Dirección del Trabajo · Contrato Individual, Terminación y Finiquito
Terminación del Contrato y Causales
Los pronunciamientos de la Dirección del Trabajo sobre Terminación del Contrato y Causales, del más reciente al más antiguo. Página 2.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Contrato Individual, Terminación y Finiquito, que incluye Terminación del Contrato y Causales, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Contrato Individual, Terminación y FiniquitoPronunciamientos
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ORD. N°1817 Terminación Contrato de Trabajo; Carta de aviso; Licencia Médica;
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ORD. N°1750 Trabajadores de Casa particular; Término de contrato de Trabajo; Causal especial; La situación prevista en el artículo 152, inciso 2° del Código del Trabajo, sobre terminación de contrato de trabajo de trabajadores de casa particular en caso de enfermedad contagiosa de una de las partes de quienes habiten la casa, constituye propiamente una causal legal especial de término de estos contratos que puede ser invocada tanto por el empleador como por el trabajador, según sea el caso, y q
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ORD. N°1731 Competencia Dirección del Trabajo; Término de contrato de Trabajo; Tribunales de Justicia; La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse sobre las causales de término de la relación laboral invocadas por su empleador, materia cuyo conocimiento y resolución es de competencia exclusiva de los Tribunales de Justicia.
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ORD. N°1689 Contrato de Trabajo; Acoso Laboral;
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ORD. N°1656 Competencia Dirección del Trabajo; poder de dirección y administración; Indemnizaciones por término de contrato; renuncia voluntaria; Turnos de patio; 1. Esta Dirección carece de competencia para emitir el pronunciamiento solicitado por tratarse de materias que inciden en la potestad de dirección y administración, cuyo ejercicio corresponde exclusivamente al empleador. 2. A los docentes que se desempeñan en establecimientos particulares subvencionados no les asiste el derecho a inde
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ORD. N°1552 Registro de término relación laboral; Página web Dirección del Trabajo; 1) Existen dos obligaciones de registro de término de la relación laboral, a saber, la obligación de ingresar en el Registro Electrónico Laboral el término de la relación laboral, en virtud de las disposiciones del artículo 9 bis del Código del Trabajo en relación con el artículo 515 del citado cuerpo normativo; y la obligación de registro de la comunicación por parte del empleador al trabajador si el contrato d
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ORD. N°1444 Trabajadora Embarazada; Reincorporación; Estipendios; La trabajadora embarazada que ha sido reincorporada a su trabajo debe volver a sus labores habituales y percibir las asignaciones que le correspondían antes de su despido, en los términos expuestos en el presente oficio.
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ORD. N°1428 Competencia Dirección del Trabajo; Termino Relación laboral; Calificación de la Causal; Tribunales de Justicia; La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse si su despido se encuentra o no ajustado a derecho, por corresponder dicha facultad a los Tribunales de Justicia, conforme lo dispone el artículo 75 inciso 2° del D.F.L. N°1, de 1996, del Ministerio de Educación.
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ORD. N°1432 Competencia Dirección del Trabajo; Despido; Indemnización; La calificación sobre la aplicación de las causales del despido y pago de eventuales indeminizaciones derivadas de la terminación del contrato de trabajo, es de exclusiva competencia de los Tribunales de Justicia, al tenor de lo preceptuado en el artículo 168 del Código del Trabajo. Sin perjuicio de ello, se informa el derecho que asiste al trabajador para interponer un reclamo en la respectiva Inspección del Trabajo.
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ORD. N°1319 Competencia Dirección del Trabajo; Término de contrato de Trabajo; Tribunales de Justicia; La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse sobre las causales de término de la relación laboral del personal regido por la Ley N°19.378, materia cuyo conocimiento y resolución es de competencia exclusiva de los Tribunales de Justicia.
