Registro y Control de Asistencia
Los pronunciamientos de la Dirección del Trabajo sobre Registro y Control de Asistencia, del más reciente al más antiguo.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Registro y Control de Asistencia, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Registro y Control de AsistenciaTemas de Registro y Control de Asistencia
Pronunciamientos
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La norma rechaza la solicitud de Producecheck Group S.p.A. para usar su sistema electrónico de registro y control de asistencia, porque la documentación presentada no cumple los requisitos de la Resolución Exenta Nº38 de 2024.
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La norma autoriza el uso del sistema electrónico "PuntoSeguro" de Soluciones en Seguridad Ltda. para registrar y controlar la asistencia laboral, al cumplir con las exigencias de la Resolución Exenta Nº38 de 2024.
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La norma rechaza la autorización del sistema electrónico de asistencia "librodeasistencia" de Faast S.p.A. porque no cumple todos los requisitos de la Resolución Exenta Nº38, impidiendo su uso en relaciones laborales.
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La norma informa que no se autoriza el uso del sistema de registro y control de asistencia "Smartime" de Facepass S.p.A., porque no se pudo comprobar que cumpla con todas las exigencias de la Resolución Exenta Nº38.
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La norma rechaza la solicitud de Proiecta Ltda. para su sistema electrónico de registro y control de asistencia, porque no se presentó la documentación exigida por la Resolución Exenta N°38 de 2024.
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La norma rechaza la solicitud de la empresa Grupo América Limpieza S.A. para implementar un sistema electrónico de registro y control de asistencia, porque no presentó la documentación exigida por la Resolución Exenta Nº38 de 2024.
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La norma rechaza la autorización del sistema electrónico de asistencia "Rankmi Gestión de Asistencia" porque no cumple todas las exigencias de la Resolución Exenta Nº38, impidiendo su uso en relaciones laborales.
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La norma autoriza el uso del sistema electrónico "CAS" de Sogitech S.p.A. para registrar y controlar la asistencia laboral, tras verificar que cumple con las exigencias de la Resolución Exenta Nº38 de 2024.
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La norma rechaza la autorización del sistema electrónico de registro y control de asistencia "FDE-HR" de Friendly Digital Experience S.p.A., porque sus antecedentes no cumplen el marco regulatorio vigente sobre la materia.
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La norma autoriza el uso del sistema electrónico de registro y control de asistencia "H Capital - HR4U" porque cumple con las exigencias de la Resolución Exenta N°38, permitiendo su aplicación en el ámbito laboral.
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Esta norma aclara cómo determinar la jornada, descansos, dotación y registro de asistencia del personal embarcado en remolcadores, según el régimen jurídico aplicable a cada nave y trabajador. Resuelve que las modalidades operativas nunca pueden desconocer el descanso mínimo legal.
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La norma rechaza la autorización del sistema electrónico de asistencia "ChecklO" porque no cumple todas las exigencias de la Resolución Exenta N°38, impidiendo su uso en relaciones laborales.
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El sistema electrónico de asistencia "CabWEB" no cumple con todas las exigencias de la Resolución Exenta Nº38 de 2024, por lo que no se autoriza su uso en el ámbito laboral.
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La norma aprueba el uso del sistema electrónico "HumanForce" para registrar y controlar la asistencia laboral, tras verificar que cumple con la Resolución Exenta Nº38 de 2024.
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La norma rechaza la autorización del sistema electrónico de asistencia "Qontrol Asistencia" porque no cumple todas las exigencias de la Resolución Exenta Nº38, impidiendo su uso en relaciones laborales.
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La norma autoriza el uso del sistema electrónico "Registro de asistencia Biosign" de Vars Computación S.p.A. en relaciones laborales, tras verificar que cumple con las exigencias de la Resolución Exenta Nº38 de 2024.
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La norma aclara que la Resolución Exenta N°38 no prohíbe la geolocalización en el control de asistencia: permite registrar la ubicación de cada marcación, pero impide usarla para bloquear el registro si el trabajador está fuera del lugar convenido.
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La norma rechaza la autorización del sistema electrónico de asistencia "Syscol - Biodata" porque no cumple todas las exigencias de la Resolución Exenta Nº38 de 2024, impidiendo su uso en el ámbito laboral.
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La norma aprueba el uso del sistema electrónico "Portal del Colaborador" de Audisoft S.p.A. para registrar y controlar la asistencia de trabajadores, al cumplir con las exigencias de la Resolución Exenta Nº38 de 2024.
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La norma rechaza la autorización del sistema electrónico de asistencia "FRAX Control Tienda" porque no cumple todos los requisitos de la Resolución Exenta N°38, impidiendo su uso en relaciones laborales.
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La norma rechaza la autorización del sistema biométrico "Control de Asistencia Biométrico GREX" porque no cumple todos los requisitos de la Resolución Exenta N°38, impidiendo su uso en el ámbito laboral.
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La norma aclara que la información presentada para evaluar el sistema de documentación laboral electrónica "Sabentis Prime" no demuestra que cumpla con las exigencias del Dictamen Nº0789/15, por lo que no acredita su conformidad.
