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Dirección del Trabajo · Estatuto Docente y Asistentes de la Educación

Asistentes de la Educación

Los pronunciamientos de la Dirección del Trabajo sobre Asistentes de la Educación, del más reciente al más antiguo. Página 3.

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Estatuto Docente y Asistentes de la Educación, que incluye Asistentes de la Educación, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Estatuto Docente y Asistentes de la Educación

Pronunciamientos

  • 5 de noviembre de 2021

    Ordinario N° 2524

    ORD. N°2524 Asistentes de la Educación; Ley N°21.199; La Ley N°21.199 vino a interpretar el artículo 56 de la Ley N°21.109, entendiéndose que se incorpora a ésta última y asume su fecha de vigencia.

  • 3 de noviembre de 2021

    Ordinario N° 2495

    ORD. N°2495 Asistente de la Educación; Establecimiento particular subvencionado; 1. El número de días que durará la interrupción del feriado del asistente de la educación estará determinado por la naturaleza de las labores esenciales encomendadas, las que deben ir dirigidas asegurar la correcta prestación del servicio educacional al inicio del año escolar. 2. Los asistentes de la educación convocados a cumplir labores esenciales tienen derecho a que se les compense los días trabajados en cualqui

  • 2 de noviembre de 2021

    Ordinario N° 2473

    ORD. N°2473 Asistentes de la Educación; Ley N°21.109; Ley N°21.199; Los efectos del artículo 41 de la Ley N°21.109 se aplican a los asistentes de la educación del estamento profesional, técnico, administrativo y auxiliar que desempeñen sus funciones en los establecimientos educacionales particulares subvencionados regidos por el D.F.L. N°2, de 1998, del Ministerio de Educación.

  • 28 de septiembre de 2021

    Ordinario N° 2296

    ORD. N°2296 Establecimientos educacionales; Ley N°21.220; La Ley N°21.220 no resulta aplicable a los docentes y asistentes de la educación que se encuentren prestando el servicio educacional de forma remota a partir de dispositivos normativas emanadas de la autoridad pertinente por la emergencia sanitaria causada por el COVID-19.

  • 6 de septiembre de 2021

    Ordinario N° 2182

    ORD. N°2182 Competencia Dirección del Trabajo; Consulta Genérica; Asistentes de la Educación; Feriado; 1. La Dirección del Trabajo debe abstenerse de emitir un pronunciamiento jurídico, por tratarse de una consulta de carácter genérico.

  • 27 de julio de 2021

    Ordinario N° 1890

    ORD. N°1890 Asistente de la Educación; Ley N°21.109; 1. Los 30 minutos de descanso para colación son imputables a la jornada de trabajo si el asistente de la educación está contratado por, a lo menos, 43 horas semanales, independiente de la duración de la jornada diaria; o cuando fue contratado por menos de 43 horas semanales, pero cuya jornada diaria sea igual o superior a 8 horas. 2. Esta Dirección debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, por tratarse de materias que inciden e

  • 26 de julio de 2021

    Ordinario N° 1882

    ORD. N°1882 Asistente de la Educación; Establecimiento Educacional Particular Subvencionado; Ley N°21.199; Los efectos del artículo 41 de la Ley N°21.109 que regula el feriado se aplican a los asistentes de la educación que prestan servicios en un establecimiento particular subvencionado regido por el D.F.L. N°2, DE 1998, del Ministerio de Educación.

  • 26 de julio de 2021

    Ordinario N° 1883

    ORD. N°1883 Asistente de la Educación; Establecimiento Educacional Particular Subvencionado; Ley N°21.199; La doctrina establecida en el Dictamen N°3445/22 de 11.07.2019 fue reconsiderada parcialmente por el Dictamen N°998/7 de 19.03.2021.