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ORD. N°1176 Término relación laboral; Prestaciones adeudadas; Competencia Dirección del Trabajo; Tribunales de Justicia; En el evento de existir prestaciones adeudadas al término de la relación laboral usted puede interponer un reclamo administrativo ante la Inspección del Trabajo o bien demandar al pago de dichos emonumentos ante los tribunales de Justicia. La competencia para determinar si la aplicación de una causal de término de la relación laboral ha sido injustificada, indebida o improced
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ORD. N°1155 Organización Sindical; Renovación Directiva; Terminación de Contrato de Trabajo; Recontratación inmediata; Efectos Jurídicos; Remite Ordinario N°1000 de 07.06.2022 emitido por esta Dirección, en respuesta a la solicitud de pronunciamiento formulada por la Sra. Katherine Silvia Oliva, en representación de don Luis Silva Díaz, director del Sindicato Abierto de Empleados de la Empresa Nacional de Aeronáutica.
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ORD. N°1021 Bono de Vacaciones y Bono Especial; Ley 21.405; Establecimiento Educacional; Al trabajador despedido antes de la publicación de la Ley N°21.405 no le corresponderá el pago de los bonos de vacaciones y especial por no reunirse un supuesto base, cual es que el trabajador mantuviera vínculo laboral vigente a la fecha de publicación de la misma.
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ORD. N°1022 Estatuto de Salud; Termino de contrato de trabajo; Competencia Dirección del Trabajo; Causales; Ley N°19.378; La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse sobre la aplicación de las causales de término de contrato del personal regido por la Ley N°19.378.
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ORD. N°1000 Organización Sindical; Sindicato de Empresa; Renuncia a la Empresa y recontratación inmediata de Director Sindical; Efectos; Autonomía Sindical; Competencia Dirección del Trabajo; 1) La renuncia de un trabajador y su recontratación inmediata al término de la relación laboral, permitiendo con ello la continuidad en la prestación de los servicios, no supone, la pérdida de tal calidad, ni constituirá, por tanto, en opinión de este Servicio, una causal de desafiliación del sindicato Abie
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ORD. N°504 Contrato individual de trabajo; Contrato por obra o faena; Indemnización; Para calcular el número de días a indemnizar respecto a un trabajador contratado por obra o faena, y cuyo finiquito se produzca por aplicación del articulo 159 N°5 del Código del Trabajo, se debe estar a lo señalado en el presente informe.
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ORD. N°487 Contrato individual de Trabajo; Contrato plazo fijo; Duración; Renovación; Protección a la Maternidad; Fuero maternal; Termino de contrato de trabajo; La circunstancia de que la trabajadora continúe presentando servicios después de expirado el plazo del contrato, con conocimiento del empleador, lo transforma en uno de duración indefinida, igual efecto produce la segunda renovación de un contrato de plazo fijo. Toda modificación del contrato de trabajo, como la relativa a la forma de
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ORD. N°327 Competencia Dirección del Trabajo; Estatuto Docente; Término relación laboral; Causal; La competencia para pronunciarse si su despido se encuentra o no, ajustado a derecho, corresponde a los Tribunales del Trabajo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 75 inciso 2, del Estatuto Docente.
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ORD. N°58 Asistentes de la Educación; Ley N°20.964; Bono por retiro; 1.- Los choferes y las manipuladoras de alimentos que se desempeñan en establecimientos educacionales, no tienen el carácter de asistentes de la educación, de acuerdo a lo señalado en el cuerpo del presente informe. 2.- Tienen derecho a acceder al bono por retiro contemplado en la Ley N°20.964, los asistentes de la educación que se clasifican como tal, atendido que las funciones que realizan y para las cuales fueron contratado
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ORD. N°2765 Docentes; Bonificación por retiro voluntario; Ley 20.976; Incompatibilidad con otras indemnizaciones; Renuncia Bonificación por retiro voluntario; Declaración vacancia del Cargo; Pago de Indemnización; 1. El bono por retiro voluntario dispuesto por la Ley N°20.976 no es compatible con toda otra indemnización, cualquiera sea su origen, que se pague por concepto de término de la relación laboral o de los años de servicios prestados, al cual concurra su empleador, como sería el caso d
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ORD. N°2534 Terminación de Contrato de trabajo; Finiquito; Prescripción; 1) El plazo de 10 días hábiles establecidos por el artículo 177 del Código del Trabajo para que el empleador otorgue el finiquito y ponga su pago a disposición del trabajador, es una obligación que debe cumplirse por aquel, por tanto, la firma o ratificación por parte del trabajador puede extenderse por un período mucho más extenso al que la norma no hace alusión, en consecuencia, no obliga a este. 2) El trabajador siempre
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ORD. N°2414 Competencia Dirección del Trabajo; Término de Relación laboral; La Dirección del Trabajo debe abstenerse de emitir un pronunciamiento respecto a los hechos expuestos, considerando que la relación laboral no se encuentra vigente.