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El sistema "Sentra Cronos Cloud Control (SC3)" no cumple todas las exigencias de la Resolución Exenta Nº38 de 2024, por lo que no se autoriza su uso en el registro y control de asistencia laboral.
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La norma autoriza a GFE S.p.A. a usar y vender su software de documentación laboral electrónica, siempre que cumpla con los términos ya aprobados, resolviendo dudas sobre su legalidad.
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El sistema "MarGSystem" no cumple con todas las exigencias de la Resolución Exenta Nº38 de 2024, por lo que no se autoriza su uso para el control de asistencia laboral.
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La norma aclara que usar WhatsApp para registrar la asistencia laboral no cumple con los requisitos legales, ya que no garantiza la integridad ni el resguardo de los datos, resolviendo dudas sobre su validez.
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La norma rechaza el sistema "SATurno+" para control de asistencia laboral por no cumplir con los requisitos de la Resolución Exenta N°38 de 2024, prohibiendo su uso en relaciones laborales.
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La norma autoriza a Skualo S.p.A. a usar y vender su sistema digital "Portal de Trabajadores" para gestionar y firmar documentos laborales electrónicos, siempre que cumpla con los términos ya aprobados.
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La norma autoriza el uso del sistema "GOPS People Moving" para el registro y control de asistencia laboral, al cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución Exenta Nº38 de 2024.
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La norma rechaza el sistema digital "Vanadio" para registro de asistencia por no cumplir con los requisitos de la Resolución Exenta N°38 de 2024, prohibiendo su uso en relaciones laborales.
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La norma autoriza el uso del sistema electrónico "Staff Attendance" para registrar y controlar la asistencia laboral, cumpliendo con los requisitos establecidos en la Resolución Exenta Nº38 de 2024.
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La norma autoriza el uso del sistema "Asispass" para registrar y controlar la asistencia laboral, cumpliendo con los requisitos de la Resolución Exenta N°38 de 2024.
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ORD.N°259 Sistema de registro y control de asistencia; El sistema electrónico para el registro y control de las horas de conducción y espera de los choferes de vehículos de carga terrestre interurbana, denominado "Libreta electrónica Sitrack", consultado por la empresa Servicios Sitrack Chile S.p.A., Rut Nº77.097.066-0, no requiere ser nuevamente autorizado cada vez que sea implementado en una empresa, toda vez que el proceso de análisis técnico ya fue verificado por esta Dirección.
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ORD.N°233 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "SALFATIME", consultado por la empresa SalfaGestion S.A., RUT Nº99.506.950-4, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°194 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "FRAX Control Tienda", consultado por la empresa Hexagon TI S.p.A., RUT Nº76.935.493-K, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°186 Sistema de registro y control de asistencia; El sistema de registro y control de asistencia denominado "LaborOffice", consultado por la empresa PRGTEC S.p.A., RUT Nº76.097.524- 9, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°154 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "UCA", consultado por la empresa LOGAM S.A., RUT Nº96.653.990-9, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°155 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Prosegur Presence", consultado por la empresa Prosegur Chile S.A., RUT Nº96.514.060-3, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°158 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Kuido", consultado por la empresa Kuido S.p.A., RUT Nº77.865.424-5, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°159 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Asistencia YNK", consultado por la empresa Artículos Deportivos Belsport S.p.A., RUT Nº79950280-1, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°160 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "ChecklO", consultado por la empresa Servicios Tecnológicos de Asistencia S.p.A., RUT Nº77.257.542-4, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°161 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Nominu", consultado por la empresa Telecomunicaciones Quality Way Chile Limitada, RUT Nº76.188.003-9, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°162 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "BioAlba Control Asistencia", consultado por la empresa Alba ambiente S.A., RUT Nº77.501.530-6, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°163 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Control de Asistencia Biométrico GREX", consultado por la empresa Servicios GREX S.p.A., RUT Nº76.679.993-0, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°164 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "PuntoSeguro", consultado por la empresa PuntoSeguro Ltda., RUT Nº76.261.480-4, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°165 Sistema electrónico de registro y control de asistencia; El sistema de registro y control de asistencia denominado "H Capital - HR4U", consultado por la empresa Inversiones y Servicios Externaliza S.A., Rut. Nº76.027.941-2, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral
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ORD.N°166 Sistema de registro y control de asistencia digital; Las solicitudes de autorización de uso de los sistema de registro y control de asistencia electrónicos deben ajustarse a las normas contenidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024.
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ORD.N°167 Sistema electrónico de registro y control de asistencia; El sistema de registro y control de asistencia denominado "KLOC", consultado por la empresa Desarrollos Operativos e Innovación S.p.A., se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°175 Sistema de registro y control de asistencia; El sistema de registro y control de asistencia denominado "GYCSOL", consultado por la empresa Gestión y Competencias Soluciones S.p.A., RUT Nº76.895.853-K, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°177 Sistema electrónico de registro y control de asistencia; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Temporis", consultado por la empresa Proiecta Ltda., RUT Nº76.536.170-2, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.