Contrato Individual, Terminación y Finiquito
Los pronunciamientos de la Dirección del Trabajo sobre Contrato Individual, Terminación y Finiquito, del más reciente al más antiguo. Página 4.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Contrato Individual, Terminación y Finiquito, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Contrato Individual, Terminación y FiniquitoTemas de Contrato Individual, Terminación y Finiquito
- Calificación de Funciones y Cláusulas
- Existencia y Naturaleza de la Relación Laboral
- Finiquito e Indemnizaciones
- Modificación del Contrato (Jus Variandi)
- No Discriminación e Inclusión Laboral (Ley 21.015)
- Plazo Fijo, Faena y Subcontratación
- Suspensión y Protección al Empleo (Ley 21.227)
- Terminación del Contrato y Causales
Pronunciamientos
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ORD. N°1489 Trabajadores Portuarios; Calificación; Los trabajadores que desarrollan labores en barcos remolcadores y lanchas en el puerto de San Antonio realizan labores de navegación y no revisten la calidad de trabajadores portuarios.
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ORD. N°1493 Vínculo de Subordinación y Dependencia; La confusión de voluntades entre la sociedad y la de los socios individualizados y respecto de la que son socios mayoritarios, impide que en los hechos se manifieste el vínculo de subordinación y dependencia, elemento central que exige el legislador para sostener la existencia de la relación de trabajo.
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ORD. N°1480 Guardias de Seguridad; Subcontratación; Descanso reparatorio; Ley N°21.530; Alcances; Responde consulta sobre la aplicación de descanso reparatorio de la Ley N°21.530, respecto de trabajadores bajo régimen de subcontratación. Guardias de seguridad.
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ORD. N°1378 Inclusión laboral; Personas con discapacidad; No es posible dar cumplimiento a la obligación establecida en el artículo 157 quáter del Código del Trabajo mediante la celebración de un contrato de prestación de servicios con empresas que cuenten con personal con los conocimientos específicos requeridos, toda vez que el Gestor de Inclusión Laboral que se desempeñe en funciones relacionadas con recursos humanos deberá tener la calidad de trabajador de la empresa obligada directamente.
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ORD. N°1382 Inclusión laboral; Personas con discapacidad; Empresas obligadas; Las disposiciones en materia de inclusión laboral de las personas con discapacidad, contenidas en los artículos 157 bis y siguientes del Código del Trabajo, son aplicables a las corporaciones y fundaciones que tengan 100 o más trabajadores contratados, habida cuenta que el concepto de empresa, a efectos de la legislación laboral, es amplio en cuanto a su finalidad, comprendiendo organizaciones con objetivos de orden ec
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ORD. N°1370 Trabajadores de supermercados multifuncionales; Principio de certeza jurídica en las relaciones de trabajo; Flexibilidad en el ámbito laboral; No resulta conforme a derecho el modelo operacional que propone la empresa acorde a los fundamentos contenidos en el presente informe, en tanto, infringe de múltiples formas el principio de certeza jurídica acerca de la naturaleza de los servicios que deben prestar los trabajadores al interior de un supermercado.
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ORD. N°1317 Inclusión laboral; Personas con discapacidad; 1) Los programas de capacitación del personal deben realizase durante cada año, sin que el legislador haya establecido un periodo específico para su diseño y ejecución. 2) Corresponderá al empleador, en ejercicio de su potestad de administración, fijar directrices respecto al diseño, oportunidad y trabajadores a capacitar en el marco de la inclusión laboral de las personas con discapacidad, de conformidad a la normativa vigente y consid
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ORD. N°1301 Acoso sexual; Acoso laboral; Deber de protección; 1) Conforme a lo señalado por esta Dirección en su reiterada jurisprudencia, contenida en los Dictámenes N°4.443/262, de 25.08.1993 y N°2284/93, de 17.04.1996, el empleador es el primer responsable de la "prevención" en materia laboral, toda vez que es indudable que la prestación del servicio a que el trabajador se obliga debe efectuarse en condiciones que salvaguarden su integridad y salud. 2) Según señalan el Dictamen N°2516, de 25.