  • 12 de julio de 2021

    Ordinario N° 1810

    ORD. N°1810 Asistentes de la Educación; Establecimiento educacional particular subvencionado; Ley N°21.199; Los asistentes de la educación que prestan servicios en lo establecimientos particulares subvencionados regidos por el D.F.L. N°2, de 1998, del Ministerio de Educación tienen derecho al feriado regulado por el artículo 41 de la Ley N°21.109.

  • 2 de julio de 2021

    Ordinario N° 1756

    ORD. N°1756 Asistentes de la Educación; Establecimiento Educacional particular subvencionado; Feriado; A los asistentes de la educación de los estamento profesional, técnico, administrativo y auxiliar, que prestan servicios en educación paravularia, básica y media en los establecimientos particulares subvencionados regidos por el D.F.L. N°2, de 1998, del Ministerio de Educación, se les extenderán los derechos y obligaciones establecidos en los artículos 38, 39, 40 y 41 de la Ley N°21.109.

  • 2 de julio de 2021

    Ordinario N° 1757

    ORD. N°1757 Asistentes de la Educación; Establecimiento Educacional particular subvencionado; Feriado; Los asistentes de la educación que prestan servicios en los establecimientos particulares subvencionados regidos por el D.F.L. N°2, de 1998, del Ministerio de Educación tienen derecho al feriado regulado por el artículo 41 del la Ley N°21.109.

  • 15 de junio de 2021

    Ordinario N° 1670

    ORD. N°1670 Feriado; Ley N°21.109; Asistentes de la Educación; Establecimiento particular subvencionado; Los efectos de los artículos 38, 39, 40 y 41 de la Ley N°21.109 no se extienden a los trabajadores que laboran en la oficina o casa central de la entidad sostenedora.

  • 13 de mayo de 2021

    Ordinario N° 1454

    ORD. N°1454 Estatuto Docente; Jornada; Colación; Asistentes de la Educación; Ley 21.109; 1) No existe inconveniente en que las partes acuerden aumentar la proporción de horas destinadas a actividades curriculares no lectivos de los profesionales de la educación que ejercen función docente propiamente tal, toda vez que el tope máximo establecido por el legislador está referido al tiempo semanal de docencia de aula. 2) Si las partes han acordado un descanso para colación por un tiempo mayor al es

  • 13 de mayo de 2021

    Ordinario N° 1455

    ORD. N°1455 Asistente de la Educación; Ley N°21.109; Colación; Feriado; 1) Los acuerdos de las partes sobre el derecho a colación, pactados en forma previa a la entrada en vigencia del artículo 39 de la Ley N°21.109 para los asistentes de la educación que se desempeñan en establecimientos educacionales particulares subvencionados, deben mantenerse en los mismos términos, en la medida que supongan para los trabajadores un beneficio mayor que el establecido en la ley. 2) No existe obligación legal

  • 10 de mayo de 2021

    Ordinario N° 1424

    ORD. N°1424 Asistente de la Educación; Establecimiento Educacional particular Subvencionado; Emergencia Sanitaria Covid-19; La situación en que se encuentra no la exime de dar cumplimiento a las obligaciones que emanan de su contrato individual de trabajo. Lo anterior no obsta, que se pueda formular una denuncia ante la Inspección del Trabajo respectiva en el evento de estimar que su empleador no ha dado cumplimiento a las medidas de higiene y seguridad que la ley le exige, circunstancia que ha

  • 28 de abril de 2021

    Ordinario N° 1331

    ORD. N°1331 Feriado; Asistentes de la Educación; Ley N°21.109; Corporación Municipal; Los asistentes de la educación que se desempeñan en establecimientos educacionales administrados por Corporaciones Municipales deberán gozar de feriado en época estival durante el período de interrupción de las actividades escolares entre los meses de enero y febrero; o el que medie entre el término del año escolar y el comienzo del siguiente, de acuerdo con el calendario escolar fijado por Resolución de la Sec

  • 28 de abril de 2021

    Ordinario N° 1332

    ORD. N°1332 Modificación; Contrato de Trabajo; Mutuo Acuerdo; Los sostenedores no se encuentran facultados para modificar unilateralmente los contratos de trabajo de los asistentes de la educación, ajustado las remuneraciones, sin perjuicio de la posibilidad de modificar los contratos de trabajo por consentimiento mutuo de las partes, en aquellas materias que pueden pactar libremente.