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ORD. N°2301 Terminación de Contrato de trabajo; Aviso; Efecto; Ley 21.227; Procedencia; No resulta jurídicamente procedente dar aviso de terminación de contrato de trabajo invocando las causales previstas en el artículo 161 del Código del Trabajo, durante el período en que el trabajador se encuentra afecto a las prestaciones de la Ley N°21.227, por tanto, el aviso en referencia y por ende, el despido, no produciría efecto alguno, toda vez que con ello se estaría infringiendo un norma de carácter
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ORD. N°2256 Termino relación laboral; Indemnización; Suspensión temporal Contrato de Trabajo; Ley N°21.227; 1. El trabajador cuyo contrato de trabajo hubiere terminado por la causal prevista en el artículo 163 bis del Código del Trabajo, por encontrarse el empleador sometido a un procedimiento concursal de liquidación, tendrá derecho a percibir una indemnización por años de servicio que le habría correspondido percibir si el contrato hubiere terminado por las causales contempladas en el artículo
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ORD. N°2158 Competencia Dirección del Trabajo; Termino relación laboral; Causales; Sobre la base de las consideraciones formuladas, disposiciones legales citadas y jurisprudencia administrativa invocada, cumplo con informar que este Servicio carece de competencia para pronunciarse sobre las causales de término de la relación laboral invocada por su empleador o la ausencia expresa de aquellas, materia cuyo conocimiento y resolución es de competencia exclusiva de los Tribunales de Justicia.
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ORD. N°1985 Principio de Subordinación y dependencia; Estabilidad y continuidad en el empleo; Riesgo proceso productivo; 1.- No es procede jurídicamente que se autorice al empleador acordar con sus trabajadores contratos discontinuos o esporádicos, porque en virtud del principio de ajenidad los trabajadores no pueden asumir el riesgo del negocio, y además, son dependientes contratados de manera indefinida, por lo tanto el principio de estabilidad y continuidad en el empleo concurre en su protecc
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ORD. N°1290 Suspensión temporal contrato de trabajo; Término de Contrato; Indemización por años Servicio; Base Cálculo; 1.- Los trabajadores que al vencimiento del pacto de suspensión temporal del contrato de trabajo suscrito en conformidad a la Ley N°21.227 fueren despedidos por las causales de término previstas en el artículo 161 del Código del Trabajo y cuyos contratos hubieren estado vigentes un año o más, tienen derecho a percibir indemnización por años de servicio en los términos señalados
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ORD. N°1249 Termino contrato de trabajo; Ley N°17.671, artículo 17; Remite jurisprudencia vigente acerca del término de la relación laboral en virtud del artículo 17 de la Ley N°17.671.
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ORD. N°1221 Termino relación laboral; Indemnización por años de servicio; Necesidades de la Empresa; Pronunciamiento Dirección del Trabajo; No resulta jurídicamente procedente que esta Dirección del Trabajo se pronuncie, a priori o de modo genérico sobre la materia consultada, sin perjuicio de lo señalado en el presente informe.