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ORD. N°1294 Remuneraciones; Calificación; Competencia Dirección del Trabajo; El aporte efectuado en forma permanente por la empresa Viña Concha y Toro S.A. para financiar un porcentaje del costo del seguro de salud pactado en la cláusula decimosegunda del contrato colectivo celebrado entre esa empresa y el Sindicato Unificado de la Empresa Viña Concha y Toro S.A. a favor de los trabajadores afectos que aceptaron su incorporación a dicho sistema, constituye remuneración conforme con lo dispuesto
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ORD. N°1248 Principio de continuidad laboral; Modificaciones totales o parciales, Alteración Dominio, posesión o mera tenencia; 1. Las modificaciones totales o parciales relativas al dominio, posesión o mera tenencia de la empresa no alteran los derechos laborales ni la subsistencia de los contratos de trabajo o instrumentos colectivos, los que continuarán vigentes con el nuevo empleador. 2. La decisión de reformar los estatutos sindicales corresponde sea adoptada por la asamblea sindical extra
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ORD. N°1203 Inclusión Laboral; Personas Discapacitadas; Ley N°20.267; No existiría inconveniente en que el trabajador con conocimientos específicos en materia de inclusión laboral de las personas con discapacidad sea un prevencionista de riesgos, en la medida que reúna los requisitos establecidos en el artículo 157 quáter del Código del Trabajo, esto es, tener la calidad de trabajador de la empresa obligada, desempeñarse en funciones relacionadas con recursos humanos y contar con una certificac
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ORD. N°1173 Contrato de Trabajo; Principio de Continuidad laboral; Alteración de dominio, posesión o mera tenencia de la empresa; Atiende consulta sobre existencia de continuidad laboral en caso que indica.
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ORD. N°1167 Estatuto de Salud; Competencia Dirección del Trabajo; Término de contrato de trabajo; Tribunales de Justicia; La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse sobre la aplicación de las causales de terminación de un contrato de trabajo de un funcionario regido por la Ley N°19.378 dependiente de una Corporación Municipal, correspondiendo su conocimiento y resolución a los Tribunales de Justicia.
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ORD. N°1174 Sistema de Desarrollo Profesional Docente; Establecimiento Educacional Particular Subvencionado; Descuentos de Remuneraciones; 1. Las partes no se encuentran obligadas a suscribir un nuevo contrato de trabajo o un anexo de contrato toda vez que el ingreso de los profesionales de la educación al Sistema de Desarrollo Profesional Docente sustituye por el solo ministerio de la ley su régimen remuneratorio. 2. Para el cálculo de la indemnización por años de servicios y de la sustitutiva
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ORD. N°1139 Contrato individual de trabajo; Facultad del empleador; Propinas; La facultad de distribuir las propinas corresponde exclusivamente a los garzones o trabajadores que realicen funciones similares, por expresa disposición de la ley, y en atención a lo expuesto en el presente informe.
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ORD. N°1135 Contrato individual de Trabajo; Naturaleza Jurídica; Contrato por obra o faena transitoria; Para determinar la naturaleza jurídica de los contratos de trabajo celebrados por la Federación, y respecto a los contratos por obra o faena, se debe considerar lo expuesto en Dictamen N°954/9 de 15.03.2019, así como lo expuesto en el presente informe.
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ORD. N°1124 Docentes; Bonificación Reconocimiento Profesional; Ley N°21.247; Durante el período en que un docente haya hecho uso de la suspensión del contrato de trabajo por motivos de cuidado, regulada en la Ley N°21.247, el empleador no se encuentra obligado a pagar la Bonificación de Reconocimiento Profesional, salvo acuerdo de las partes en un sentido diverso al expresado.
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ORD. N°1126 Multiplicidad de funciones; Principio de certeza jurídica en las relaciones de trabajo; No se ajusta a derecho el cargo denominado "Asesor de compras", al no otorgar un mínimo de certeza a los trabajadores acerca de las labores a realizar.