  • 12 de abril de 2021

    Ordinario N° 1229

    ORD. N°1229 Asistentes de la Educación; Ley N°21.109; Feriado; El feriado de los asistentes de la educación que se desempeñan en establecimientos educacionales particulares subvencionados está regulado exclusivamente por la norma especial del artículo 41 de la ley N°21.109, sin que resulten aplicables el feriado progresivo o proporcional del Código del Trabajo.

  • 12 de abril de 2021

    Ordinario N° 1231

    ORD. N°1231 Asistentes de la Educación; Ley N°21.109; Feriado; El feriado que corresponde a los asistentes de la educación que desempeñen labores administrativas y auxiliares, en establecimientos educacionales particulares subvencionados, es aquel regulado en el artículo 41 de la Ley N°21.109.

  • 23 de marzo de 2021

    Ordinario N° 1043

    ORD. N°1043 Asistentes de la educación; Establecimiento particular subvencionado; Remuneraciones; La trabajadora por la que se consulta debió percibir, por concepto de bonificación de excelencia y asignación por desempeño en condiciones difíciles, los montos que hubieren sido pactados en el contrato de trabajo o, en su caso, los montos calculados de acuerdo a las funciones convenidas y ejecutadas.

  • 24 de febrero de 2021

    Ordinario N° 632

    ORD. N°632 Corporación Municipal; Colación; Docentes; Asistentes de la Educación; 1) El período de descanso para colación, que por acuerdo de las partes se considera como trabajado, no puede ser calificado como docencia de aula ni como actividad curricular no lectiva y, por ende, no debe ser considerado dentro de la jornada de trabajo de los profesionales de la educación para efectos de aplicar la tabla de proporcionalidad de las horas destinadas a dichas funciones. 2) Si las partes habían acord

  • 25 de enero de 2021

    Ordinario N° 295

    ORD. N°295 Asistente de la Educación; Ingreso Mínimo mensual; Ley 19.464; No procede enterar el ingreso mínimo mensual de lo asistentes de la educación de los establecimientos particulares subvencionados con el incremento de remuneraciones dispuesto por la Ley N°19.464.

  • 11 de enero de 2021

    Ordinario N° 77

    ORD. N°77 Asistentes de la Educación; Beneficios Adeudados; Relación Laboral Terminada; Fallecimiento Trabajador; Beneficios adeudados por el empleador a trabajador, asistente de la educación. Relación laboral terminada por fallecimiento del trabajador. La materia planteada debe ser conocida y resuelta por los Tribunales de Justicia.

  • 2 de julio de 2020

    Ordinario N° 2054

    ORD. N°2054 Jornada de trabajo; Paralización de actividades docentes; Recuperación de clases; Trabajadores con licencia médica; 1. No resulta jurídicamente procedente modificar sin el acuerdo de los dependientes la distribución diaria o semanal de la jornada de trabajo, del personal docente y asistente de la educación, durante el período en que se efectúe la recuperación de horas a causa de la paralización de actividades. 2. Las horas trabajadas por el mismo personal durante el referido período

  • 24 de junio de 2020

    Ordinario N° 1980

    ORD. N°1980 Docentes y Asistentes de la Educación; Recuperación de clases no impartidas; remuneraciones; Si el sostenedor determinó la recuperación de las clases no impartidas por motivos de salubridad del establecimiento educacional, deberá remunerar a su personal docente y asistente de la educación de conformidad con lo expuesto en el presente oficio.

  • 9 de junio de 2020

    Ordinario N° 1813

    ORD. N°1813 Estatuto de Asistentes de la Educación; Ley 21.109; Estatuto de Asistentes de la Educación, Ley 21.109, 02.10.2018.