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ORD. N°1179 Competencia Dirección del Trabajo; Estatuto de Salud; Termino relación laboral; La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse respecto de la aplicacion de una causal de término de contrato respecto de un funcionario regido por la Ley N°19.378, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio.
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ORD. N°1186 Negociación Colectiva; Terminación Relación Laboral; Nueva Contratación; Efectos; La extinción de la relación laboral que unía a la empresa FLSmidth S.A. y cuatro de sus trabajadores, implicó la desvinculación de estos últimos del contrato colectivo por el que se regían, razón por la cual, luego de su nueva contratación por la misma empresa, estaban habilitados para participar en un proceso de negociación colectiva iniciado por el sindicato al que se afiliaron.
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ORD. N°1188 Competencia Dirección del Trabajo; Termino relación laboral; Causal; Estatuto Atención Primaria de Salud; La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse sobre la aplicación de causales legales de terminación del contrato de trabajo, de funcionario regido por la ley 19.378, correspondiendo su conocimiento y resolución a los Tribunales de Justicia.
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ORD. N°1073 Estatuto de Salud; Término relación laboral; La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse respecto de la aplicación de una causal de término de contrato respecto de un funcionario regido por la ley N°19.378, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio.
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ORD. N°1094 Despido indirecto; Causales; Indemnización; Ley 21.226; El ejercicio de la facultad establecida en el artículo 171 del Código del Trabajo otorga al trabajador un plazo de 60 días hábiles contados desde la terminación del contrato de trabajo, para recurrir ante el Juez respectivo, sobre quien radica la competencia para calificar la causal de término de los servicios y la procedencia del pago de la indemnizaciones, para cuyo efecto se debe tener presente lo dispuesto en la LEY 21.226.
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ORD. N°943 Fuero maternal; Pago remuneraciones; Terminación contrato de trabajo; La trabajadora que goza de fuero maternal corresponda que perciba el total de sus remuneraciones durante el lapso que comprende el referido fuero, no pudiendo el empleador poner término a su contrato de trabajo, sin que medie la autorización judicial pertinente, al tenor de lo informado en el presente informe.
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ORD. N°879 Continuidad Laboral; Unidad Económica. La sucesión de empresas producto de una fusión por incorporación, permite que los trabajadores de la sociedad absorbida imputen sus derechos a la empresa continuadora, sin embargo, esta circunstancia no resulta aplicable a sociedades no involucradas en la operación, aun cuando exista un cambio en la participación de su propiedad, caso en que deberá estarse a lo expuesto en el presente informe.
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ORD. N°892 Estatuto de Salud. Término relación laboral. La Dirección del trabajo carece de competencia para pronunciarse respecto de la aplicación de una causal de término de contrato respecto de un funcionario regido por la Ley N°19.378, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio.
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ORD.N°883 Estatuto de Salud; Concursos; Obligatoriedad; Terminación de contrato; Calificación; En el sistema de atención primaria de salud las entidades administradoras deben llamar a concurso cuando se provea la contratación de personal sujeto a contrato indefinido y para el nombramiento de Director de Establecimiento de salud primaria municipal. La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse respecto de las causales de terminación del contrato de un funcionario regido por la
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ORD. N°681 Estatuto de Salud; Termino Relación Laboral; Fuero Maternal; 1.- Sólo con autorización previa del juez competente se puede poner término al contrato de trabajo de una funcionaria regida por la Ley N°19.378 contratada a plazo fijo. 2.- No resulta procedente que la Dirección del Trabajo se pronuncie respecto de las consideraciones de fondo que sirven de base a los puntajes obtenidos por una funcionaria regida por la Ley N°19.378 en el respectivo proceso calificatorio, correspondiendo a
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ORD. N°465 Término de Contrato de Trabajo; Necesidades de la Empresa;Desahucio; Licencia Médica; Procedencia; No resulta jurídicamente procedente que el empleador ponga término al contrato de trabajo de un dependiente acogido a licencia médica a consecuencia de un accidente del trabajo o enfermedad profesional.