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ORD.N°1130 Facultades de administración y dirección del empleador; Alteración unilateral de las funciones de los trabajadores; Descripción de cargos y funciones; Cláusula de contrato de trabajo; Naturaleza de las funciones; 1.- Los contratos de trabajo tienen la característica de ser consensuales al perfeccionarse por consentimiento de las partes, conforme lo dispone el inciso 1° del artículo 9 del Código del Trabajo. 2.- Las funciones específicas propias del trabajo que acordaron las partes en
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ORD. N°1101 Profesional de la Educación; Corporación Municipal; Término de relación laboral; Causal; Competencia Dirección del Trabajo; La obtención de pensión de invalidez se encontraría comprendida en la causal legal de término del contrato del artículo 72 letra e) del D.F.L. N°1, de 1996, del Ministerio de Educación, correspondiendo al empleador en ejercicio de sus facultades de mando y dirección determinar a la luz de los antecedentes de que disponga si la concurrencia de determinados hechos
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ORD. N°1106 Facultades de administración y dirección del empleador; Grupos de empresas; Empleador residente en el extranjero; Servicios en Chile; 1. El Nuevo Modelo Operativo "Hispam", del Grupo Telefónica es ilegal conforme concluyó el Ord. N°308 de 03.03.2023. 2. En relación con las numerosas preguntas realizadas estas han sido respondidas conforme al contenido desarrollado en el presente informe. 3. El "Sistema de Retribución Variable (SRV)" es improcedente, en tanto incorpora elementos de in
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ORD. N°1094 Competencia Dirección del Trabajo; Término Relación laboral; Vínculo laboral terminado; Esta Dirección se encuentra legalmente impedida de pronunciarse o intervenir en la situación planteada por cuanto la relación de trabajo se encuentra extinguida, sin perjuicio de lo señalado en el contenido del presente informe.
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ORD. N°1056 Trabajador extranjero; Personal técnico especialista; Calificación; Exención establecida en la Ley N°18.156; Procedencia; Retiro de fondos previsionales; El trabajador técnico extranjero podrá exceptuarse de cotizaciones previsionales, si se den a su respecto, todos los requisitos señalados en el artículo 1° de la Ley N°18.156.
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ORD. N°1055 Contrato de trabajo; Caracter Consensual; Modificació lugar prestación de servicios; El empleador podrá alterar la naturaleza de los servicios o el sitio o recinto en que ellos deben presetarse en la medida que se trate de labores similares, que el nuevo sitio o recinto quedo dentro del mismo lugar y ciudad, sin que ello importe menoscabo para el trabajador.
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ORD. N°1057 Contrato individual de Trabajo; Modificaciones; Facultad de administración; 1) No resulta jurídicamente procedente que la Corporación Nacional Forestal, en forma unilateral, proceda a cambiar de lugar de trabajo a un dependiente, a menos que lo realice en conformidad al artículo 12 del Código del Trabajo. 2) La referida Corporación puede ejercer su potestad disciplinaria y, consecuencialmente, aplicar sanciones a sus trabajadores en conformidad al reglamento interno de orden, higien
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ORD. N°1008 Empresas de Servicios Transitorios; Contrato de Trabajo; Indemnización; Feriado Legal proporcional; El feriado legal proporcional a que se refiere el artículo 183 V del Código del Trabajo debe ser indeminzado de la manera en que se expone en el presente oficio.
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ORD. N°986 Vínculo de Subordinación y dependencia; Socio Mayoritario; Administración y representación; La confusión de voluntades con la sociedad que representa el socio individualizado y respecto de la que es, a su vez, socio mayoritario, impide la configuración del vínculo de subordinación y dependencia requerido por ley para sostener la existencia de relación laboral.
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ORD. N°974 Estatuto de Salud; Cambio de funciones; Resulta procedente que la entidad administradora pueda destinar a un funcionario de la atención primaria de la salud desde un determinado establecimiento a otra dependencia de la respectiva Corporación Municipal siempre que siga regido por la Ley N°19.378 y que las funciones de la destinación debe revertir la misma jerarquía de aquellas asignadas en su contrato de trabajo.