  • 15 de abril de 2020

    Ordinario N° 1444

    ORD. N°1444 Asistentes de la Educación; Ley N°21.109; Término feriado; El año escolar para los establecimientos de la Región Metropolitana comenzó el lunes 2 de marzo de 2020, de acuerdo con el calendario escolar regional aprobado por la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Región Metropolitana.

  • 15 de abril de 2020

    Ordinario N° 1447

    ORD. N°1447 Manipuladoras de alimentos; Internados administrados por corporaciones municipales; Asistentes de la educación; Calificación; 1.Las manipuladoras de alimentos que prestan servicios en internados dependientes de corporaciones municipales no tienen el carácter de asistentes de la educación. 2.La competencia para administrar y conceder el bono de desempeño laboral establecido en el artículo 29 de la ley N° 21.126, se encuentra radicada en el Ministerio de Educación. 3.La competencia par

  • 8 de abril de 2020

    Ordinario N° 1409

    ORD. N°1409 Asistentes de la Educación; Ley N°21.109; Los días trabajados por los asistentes de la educación durante el feriado no pueden ser compensados en dinero, debiendo las partes alcanzar un acuerdo que fije la época en que se hará efectivo el feriado compensatorio.

  • 16 de enero de 2020

    Ordinario N° 321

    ORD. N°321 Asistentes de la educación; Corporación Municipal; Contrato colectivo; Feriado progresivo; Las partes deberán dar aplicación a la cláusula que refiere al otorgamiento de los días de feriado progresivo de los asistentes de la educación de que se trata, durante toda la vigencia de los contratos colectivos respectivos.

  • 10 de enero de 2020

    Ordinario N° 227

    ORD. N°227 Jornada de trabajo; Asistentes de la educación; Colación; Ley N°21.109; Remite copia del Dictamen N°3.445/22 de 11.07.2019.

  • 3 de enero de 2020

    Ordinario N° 7

    ORD. N°7 Asistentes de la educación; Ley N°21.109; Informa a la Cámara de Diputados sobre los fundamentos contenidos en el dictamen N°3445/22, de 11.07.2019.

  • 3 de enero de 2020

    Ordinario N° 8

    ORD. N°8 Asistentes de la educación; Ley N°21.109; Informa a la Cámara de Diputados sobre los fundamentos contenidos en el dictamen N°3445/22, de 11.07.2019.

  • 11 de diciembre de 2019

    Ordinario N° 5715

    ORD. N°5715 Ley N°21.109; Asistentes de la educación; Se confirma la doctrina contenida en dictamen N°3445/22, de 11.07.19 que resuelve que las normas del párrafo 1° del Título III de la ley N°21.109, resultan aplicables a los asistentes de la educación profesionales y técnicos de establecimientos particulares subvencionados.

  • 4 de diciembre de 2019

    Ordinario N° 5597

    ORD. N°5597 Asistentes de la Educación; Establecimientos Particulares Subvencionados; Vacaciones de invierno; Duración; El periodo de vacaciones de invierno de los asistentes de la educación señalados en este informe deberá necesariamente coincidir con la interrupción de las actividades escolares y tener la misma extensión.

  • 4 de diciembre de 2019

    Ordinario N° 5600

    ORD. N°5600 Asistentes de la Educación; Competencia Dirección del Trabajo; Poder de dirección y administración; Esta Dirección carece de competencia para emitir el pronunciamiento solicitado, por tratarse de materias que inciden en la potestad de dirección y administración, cuyo ejercicio corresponde exclusivamente al empleador.

