende consulta acerca de las nuevas medidas de prevención de propagación de la enfermedad COVID-19, específicamente, en cuanto a la obligación del uso de mascarillas en los lugares de trabajo.
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ORD. N°1908 Comité Paritario de Higiene y Seguridad; Teletrabajo y Trabajo a distancia; 1. El Comité Paritario de Higiene y Seguridad que se ha constituido, no se disuelve por la circunstancia que todos o la mayoría de los trabajadores de la empresa acuerden la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, puesto que, la norma inserte en el artículo 25 del D.S. N°54 de 1969 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, dispone que el Comité Paritario permanece en funciones mientras dure la f
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ORD. N°1912 Comité Bipartito de Capacitación; Elección representante de los trabajadores; Es el legislador quién establece la forma como deben ser electos los representantes de los trabajadores en el Comité Paritario, método supone un proceso de votación.
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ORD. N°1860-B Alerta sanitaria covid-19; Uso de Mascarillas; Atiende consulta acerca de las nuevas medidas de prevención de propagación de la enfermedad Covid-19, contenidas en el "Plan Seguimos cuidándonos" vigente desde el 01 de octubre del año en curso, específicamente, en cuanto a la obligación del uso de mascarillas de sus trabajadores.
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ORD. N°1743 Pandemia provocada por Covid-19; Apertura; Uso Mascarillas; Ley N°21.342; Los efectos de las modificaciones en materia de prevención, atendido el escenario episcopologio actual de la pandemía provocada por la COVID-19 - que permite avanzar al escenario de apertura de la resolución N°1400 de 29.09.2022 del Ministerio de Salud, que estableció el plan seguimos cuidándonos- en el protocolo de seguridad sanitaria del empleador, contemplado en la Ley N°21.342 de 2021, son los contenidos en
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La norma aborda cómo las modificaciones de la Ley N°21.342, sobre protocolos sanitarios laborales, se ajustan al escenario epidemiológico actual de la COVID-19. Resuelve actualizar las medidas de prevención en el trabajo conforme al avance hacia la fase de apertura sanitaria.
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ORD. N°1639 Comité Paritario de Higiene y Seguridad; Por obra o Faena; 1) La empresa OFC S.p.A., no está obligada a constituir un Comité Paritario de Faena en la obra o faena consultada, en la medida que no cumpla con el requisito de la cantidad de trabajadores, expuestos en el cuerpo de este instrumento.
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ORD. N°1557 Comité Paritario Higiene y Seguridad; Obligación; Empresa Servicios Transitorios; La empresa usuaria es la responsable directa del cumplimiento de la normativa sobre higiene y seguridad de la normativa sobre higiene y seguridad de los trabajadores que prestan servicios transitorios incluyendo la constitución y funcionamiento de los Comité Paritarios de Higiene y Seguridad al tenor del D.S. 54 de 1969, el que, de estar conformado, podría asumir las funciones que corresponderían al de
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ORD. N°1498 Estatuto de Salud; Cámaras de Vigilancia;
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ORD. N°1404 Emergencia sanitaria COVID-19; Vacunación; Pase de Movilidad; Los empleadores, en términos generales, no cuentan con facultades para condicionar el ingreso de sus dependientes al lugar de trabajo a la circunstancia de contar con un Pase de Movilidad habilitado, toda vez que para la obtención del referido documento las personas deben necesariamente contar con su esquema de vacunación contra el SARC-CoV-2 al día, sin que el empleador pueda requerir a los trabajadores de su dependencia
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ORD. N°1216 Protocolo Seguridad Sanitaria laboral; Retorno gradual y seguro al trabajo; Ley N°21.342; Emergencia Sanitaria Covid-19; En relación con la interpretación de ciertos aspectos de la Ley N°21.342 deberán ser consideradas las conclusiones contenidas en el cuerpo del presente informe.
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ORD. N°1175 Emergencia Sanitaria Covid-19; Pase de Movilidad; 1.- Los empleadores, en términos generales, no cuentan con facultades para exigir el Pase de Movilidad habilitado a sus trabajadores, toda vez que para la obtención del referido documento las personas deben necesariamente contar con su esquema de vacunación contra el SARS-CoV-2 al día, sin que el empleador pueda requerir a los trabajadores de su dependencia someterse al proceso de inoculación en contra del COVID-19, por tratarse de u
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ORD. N°1062 Documentación laboral electrónica; Evaluación desempeño; Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad; Para las respuestas a las consultas realizadas acerca de la posibilidad que las evaluaciones que el empleador realice sobre los trabajadores en materia de: seguridad, prevención de accidentes del trabajo y otras temáticas de interés, puedan ser realizadas mediante plataformas digitales, deberá atenderse al contenido del presente informe.
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ORD. N°821 Obligaciones de los Trabajadores; Ius Resistrentiae; Derecho a la desobediencia; Ilegalidad intrucciones del empleador; Competencia Dirección del Trabajo; 1. Tanto el empleador como los trabajadores tienen el deber jurídico y la consecuente obligación de respetar las leyes que regulan la protección de los derechos del consumidor, establecidos en la Ley N°19.496 modificada por la Ley N°21.320, aún cuando no exista acuerdo entre las partes sobre la materia, por cuanto es el propio orde
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ORD. N°°782 Reglamento Interno; Potestad de Mando; Las sanciones que puede aplicar el empleador ante una infracción del trabajador al Reglamento Interno de la empresa, sólo pueden consistir en amonestación verbal o escrita, y en multas, en conformidad a lo expuesto en la reiterada y uniforme jurisprudencia administrativa de este Servicio.
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ORD. N°616 Comité Paritario de Higiene y Seguridad; La empresa J.E.J Ingeniería S.A. no se encuentra obligada a constituir un segundo comité paritario de higiene y seguridad, por encontrarse todos los trabajadores prestando servicios en una misma faena.
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ORD. N°619 Emergencia sanitaria Covid 19; Vacunación contra Covid-19; Los empleadores no se encuentran facultados para exigir a los trabajadores bajo su dependencia someterse al proceso de vacunación en contra del virus Covid-19. Lo anterior, al tenor de lo dispuesto en Dictamen N°482/09 de 23.03.2022 emitido por esta Dirección del Trabajo.