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ORD. N°975 Competencia Dirección del Trabajo; Termino Contrato de Trabajo; Tribunales de Justicia; El trabajador cuyo contrato termine por aplicación de una o más de las causales establecidas en los artículos 159, 160 y 161, y que considere que dicha aplicación es injustificada, indebida o improcedente, o que no se haya invocado ninguna causal legal, podrá recurrir al juzgado compentente, dentro del plazo de sesenta días hábiles, contados desde la separación, a fin de que éste así lo declare. D
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ORD. N°970 Remuneraciones; Bono incentivo; Licencia Médica; Modificación unilateral de plan de incentivo remuneracional vigente; 1.- No resulta jurídicamente procedente establecer un sistema de incentivo remuneracional que haga depender la obtención del beneficio denominado bono de incentivo, de la circunstancia de que el trabajador no haga uso de su derecho a gozar de licencia médica, sea por cualquier causa, y por un período superior a 15 días, en conformidad a lo expuesto en el presente infor
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ORD. N°938 Competencia Dirección del Trabajo; Relación laboral extinguida; Finiquito; La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse sobre materias que inciden en un finiquito de trabajo extendido cumpliéndose los requisitos legales establecidos en el artículo 177 del Código del Trabajo, toda vez que este último tiene pleno poder liberatorio entre las partes salvo respecto de aquellos derechos reservados.
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ORD. N°934 Contrato individual de Trabajo; Cláusulas; Especificación de funciones; No resultan ajustadas a derecho las funciones adicionales incluidas bajo el cargo de "asesor de compras" estipuladas en los contrato de trabajo, al ser ambiguas y no existir certeza que garantice a los trabajadores las funciones a realizar. Lo anterior, al tenor de lo concluido en el informe de fiscalización señalado en el cuerpo del presente informem así como lo establecido en la jurisprudencia administrativa cit
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ORD. N°931 Vínculo de subordinación y dependencia; Socio mayoritario; El Sra. XXXXXXX XXXXXX, no mantiene una relación laboral bajo vínculo de subordinación o dependencia con la sociedad por Meular Borderio Spa.
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ORD. N°927 Estatuto de Salud; Competencia Dirección del Trabajo; Término de contrato de trabajo; La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse sobre la aplicación de las causales de terminación de un contrato de trabajo de una funcionaria regida por la Ley N°19.378 dependiente de una Corporación Municipal, correspondiendo su conocimiento y resolución a los Tribunales de Justicia.
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ORD. N°926 Estatuto de Salud; Competencia Dirección del Trabajo; Término de contrato de trabajo; La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse sobre la aplicación de las causales de terminación de un contrato de trabajo de una funcionaria regida por la Ley N°19.378 dependiente de una Corporación Municipal, correspondiendo su conocimiento y resolución a los Tribunales de Justicia.
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ORD. N°898 Principio de no discriminación laboral; Capacidad e idoneidad; Cualquier requisito exigido para la contratación de una persona, en materia laboral, que no se base en la capacidad o idoneidad personal del trabajador, para la ejecución o desarrollo de aquellas tareas o funciones que, por su naturaleza, no exijan, podría constituir un acto de discriminación arbitraria.
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ORD. N°872 Declaración de zonas afectadas por catástrofe; Deber de protección del empleador; 1. En aquellos casos que las partes de la relación laboral se vean afectadas por una contingencia como la que atraviesa nuestro país, deben propender a la búsqueda de una solución razonable que logre afrontar satisfactoriamente las consecuencias perjudiciales de la catástrofe, observando especialmente el principio de continuidad y estabilidad en el empleo reconocido por el Dictamen N°1922/34 de 20.04.201
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ORD. N°857 Estatuto de Salud; Calificación; Competencia Dirección del Trabajo; La Dirección del Trabajo carece de competencia para declarar la nulidad de un proceso calificatorio ya afinado la que, si se estima pertinente, puede ser conocida por los Tribunales de Justicia, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio.
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ORD. N°808 Contrato individual de Trabajo; Funciones; Salud y Seguridad en el Trabajo; Deber de protección; 1. No se ajusta a derecho que las funciones de los guardias de seguridad que deben concurrir al establecimiento o local ante la activación del sistema de alarmas no se encuentren contempladas en los contrato de trabajo; por no estipularse de manera expresa en sus contratos de trabajo, al tenor de lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 10 del Código del Trabajo. 2. Por su parte, correspo
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ORD. N°816 Protección a la Maternidad; Sala Cuna; Bono compensatorio; Término de Relación laboral; Causales; 1) El monto del bono compensatorio de sala cuna pactado entre las partes debe ser equivalente a los gastos que irrogaría al empleador el otorgamiento del beneficio de sala cuna y apropiado para permitir el cuidado del menor en su propio domicilio. 2) El incumplimiento de la obligación establecida en el artículo 203 del Código del Trabajo no ha sido contemplado por el legislador como una
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ORD. N°788 Subcontratación; Trabajadores mantención y reparación equipos médicos; Descanso reparatorio; Ley N°21.530; Responde consulta sobre aplicación de descanso reparatorio tratado en la Ley N°21.530, respecto de los trabajadores/as que se dedican a la mantención y reparación de equipos médicos subcontratados para centros de salud privados. Adjunta Dictamen 423/12 de 22.03.2023.
