Dirección del Trabajo · Registro y Control de Asistencia
Aprobación de Sistemas Electrónicos
Los pronunciamientos de la Dirección del Trabajo sobre Aprobación de Sistemas Electrónicos, del más reciente al más antiguo. Página 2.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Registro y Control de Asistencia, que incluye Aprobación de Sistemas Electrónicos, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Registro y Control de AsistenciaPronunciamientos
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ORD.N°130 Documentación laboral electrónica; 1-. El sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica, denominado "NEOS Al", presentado por la empresa GETNEOS Al S.p.A., se ajusta a las exigencias vigentes sobre la materia, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales. 2-. El sistema indicado en el número anterior no es apto como sistema de registro y control de asistencia en el marco de las relaciones laborales, por no haberse acredi
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ORD.N°131 Documentación laboral electrónica; El sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica, denominado "Albiorix", presentado por la empresa Grupo Incubo Limitada, no da cumplimiento a todas las exigencias contenidas en el Dictamen Nº0789/15 de 16.02.2015, por lo que se rechaza la solicitud.
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ORD.N°096 Documentación laboral electrónica; La información acompañada a la presentación de la empresa "Innovación que Soluciona SpA" "INQSOL SpA" para solicitar un pronunciamiento de este Servicio acerca de la validez de un sistema informático denominado "ADAM" para registrar entrega y devolución de herramientas y equipos de construcción, así como la entrega de elementos de protección personal a los trabajadores, no se ajusta a las condiciones técnicas mínimas exigidas por el Dictamen Nº0789/15
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ORD.N°078 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "HumanForce", consultado por la empresa Automatiza S.p.A., RUT Nº76.201.826-8, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°75 Sistema de registro y control de asistencia digital; Con la excepción del trabajo a distancia y teletrabajo, no existe inconveniente para que los dependientes utilicen medios tecnológicos de su propiedad para el desarrollo de sus funciones, en la medida que su uso se ajuste a las reglas indicadas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024.
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ORD.N°59 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "PeopleWork Control del Tiempo", consultado por la empresa PeopleWork S.p.A., RUT N°77.583.875-2, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°61 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "MarcaTuAsistencia", consultado por la empresa CAMSYSTEM S.p.A., RUT N°76.166.283-K, se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°62 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "CAS", consultado por la empresa Sogitech S.p.A., RUT N°77.583.875-2, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°44 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Global Antares Software", consultado por la empresa Apdata do Brasil Software Ltda., no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°43 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "CabWEB", consultado por la empresa Sopytec S.A., RUT N°76.008.781-5, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°33 Documentación laboral electrónica; 1-. Dado que el sistema Flexit sería una aplicación móvil carente de un sitio Web no permitiría cumplir con las exigencias vigentes acerca del acceso de este Servicio a la información de los trabajadores. 2-. La aplicación Flexit no cumple con la exigencia de envío automático de una copia de los documentos firmados a los trabajadores. 3-. No se ajusta a la normativa vigente que las firmas electrónicas de los trabajadores sean gestionadas por los pro
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ORD.N°20 Documentación laboral electrónica; Si bien la solución de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica provista por la empresa BUK S.p.A., se encuentra autorizada por esta Dirección, la forma de implementación planteada por el recurrente no se ajusta a las exigencias contenidas en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se rechaza la solicitud.
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ORD.N°07 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Staff Attendance", consultado por la empresa GPI Software S.A., RUT N°76.265.792-9, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de las relaciones laborales.
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ORD.N°09 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "BIOSIGN", consultado por la empresa Vars Computación S.p.A., Rut. N°78.707.480-4, no se ajusta a todass las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°836 Sistema electrónico de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Xinertime", consultado por la empresa Xinerlink Express EST S.p.A., RUT N°77.645.705-1, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°824 Documentación laboral electrónica; Los antecedentes presentados por la empresa Tawa Recursos Humanos S.p.A., para respaldar al sistema de generación. gestión y firma de documentación laboral electrónica "Workin Docs", no dan cuenta del cumplimiento de todas las exigencias contenidas en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se rechaza la solicitud.
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ORD.N°807 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Creasis 2025", consultado por la Sociedad de Inversiones Santa Martina Ltda., Rut N°76.219.497-K, se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°792 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "TIMEAWARE", consultado por la empresa Intech Computación S.R.L., Rut N°33.62003579-9, no se ajusta a las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°793 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "SmarTime", consultado por la empresa Facepass S.p.A., Rut N°77.730.151-9, no se ajusta a las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°795 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "BIZNET Control asistencia", consultado por la empresa Biznet IT Tecnologías de la Informacion Ltda., no se ajusta a las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°797 Sistema de registro y control de asistencia digital; Absuelve consultas relacionadas con el uso de los sistemas electrónicos de registro y control de asistencia.
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ORD.N°798 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "DTINFO", consultado por la empresa KAIROS S.A., RUT N°99.555.530-1, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°778 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Agroprime Gestión de Personas", consultado por la empresa Prime Tecnologia S.A., RUT N°76.186.359-2, se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación la laboral.
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ORD.N°779 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Access", consultado por la empresa e-digital S.A., Rut N°76.741.436-6, no se ajusta a las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°769 Sistema electrónico de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Temporis", consultado por la empresa Proiecta Ltda., RUT N°76.536.170-2, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°770 Sistema de registro y control de asistencia digital; 1. Contar con un e-mail es un derecho del trabajador y, al mismo tiempo, una medida de protección que busca garantizarle que siempre reciba la información que a su respecto genere el sistema de registro y control de asistencia. 2. El empleador da cumplimiento a su obligación enrolando a cada trabajador asociado a una cuenta de correo gratuita y no corporativa y, por cierto, habiendo entregado su control. 3. El uso de las herramien
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ORD.N°751 Sistema de registro y control de asistencia digital; Las solicitudes de autorización de uso de los sistemas de registro y control de asistencia electrónicos deben cumplir con las exigencias de la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, la cual detalla el proceso de certificación y las formalidades de presentación de la respectiva documentación.