  • 18 de noviembre de 2019

    Ordinario N° 5372

    ORD. N°5372 Remuneración; Reajuste de remuneraciones; Regla de la conducta; 1. Que los asistentes de la educación que figuran en el informe de exposición han visto reajustado su sueldo base de forma anual en los períodos señalados, por así haber estado pactado por las partes en forma previa al traspaso al Servicio Local de Educación de Barrancas, y así haberse pagado; y 2. Que, sin embargo a dicho pacto y pago, no se ha podido determinar una conducta uniforme en lo que respecta al porcentaje al

  • 13 de noviembre de 2019

    Ordinario N° 5296

    ORD. N°5296 Ley N°21.109; Asistentes de la educación; Feriado; Año escolar; 1) La circunstancia de que los asistentes de la educación se hayan mantenido prestando sus servicios durante el período de paralización de las actividades de los docentes no permite alterar la oportunidad que el artículo 41 de la Ley N°21.109 ha dispuesto para hacer efectivo su derecho a feriado. 2) Desde el 01.01.2019, el feriado de los asistentes de la educación, que se desempeñan en establecimientos educacionales admi

  • 12 de noviembre de 2019

    Ordinario N° 5290

    ORD. N°5290 Ley N°21.109; Asistentes de la educación; Informa a la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado sobre los fundamentos contenidos en el dictamen N°3445/22, de 11.07.2019.

  • 17 de octubre de 2019

    Ordinario N° 4940

    ORD. N°4940 Asistentes de la Educación; Ley N°21.109; 1) Instrucciones de 10.10.2019, de Jefe Departamento Jurídico y Fiscal. 2) Remite copia del Dictamen N°3.445/22 de 11.07.2019.

  • 17 de octubre de 2019

    Ordinario N° 4941

    ORD. N°4941 Asistentes de la Educación; Ley N°21.109; Remite copia del Dictamen N°3.445/22 de 11.07.2019.

  • 21 de agosto de 2019

    Ordinario N° 4039

    ORD. N°4039 Asistentes de la Educación; Ley N°21.109; Remite copia del Dictamen N°3.445/22 de 11.07.2019.

  • 6 de agosto de 2019

    Ordinario N° 3796

    ORD. N°3796 Asistentes de la Educación; Ley N°21.109; Remite copia del Dictamen N°3.445/22 de 11.07.2019.

  • 6 de agosto de 2019

    Ordinario N° 3798

    ORD. N°3798 Asistentes de la Educación; Ley N°21.109; Remite copia del Dictamen N°3.445/22 de 11.07.2019.

  • 6 de agosto de 2019

    Ordinario N° 3799

    ORD. N°3799 Asistentes de la Educación; Ley N°21.109; Remite copia del Dictamen N°3.445/22 de 11.07.2019.

  • 6 de agosto de 2019

    Ordinario N° 3800

    ORD. N°3800 Asistentes de la Educación; Ley N°21.109; Remite copia del Dictamen N°3.445/22 de 11.07.2019.

  • 6 de agosto de 2019

    Ordinario N° 3801

    ORD. N°3801 Asistentes de la Educación; Ley N°21.109; Remite copia del Dictamen N°3.445/22 de 11.07.2019.

  • 6 de agosto de 2019

    Ordinario N° 3802

    ORD. N°3802 Asistentes de la Educación; Ley N°21.109; Remite copia del Dictamen N°3.445/22 de 11.07.2019.

  • 27 de marzo de 2019

    Ordinario N° 1125

    ORD. N°1125 Dirección del Trabajo; Competencia; Bono Post Laboral; Ley N°20.305; Asistentes de la Educación; Este Servicio carece de competencia para pronunciarse sobre la posibilidad que dos asistentes de la educación puedan postular en forma extemporánea al beneficio contemplado en la Ley N°20.305.

  • 27 de marzo de 2019

    Ordinario N° 1113

    ORD. N°1113 Ley N°20.964; Asistentes de la educación; Bonificación de incentivo al retiro; Bonificación adicional de antigüedad; No corresponde reconocer los 15 años de servicios prestados en la Corporación Integral del Niño y en la Corporación para la Reinserción Social y Laboral “Corpresol”, para efectos de determinar el monto a pagar por concepto de bonificación de incentivo al retiro y bonificación adicional de antigüedad, ambas previstas en la Ley 20.964.

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