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ORD. N°748 Despido; Mujer embarazada; Fuero Maternal; Alcance; El empleador no puede poner término al contrato de trabajo de la mujer embarazada sin autorización judicial previa, y en caso de haber operado el despido por ignorancia de éste, la trabajadora debe ser reincorporada y pagadas sus remuneraciones devengadas durante el tiempo que permaneció indebidamente separada.
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ORD. N°751 Competencia Dirección del Trabajo; Relación laboral extinguida; Jardín Infantil VTF; 1) Los asuntos controvertidos entre las partes de un contrato de trabajo, luego de extinguida la relación laboral, deben ser conocidos y resueltos por el Juez del Trabajo respectivo. 2) A los trabajadores de los jardines infantiles y salas de cunas contratados vía transferencia de fondo de la Junta Nacional de Jardines Infantiles no les asiste el derecho a percibir el bono por término de conflicto est
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ORD. N°739 Competencia Dirección del Trabajo; Terminación de Contrato de Trabajo; Tribunales de Justicia; La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse sobre las causales de término de la relación laboral del personal regido por la Ley N°19.378, materia cuyo conocimiento y resolución es de competencia exclusiva de los Tribunales de Justicia.
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ORD. N°726 Cláusula Tácita; Interpretación; No se ajusta a derecho la modificación de parte de la empresa a las condiciones para acceder al "préstamo de navidad" a favor de sus trabajadores, por constituir una cláusula tácita incorporada a sus respectivos contratos individuales de trabajo, según da cuenta el presente informe.
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ORD. N°706 Trabajador extranjero; Situación migratoria irregular; Paso no habilitado; El contrato de trabajo suscrito con un extranjero que se encuentra en Chile en situación migratoria irregular por ingresar al país por paso no habilitado, no valida su condición migratoria irregular ni tampoco la infracción del empleador por la contravención a las normas migratorias.
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ORD. N°709 Competencia Dirección del Trabajo; Potestad de mando; 1.- La Dirección del Trabajo carece de competencia para asesorar al empleador en el ejercicio de la facultad de administración de la empresa. 2.- El otorgamiento de una licencia médica interrumpe el plazo de preaviso de término de contrato por aplicación de las causales de necesidades de la empresa, establecimiento o servicio y desahucio, en el cual, por tanto, continúa corriendo una vez cumplido el período que abarca la licencia
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ORD. N°711 Protección a la maternidad; Derecho a sala cuna; Subcontratación; Servicios Transitorios; La obligación de disponer de salas cunas conforme al artículo 203 del Código del Trabajo corresponde que sea exigida por el trabajador a su respectivo empleador, regla que es plenamente aplicable a los casos de subcontratación o de prestación de servicios transitorios.
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ORD. N°708 Derecho Fundamental; Medidas de control y vigilancia; Principio de proporcionalidad; Dignidad y honra de los Trabajadores; El mecanismo de control de que se trata debe encontrarse contemplado en el reglamento interno de orden, higiene y seguridad de la empresa que desee implementarlo, como se expuso en párrafos anteriores, en términos tales que respete los derechos fundamentales de los trabajadores, entre los cuales se cuentan, la intimidad y la honra, así como la integridad física y
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ORD. N°692 Vinculación Jurídica; Subordinación; Conductores de transporte colectivo urbano de pasajeros; Si las afirmaciones vertidas en la presentación son efectivas, podríamos inferir que la empresa de Transporte Fenur S.A., estaría, en los hechos, actuando como el empleador de los conductores por los que se consulta.