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ORD.N°752 Sistema electrónico de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Asispass", consultado por la empresa Automatismos Lau Ltda., RUT N°76.203.475-1, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°753 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "WebControl Asistencia", consultado por la empresa WebControl Limitada, RUT N°76.126.490-7, se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°758 Sistema de votación electrónica; 1) Esta Dirección no observa inconveniente jurídico en que la empresa E-Voting Chile SPA, ofrezca el servicio de sistema de votación electrónica -- previamente autorizado por este Servicio para los fines señalados en el cuerpo del presente oficio --, con la finalidad de elegir a los representantes de las personas trabajadoras de los comités paritarios de higiene y seguridad y de los comités bipartitos de capacitación. 2) Esta Dirección carece de comp
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ORD.N°737 Sistema de registro y control de asistencia digital; La Dirección del Trabajo no certifica sistemas electrónicos de registro y control de asistencia, sino que autoriza su uso una vez que han sido certificados por un tercero independiente.
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ORD.N°738 Sistema de votaciones por medios electrónicos; El sistema computacional de votaciones para organizaciones sindicales y asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado, comercializado por la empresa CustomVote S.p.A., denominado "Appasamblea", se ajusta a todas las exigencias vigentes sobre la materia por lo que se autoriza su utilización en el ámbito de las relaciones laborales.
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ORD.N°739 Sistema de registro y control de asistencia digital; Los sistemas electrónicos especiales para el registro y control de las horas de conducción y espera de los choferes de vehículos de carga terrestre interurbana, regulados por la Resolución Exenta N°1213 de 08.10.2009, no requieren ajustarse a las disposiciones de la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024 del Departamento Jurídico.
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ORD.N°725 Sistema de votaciones por medios electrónicos; El sistema informático de votaciones para organizaciones sindicales y asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado, consultado por la empresa Biometría Certificación Digital S.p.A., denominado "b_voting", se ajusta a todas las exigencias vigentes sobre la materia por lo que se autoriza su utilización.
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ORD.N°715 Documentación laboral electrónica; 1. Salvo las excepciones citadas en el presente informe, no existen inconvenientes jurídicos para proceder a la creación, firma y gestión de la documentación derivada de la relación laboral por medios electrónicos, incluida la relativa al área de salud y seguridad ocupacional, en la medida que los empleadores utilicen sistemas informáticos que se ajusten a las condiciones técnicas establecidas en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015 y se cumplan, cuand
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ORD.N°710 Documentación laboral electrónica; 1. Salvo las excepciones citadas en el presente informe, no existen inconvenientes jurídicos para proceder a la creación, firma y gestión de la documentación derivada de la relación laboral por medios electrónicos, incluida la relativa al área de salud y seguridad ocupacional, en la medida que los empleadores utilicen sistemas informáticos que se ajusten a las condiciones técnicas establecidas en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015 y se cumplan, cuand
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ORD.N°697 Sistema de registro y control de asistencia; 1. Con relación a lo dispuesto en el artículo 41° de la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, se deben considerar días hábiles los comprendidos entre el lunes y sábado, ambos incluidos. 2. En cuanto a la alerta de jornada excesiva señalada en el artículo 45.2) de la Resolución Exenta N°38, ella debe ser programada teniendo en consideración los diferentes límites diarios que establece la ley.
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ORD.N°688 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "HumanForse", consultado por la empresa Automatiza S.p.A., RUT N°76.201.826-8, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°674 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Prosago", consultado por la empresa Gaxu Soluciones S.A., Rut N°96.940.260-2, se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°668 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Syscol - Biodata", consultado por la empresa Servicios de Computación e Informática Ltda., Rut N°76.726.870-K, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°669 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Global Antares Software", consultado por la empresa Apdata do Brasil Sofware Ltda., no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°661 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Prosegur Presence", consultado por la empresa Prosegur Chile S.A., RUT N°96.514.060-3, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°662 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "UCA", consultado por la empresa LOGAM S.A., RUT N°96.653.990-9, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°655 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "CAS", consultado por la empresa Sogitech S.p.A., RUT N°77.583.875-2, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°657 Sistema electrónico de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia consultado por la Sociedad Comercial Sercoamb Limitada, RUT N°76.128.400-2, no se ajusta a las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.650 Sistema electrónico de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "FairCheck Control de Asistencia", consultado por la empresa LFCB Services S.p.A., no se ajusta a las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°635 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Sistema de Control y Gestión de Asistencia PuntoSeguro", consultado por la empresa Puntoseguro Ltda., RUT N°76.261.480-4, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°636 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "BIZNET Control Asistencia", consultado por la empresa Biznet IT Tecnologías de la Información Ltda., RUT N°77.985.270-9, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°637 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "GOPS People Moving", consultado por la empresa Aurinet Desarrollos Tecnológicos S.p.A., RUT N°76.549.644-6, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
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ORD.N°638 Sistema electrónico de registro y control de asistencia; 1) Las fotografías de los rostros de los trabajadores constituyen un parámetro biométrico que puede ser utilizado para su identificación en el contexto de un sistema de electrónico de registro y control de asistencia. 2) La constatación visual del uso de vestuario institucional por parte de los trabajadores no vulnera la normativa legal ni administrativa vigente. 3) No se ajusta a Derecho de utilizar un sistema de electrónico d