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ORD. N°433 Competencia Dirección del Trabajo; Estatuto Docente; Término Relación Laboral; Causal; Licencia Médica; 1. La causal de término de la relación laboral establecida en el artículo 72 letra h) del D.F.L. N°1, de 1996, del Ministerio de Educación, no resulta aplicable respecto de los profesionales de la educación del sector particular. 2. La Dirección del Trabajo carece de competencia para calificar si determinados hechos configuran una causal de término del contrato de trabajo como tampo
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ORD. N°441 Competencia Dirección del Trabajo; Estatuto Docente; Término Relación Laboral; Tribunales de Justicia; La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse si su despido se encuentra o no ajustado a derecho, por corresponder dicha facultad de forma exclusiva a los Tribunales de Justicia, conforme lo dispone el artículo 75 inciso 2 del D.F.L. N°1, de 1996, Ministerio de Educación, con la salvedad que la ley N°21.226 estableció un régimen jurídico de excepción para los plazo
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ORD. N°347 Competencia Dirección del Trabajo; Término Contrato de Trabajo; Causales; Tribunales de Justicia; La Dirección del Trabajo carece de atribuciones para pronunciarse respecto si la aplicación de determinadas causales de término de contrato de trabajo se ajusta o no a derecho, correspondiendo tal facultad, en forma privativa, al Juzgado de Letras del Trabajo competente.
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ORD. N°357 Estatuto de Salud; Competencia Dirección del Trabajo; Termino Relación laboral; La Dirección del trabajo carece de competencia para pronunciarse respecto de la aplicación de una causal de término de contrato respecto de un funcionario regido por la Ley N°19.378, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio.
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ORD. N°270 Estatuto Atención Primaria de Salud; Término Relación Laboral; Prestaciones adeudadas; En el evento de existir prestaciones adeudadas al término de la relación laboral usted puede interponer un reclamo administrativo ante la Inspección del Trabajo o bien demandar el pago de dichos emolumentos ante los Tribunales de Justicia.
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ORD. N°296 Contrato por obra o faena; Indemnización tiempo servido; Aplicacion Ley 21.122; La Ley N°21.122 que modificó el Código del Trabajo en materia de contrato por obra o faena, como la jurisprudencia anteriormente citada, disponen que el lapso de tiempo servido a indemnizar, de acuerdo con el artículo 163 del Código del Trabajo, solo abarca a meses y fracciones de tiempo que superen los 15 días de trabajo, no correspondiendo el pago indemnizatorio en estudio, a las fracciones que no supere
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ORD. N°149 Estatuto de Salud; Competencia Dirección del Trabajo; Termino Contrato de Trabajo; Causales; La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse sobre la aplicación de las causales de término de contrato del personal regido por la ley N°19.378.
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ORD. N°156 Estatuto Docente; Contrato plazo fijo; Extensión horaria; Finiquito; 1. De no concurrir ninguno de los requisitos señalados en este informe para la contratación sucesiva a plazo fijo, estaríamos frente a una relación laboral única, cuya fecha de inicio sería aquella de la celebración del primer contrato, aunque entre un contrato y el siguiente se haya suscrito un finiquito. 2. No resulta necesario suscribir un finiquito una vez que venza el plazo por el cual fue pactada la extensión
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ORD. N°162 Licencia Médica; Término contrato de Trabajo; Causales; Tribunales Justicia; El otorgamiento de una licencia por enfermedad interrumpe el plazo de preaviso de término de contrato por aplicación de las causales de necesidades de la empresa, establecimiento o servicio y desahucio, el cual, por tanto, continúa corriendo una vez cumplido el período que abarca la licencia o su prórroga. Sin perjuicio de lo anterior, el trabajador podrá reclamar ante el Juzgado del Trabajo competente, en co
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ORD. N°173 Estatuto de Salud; Competencia Dirección del Trabajo; Término Contrato de Trabajo; Causales; La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse sobre la aplicación de las causales de término de contrato del personal regido por la ley N°19.378.